LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
Poder Ejecutivo
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Barquisimeto – Estado Lara
Integrante:
Carlos Vásquez C.I.: 20.923.479
Barquisimeto, Mayo de 2015
2. Poder Ejecutivo - Presidente o Presidenta de la República.
Artículo 225 CRBV
El Poder Ejecutivo se ejerce por el
Presidente o Presidenta de la
República, el Vicepresidente
Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva,
los Ministros o Ministras y demás
funcionarios o funcionarias que
determinen esta Constitución y la ley.
Los integrantes del poder ejecutivo
conforman el gabinete ejecutivo del
gobierno de Venezuela, presidido por el
presidente ejecutivo, quien es el Jefe
de Estado y el Jefe de Gobierno.
3. Requisitos para ser Presidente de la República
Artículo 227 CRBV
Requisitos:
Ser venezolano de nacimiento.
No poseer otra nacionalidad.
Ser mayor de treinta (30) años.
No estar condenado mediante sentencia
firme.
Ser de estado seglar, es decir, no poseer
ningún puesto importante dentro de la
religión, por lo que no puede un líder
religioso, como un cura, un pastor o un
sacerdote, entre otros. Pero si puede tener
su religión.
Cumplir con los demás requisitos
establecidos en esta Constitución.
4. Continuación de los requisitos requisitos establecidos
en el Artículo 227 de la CRBV.
- Haber sido elegido por mayoría de votos
válidos (Art. 228).
- No ser Vicepresidente, Ministro, Gobernador o
Alcalde entre el día de su postulación hasta su
elección. (Art. 229)
5. Las atribuciones del presidente de la
República son:
- Declarar los estados de excepción y decretar la
restricción de garantías en los casos previstos
- Administrar la Hacienda Pública Nacional
- Nombrar y destituir aquellos funcionarios o
aquellas funcionarias cuya designación le
atribuye la legislación
- Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la
Nación
- Las demás que le señalen la Constitución y la
ley
Atribuciones
6. Las atribuciones del presidente de la República son:
- Declarar los estados de excepción y decretar la
restricción de garantías en los casos previstos
- Administrar la Hacienda Pública Nacional
- Nombrar y destituir aquellos funcionarios o
aquellas funcionarias cuya designación le
atribuye la legislación
- Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la
Nación
- Las demás que le señalen la Constitución y la
ley
Continuación de las Atribuciones
7. Faltas del Presidente
El presidente deberá abandonar su cargo, si lleva a
cabo algunas de las faltas absolutas o alguna falta
temporal, por un período máximo del que estipula la
ley.
Son faltas absolutas del presidente de la República:
La muerte
Su renuncia
La destitución decretada por sentencia del Tribunal
Supremo de Justicia
Incapacidad física o mental permanente certificada
por una junta médica designada por el Tribunal
Supremo de Justicia y con aprobación de la
Asamblea Nacional
La revocatoria popular de su mandato (Referéndum
Revocatorio)
El presidente de la República deberá rendir cuentas
ante la Asamblea Nacional una vez al año, así como
presentar los resultados de gestión y la contabilidad
pública
8. Presidente y Vicepresidente de Venezuela actuales
Presidente: Nicolás Maduro Moros
Vicepresidente: Jorge Arreaza