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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 31 DE MAYO DE 2016 No. 83
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda
 Acuerdo por el que se constituye el Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la Zona
denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc 3
Coordinación General de Modernización Administrativa
 Aviso por el que se da a conocer el servicio denominado "Visita al Museo del Estanquillo" a cargo del Fideicomiso
Público Museo del Estanquillo, que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los
Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 10
 Aviso por el que se dan a conocer Tres Servicios denominados "Solicitud para Presentaciones Artísticas en la Red
de Faros", "Biblioteca en Faro de Oriente y Biblioteca Faro Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus
Formatos de Solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura, que han obtenido la Constancia de
Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público
del Distrito Federal 12
Sistema de Transporte Colectivo
 Aviso por el que se da a conocer la actualización al Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo
con Número de Registro MA-79/181215-E-STC-20/2007 19
Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Internacional Número LPI-01-2016.- Convocatoria 13.-
Adquisición de refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos, para analizadores de gases en aire
ambiente 20
 Secretaría de Turismo de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número SECTURCDMX-LPN-05-
2016.- Convocatoria 05.- Servicios Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en Coordinar la
Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias Nacionales, Internacionales y Viajes de
Familiarización (FAM’S), 2016 22
 Delegación Tlalpan.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001134/021/2016 a 30001134/023/2016.-
Convocatoria DTL/005-2016.- Mantenimiento, conservación y rehabilitación de infraestructura educativa y
mantenimiento, y rehabilitación a mercados 24
 SECCIÓN DE AVISOS
 Dragados y Cymi, S.A. de C.V. 28
 Desinded, S.A. de C.V. 29
 Edictos 30
 Aviso 34
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN PARA LA
RENOVACIÓN DE LA ZONA DENOMINADA ALAMEDA-REFORMA EN LA DELEGACIÓN
CUAUHTÉMOC.
FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV y 24 fracciones I, VI, IX, X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; 4 fracción III, 7 fracción I, 77 y 78 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito
Federal, y 106, 113, 114, 117, 118 y 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, así como en
el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación
para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la
participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema, publicado en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México el 15 de abril de 2016, y
CONSIDERANDO
Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, determina que en ciertos sectores del territorio de la
Ciudad de México, como es el caso de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, se presenta
una subutilización del equipamiento, la infraestructura y los servicios instalados en zonas que tienen capacidad de
saturación y densificación en materia habitacional y de usos mixtos, por lo que es necesario promover en forma coordinada
la competitividad de la Ciudad para suscitar una economía estable y dinámica que concilie el desarrollo social y el fomento
de zona que impulsen el desarrollo urbano, social, económico y ambiental, así como fomentar vocaciones productivas
específicas que atraigan la participación de diversos sectores para la revitalización de las áreas patrimoniales y el total
aprovechamiento del equipamiento de infraestructura y de los servicios instalados en zonas que tienen la capacidad de
captar nueva población flotante.
Que el mismo Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, establece en su Eje 4 (Habitabilidad y Servicio, Espacio
Público e Infraestructura), el objetivo de orientar el desarrollo urbano hacia una ciudad compacta, dinámica, policéntrica y
equitativa que potencie las vocaciones productivas y que fomente la inversión para alcanzar un patrón de ocupación
eficiente que induzca la redistribución de la población a zonas que combinen los diversos usos del suelo, mejore la
infraestructura pública, aproxime el empleo y los hogares a las redes de transporte público y propicie la equidad territorial.
Que el territorio de la Delegación Cuauhtémoc es totalmente urbano; los usos del suelo zonificados contribuirán a lograr los
objetivos planteados en la estrategia de un mejor aprovechamiento y distribución de los mismos, además coadyuvará a la
consolidación y mejoramiento de las colonias que conforman esta demarcación. De acuerdo con la Ley de Desarrollo
Urbano del Distrito Federal, los Programas Delegacionales deben contener la zonificación de los usos del suelo y
dependiendo de las características predominantes de los pueblos, barrios y colonias, se plantean limitantes y potencialidades
que las diversas zonas de la Delegación contienen.
