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Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui
El tigre- Estado Anzoátegui
Profesora
Carmen Loero
Alumno:
Daniel Romero
C.I; 25893305
Sección 08
Diciembre;2021
-Aspectos administrativos y contables de las
cooperativas .
-Aspectos financieros en la rendición de
cuentas anuales.
Cooperativas
Una cooperativa es una asociación
autónoma de personas unidas
voluntariamente para formar una
organización democrática cuya
administración y gestión debe
llevarse a cabo de la forma que
acuerden los socios,
generalmente en el contexto de la
economía de mercado o la
economía mixta, aunque las
cooperativas se han dado también
como parte complementaria de la
economía planificada
Su intención es hacer frente a las
necesidades y aspiraciones económicas,
sociales y culturales comunes a todos los
socios mediante una empresa. La diversidad
de necesidades y aspiraciones (trabajo,
consumo, comercialización conjunta,
enseñanza, crédito, etc.) de los socios, que
conforman el objeto social o actividad
corporativizada de estas empresas, define
una tipología muy variada de cooperativas
Obligaciones que tienen las
Sociedades Cooperativas en
materia del IVA
El artículo 16, numeral 4 de la Ley que establece el
Impuesto al Valor Agregado publicada en la Gaceta
Oficial Nº. 38.632 de fecha 26 de febrero de 2007,
dispone que no estarán sujetos a dicho impuesto, las
operaciones y servicios realizados por las sociedades
cooperativas. No obstante, de conformidad con lo
dispuesto en el Parágrafo Único de la Ley que
establece el Impuesto al Valor Agregado, las
Sociedades Cooperativas deberán soportar el traslado
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bienes y la recepción de servicios garantizado.
las sociedades cooperativas no están sujetas al
cobro de Impuesto al Valor Agregado en sus
operaciones de venta en los productos o servicios
que ofrece, a sus asociados o terceros.
El Impuesto Sobre La Renta (I.S.L.R) y
las Sociedades Cooperativas.
Impuesto Sobre La Renta, las
sociedades cooperativas si están
sujetas al pago de este tributo según se
desprende de la Ley de Impuesto Sobre
La Renta, en su Capítulo II relativo a los
Contribuyentes y Personas sometidas a
esta Ley, que en su artículo 7, numeral e
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“Artículo 7.- Están sometidos al régimen
impositivo previsto en esta Ley:
e) Las asociaciones, fundaciones,
corporaciones y demás entidades
jurídicas o económicas no citadas en los
literales anteriores.”
Requisitos del seniat para realizar facturas de cooperativas
Toda factura emitida en formatos o formas libres en Venezuela, deben de contener
ciertos requisitos que son exigidos por el Seniat, aquí los requisitos para emitir una
factura legal en Venezuela:
1- Debe tener la denominación
“FACTURA”
2- Número de factura y Número de control.
3- Fecha de emisión.
4- Nombres y Apellidos o razón social del
emisor
5- R.I.F. del emisor
6- Domicilio fiscal y teléfono del emisor.
7- Nombre y Apellido o razón social, del
adquirente del bien o receptor del servicio.
8- RIF o Cedula de identidad, del adquirente del
bien o receptor del servicio.
9- Dirección fiscal y teléfono, del adquirente del
bien o receptor del servicio.
10- Descripción de la venta del bien o de la
prestación del servicio, indicando la cantidad y
monto.
11- Todo tipo de ajuste, descuento o anulaciones
en el precio, debe contar con su debida
descripción y valor ajustado.
12- Especificar la base imponible, IVA (indicando
la alícuota) y monto total a cancelar.
Libros legales que debe llevar una
cooperativa
Las Cooperativas deben llevar nueve (9) libros obligatorios en los cuales se asisten o
registren todas sus actividades, operaciones económicas y sociales:
Libros de Actas de Asamblea.
Debe registrarse todo lo acordado y tratado, no lo
dicho, en cada una de las asambleas, sean
ordinarias o extraordinarias. Estas deben contar
con las siguientes características: Ser numeradas
consecutivamente, Indicar si la asamblea es
ordinaria o extraordinaria.
Plasmar hora, fecha y lugar de celebración de
dicha asamblea.
Registro de las personas presentes y el número
total de asociados a la fecha.
