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AUDITORÍA, FISCALIZACIÓN E
INSPECCIÓN
DE SEGURIDAD
Parte 01
Auditoría y
fiscalización
TECNOMINA 2024
1.ALCANCES
2. REFERENCIA LEGAL
3. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS PROCESOS DE
AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
4. AUDITORIA
5.FASES DEL PROCESO DE AUDITORÍA
6. FISCALIZACIÓN
CONTEN
IDO
Es aplicable a todas las áreas de trabajo del
sector minero, bajo el Régimen laboral del
sector privado, con el fin de establecer los
lineamientos en materia de Seguridad y
Salud Ocupacional en función a la
normatividad legal vigente para
prevenir la ocurrencia de incidentes,
accidentes y enfermedades profesionales.
ALCANCES
• Ley 29783: LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
• Decreto Supremo 005–2012–TR: REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
• Decreto Supremo 024–2016–EM: REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN MINERIA Y SU MODIFICATORIA.
REFERENCIA
LEGAL
Las definiciones que se detallan a continuación están estipuladas en el artículo 7° del Decreto Supremo 024-2016-EM,
según detalle::
DEFINICIO
NES
AUDITORÍA: Procedimiento sistemático, independiente, objetivo y documentado para evaluar un
sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.
FISCALIZACIÓN: Es un proceso de control sistemático, objetivo y documentado, realizado por la autoridad
competente para verificar el cumplimiento de lo establecido en el reglamento (D.S. 024 –
2016).
INSPECCIÓN DE
SEGURIDAD:
La inspección de seguridad es una técnica analítica de seguridad que consiste en un análisis,
realizado mediante observación directa de las instalaciones, equipos y procesos productivos
(condiciones, características, metodología del trabajo, actitudes, aptitudes, comportamiento
humano…) para identificar los peligros existentes y evaluar los riesgos en los diferentes
puestos de trabajo
OBJETIVO DE LA LEY
29783, LEY DE SST:
Promover una cultura
de prevención de
riesgos laborales en el
país.
Empleador
• Deber de prevención de los empleadores
Estado
• El rol de fiscalización y control del estado
Trabajadores
• Participación de los trabajadores y sus
organizaciones sindicales
OBJETIVO DE LA LEY 29783:
Promover una cultura de
prevención de riesgos
laborales en el país.
Principio de Prevención:
El empleador garantiza en el centro de trabajo, el
establecimiento de los medios y condiciones que protejan la
vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de
aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o
se encuentran dentro del ámbito del centro de labores.
Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos,
diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión
de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la
salud laboral.
APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN
LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN
E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
Principio de Primacía de la Realidad:
Los empleadores, los trabajadores y los representantes
de ambos, y demás entidades públicas y privadas
responsables del cumplimiento de la legislación en
cumplimiento de la seguridad y salud enel trabajo brindan
información completa y veraz sobre la materia. De existir
discrepancia entre el soporte documental y la realidad, las
autoridades optan por lo constatado en la realidad.
APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN
LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN
E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
Principio de Protección:
Los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren
condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida
saludable, física, mental y socialmente, en forma continua. Dichas
condiciones deben proponer:
 Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable.
• Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el
bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades
reales para el logro de los objetivos personales de los
trabajadores.
APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS
PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E
INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
Auditorías del Sistema de Gestión de SST
El empleador realiza auditorías periódicas a fin de comprobar si el
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo ha sido
aplicado, es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y
la seguridad y salud de los trabajadores. La auditoría se realiza por
auditores independientes. En la consulta sobre la selección del auditor
y en todas las fases de la auditoría, incluido el análisis de los resultados
de la misma, se requiere la participación de los trabajadores y de sus
representantes.
(Art. 43º- Ley 29783).
AUDITORÍA
Efectos de las Auditorías e Investigaciones
Las investigaciones y las auditorías deben permitir a la
dirección de la empresa que la estrategia global del Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo logre los
fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en la
política y objetivos del sistema. Sus resultados deben ser
comunicados al comité de seguridad y salud en el trabajo, a
los trabajadores y a sus organizaciones sindicales.
