Este documento resume una investigación sobre la formación profesionalizante que reciben los jueces en la Escuela Judicial del Estado de México. Se aplicó una encuesta a 170 personas que tomaron cursos de formación para jueces, encontrando que aunque la mayoría consideró que los cursos cumplieron con sus expectativas, también había opiniones negativas. La hipótesis de que las expectativas se veían afectadas por los cursos no pudo comprobarse. Se concluye que es necesario mejorar el diseño de la investigación y aplicar también métodos cualitativos para
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La Formación Profesionalizante de los Jueces en el Sistema de Impartición de Justicia del Estado
de México
Autor: Sergio Anselmo Galindo Espinoza
RESUMEN
La formación de los servidores públicos en nuestro país es un tema recurrente ante el cual siempre
existe una serie de cuestionamientos sobre si dichos agentes cuentan o no con los suficientes
conocimientos y/o habilidades para desempeñarse en el cargo que ostentan, en el caso particular,
dentro del sistema de impartición y administración de justicia esta formación adquiere un carácter
nodal, ya que los asuntos que están en manos de dichos funcionarios tienen que ver directamente
con bienes jurídicos que se encuentran tutelados por la leyes del país, como son, por mostrar un
ejemplo, las propiedades particulares y la libertad misma. Situación que confiere al trabajo y a la
formación en particular, una importancia demasiado elevada, pues ésta es la base sobre la cual el
servidor público deberá construir su criterio y adecuar sus decisiones para hacer prevalecer la
justicia y el estado de derecho. De ahí que resulte sobresaliente investigar las prácticas
profesionalizantes que reciben los impartidores de justicia y para el caso concreto del documento
que se presenta, cómo es que se da esta formación dentro de la Escuela Judicial del Estado de
México y sobre todo conocer si se cumplen las expectativas de inicio y conclusión de los cursos
que se requieren para postularse a un puesto dentro del sistema de justicia del país y saber cómo
dichas experiencias, prácticas y expectativas impactan en el desarrollo de la labor de administrar
justicia.
CONTENIDO
MARCO DE REFERENCIA Pág. 2
ALCANCES Y DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO DE FORMACIÓN PROFESIONALIZANTE Pág. 2
JUSTIFICACIÓN. Pág. 3
OBJETIVO. Pág. 4
HIPÓTESIS. Pág. 4
INVESTIGACIÓN. Pág. 4
CONCLUSIONES Pág. 5
REFERENCIAS Pág. 6
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MARCO DE REFERENCIA.
Desde su creación, la Escuela Judicial del Estado de México se fijó como meta ser una instancia
académica reservada para la preparación de servidores públicos judiciales. Se buscó implementar
un sistema de concursos y exámenes de oposición, mismo que sigue en operación. Ubicada en la
Calle de Josefa Ortiz de Domínguez 306, Colonia Santa Clara, en Toluca de Lerdo, Estado de
México, la Escuela Judicial fue en sus inicios el Instituto de Capacitación y Especialización Judicial,
fundado el 8 de diciembre de 1985, por acuerdo del Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia. En
ella se imparten tres modalidades de estudios: Carrera Judicial, Educación Continua y Posgrado.
La Carrera Judicial contempla cursos dirigidos a los servidores públicos del Poder Judicial del
Estado de México (PJEM), que desean trabajar en las siguientes categorías: Notificador, Ejecutor,
Secretario Civil, Secretario Penal, Mediador y Conciliador, Juez Civil, Juez Penal, Juez Ejecutor de
Sentencias, Juez de Control y Juicio Oral y Juez especializado en Materia de Adolescentes, además
de impartir cursos de educación continua y estudios de posgrado en materias relacionadas con el
derecho judicial1
.
ALCANCES Y DELIMITACIÓN DEL CONCEPTO DE FORMACIÓN PROFESIONALIZANTE2
.
