El documento resume los principales puntos de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) de Venezuela. Estos incluyen garantizar la seguridad, salud y bienestar de los trabajadores, prevenir enfermedades laborales, reparar daños sufridos por los trabajadores, desarrollar programas de recreación, establecer sanciones y prestaciones en caso de accidentes laborales, y regular la responsabilidad del empleador por negligencia. La ley se aplica a todos los trabajadores públicos y
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Análisis LOPCYMAT artículos seguridad
1. Análisis de 5 Artículos de
la LOPCYMAT
Cesar Olmos
C.I.23.849.903
2. 1) Garantizar condiciones de seguridad salud y bienestar a los trabajadores en un ambiente adecuado.
2) Prevenir las enfermedades del trabajo (Ocupacionales)
3) Reparar integralmente los daños que pudieran sufrir los trabajadores como consecuencias de sus
labores.
4) Desarrollar programas para la recreación de los trabajadores
5) Desarrollar los principios constitucionales de seguridad y salud, así como los establecidos en la Ley
orgánica de sistema de seguridad social.
6) Establecer sanciones por el incumplimiento de la ley.
7) Establecer las prestaciones a pagar por los empleados ante la ocurrencia de un accidente o
enfermedad laboral.
8) Regular la responsabilidad del empleador en caso de ocurrir un accidente o enfermedad laboral, si
estos ocurren por negligencia del empleador.
3. Todas las disposiciones de la ley son de orden público, en consecuencia no
pueden ser modificadas por pactos con los trabajadores.
A QUIENES SE LE APLICA:
A todos los trabajadores, públicos y privados, cooperativas, trabajadores a
domicilio, domésticos y conserjes. Y en lo relativo a las materias de promoción
de seguridad y salud en el trabajador, también incluyen a los trabajadores no
dependientes (profesionales de libre ejercicio, técnicos, buhoneros, etc.)
4. REGISTRO, AFILIACIÓN Y COTIZACIÓN DEL
REGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIADAD Y SALUD
DEL TRABAJO
Todos los empleadores están obligados de registrarse en la
TESORERIA DE SEGURIDAD SOCIAL y a afiliar a sus trabajadores
dentro de los primeros (3) tres días siguientes al inicio de la relación
laboral; en el sistema de Seguridad Social y a cotizar al Régimen
Prestacional de Seguridad y Salud en el trabajo, esto incluye a las
cooperativas
5. DELEGADOS DE PREVENCIÓN
En todo centro de trabajo los trabajadores elegirán delegados de
prevención; los cuales serán los representantes ante el comité de
seguridad y salud laboral, de acuerdo a la siguiente tabla mientras no se
cree el reglamento.
1) Hasta 10 trabajadores 1 delegado
2) De 11 a 50 trabajadores 2 delegados
3) De 51 a 250 trabajadores 3 delegados
4) De 251 en adelante (además de los acumulados 1 delegado por cada
500 trabajadores
5) Los empleados y los delegados conforman el comité de seguridad y
salud laboral.
6. El delegado durará dos (2) años en su función.
Para la elección del delegado o de los delegados, los trabajadores
notificarán al inspector del trabajo de su voluntad y elegirán a los
delegados dentro de un lapso no mayor de 30 días siguientes a esa
notificación.
- A partir del momento de la notificación hasta la elección de los
delegados, los trabajadores (todos) gozarán de inmovilidad.
- El delegado de prevención puede ser revocado por los trabajadores por
inasistencias injustificadas a reuniones o por omitir, presentar informes
al comité de seguridad y salud laboral. (Los causales específicos serán
desarrollados en el reglamento).