(Art. 44º- Ley 29783).
AUDITORÍA
Vigilancia del SGSST
La vigilancia de la ejecución del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo, las auditorías y los exámenes
realizados por la empresa deben permitir que se identifiquen
las causas de su disconformidad con las normas pertinentes o
las disposiciones de dicho sistema, con miras a que se adopten
medidas apropiadas, incluidos los cambios en el propio
sistema.
(Art. 45º- Ley 29783).
AUDITORÍA
Objetivo General De Una Auditoría:
Verificar que la organización cuenta con un sistema o
programa de Prevención de Riesgos capaz de evitar las
pérdidas a la organización debido a los accidentes (personales,
daños a la propiedad, al proceso y al medio ambiente) y que
permita a la vez garantizar la salud de sus trabajadores.
AUDITORÍA
Objetivos Específicos De Una Auditoría:
• Ayudar en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo
• Determinar el cumplimiento de normas, reglamentos y
procedimientos
• Mejorar el sistema de gestión de riesgos de la seguridad en
todos sus procesos.
• Mejorar el nivel de concientización sobre la seguridad e
higiene ocupacional.
• Conseguir el cumplimiento de las exigencias de auditorías
externas.
AUDITORÍA
Principios De Una Auditoría De Seguridad:
-Una auditoria de seguridad no busca criticar o menoscabar el
trabajo realizado. Más bien desea mejorar lo que se ha hecho
hasta el presente.
- Objetividad
- Confidencialidad
- Confianza
- Profesionalismo
- Imparcialidad
- Evidencia
AUDITORÍA
• Conocimiento de la empresa minera a auditar
• Visitas preliminares
• Plan de auditoría minera
• Programa de auditoría minera
PLANEACIÓN
FASES DEL PROCESO DE
AUDITORÍA
• Borrador
• Discusión del borrador
• Revisión y aprobación
• Respuesta del informe
INFORMES
EJECUCIÓN
• Equipos de trabajo
• Entrevista preliminar
• Modalidad del trabajo de evaluación
• Técnicas de evaluación
• Papeles de trabajo
FINAL DEL PROCESO
• A las recomendaciones efectuadas
SEGUIMIENTO
La SUNAFIL es la autoridad competente para la supervisión y
fiscalización del cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas relacionadas con la Seguridad y Salud Ocupacional en
la Gran y Mediana Minería, en el marco de la Ley N° 29981.
FISCALIZACIÓN
El OSINERGMIN es la autoridad competente para supervisar y
fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas relacionadas con la seguridad de la infraestructura en
la Gran y Mediana Minería, en el marco de la Ley N° 29901 y el
Decreto Supremo N° 088-2003-PCM.
FISCALIZACIÓN
Los gobiernos regionales, a través de la Gerencia o Dirección
Regional de Energía y Minas, son la autoridad competente
para verificar el cumplimiento del presente reglamento para la
Pequeña Minería y Minería Artesanal, en los siguientes
aspectos:
FISCALIZACIÓN
a) Fiscalizar las actividades mineras en lo que respecta al cumplimiento de las normas
de Seguridad y Salud Ocupacional.
b) Disponer la investigación de accidentes mortales y casos de emergencia.
c) Ordenar la paralización temporal de actividades en cualquier área de trabajo de la
unidad minera, cuando existan indicios de peligro inminente, con la finalidad de
proteger la vida y salud de los trabajadores, equipos, maquinarias y ambiente de
trabajo, y la reanudación de las actividades cuando considere que la situación de
peligro ha sido remediada o solucionada.
FISCALIZACIÓN
d) Resolver las denuncias presentadas contra los titulares de
actividad minera en materia de Seguridad y Salud
Ocupacional.
e) Otras que se señale en disposiciones sobre la materia.