Libros de Actas de las Instancias: Cada una de las instancias
(Administración, Educación, Control y Evaluación) deben
llevar por separado su correspondiente libro de Actas con las
siguientes características:
Deben estar numeradas y llevar sucesivamente
Fecha de reuniones y lugar de celebración
Hora de inicio de la reunión y hora de término
Libro de Registro de Asociados: Este libro debe contener todos
los datos de los asociados de la cooperativa tales como:
Nombres y apellidos del asociado, Número de asociado (de
inscripción o matricula). Domicilio, dirección y teléfono del
asociado, Nacionalidad, Edad, Número de la cédula de
identidad, Fecha de nacimiento.
Número de certificados que haya suscrito y la cantidad pagada.
Representante legal en caso de que el asociado sea menor de
edad o sea una persona jurídica.
Fecha de admisión en la cooperativa.
Libro Diario: Es donde se registran todas las operaciones de
ingresos y egresos en el orden que se vayan realizando. Debe
contener dos (2) columnas.
Libro Mayor: Es el libro de contabilidad en el cual se
organizan y clasifican las diferentes cuentas que se movilizan
en el libro diario de la cooperativa. Debe contener tres (3)
columnas.
Libro de inventario: Debe ser llenado anualmente por un
contador público, ya que allí se registran los estados
financieros de la asociación cooperativa (Balance General y
Estado de Resultados), puede ser de dos (2) o tres (3)
columnas.
Libro de Asistencia a Asambleas: Este libro debe ir firmado por
los asociados que asisten a las asambleas, va en concordancia
con el libro de actas, Número de la asamblea, Si la asamblea es
ordinaria o extraordinaria, Lugar y fecha de la asamblea,
Número total de asociados activos de la cooperativa, Nombre y
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Normas contables que deben aplicar las cooperativas
Las cooperativas en Venezuela se rigen por la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas(LEAC) y por las
providencias administrativas emitidas por la Superintendencia Nacional de Cooperativas(SUNACOOP) que a su
vez ofrecen al interesado herramientas básicas para el proceso contable y la elaboración de los Estados
Financieros, sin embargo estas herramientas pueden resultar incompletas porque no presentan todas las
aclaratorias importantes para dicho proceso
Como toda organización, las asociaciones cooperativas requieren del control de sus actividades y el
registro de sus operaciones diarias, es por ello que dentro de su legislación, se establecen los lineamientos
contables, que ofrecen a ellas, cualquiera sea su tipo, una base para la toma de decisiones al mismo
tiempo que facilita al órgano oficial supervisor de las cooperativas una información más precisa de las
actividades de sus asociados
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otorgados a las cooperativas
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establecidos en cada una de los instrumentos legales
que rigen la materia fundamental exenciones y
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debiendo cumplir con una serie de deberes formales
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de las cooperativas
Toda cooperativa deberá anotar sus
operaciones contables y las actuaciones de
sus órganos directivos en libros, hojas u
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sus libros a los funcionarios del organismo
rector del cooperativismo, autorizados para
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la ley o en virtud de mandato judicial.
Igualmente a enviar la información
estadística que requiere este mismo
organismo.
Rendición de cuentas
La Rendición de Cuentas es una manera de
autorregulación que nos permite:
Asumir la responsabilidad por nuestras acciones
y sus consecuencias.
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interactuamos: voluntariado, equipo de trabajo,
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gobiernos, socios/as.
objetivos
La rendición de cuenta en el sector público fortalece
la gestión administrativa del gobierno con
transparencia, el debido control de los procesos, la
participación ciudadana y la consolidación de una
cultura socialmente responsable de los gobernantes,
así como de las servidoras y servidores públicos.
La rendición de cuentas está conformada por
un conjunto de dispositivos, mecanismos y
modalidades de control, contrapeso y
supervisión de los gobernantes, funcionarios
y agentes privados que manejan recursos
públicos, ejercidos por parte de actores
sociales, agencias estatales e internacionales
con el fin de mirar el desempeño y los
resultados de los gobiernos, democratizar la
gestión pública y garantizar los derechos
ciudadanos.