El concepto de Formación presenta, a su vez, múltiples interpretaciones, aunque es posible
rastrear en todas ellas una constante: se habla de formar (profesionistas, estudiantes, etc.) cuando
se hace referencia a construir una determinada forma en el individuo que atraviesa la situación de
enseñanza y aprendizaje (FERRY; 1997). Existe, por lo general, una enorme dificultad teórica para
determinar cuáles son las actividades propias de la Formación (BARBIER; 1985). Es difícil resolver
en pocas líneas este problema; sin embargo, una solución que puede funcionar a este respecto
consiste en concebir a dichas actividades de formación como “el subconjunto de capacidades
específicamente producidas en el ámbito de las experiencias escolares o de las experiencias de
formación anteriores” (BARBIER; 1985). Se trata, pues, de lograr que el individuo en situación de
aprendizaje adquiera ciertas habilidades y capacidades con el fin de que pueda ponerlas en
práctica en una situación diferente de aquella en la que fueron adquiridas, es decir, fuera del aula,
en la vida cotidiana o laboral.
Así, cuando pensamos en la formación que deben adquirir los Jueces para desempeñarse en su
labor de impartición de justicia, pensamos en una formación de carácter profesional, pero como
esta formación no se da expresamente al interior de los currícula diseñados para la licenciatura en
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Datos consultados en la página web de la Escuela Judicial del Estado de México: http://www.pjedomex.gob.mx/ejem/
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La noción de formación profesionalizante hace referencia a la formación para el ejercicio profesional (MARCEU: 1996). Los trabajos
que se han encontrado en la búsqueda descrita hacen referencia a la formación académica en algunas instituciones que imparten la
carrera de Derecho, o bien, a la formación docente de los abogados; sin embargo, ninguno de estos estudios hace referencia a la
formación de estos profesionistas para el ejercicio en pleno.
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Derecho, sino que se promueve en cursos específicos, la llamaremos profesionalizante. Este tipo
de formación particular debe trascender al simple adiestramiento y constituirse como una
auténtica competencia profesional y laboral que permita al individuo desempeñar su trabajo o un
puesto de trabajo eficazmente y contar con las cualificaciones necesarias para ello (ULLOA, et, al.;
2009). Los saberes que se hallan en la base de la formación profesionalizante son de tipo
específico, pragmático, pero también reflexivos, pues implican el desarrollo de habilidades
profesionales para la transformación social e institucional de los diferentes ámbitos laborales
(LIRA; 2008).
Con base en lo anterior, es importante acotar que, al hacer de la formación profesionalizante el
principal propósito de los cursos para jueces del PJEM, lo que se persigue es tratar de comprender
todo este entramado de procesos, aspectos y significados relativos al desarrollo y adquisición de
las capacidades y habilidades expresamente designadas para ellos en su accionar cotidiano al
interior del ámbito de la impartición de justicia.
JUSTIFICACIÓN.
Este proyecto tiene su origen en un legítimo interés por conocer cuáles son los agentes que
intervienen, determinan y estructuran los procesos de formación profesionalizante que se llevan a
cabo en la Escuela Judicial del Estado de México, el citado interés deviene de una necesidad
fundamental: comprender los procesos educativos que organizan y dan cuerpo a la formación
profesionalizante de los servidores públicos dedicados al ámbito de la impartición de justicia,
siendo este campo uno de los más importantes a entender en cualquier sociedad, por lo que la
trascendencia de conocer las particularidades de estos procesos resulta innegable, pues de ello
depende el desempeño profesional de personas que se convertirán en uno de los pilares
esenciales del desarrollo y de la estabilidad social, en la medida en que estos futuros expertos
están íntimamente ligados con una de las máximas aspiraciones del hombre en sociedad: La
Justicia.