FISCALIZACIÓN
Parte 02
Inspecciones
TECNOMINA 2024
Es una técnica analítica de seguridad que consiste en un análisis, realizado
mediante observación directa de las instalaciones, equipos y procesos productivos.
INSPECCIONES
Los supervisores del titular de actividad minera y empresas contratistas están
obligados a realizar inspecciones internas diarias al inicio de cada turno de trabajo,
impartiendo las medidas pertinentes de seguridad a sus trabajadores.
Es obligación de la Alta Gerencia de la unidad minera realizar inspecciones internas
planeadas y no planeadas a todas las labores mineras, plantas de beneficio,
instalaciones y actividades conexas, dando prioridad a las zonas críticas de trabajo,
según su mapa de riesgo.
INSPECCIONES
Las inspecciones internas inopinadas serán realizadas por los supervisores de área,
supervisión de seguridad y salud ocupacional y Comité de Seguridad y Salud
Ocupacional, en cualquier momento.
INSPECCIONES
En las inspecciones internas generales de las zonas de trabajo, equipos y
maquinarias de las operaciones mineras se tomará en cuenta lo siguiente:
Diario:
1. Zonas y condiciones de alto riesgo.
2. Sistema de izaje.
Semanal:
1. Bodegas y talleres.
2. Polvorines.
3. Materiales peligrosos.
Mensual:
1. Escaleras portátiles.
2. Cables de izaje y cablecarril.
3. Sistemas de alarma.
INSPECCIONES
4. Sistemas contra incendios.
5. Instalaciones eléctricas.
6. Sistema de bombeo y drenaje.
Trimestral:
1. Herramientas manuales y eléctricas.
2. Inspección interna por la Alta Gerencia de la unidad minera.
El resultado de las inspecciones internas de las zonas de alto riesgo, las realizadas
por el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional y la Alta Gerencia, así como los
plazos para las subsanaciones y/o correcciones, serán anotados en el Libro de
Seguridad y Salud Ocupacional; otras inspecciones quedarán registradas en medios
físicos o electrónicos para su verificación por la autoridad competente.
INSPECCIONES
Las observaciones y recomendaciones que dicte el Gerente de Seguridad y Salud
Ocupacional o Ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional en el curso de las
inspecciones internas a las diversas áreas de trabajo serán hechas por escrito y/o
vía electrónica al Gerente o responsable del área, para la implementación que
corresponda dentro de un plazo establecido.
INSPECCIONES
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  • 3. 1.ALCANCES 2. REFERENCIA LEGAL 3. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD 4. AUDITORIA 5.FASES DEL PROCESO DE AUDITORÍA 6. FISCALIZACIÓN CONTEN IDO
  • 4. Es aplicable a todas las áreas de trabajo del sector minero, bajo el Régimen laboral del sector privado, con el fin de establecer los lineamientos en materia de Seguridad y Salud Ocupacional en función a la normatividad legal vigente para prevenir la ocurrencia de incidentes, accidentes y enfermedades profesionales. ALCANCES
  • 5. • Ley 29783: LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • Decreto Supremo 005–2012–TR: REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • Decreto Supremo 024–2016–EM: REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN MINERIA Y SU MODIFICATORIA. REFERENCIA LEGAL
  • 6. Las definiciones que se detallan a continuación están estipuladas en el artículo 7° del Decreto Supremo 024-2016-EM, según detalle:: DEFINICIO NES AUDITORÍA: Procedimiento sistemático, independiente, objetivo y documentado para evaluar un sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional. FISCALIZACIÓN: Es un proceso de control sistemático, objetivo y documentado, realizado por la autoridad competente para verificar el cumplimiento de lo establecido en el reglamento (D.S. 024 – 2016). INSPECCIÓN DE SEGURIDAD: La inspección de seguridad es una técnica analítica de seguridad que consiste en un análisis, realizado mediante observación directa de las instalaciones, equipos y procesos productivos (condiciones, características, metodología del trabajo, actitudes, aptitudes, comportamiento humano…) para identificar los peligros existentes y evaluar los riesgos en los diferentes puestos de trabajo
  • 7. OBJETIVO DE LA LEY 29783, LEY DE SST: Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Empleador • Deber de prevención de los empleadores Estado • El rol de fiscalización y control del estado Trabajadores • Participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales
  • 8. OBJETIVO DE LA LEY 29783: Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país.
