2. DISPOSICIONES
GENERALES
CAPITULO I: DE LA BASE LEGAL (art 1-3)
Trata sobre la ley de creación del CIP, sus estatutos y lo
autoriza a vigilar las actividades de ingeniería en el Perú
CAPITULO II: PRINCIPIOS GENERALES (art 4-7)
Menciona el alcance del reglamento del CIP, que los ingenieros
deben contribuir al bienestar dando énfasis a la seguridad, deben
hacer suyos los principios del CIP, defender la integridad y honor
de la profesión los órganos del CIP tienen la obligación de velar
por el funcionamiento de los órganos deontologicos
3. DISPOSICIONES
GENERALES
CAPITULO III: DE LAS FALTAS (art 8-13)
Los procesos disciplinarios determinan responsabilidad y aplican la sanción
correspondiente según sea:
Faltas contra la ética:
Faltas contra la institución
Faltas contra el ejercicio Profesional.
Proceso Disciplinario: de oficio por algún tribunal, por denuncia de algún órgano
CIP, por denuncia de algún miembro del CIP.
El Procedimiento Disciplinario tiene carácter reservado.
CAPITULO IV : DE LAS SANCIONES (art 14-23)
Pueden ser:
Multa: Por falta contra el ejercicio de la actividad profesional.
Amonestación: Se exhortara a cumplir sus deberes.
Suspensión y Expulsión: Sera inhabilitado para ejercer la profesión pero continuara
aportando. En caso de expulsión cabe recurso de revisión.
Todas las sanciones deberán estar inscritas en el libro de matrícula y registro de
sanciones. El sancionado por mas de una vez se aplicara la sanción por infraccion de
mayor gravedad.
Las faltas contra la ética o el ejercicio profesional prescriben a los 4 años
4. DISPOSICIONES
GENERALES
CAPITULO V : DE LOS ORGANOS DEONTOLOGICOS (art 24-33)
Regula los organismos Deontológicos y tiene alcance nacional los cuales son:
Las fiscalías Deontológicas: Califican las denuncias y las derivan al órgano competente.
Los Tribunales Departamentales: Resuelven denuncias de faltas contra la ética
profesional.
Los Tribunales Disciplinarios Departamentales: Resuelven faltas contra la institución en
su consejo.
El tribunal Ad Hoc Profesional Nacional: Resuelven faltas contra el ejercicio de la
actividad profesional.
Los organismos deontológicos solo pueden adoptar acuerdos en sesión, deberán aplicar las
normas que emitan bajo responsabilidad, siempre deberán pronunciarse al respecto.
La votación será por unanimidad o mayoría de votos.
CAPITULO VI : DE LOS MIEMBROS (art 34-42)
Deberán ser independientes y reservados, realizaran acuerdos según los estatutos. Sera
presidente aquel con colegiatura mas antigua, secretario con colegiatura menos antigua
y vocales. En cada designación se mantendrán titulares de la gestión anterior, excepto el
tribunal departamental de ética.
El cargo de integrante de cualquiera de los tribunales Deontológicos vaca:
Por muerte,Por renuncia, Por impedimento físico o mental, Por inhabilitación Por dejar
de ser miembro del CIP Por haber sido condenado por comisión de delito Por inasistencia
injustificada a tres sesiones consecutivas o a 6 alternadas en el lapso de 6 meses
5. DISPOSICIONES
GENERALES
CAPITULO VII : DE LAS EXCUSAS Y RECUSACIONES (art 43-
46)
Los miembros del Órgano Deontológico deben excusarse si
resultan agraviados con el hecho denunciado, si son conyugues,
tutores, parientes sanguíneos, acreedores o deudores, socios o
algún interés con el denunciante o denunciado. O sus familiares.
Por tanto el denunciante o denunciado puede recusar a los
miembros del tribunal y deberá presentarse por escrito y
fundamentada. Ante la excusa lo reemplazara el suplente mas
antiguo.
CAPITULO VII : DE LAS EXCUSAS Y RECUSACIONES (art
43-46)
Los miembros del Órgano Deontológico deben excusarse si
resultan agraviados con el hecho denunciado, si son conyugues,
tutores, parientes sanguíneos, acreedores o deudores, socios o
algún interés con el denunciante o denunciado. O sus
familiares.
Por tanto el denunciante o denunciado puede recusar a los
miembros del tribunal y deberá presentarse por escrito y
fundamentada. Ante la excusa lo reemplazara el suplente mas
antiguo.
6. DISPOSICIONES
GENERALES
CAPITULO VIII : DE LA REHABILITACION (art 47-48)
Si es por fuero judicial, será el mismo quien procederá.
Cuando sea por falta grave será no antes de 60 meses de
notificado
CAPITULO IX : DE LAS FISCALIAS DEONTOLOGICAS (art 49-56)
Estarán integradas por 05 miembros titulares y dos suplentes.
Para ser fiscal es necesario: tener 5 años de colegiado, no tener
antecedente disciplinario, estar hábil, no integrar algun órgano de
gobierno, no tener pariente alguno en otra fiscalía o tribunal.
son funciones de los Fiscales: Promover las acciones en defensa de la
legalidad, independencia, investigación, control de todas las
actividades en la administración de justicia. Asi como realizar las
denuncias respectivas si fuera necesario.
7. FALTASCONTRA
LAETICA
CAPITULO I : AMBITO DE APLICACIÓN
(57-58)
Sera aplicable para cualquier persona que ejerza
actividades de ingeniería
CAPITULO II : DEL ORGANO
DEONTOLOGICO COMPETENTE(59-95)
Será el Tribunal Departamental de Etica y en segunda
instancia El Tribunal Nacional de Ética.
