1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Junio 2018
Olimpia El Hinnawi
2. Artículo 1.649 del Código Civil
El contrato de sociedad es aquel por el cual dos o
más personas convienen en contribuir, cada uno
con la propiedad o el uso de las cosas, o con su
propia industria (para constituir una sociedad se
puede aportar de tres formas, 1º dinero en
efectivo, 2º bienes muebles o inmuebles, 3º
trabajo), a la realización de un fin económico
común (el fin económico es hacer dinero)
3. Elementos Esenciales del Contrato de
Sociedad
Elementos Especiales
· Aporte de los Socios: como su
nombre lo indica se refiere al
aporte o a la parte que cada
miembro entrega a la sociedad
para completar un capital, puede
ser dinero, materiales o trabajo
· Fin económico común: el
objetivo debe ser lícito
· División de las utilidades: se
divide equitativamente de acuerdo
al aporte individual, quien aporte
más recibe más
· Partición de las pérdidas: se
comparte igual q los beneficios.
Artículo 1.141 del Código Civil.- Las
condiciones requeridas para la existencia
del contrato son:
1) Consentimiento de las partes.
2) Objeto que pueda ser materia de
contrato.
3) Causa lícita.
4. •Otorgamiento del Documento
En el artículo 211 del código de
comercio se establecen los
requisitos que se deben cumplir
para conformar sociedades
mercantiles
Art. 211: El contrato de sociedad
se otorgará por documento
público o privado
Art. 211: El contrato de sociedad
se otorgará por documento
público o privado
5. Registro
El contrato de sociedad debe registrarse
dentro de los quince días siguientes a la
celebración del contrato la Sociedad en el
Tribunal de Comercio de la jurisdicción
Publicidad:
Se publica una parte del contrato en un
periódico del mismo registro.
El art 213 del código de comercio señala que
la publicación se comprobará con un ejemplar
del periódico o con uno de los carteles
desfijados, certificado por el Secretario del
Tribunal de Comercio.
6. Es menester señalar que en nuestro
Derecho mercantil se usan las palabras de
sociedad y compañía como sinónimo
Sociedad es cuando dos o más socios se
unen con un fin en común.
Sociedad de Un solo Socio
Ocurre cuando los socios venden sus
acciones a sólo uno de ellos y este queda
como propietario de todas las acciones que
conforma el capital social.