Que el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 29 de septiembre de 2008, dentro de sus objetivos principales destaca el promover el desarrollo integral
de la demarcación bajo el marco de un Desarrollo Sustentable, promoviendo el reciclamiento del suelo urbano estableciendo
una estructura urbana, potencializando los usos del suelo con la finalidad de captar población nueva y utilizando
eficientemente la infraestructura y el equipamiento instalado con la finalidad de instrumentar programas para revitalizar las
Áreas de Conservación Patrimonial y los monumentos históricos, así como mejorar la calidad de los espacios públicos para
vincular la preservación del patrimonio cultural urbano con el desarrollo ordenado y sustentable, adelantándose a la atención
de requerimientos y las demandas de equipamiento urbano y servicios.
Que como parte de la imagen objetivo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc,
destaca la reafirmación del territorio como el principal concentrador de actividad económica, cultural y política de la
Ciudad, en el que se busca mejorar las condiciones de vida de los residentes y revertir la perdida de la función habitacional,
contribuyendo a su vez al mejoramiento y conservación del patrimonio urbano arquitectónico.
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
Que dentro de los objetivos del Programa Parcial de Desarrollo Urbano Centro Alameda de la Delegación Cuauhtémoc
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de septiembre de 2000, se encuentra el atender las necesidades de
mayor apremio en la comunidad y contribuir a la construcción de una nueva centralidad en la Ciudad de México,
procurando el repoblamiento de la zona, la conservación de sus monumentos históricos y artísticos, incluida la estructura
urbana, la revitalización de la base económica y social, el mejoramiento y ampliación de los servicios públicos, además de
plantear la satisfacción de las necesidades más apremiantes de la población como son la vivienda, la seguridad, el empleo y
los equipamientos sociales, promoviendo la restitución de las funciones urbanas como parte de una estrategia metropolitana
dirigida a la construcción de una nueva centralidad.
Que desde el año 2000 la zona que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación ha presentado un proceso de
regeneración como parte del programa de rescate del Centro Histórico, predominando la construcción de equipamientos
culturales y de Administración Pública Federal y Local, en cuanto a la renovación de espacios públicos emblemáticos entre
los que destaca la Alameda Central, Avenida Juárez y Paseo de la Reforma, así como el mejoramiento de la movilidad con
la construcción de la Línea 4 del Metrobús y el establecimiento de infraestructura del sistema Ecobici.
Que el Plan Integral de Manejo del Centro Histórico de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 17 de agosto de 2011, tiene entre sus objetivos generales propiciar la recuperación del equilibrio urbano, social y
económico del Centro Histórico asegurando la permanencia de sus valores culturales y la eficiencia del sistema urbano,
incluyendo las líneas estratégicas como la revitalización urbana, la economía, habitabilidad, patrimonio, movilidad,
prevención de riesgos y vida ciudadana.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en el ejercicio de sus atribuciones determinó un área definida para la
renovación urbana que Inicia en el cruce formado por Eje 1 Norte Mosqueta y Eje Central Lázaro Cárdenas, se dirige por
este último con rumbo general al sur hasta la intersección con la Avenida José María Izazaga para continuar sobre la
Avenida Arcos de Belén y Tolsa con dirección oeste hasta su entronque con el Eje 1 Poniente Bucareli, de allí sigue con
dirección norte hasta la intersección con la calle General Prim para continuar sobre esta vialidad rumbo al oeste hasta
Avenida Insurgentes y de allí sigue por esta Calzada en dirección norte hasta su entronque con el Eje 1 Norte Mosqueta para
continuar por este Eje en dirección este hasta la intersección del punto de partida.
Que la mayor parte de la zona que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación se localiza dentro del Perímetro
“A” y “B” de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de México, por lo cual para su desarrollo aplica la
normatividad establecida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y por la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda cuando se considere Área de Conservación Patrimonial.
