El documento describe el Poder Ciudadano en Venezuela. Está compuesto por el Consejo Moral Republicano, que incluye al Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General. Cada uno de estos órganos tiene autonomía pero juntos representan el Poder Ciudadano. Sus funciones son prevenir actos contra la ética pública, velar por la buena gestión del Estado, y promover la ciudadanía y derechos humanos.
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Barquisimeto – Estado Lara
Integrante:
Carlos Vásquez C.I.: 20.923.479
Barquisimeto, Mayo de 2015
2. PODER CIUDADANO
El Poder Ciudadano es una rama del Poder
Público, y por ende es independiente y goza
de total autonomía funcional, financiera y
administrativa. Esta compuesto por el
Consejo Moral Republicano que a su vez esta
integrado por el Defensor del Pueblo, el
Fiscal General y el Contralor General de la
República.
Es el órgano a través del cual el Poder
Ciudadano ejerce la función que le asigna la
Constitución y esta dirigido por uno
cualquiera de los titulares de los
componentes del Poder Ciudadano.
3. CÓMO ESTA INTEGRADO O REPRESENTADO:
Defensoría del Pueblo
Ministerio Público
Contralor General de la República
Es de destacar que cada uno de estos
órganos constitucionales por si solos no
forman el Poder Ciudadano. Cada uno de
ellos, individualmente considerado, tiene
su propia especificidad, estructura
organizacional y su ámbito de
competencia; una vez unidos, como
Consejo Moral Republicano, integran el
Poder Ciudadano.
4. FUNCIONES DE SUS CARGOS
- Prevenir, investigar y sancionar los hechos que
atentan contra la ética pública y moral
administrativa
- Velar por la buena gestión y la legalidad en el
uso del patrimonio público.
- El cumplimiento y la aplicación de legalidad en
toda la actividad administrativa del Estado.
- Promover la educación como proceso creador de
la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad,
la democracia, la responsabilidad social y el
trabajo.
5. Artículo 280 de la CRBV:
"La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la
promoción, defensa y vigilancia de los
derechos y garantías establecidos en esta
Constitución y en los tratados internacionales
sobre derechos humanos, además de los
intereses legítimos, colectivos o difusos de los
ciudadanos y ciudadanas"
DEDENSORÍA DEL PUEBLO
6. MINISTERIO PÚBLICO
Las disposiciones generales del Ministerio
Público como órgano integrante del Poder
Ciudadano están contempladas en el Titulo V,
Capitulo IV de la Sección Tercera: Del
Ministerio Publico, específicamente en los
artículos 284 y 285 de la CRBV que rezan lo
siguiente:
El Ministerio Público estará bajo la dirección y
responsabilidad del Fiscal o la Fiscal General
de la República, quien ejercerá sus
atribuciones directamente con el auxilio de los
funcionarios o funcionarias que determine la
ley. Para ser Fiscal General de la República se
requieren las mismas condiciones de
elegibilidad de los Magistrados o Magistradas
del Tribunal Supremo de Justicia.
7. CONTRALORÍA GENERAL
La Contraloría General de la República tiene como función el control, la
vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes
nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos.
La Contraloría General de la República en el ejercicio de sus funciones no se
encuentra subordinada a ningún órgano del Poder Público, en tal sentido, goza
de autonomía funcional, administrativa y organizativa e igualmente ostenta la
potestad para dictar normas reglamentarias de su competencia.
La Contraloría General de la República esta bajo la dirección y responsabilidad
del Contralor General de la República, quien debe ser venezolano por
nacimiento y sin otra nacionalidad, mayor de treinta (30) años y con probada
aptitud y experiencia en el ejercicio del cargo.
8. PODER CIUDADANO
Consejo Moral Republicano
Defensor del Pueblo Fiscal General Contraloría General de la
República
Defensoría del Pueblo Ministerio Público
Órgano de control,
vigilancia, fiscalización.
Promover, defender y
vigilar los derechos y
garantías establecidas
y los tratados
internacionales
Garantizar en los
procesos judiciales el
respeto a los derechos
y garantías de la
constitución.