  • 9. Principio de Prevención: El empleador garantiza en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
  • 10. Principio de Primacía de la Realidad: Los empleadores, los trabajadores y los representantes de ambos, y demás entidades públicas y privadas responsables del cumplimiento de la legislación en cumplimiento de la seguridad y salud enel trabajo brindan información completa y veraz sobre la materia. De existir discrepancia entre el soporte documental y la realidad, las autoridades optan por lo constatado en la realidad. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
  • 11. Principio de Protección: Los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente, en forma continua. Dichas condiciones deben proponer:  Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable. • Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores. APLICACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 29783 EN LOS PROCESOS DE AUDITORIA, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN DE SEGURIDAD
  • 12. Auditorías del Sistema de Gestión de SST El empleador realiza auditorías periódicas a fin de comprobar si el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo ha sido aplicado, es adecuado y eficaz para la prevención de riesgos laborales y la seguridad y salud de los trabajadores. La auditoría se realiza por auditores independientes. En la consulta sobre la selección del auditor y en todas las fases de la auditoría, incluido el análisis de los resultados de la misma, se requiere la participación de los trabajadores y de sus representantes. (Art. 43º- Ley 29783). AUDITORÍA
  • 13. Efectos de las Auditorías e Investigaciones Las investigaciones y las auditorías deben permitir a la dirección de la empresa que la estrategia global del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo logre los fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en la política y objetivos del sistema. Sus resultados deben ser comunicados al comité de seguridad y salud en el trabajo, a los trabajadores y a sus organizaciones sindicales. (Art. 44º- Ley 29783). AUDITORÍA
  • 14. Vigilancia del SGSST La vigilancia de la ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, las auditorías y los exámenes realizados por la empresa deben permitir que se identifiquen las causas de su disconformidad con las normas pertinentes o las disposiciones de dicho sistema, con miras a que se adopten medidas apropiadas, incluidos los cambios en el propio sistema. (Art. 45º- Ley 29783). AUDITORÍA
  • 15. Objetivo General De Una Auditoría: Verificar que la organización cuenta con un sistema o programa de Prevención de Riesgos capaz de evitar las pérdidas a la organización debido a los accidentes (personales, daños a la propiedad, al proceso y al medio ambiente) y que permita a la vez garantizar la salud de sus trabajadores. AUDITORÍA
  • 16. Objetivos Específicos De Una Auditoría: • Ayudar en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo • Determinar el cumplimiento de normas, reglamentos y procedimientos • Mejorar el sistema de gestión de riesgos de la seguridad en todos sus procesos. • Mejorar el nivel de concientización sobre la seguridad e higiene ocupacional. • Conseguir el cumplimiento de las exigencias de auditorías externas. AUDITORÍA
  • 17. Principios De Una Auditoría De Seguridad: -Una auditoria de seguridad no busca criticar o menoscabar el trabajo realizado. Más bien desea mejorar lo que se ha hecho hasta el presente. - Objetividad - Confidencialidad - Confianza - Profesionalismo - Imparcialidad - Evidencia AUDITORÍA
  • 18. • Conocimiento de la empresa minera a auditar • Visitas preliminares • Plan de auditoría minera • Programa de auditoría minera PLANEACIÓN FASES DEL PROCESO DE AUDITORÍA
  • 19. • Borrador • Discusión del borrador • Revisión y aprobación • Respuesta del informe INFORMES EJECUCIÓN • Equipos de trabajo • Entrevista preliminar • Modalidad del trabajo de evaluación • Técnicas de evaluación • Papeles de trabajo
