1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
I.U.P. “Santiago Mariño”
Escuela: 45A
Profesora: integrantes:
María Rubio Anabel Mora C.I 24482835
Puerto Ordaz, 07-de diciembre
2. Introducción
Es una rama del derecho cuyo fin principal es proteger al trabajador. Está
inspirado en criterios de humanismo y protección. Es una rama nueva en
formación inspirada en principios totalmente opuestos a los que informan al
Derecho clásico, protectora, foral y en su generalidad conteniendo mandatos de
orden público.
FUENTES EN EL DERECHO LABORAL
Son fuentes de producción o fuentes propias en el DT los siguientes poderes o
instancias sociales, que se manifiestan a través de sus formas normativas
correspondientes:
* El Estado: Es el primer ente con capacidad para crear normas a través de sus
poderes especializados como:
- El Parlamento, que se expresa normativamente a través de sus leyes.
- La Administración, que se expresa normativamente a través de sus reglamentos,
subordinados a las leyes y excepcionalmente a través de Decretos Legislativos.
* Los Organismos Supra-Estatales, como:
- La Comunidad Internacional, de la que surgen Tratados y Convenios
Internacionales
- La ONU, la OIT, la UE, a través de los Reglamentos y las Directivas
* La Sociedad, es un ente abstracto, pero que es otra fuente de crear normas
como la costumbre.
* Los Interlocutores Sociales, a través de los Convenios Colectivos. Es una fuente
peculiar que se da en el Derecho del Trabajo, y son las asociaciones de
empresarios, los sindicatos. Estos dos organismos por si solos no
tiene poder social, pero conjuntados llegan a acuerdos con son fuentes en sentido
propio.
Cada una de estas fuentes se encuentra ordenada, conforme a su respectivo
rango, de acuerdo con un sistema piramidal, sistema de aplicación de las normas.
3. Derechos laborales:
Vamos a iniciar comentando el concepto de derecho labora, definiéndola como un
conjunto de normas que van a regular la relación del trabajador con el patrón, de
modo que dicha relación sea favorable para ambas partes. Es sabido que
lamentablemente en México la mayoría de las personas que trabajan, al final de
ciclo laboral buscan un beneficio a un que sea a costa de aquella empresa que te
brindo la oportunidad de abrirte paso en la vida por medio de un trabajo, así mismo
hay patrones que explotan a sus trabajadores pagándoles de manera injusta. Al
igual me gustaría comentarles acerca de la creación del derecho, se dice que
básicamente es estatal y eso hace que proporcione coherencia con las
disposiciones
Fundamentos laborales:
El derecho laboral es una rama del derecho que se encarga de regular las
relaciones que surgen a través del trabajo humano; esto quiere decir, que el
conjunto de normas jurídicas que lo conforman garantizan el cumplimiento de las
obligaciones de las partes involucradas en una relación de trabajo. (Patrón-
empleado). Así mismo, el derecho laboral entiende como trabajo la actividad que
una persona realiza, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes
económicos para su supervivencia .Algunos de los elementos que existen dentro
de una relación laboral son: Coalición, sindicato, empresa, patrón y trabajador,
siendo estos últimos dos los más importantes dentro de la relación de trabajo que
está regida bajo la Ley Federal de Trabajo. Es importante entender el concepto de
patrón; persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios
trabajadores; y el trabajador es una persona física que presta a otra persona física
o moral un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario. Dentro
del elemento denominado trabajador, tenemos dos categorías:
a) Trabajador base: Aquella persona que presta sus servicios por tiempo
indefinido.
b) Trabajador de confianza: Se considera de confianza trabajadores de dirección,
inspección, vigilancia y fiscalización, así como trabajos personales del patrón
dentro del centro de trabajo (artículo 9°). Es importante mencionar estos
conceptos, para comprender mejor el marco legal del derecho laboral; los
principios constitucionales se mencionan en el artículo 5°, la fracción X del artículo
73° y en el artículo 123° de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
El Derecho del Trabajo es autónomo
Es autónomo porque cumple con los siguientes requisitos.
4. De acuerdo con el jurista Alfredo Rocco se exige que para que el derecho del
trabajo sea autónomo debe cumplir con tres requisitos que son.
1.- Que posea un dominio suficientemente vasto, el derecho del trabajo es un
derecho inacabado y, por lo mismo en constante formación.
2. - Que posea doctrina homogénea, presidida por conceptos legales, comunes,
distintos de las otras ramas del derecho. Posee principios distintos de las otras
ramas del derecho, como los que determinan que en caso de duda se resuelva a
favor del trabajador. O el principio de orden público, que lo excluye de la voluntad
de negociación de las partes.
PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL
Los principios del derecho Laboral son un conjunto de normas y principios teóricos
que regulan las relaciones jurídicas entre empleadores y
trabajadores y de ambos con el estado, este es originado por una prestación volun
taria, subordinada, retribuida de la actividad humana, para la producción de bienes
y servicios .Así mismo esta disciplina ha nacido para reducir la desigualdad
inherente que existe entre un empleador y un trabajador. Por otro lado, la
determinación de una relación laboral, y por tanto la aplicación del derecho laboral,
no siempre estaría sencilla, ya que en muchas oportunidades la existencia de la
misma no siempre aparece clara, ya sea por factores naturales que pueden
difuminar o controvertir el carácter laboral de la misma o por intenciones
fraudulentas para evadir las cargas propias de esta relación. Es por esta razón
que se presentan una serie de normativas para beneficiar la relación de los
trabajadores con sus empleadores dependiendo las variables de favorabilidad de
acuerdo a los criterios presentados, tomando una decisión de forma íntegra , sin
menoscabar los derechos de los trabajadores
Organismos de los derechos laborales los cuales acuden al presentarse alguna situación
laboral
El Organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa laboral,
seguridad social, prevención de riesgos profesionales, colocación, empleo,
formación profesional para el empleo y protección por desempleo, economía
social, emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros, igualdad de
trato y oportunidades y no discriminación en el empleo, es la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social con funciones además de información,
asesoramiento y mediación en las relaciones laborales. Se regula por la Ley
23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social.