Que la zona denominada Alameda-Reforma cuenta con predios afectos al patrimonio histórico y cultural; sin embargo
derivado a la proporción desequilibrada de población residente y flotante, han generado un proceso de deterioro constante
en dichos predios, por lo que se requiere llevar a cabo acciones concentradas entre el sector público y el privado para lograr
su revitalización, mediante mecanismos que permitan su conservación y restauración, para la cual se pretende aprovechar
los inmuebles propiedad del Gobierno de la Ciudad de México en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”, a
fin de ponerlos en valor y aprovechar su potencial para transmitirlo a otros inmuebles ubicados dentro de la poligonal que
comprende el “SAC Alameda-Reforma”, en los que sea factible su revitalización y recualificación conforme a la
normatividad aplicable.
Que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal permite a los particulares propietarios o poseedores a título de dueño
de predios, asociarse entre sí o con la Administración Pública de la Ciudad de México, mediante cualquiera de las figuras
que establezca la legislación civil o mercantil vigente, para llevar a cabo diversas acciones, tales como el desarrollo de
proyectos urbanos a través de la relocalización de usos del suelo y destinos, así como el intercambio de potencialidades de
desarrollo urbano.
Que en el marco del Acuerdo por el que se expiden las Políticas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Sustentable en Materia de Desarrollo Social, Ambiental y Económico de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 23 de enero de 2013, se establece en la política primera que el ejercicio del desarrollo urbano
y el ordenamiento territorial es una tarea interdisciplinaria e interinstitucional en la cual se deben articular las políticas,
estrategias e instrumentos, generando un esfuerzo coordinado en proyectos de desarrollo urbano que incidan en la
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
transformación espacial de la Ciudad; asimismo, en la política novena se establece que el Gobierno de la Ciudad de México,
a través de sus diferentes instancias y los procedimientos administrativos correspondientes, garantizará que solo se autorice
la construcción o el desarrollo que esté apegado de forma estricta al marco jurídico vigente, en concordancia con los
instrumentos de planeación y gestión del desarrollo urbano.
Que la política en materia de desarrollo urbano que ha seguido el actual gobierno, es la de procurar las mejores condiciones
de vida para los habitantes de la Ciudad de México para el logro de su desarrollo, estableciendo los elementos e
instrumentos que la Ley prevé y que permitan lograr dicho objetivo.
Que es imprescindible considerar la problemática asociada a la tenencia de la propiedad en el ámbito de aplicación del
presente Sistema de Actuación por Cooperación, para el efecto que se contemplen instrumentos concretos que permitan la
regularización de los títulos que faciliten el intercambio comercial de inmuebles, considerando la aplicación de criterios y
lineamientos que garanticen la conservación de valores culturales arquitectónicos existentes, con la flexibilidad suficiente
para permitir usos y destinos de suelo compatible con la renovación urbana que se pretende implementar.
Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda cuenta con atribuciones para ejecutar los actos relativos a la planeación,
organización, administración, control, evaluación, operación y recepción de manifestaciones de polígonos de actuación y de
construcción, así como la expedición de dictámenes y licencias, referidos en general a la ejecución de obras, prestación de
servicios públicos y realización de actos de gobierno relativos a la ordenación y servicios territoriales en la Ciudad de
México.
Que con fecha 15 de abril de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se dan a
conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona
denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración
Pública de la Ciudad de México en este Sistema y en el que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México instruye a la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para constituir y coordinar el presente Sistema de Actuación por Cooperación.
Que con la constitución del “SAC Alameda-Reforma” se deberá lograr un beneficio para el desarrollo urbano de la Ciudad
de México, articulando los sectores público y privado para la realización de proyectos urbanos y obras, en cumplimiento a
los objetivos y políticas del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuauhtémoc, estableciendo las medidas de
mitigación en los términos establecidos en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal vigente,
susceptibles de llevarse a cabo en el ámbito de aplicación o en un polígono de actuación, tal como lo disponen los artículos
63, 77, 78 y 79 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 114 de su Reglamento.
Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN PARA LA
RENOVACIÓN DE LA ZONA DENOMINADA ALAMEDA-REFORMA EN LA DELEGACIÓN
CUAUHTÉMOC.