La Contabilidad como disciplina, tiene una marcada tradición patrimonialista y se centra
sólo en algunos aspectos de la compleja realidad actual, tal como lo sostienen destacados
tratadistas. La información económico-financiera y patrimonial con que cuentan las
cooperativas para el cumplimiento de sus fines, es muy importante, pero actualmente se
torna insuficiente, pues en ellas, los objetivos económicos se entrelazan en forma
armónica con otros objetivos sociales. La contabilidad social hará posible conocer el efecto
social de determinados hechos económicos, así como el cumplimiento de su finalidad de
servicio, en estos entes cuyo fin no es precisamente el lucro.
El considerar otras variables sociales a la par de las económicas permitirá a la
disciplina contable brindar un conocimiento más amplio, integrado e identificado con la
realidad social, de manera objetiva y verificable.
Dicha realidad está constituida por el accionar y los efectos sociales de los entes en
sociedad. Es decir, los impactos producidos sobre los recursos naturales y culturales de
una determinada comunidad. Esta circunstancia, generalmente, no queda en evidencia.
información contable y social que debe
presentar una cooperativa
Las cooperativas deberán reportar los estados
financieros (Balance General y Estado de Resultados)
correspondientes a cada uno de los fondos en
administración o en fideicomiso que individualmente
representen un monto igual o superior al cien por ciento
(100%) del valor de su Patrimonio.
Estados financieros que
debe llevar una cooperativa
La situación financiera de una empresa nunca es igual
a la de otra. Por ello, es lógico pensar que sus
responsables acudan al modelo de estados financieros
que mejor se adapten a lo que buscan. Los hay de
diversas clases:
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-Estado de evolución de patrimonio neto
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-Balance financiero general
El proceso económico que se desarrolla entre
cooperativas y entre éstas con otros entes de la
Economía Social y Participativa, plantea una
situación novedosa con respecto a la forma de
preparar los estados financieros para suministrar
información sobre el grupo de empresas
conformadas por las cooperativas afiliadas y su
instancia de integración.
Los estados financieros consolidados
representan la verdadera situación y
resultados de un grupo de empresas unidas
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  • 1. Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universidad Politécnica Territorial José Antonio Anzoátegui El tigre- Estado Anzoátegui Profesora Carmen Loero Alumno: Daniel Romero C.I; 25893305 Sección 08 Diciembre;2021 -Aspectos administrativos y contables de las cooperativas . -Aspectos financieros en la rendición de cuentas anuales.
  • 2. Cooperativas Una cooperativa es una asociación autónoma de personas unidas voluntariamente para formar una organización democrática cuya administración y gestión debe llevarse a cabo de la forma que acuerden los socios, generalmente en el contexto de la economía de mercado o la economía mixta, aunque las cooperativas se han dado también como parte complementaria de la economía planificada Su intención es hacer frente a las necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes a todos los socios mediante una empresa. La diversidad de necesidades y aspiraciones (trabajo, consumo, comercialización conjunta, enseñanza, crédito, etc.) de los socios, que conforman el objeto social o actividad corporativizada de estas empresas, define una tipología muy variada de cooperativas
  • 3. Obligaciones que tienen las Sociedades Cooperativas en materia del IVA El artículo 16, numeral 4 de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado publicada en la Gaceta Oficial Nº. 38.632 de fecha 26 de febrero de 2007, dispone que no estarán sujetos a dicho impuesto, las operaciones y servicios realizados por las sociedades cooperativas. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Único de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, las Sociedades Cooperativas deberán soportar el traslado del IVA con ocasión de la importación o compra de bienes y la recepción de servicios garantizado. las sociedades cooperativas no están sujetas al cobro de Impuesto al Valor Agregado en sus operaciones de venta en los productos o servicios que ofrece, a sus asociados o terceros. El Impuesto Sobre La Renta (I.S.L.R) y las Sociedades Cooperativas. Impuesto Sobre La Renta, las sociedades cooperativas si están sujetas al pago de este tributo según se desprende de la Ley de Impuesto Sobre La Renta, en su Capítulo II relativo a los Contribuyentes y Personas sometidas a esta Ley, que en su artículo 7, numeral e establece: “Artículo 7.- Están sometidos al régimen impositivo previsto en esta Ley: e) Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores.” Requisitos del seniat para realizar facturas de cooperativas Toda factura emitida en formatos o formas libres en Venezuela, deben de contener ciertos requisitos que son exigidos por el Seniat, aquí los requisitos para emitir una factura legal en Venezuela: 1- Debe tener la denominación “FACTURA” 2- Número de factura y Número de control. 3- Fecha de emisión. 4- Nombres y Apellidos o razón social del emisor 5- R.I.F. del emisor 6- Domicilio fiscal y teléfono del emisor. 7- Nombre y Apellido o razón social, del adquirente del bien o receptor del servicio. 8- RIF o Cedula de identidad, del adquirente del bien o receptor del servicio. 9- Dirección fiscal y teléfono, del adquirente del bien o receptor del servicio. 10- Descripción de la venta del bien o de la prestación del servicio, indicando la cantidad y monto. 11- Todo tipo de ajuste, descuento o anulaciones en el precio, debe contar con su debida descripción y valor ajustado. 12- Especificar la base imponible, IVA (indicando la alícuota) y monto total a cancelar.
