1. Que es la Acción:
La acción constituye una parte alícuota del
capital social que se conforma como un título
valor, que atribuye a su titular la cualidad de
socio, con la consiguiente posibilidad de ejercicio
de los derechos políticos y económicos
inherentes a tal titularidad, y transmisible a
terceros.
2. a) La denominación, domicilio y duración de la sociedad;
b) La fecha de la escritura, el nombre del Notario que la
autorizó y los datos de la inscripción en el Registro
Público;
c) El nombre del socio cuando las acciones sean
nominativas;
d) El importe del capital autorizado o pagado y el número
total y el valor nominal de las acciones;
e) La serie, número y clase de la acción o del certificado,
con indicación del número total de acciones que ampara;
y
f) La firma de los administradores que conforme a la
escritura social deban suscribir el documento.
ALGUNOS DE LOS REQUISTOS LEGALES DE LAS ACCIONES
3. ACCIONES LIBERADAS Son aquellas cuyo valor ha sido
íntegramente cubierto por el accionista. Las acciones que se
entregan en representación de aportaciones hechas en
especie son siempre liberadas.
ACCIONES PAGADORAS Son aquellas cuyo importe no
está totalmente pagado por el accionista. La distribución de
las utilidades y del patrimonio social, en caso de
liquidación, se hará en proporción al importe exhibido de
las acciones.
ACCIONES CON VALOR NOMINAL Son las que
expresan en su texto la parte del capital social que
representan.
.
4. CERTIFICADO PROVISIONAL
Es el que emite una sociedad por acciones mientras estas
no estén integradas totalmente. Reviste cualidades
similares y se lo asimila también a un título de crédito o
título-valor.
5. ACCIONES SIN VALOR Son aquellas que no hacen
referencia a parte alguna del capital social; éstas no tienen
cabida en nuestro derecho.
ACCIONES COMUNES Son aquellas que participen en
las utilidades en proporción a su valor nominal.
ACCIONES ESPECIALES Son las que establecen una
preferencia o ventaja en cuanto al reparto de los beneficios
sociales, siempre y cuando con ello no se origine la
exclusión de uno o más socios en la participación de las
ganancias.
ACCIONES NOMINATIVAS Las que se expiden en
favor de una persona determinada, cuyo nombre se
consigna en el texto mismo del documento.