Dicho lo anterior, es necesario acotar que, en relación con los procesos de formación
profesionalizante, uno de los más significativos es el que atañe a la conformación de los cursos
que habrán de preparar a los Jueces del Poder Judicial para su futuro desempeño laboral. Esta
formación no puede tener lugar sin una guía clara y explícita de lo que se pretende lograr en esta
instancia. Tal guía lo es para la acción docente y se materializa en los planes y programas de
estudio que determinan lo que deberá ser aprendido por los futuros jueces, las capacidades y
habilidades que habrán de desarrollar y las competencias que se espera que adquieran a lo largo
de su formación profesionalizante. Una investigación que consiga dar cuenta de los elementos que
se hallan presentes en la conformación de los citados cursos sin duda puede aportar un enorme
beneficio al PJEM, pero también se vuelve necesaria para que el mismo pueda elevar el nivel de
calidad y profesionalización de su personal. El conocimiento que sea capaz de brindar una
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investigación de este tipo, en tanto que pretende ser un análisis a fondo de toda esa complejidad
que envuelve al campo de formación profesionalizante puede proponer nuevos enfoques para
pensar esta problemática.
OBJETIVO.
Conocer, comprender y analizar la naturaleza y la estructura de la formación profesionalizante que
ofrece la Escuela Judicial para los Jueces del Poder Judicial del Estado de México.
HIPÓTESIS.
Las expectativas de formación y desempeño de los aspirantes al cargo de Juez en el Estado de
México se ven afectadas por el contenido y por los procesos de enseñanza-aprendizaje que se dan
al interior del curso de formación para Juez que se imparte en la Escuela Judicial del Estado de
México.
INVESTIGACIÓN.
Para poder dar cuenta del alcance de la hipótesis planteada con anterioridad se realizó, mediante
la elaboración de un instrumento de captura de datos, una encuesta entre 170 personas que
durante los últimos tres años (2013-2016) tomaron cursos de formación para Juez al interior de la
Escuela Judicial del Estado de México. La investigación y los datos estadísticos que se presentan en
este artículo se basan en la premisa ética de que los resultados de la misma son únicamente de
carácter educativo y ejemplifican de modo proporcional algunos de los rasgos que caracterizan el
proyecto de investigación, por lo que su tratamiento obedece únicamente a fines estadísticos y los
mismos están encaminados a realizar una propuesta de mejora.
De los 170 encuestados el 36.5% son mujeres y el 63.5% son hombres, las edades fluctúan entre
los 30 y los 60 años de edad, siendo que el 42.9% de los encuestados cuenta con una edad
contemplada entre 30 y 35 años mientras que sólo el 1.8% de los mismos esta entre 55 y 60 años,
lo que nos da cuenta de una población adulta en su mayoría y que cuenta con estudios concluidos
que van desde la Licenciatura (59.4%), Especialidad (15.3%) y Maestría (25.3%). Asimismo, se tiene
que el 79.4% de los encuestados tomaron la decisión de participar en los cursos citados, lo que
denota un amplio interés por formar parte del personal del sistema de impartición de justicia del
Estado de México.
A partir de este punto se realizaron seis preguntas a los encuestados que están relacionadas con la
perspectiva que tuvieron los participantes al terminar los estudios correspondientes en relación
con los contenidos de los cursos en que participaron y la forma en cómo éstos fueron impartidos,
cabe resaltar que las respuestas fueron evaluadas de manera bipolar (SI y NO) dando los siguientes
resultados:
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Contenido temático adecuado para el desempeño como juez
SI 54.7%
NO 45.3%
Equilibrio dentro del diseño del curso entre horas de teoría y horas de
práctica
SI 56.5%
NO 43.5%
Contenido temático actualizado
SI 62.9%
NO 37.1%
Manejo adecuado de los contenidos por parte del catedrático
SI 54.7%
NO 45.3%
Equilibrio entre la distribución de los temas relacionados con teoría y
los relacionados con la práctica
SI 52.9%
NO 47.1%
La forma en que son evaluados los contenidos de los cursos
SI 47.6%
NO 52.4%
En concordancia, la pregunta número once rescató las expectativas iniciales de los participantes
en la encuesta y cómo ésta se había visto afectada por su participación en el curso de formación
correspondiente, indicando mediante una sencilla escala Likert, si su experiencia al concluir se
correspondía con la expectativa inicial que tenían, concediendo que de los 170 encuestados 32 de
ellos (18.8%), consideran que el curso “siempre” cumplió con sus expectativas; 69 encuestados
(40.6%), afirman que el curso “la mayoría de las veces” cumplió con sus expectativas; 29
participantes (17.1%), responde que el curso cumplió “algunas veces” sus expectativas; 27
encuestados (15.9%), aseguran que el curso “pocas veces” cumplió con sus expectativas de
formación; mientras que los 13 encuestados restantes (7.6% del total), manifiestan que el curso
“nunca” cumplió con sus expectativas. Ante estos resultados se formulan las siguientes:
CONCLUSIONES
Acorde a los análisis estadísticos practicados con los resultados antes mencionados se concluye
que la hipótesis de investigación: “Las expectativas de formación y desempeño de los aspirantes al
cargo de Juez en el Estado de México se ven afectadas por el contenido y por los procesos de
enseñanza-aprendizaje que se dan al interior del curso de formación para Juez que se imparte en
la Escuela Judicial del Estado de México” no se pudo comprobar y por lo tanto debe rechazarse en
pro de construir una hipótesis diferente, por lo que podemos concluir que las expectativas de los
alumnos no son afectadas por el contenido y los procesos de enseñanza aprendizaje; lo que a su
vez supone que la estructura, operación y evaluación de dichos cursos se encuentran dentro de un
nivel de considerable aceptación y eficacia.
