2. ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE DERECHO
HUMANO Y DERECHOS FUNDAMENTALES ?
Es importante diferenciar y no confundir los derechos humanos con los derechos constitucionales o
fundamentales. Aunque generalmente los derechos humanos se suelen recoger dentro de los derechos
constitucionales,no siempre coinciden en términos o su misma significación que ambas abarcan.
Las teorías iusnaturalistas consideran que la existencia de los derechos humanos es independiente de su
reconocimiento como derechos constitucionales. Para algunos autores, como Francisco Laporta, existiría un
pequeño número de derechos humanos básicos, de los que se derivarían los derechos constitucionales más
concretos. Por su parte, para las teorías dualistas –las que otorgan importancia tanto al fundamento moral de
los derechos como a su motivación– los conceptos de derechos humanos y derechos constitucionales tendrían
un contenido equivalente. Luigi Ferrajoli considera, en su teoría del garantismo jurídico, que, siendo los
derechos constitucionales o fundamentales los reconocidos en la carta magna de los Estados, los derechos
humanos son aquellos que se reconocen a todos, independientemente de su ciudadanía y su capacidad de
obrar: la constitución de un país, por ejemplo, puede otorgar derechos a sus ciudadanos que no abarquen a los
no nacionales
3. ¿EL ACCESO A INTERNET ES UN DERECHO HUMANO O UN DERECHO
FUNDAMENTAL. ¿UD ESTA DE ACUERDO CON LA POSICIÓN DE NNUU?
Es un derecho fundamental pero también puede ser un derecho humano por es
una difusión de información mundial y a la vez un modo de interacción entre
personas y sus ordenadores sin que ello dependa de su localización geográfica,
pues internet constituye una revolución nunca antes experimentada en el
mundo de la informática y de las comunicaciones, pues además permite a los
individuos ejercer su derecho de opinión y expresión de tal manera que
promueve el progreso de la sociedad en conjunto, de tal manera que también
promueve la activa participación ciudadana en la construcción democrática.
4. ¿EN QUÉ CONSISTE LA BRECHA DIGITAL?
La brecha digital hace referencia a la desigualdad entre las personas que pueden
tener acceso o conocimiento en relación a las nuevas tecnologías y las que no,
Es la distancia en el acceso, uso y apropiación de las tecnologías tanto a nivel
geográfico, a nivel socioeconómico (entre quintiles de ingreso) y también en las
dimensiones de género, en articulación con otras desigualdades culturales. Cabe
destacar que la brecha digital está en relación con la calidad de la infraestructura
tecnológica, los dispositivos y conexiones, pero sobre todo, con el capital
cultural para transformar la información circulante en conocimiento relevante
5. EN SU OPINIÓN ¿EL ACCESO A INTERNET DEBE SER REGULADO POR EL
ESTADO O SE DEBE OPTAR POR LA AUTOREGULACIÓN? (CONSIDERAR EL
CASO DECENCY ACT DE EEUU)
Debe optarse por la autorregulación porque ejerce control voluntario desde su
propio campo en su diversas dimensiones que presentan las redes más bien no
se podría optar por la regulación que hace el estado dado que su legislación es
demasiado lenta y no puede adaptarse con facilidad a los cambios que se
produzcan en la red dado que siempre estará un paso adelante, pues la
normativa estatal solo son aplicables dentro de nuestro territorio, y por tanto en
numerosas ocasiones los Estados se encuentran limitados a la hora de perseguir
conductas que pueden ser consideradas ilegales ya que las páginas web o los
responsables se encuentran establecidos en otro país.