  • 4. Libros legales que debe llevar una cooperativa Las Cooperativas deben llevar nueve (9) libros obligatorios en los cuales se asisten o registren todas sus actividades, operaciones económicas y sociales: Libros de Actas de Asamblea. Debe registrarse todo lo acordado y tratado, no lo dicho, en cada una de las asambleas, sean ordinarias o extraordinarias. Estas deben contar con las siguientes características: Ser numeradas consecutivamente, Indicar si la asamblea es ordinaria o extraordinaria. Plasmar hora, fecha y lugar de celebración de dicha asamblea. Registro de las personas presentes y el número total de asociados a la fecha. Libros de Actas de las Instancias: Cada una de las instancias (Administración, Educación, Control y Evaluación) deben llevar por separado su correspondiente libro de Actas con las siguientes características: Deben estar numeradas y llevar sucesivamente Fecha de reuniones y lugar de celebración Hora de inicio de la reunión y hora de término Libro de Registro de Asociados: Este libro debe contener todos los datos de los asociados de la cooperativa tales como: Nombres y apellidos del asociado, Número de asociado (de inscripción o matricula). Domicilio, dirección y teléfono del asociado, Nacionalidad, Edad, Número de la cédula de identidad, Fecha de nacimiento. Número de certificados que haya suscrito y la cantidad pagada. Representante legal en caso de que el asociado sea menor de edad o sea una persona jurídica. Fecha de admisión en la cooperativa. Libro Diario: Es donde se registran todas las operaciones de ingresos y egresos en el orden que se vayan realizando. Debe contener dos (2) columnas. Libro Mayor: Es el libro de contabilidad en el cual se organizan y clasifican las diferentes cuentas que se movilizan en el libro diario de la cooperativa. Debe contener tres (3) columnas. Libro de inventario: Debe ser llenado anualmente por un contador público, ya que allí se registran los estados financieros de la asociación cooperativa (Balance General y Estado de Resultados), puede ser de dos (2) o tres (3) columnas. Libro de Asistencia a Asambleas: Este libro debe ir firmado por los asociados que asisten a las asambleas, va en concordancia con el libro de actas, Número de la asamblea, Si la asamblea es ordinaria o extraordinaria, Lugar y fecha de la asamblea, Número total de asociados activos de la cooperativa, Nombre y apellido de cada uno de los asociados asistentes.