Ahora bien, el hecho de que la hipótesis no se pudiese comprobar puede deberse a muchos
factores que pueden estar relacionados con errores en el instrumento utilizado, así como en la
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captura de los datos que arrojaron los mismos, así como con las respuestas proporcionadas por los
encuestados, ya que algunos de ellos tinían más de dos años de haber tomado el curso y éste
factor de tiempo puede indicarnos también alguna falla en la memoria de quien responde, por lo
que, el hecho de que la hipótesis no se haya corroborado sólo nos da la pauta para replantear
nuestro modelo de investigación y cuidar a fondo los detalles observados con el fin de mejorar el
diseño de la misma y, en un futuro cercano, poder prácticar un nuevo estudio que fortalezca el
que se presenta.
Aunado a ello, es factible considerar que esta investigación también se puede enriquecer con un
segundo trabajo que verse sobre contenidos de carácter cualitativo, donde mediante las técnicas
de observación no participante y de entrevistas clínicas a profundidad, se puedan rescatar datos
sensibles de cómo se realizan tanto las prácticas docentes como los procesos de enseñanza-
aprendizaje al interior de dichos cursos, enriqueciendo, además, con la experiencias rescatadas
mediante éstas técnicas de recopilación de datos, las cifras que se han obtenido, asegurando con
ello un panorama holístico sobre le hechos innerentes a la formación profesionalizante de los
servidores públicos de la administración e impartición de justicia del Estado de México.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
BARBIER, Jean-Marie. La evaluación en los procesos de formación. Paidós, 2ª Ed.,
Barcelona, 1993.
FERRY, Gilles. Pedagogía de la Formación. Buenos Aires: Novedades Educativas.
Universidad de Buenos Aires. Facultad de Filosofía y Letras. Formación de formadores.
Carrera de especialización de posgrado. Serie Los documentos. Buenos Aires, 1997.
LIRA López, Liliana. “El impacto de la formación profesionalizante en la MEIPE: Un estudio
cotidiano de egresados” en Revista La Tarea. Revista de Educación y Cultura de la Sección
47 del SNTE. Núm-18. Diciembre de 2003.
MARCEU, Jean. "La Máquina de Producción de Conocimientos: las Universidades del
Futuro y el Futuro de las Universidades", en Revista Universidad Futura, México, Vol 7,
Núm. 20-21, Universidad Autónoma Metropolitana. 1996.
REFERENCIAS ELECTRÓNICAS
ESCUELA JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO. Página web disponible en:
http://www.pjedomex.gob.mx/ejem/
ULLOA Lugo, Norma Yolanda, et al. “Concepciones de Competencias: sus implicaciones en
el currículo y en el rol del docente”, X Congreso Nacional de Investigación Educativa.
Memoria electrónica. 2009. En
http://www.comie.org.mx/congreso/memoriaelectronica/v10/contenido/contenido0102T
.htm