  • 20. FINAL DEL PROCESO • A las recomendaciones efectuadas SEGUIMIENTO
  • 21. La SUNAFIL es la autoridad competente para la supervisión y fiscalización del cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con la Seguridad y Salud Ocupacional en la Gran y Mediana Minería, en el marco de la Ley N° 29981. FISCALIZACIÓN
  • 22. El OSINERGMIN es la autoridad competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con la seguridad de la infraestructura en la Gran y Mediana Minería, en el marco de la Ley N° 29901 y el Decreto Supremo N° 088-2003-PCM. FISCALIZACIÓN
  • 23. Los gobiernos regionales, a través de la Gerencia o Dirección Regional de Energía y Minas, son la autoridad competente para verificar el cumplimiento del presente reglamento para la Pequeña Minería y Minería Artesanal, en los siguientes aspectos: FISCALIZACIÓN
  • 24. a) Fiscalizar las actividades mineras en lo que respecta al cumplimiento de las normas de Seguridad y Salud Ocupacional. b) Disponer la investigación de accidentes mortales y casos de emergencia. c) Ordenar la paralización temporal de actividades en cualquier área de trabajo de la unidad minera, cuando existan indicios de peligro inminente, con la finalidad de proteger la vida y salud de los trabajadores, equipos, maquinarias y ambiente de trabajo, y la reanudación de las actividades cuando considere que la situación de peligro ha sido remediada o solucionada. FISCALIZACIÓN
  • 25. d) Resolver las denuncias presentadas contra los titulares de actividad minera en materia de Seguridad y Salud Ocupacional. e) Otras que se señale en disposiciones sobre la materia. FISCALIZACIÓN
  • 27. Es una técnica analítica de seguridad que consiste en un análisis, realizado mediante observación directa de las instalaciones, equipos y procesos productivos. INSPECCIONES Los supervisores del titular de actividad minera y empresas contratistas están obligados a realizar inspecciones internas diarias al inicio de cada turno de trabajo, impartiendo las medidas pertinentes de seguridad a sus trabajadores.
  • 28. Es obligación de la Alta Gerencia de la unidad minera realizar inspecciones internas planeadas y no planeadas a todas las labores mineras, plantas de beneficio, instalaciones y actividades conexas, dando prioridad a las zonas críticas de trabajo, según su mapa de riesgo. INSPECCIONES
  • 29. Las inspecciones internas inopinadas serán realizadas por los supervisores de área, supervisión de seguridad y salud ocupacional y Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, en cualquier momento. INSPECCIONES
  • 30. En las inspecciones internas generales de las zonas de trabajo, equipos y maquinarias de las operaciones mineras se tomará en cuenta lo siguiente: Diario: 1. Zonas y condiciones de alto riesgo. 2. Sistema de izaje. Semanal: 1. Bodegas y talleres. 2. Polvorines. 3. Materiales peligrosos. Mensual: 1. Escaleras portátiles. 2. Cables de izaje y cablecarril. 3. Sistemas de alarma. INSPECCIONES
  • 31. 4. Sistemas contra incendios. 5. Instalaciones eléctricas. 6. Sistema de bombeo y drenaje. Trimestral: 1. Herramientas manuales y eléctricas. 2. Inspección interna por la Alta Gerencia de la unidad minera. El resultado de las inspecciones internas de las zonas de alto riesgo, las realizadas por el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional y la Alta Gerencia, así como los plazos para las subsanaciones y/o correcciones, serán anotados en el Libro de Seguridad y Salud Ocupacional; otras inspecciones quedarán registradas en medios físicos o electrónicos para su verificación por la autoridad competente. INSPECCIONES
  • 32. Las observaciones y recomendaciones que dicte el Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional o Ingeniero de Seguridad y Salud Ocupacional en el curso de las inspecciones internas a las diversas áreas de trabajo serán hechas por escrito y/o vía electrónica al Gerente o responsable del área, para la implementación que corresponda dentro de un plazo establecido. INSPECCIONES