  • 5. Normas contables que deben aplicar las cooperativas Las cooperativas en Venezuela se rigen por la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas(LEAC) y por las providencias administrativas emitidas por la Superintendencia Nacional de Cooperativas(SUNACOOP) que a su vez ofrecen al interesado herramientas básicas para el proceso contable y la elaboración de los Estados Financieros, sin embargo estas herramientas pueden resultar incompletas porque no presentan todas las aclaratorias importantes para dicho proceso Como toda organización, las asociaciones cooperativas requieren del control de sus actividades y el registro de sus operaciones diarias, es por ello que dentro de su legislación, se establecen los lineamientos contables, que ofrecen a ellas, cualquiera sea su tipo, una base para la toma de decisiones al mismo tiempo que facilita al órgano oficial supervisor de las cooperativas una información más precisa de las actividades de sus asociados
  • 6. Beneficios fiscales otorgados a las cooperativas Las cooperativas poseen varios beneficios fiscales, otorgados por la republica y los municipios, establecidos en cada una de los instrumentos legales que rigen la materia fundamental exenciones y exoneraciones, entre las que se destaca, la exención de impuesto sobre la renta como la mas significativa, debiendo cumplir con una serie de deberes formales para su aprovechamiento Obligaciones financieras de las cooperativas Toda cooperativa deberá anotar sus operaciones contables y las actuaciones de sus órganos directivos en libros, hojas u otros registros debidamente autorizados por el organismo rector de cooperativismo, conforme a lo establecido en el reglamento. las cooperativas estarán obligadas a exhibir sus libros a los funcionarios del organismo rector del cooperativismo, autorizados para practicar revisiones y a otras personas o instituciones autorizadas por disposición de la ley o en virtud de mandato judicial. Igualmente a enviar la información estadística que requiere este mismo organismo.
  • 7. Rendición de cuentas La Rendición de Cuentas es una manera de autorregulación que nos permite: Asumir la responsabilidad por nuestras acciones y sus consecuencias. Responder y ser honestos con quienes interactuamos: voluntariado, equipo de trabajo, habitantes de asentamientos, donantes, gobiernos, socios/as. objetivos La rendición de cuenta en el sector público fortalece la gestión administrativa del gobierno con transparencia, el debido control de los procesos, la participación ciudadana y la consolidación de una cultura socialmente responsable de los gobernantes, así como de las servidoras y servidores públicos. La rendición de cuentas está conformada por un conjunto de dispositivos, mecanismos y modalidades de control, contrapeso y supervisión de los gobernantes, funcionarios y agentes privados que manejan recursos públicos, ejercidos por parte de actores sociales, agencias estatales e internacionales con el fin de mirar el desempeño y los resultados de los gobiernos, democratizar la gestión pública y garantizar los derechos ciudadanos.
  • 8. La Contabilidad como disciplina, tiene una marcada tradición patrimonialista y se centra sólo en algunos aspectos de la compleja realidad actual, tal como lo sostienen destacados tratadistas. La información económico-financiera y patrimonial con que cuentan las cooperativas para el cumplimiento de sus fines, es muy importante, pero actualmente se torna insuficiente, pues en ellas, los objetivos económicos se entrelazan en forma armónica con otros objetivos sociales. La contabilidad social hará posible conocer el efecto social de determinados hechos económicos, así como el cumplimiento de su finalidad de servicio, en estos entes cuyo fin no es precisamente el lucro. El considerar otras variables sociales a la par de las económicas permitirá a la disciplina contable brindar un conocimiento más amplio, integrado e identificado con la realidad social, de manera objetiva y verificable. Dicha realidad está constituida por el accionar y los efectos sociales de los entes en sociedad. Es decir, los impactos producidos sobre los recursos naturales y culturales de una determinada comunidad. Esta circunstancia, generalmente, no queda en evidencia. información contable y social que debe presentar una cooperativa
  • 9. Las cooperativas deberán reportar los estados financieros (Balance General y Estado de Resultados) correspondientes a cada uno de los fondos en administración o en fideicomiso que individualmente representen un monto igual o superior al cien por ciento (100%) del valor de su Patrimonio. Estados financieros que debe llevar una cooperativa La situación financiera de una empresa nunca es igual a la de otra. Por ello, es lógico pensar que sus responsables acudan al modelo de estados financieros que mejor se adapten a lo que buscan. Los hay de diversas clases: -Estado de flujo de efectivo -Estado de resultados -Estado de evolución de patrimonio neto -Estado de inversiones -Balance financiero general El proceso económico que se desarrolla entre cooperativas y entre éstas con otros entes de la Economía Social y Participativa, plantea una situación novedosa con respecto a la forma de preparar los estados financieros para suministrar información sobre el grupo de empresas conformadas por las cooperativas afiliadas y su instancia de integración. Los estados financieros consolidados representan la verdadera situación y resultados de un grupo de empresas unidas entre sí bajo la figura o concepto de Matriz– Subsidiaria, que contablemente es considerada como una sola entidad, independientemente de las personalidades jurídicas de cada una de las empresas del grupo.