8. FALTASCONTRA
LAETICA
SUB CAPITULO I: DE SUS MIEMBROS(60-63)
El tribunal Nacional de Etica tendrá cinco titulares y 2
suplentes
Los tribunales Departamentales de Etica tendrán 8 miembros
titulares y 2 suplentes.
Para ser miembro de Tribunales será necesario 15 años de
colegiado para nacional y 10 para departamental, ser miembro
ordinario sin medida disciplinaria, no ser sentenciado ni
integrar algún órgano de gobierno o con pariente alguno
SUB CAPITULO II : DE LAS SESIONES(64-
80)
El orden será: apertura, asistencia, lectura acta anterior,
presentación, informes, pedidos, orden del dia, cierre de sesión.
se debatiran los asuntos aprobados ordenadamente, y solo lo
señalado en agenda.
la palabra la otorgara el presidente, el cual mantendrá el orden
Los miembros podrán expresarse y emitir su voto si no hubiera
consenso continuara en otra reunión, los acuerdos seran por
mayoría de votos. Podrá apelarse ante el TN
9. FALTASCONTRA
LAETICA
SUB CAPITULO III : DEL PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR(81-95)
Los TD solo afectan a su jurisdicción, recibida la denuncia lo comunica al
denunciado para que responda a los cargos y se defienda.
La comisión Instructora investigara los hechos y emitirá informe.
Recibido el informe el TDE resolverá en 30 dias, sera apelable en 10 dias
El TNE resolverá las apelaciones y podrá ratificar o no en un máximo de
30 días emitir su resolución
En el libro de actas constara los sucesos, se establecerán plazos para el
cumplimiento de las resoluciones.
La sanción de expulsión puede ser objeto de revisión ante el Congreso
Nacional de Consejos Departamentales dentro de diez días
10. FALTASCONTRA
LAETICA
PROFESIONALY
SANCIONES
SUBCAPITULO I DE LA RELACION CON LA
SOCIEDAD (ART 98-104)
Los ingenieros serán conscientes que sus juicios y decisiones afectaran a las
personas y sociedad por lo tanto darán prioridad a la seguridad la vida la paz y la
salud, también cuidaran los recursos de cualquier naturaleza y el medio ambiente,
actuaran solo cuando estén seguros de sus actos.
No deberán incurrir en omisiones culposas ni siquiera por ordenes superiores, ni
ejecutaran tareas contrarias al interés publico
Facilitar que el ejercicio de la ingeniería a personas no autorizadas, ni autorizar
documentos que no hayan sido estudiados o revisados por ellos mismos, ni permitir
el ejercicio de personal extranjero si puede ser ejecutado por peruanos.
SUBCAPITULO II : DE LA RELACION CON EL
PUBLICO (105-108)
Los ingenieros serán objetivos en sus informes, actuaran con seriedad y convicción
evitando conflicto de intereses, ni participaran en conceptos falsos
No se ofrecerán donde no estén preparados, ni permitir que terceros no preparados
ejerzan funciones, no aceptaran beneficios de terceros.
11. FALTASCONTRALA
ETICAPROFESIONAL
YSANCIONES
SUBCAPITULO III : DE LA COMPETENCIA Y
PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL(109-114)
No realizan trabajos para los cuales no estén capacitados, asi mismo
podrán pedir consultar a especialistas en caso ser necesario
Deberán actualizar sus conocimientos y promoverlo en sus
compañeros.
Es contrario a la EP desacreditar la Ingeniería, influir en el
nombramiento de personal no idóneo
Falsificar sus calificaciones o experiencias académicas suyas o de
terceros.
SUBCAPITULO IV : DE LA PROMOCION Y
PUBLICIDAD(115-119)
Los ingenieros podrán hacer promoción de sus servicios sin
engaños y en publicar aviso en los tamaños adecuados,
podrán colocar sus nombres en los carteles de las empresas
para los cuales trabajen.
12. FALTASCONTRA
LAETICA
PROFESIONALY
SANCIONES
SUBCAPITULO V : DE LA CONCERTACION
DE LOS SERVICIOS(120-126)
No competirán de forma desleal o injusta, no promoverán conflicto de intereses.
No pretenderán cargos que ya hayan sido designados a otros ni negociaran en
forma injusta sus contratos por servicios.
No efectuaran doble cobro por el mismo servicio, ni aceptaran riesgo a la calidad
profesional.
Son actos contrarios a la ética, influir en sus honorarios de manera injusta, coima
ni tomar medidas para evitarlo, trafico de influencias, realizar trabajos
incompatibles con su ocupación.
SUCAPITULO VI : DE LA PRESTACION DE
SERVICIOS(127-132)
Los ingenieros deberán considerar fidelidad a clientes y empleadores, evitar
conflicto de intereses, informar cuando no resulta lo esperado, ser reservados con la
información, trabajar en otros trabajos con consentimiento de sus empleadores.
Son actos contrarios a la EP: trabajar con material inadecuado, utilizar material
ajeno .
13. FALTASCONTRA
LAETICA
PROFESIONALY
SANCIONES
SUBCAPITULO VII : DE LAS RELACIONES
CON EL PERSONAL(133-139)
Aquellos que laboren como funcionarios y empleadores deberán
garantizar los derechos ciudadanos y laborales sin discriminación,
cuidaran a su personal, velando por su seguridad, deberán
guardar la calidad de los trabajos
SUBCAPITULO VIII : DE LA RELACION
CON LOS COLEGAS(140-147)
Los Ingenieros respetaran a sus colegas no emitiendo opinión
sobre sus trabajos para el mismo cliente, deberán evaluar las
tareas del personal a su cargo, evitaran el fraude.
No deshonraran públicamente a sus colegas asi como reconocerán
la autoría de otros ingenieros