PRIMERO. Se constituye el Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la Zona denominada Alameda-
Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, en lo sucesivo “SAC Alameda-Reforma”, cuya dirección y rectoría estará a cargo
de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el cual tiene como finalidad articular la acción de los sectores público,
social y privado para la realización de proyectos y obras tendientes a la renovación, revitalización y recualificación urbana
de la zona denominada Alameda-Reforma, para lo cual se desarrollarán y ejecutarán proyectos estratégicos urbanos de
infraestructura, equipamiento, espacio público, paisaje urbano, patrimonio histórico, artístico y cultural, de prestación de
servicios públicos, específicamente en materia de movilidad, así como proyectos de rehabilitación, ampliación y
reciclamiento de viviendas, comercios, equipamientos, oficinas, servicios, industria y espacios recreativos.
SEGUNDO. De conformidad con el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema
de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc,
con lo cual se autoriza la participación de la Administración Publica de la Ciudad de México en este Sistema, el ámbito de
aplicación del Sistema de Actuación por Cooperación está delimitado por la siguiente poligonal: Inicia en el cruce formado
por Eje 1 Norte Mosqueta y Eje Central Lázaro Cárdenas, se dirige por este último con rumbo general al sur hasta la
intersección con la Avenida José María Izazaga para continuar sobre la Avenida Arcos de Belén y Tolsa con dirección oeste
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
hasta su entronque con el Eje 1 Poniente Bucareli, de allí sigue con dirección norte hasta la intersección con la calle General
Prim para continuar sobre esta vialidad rumbo al oeste hasta Avenida Insurgentes y de allí sigue por esta Calzada en
dirección norte hasta su entronque con el Eje 1 Norte Mosqueta para continuar por este Eje en Dirección este hasta la
intersección del punto de partida.
TERCERO. El Sistema de Actuación por Cooperación “SAC Alameda-Reforma” deberá cumplir con los Lineamientos
establecidos en el artículo Décimo del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del
Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación
Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema,
emitido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de
abril de 2016.
CUARTO. El “SAC Alameda-Reforma” en la Delegación Cuauhtémoc, se enfocará al cumplimiento de los siguientes
objetivos:
a) Revitalizar el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma” para promover el fortalecimiento de esta
centralidad de manera incluyente y sustentable, a través de la realización de proyectos y obras tendientes a la
renovación y reordenación del territorio, a partir de un modelo incluyente y equitativo para todos los actores
involucrados.
b) Promover el desarrollo de proyectos públicos y privados conforme a las disposiciones aplicables derivadas de
los Programas de Desarrollo Urbano vigentes para la zona, utilizando para ello los instrumentos que permite la
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento para propiciar el repoblamiento plural,
equitativo e incluyente, al elevar la densidad promedio de residentes y priorizando los usos habitacionales,
evitando el desplazamiento de sus habitantes mediante la promoción de acciones que generen su permanencia y
pertenencia, asegurando el equilibro en la distribución de los usos del suelo, promoviendo el desarrollo de
vivienda en sus distintas modalidades.
c) Llevar a cabo proyectos y obras para el mejoramiento de los equipamientos existentes en la zona como son: de
la administración pública, de educación y cultura, de comercio, de salud y asistencia, de deporte y recreación, de
traslado y de transporte.
d) Realizar proyectos, obras, acciones e inversiones para promover la conservación, restauración y puesta en valor
de los inmuebles y zonas con valor artístico o patrimonial.
e) Establecer e implementar lineamientos específicos de diseño urbano, ordenamiento del espacio público, áreas
libres, áreas verdes, banquetas, cruceros, mobiliario urbano, iluminación exterior y demás componentes urbanos
que afecten el uso y disfrute colectivo del área.
f) Proyectar y ejecutar obras de reforzamiento de infraestructura básica en materia hidráulica, sanitaria, de energía
y de comunicación en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”.
QUINTO. En el “SAC Alameda-Reforma” en la Delegación Cuauhtémoc, se promoverá la participación coordinada y
concertada de la Administración Pública de la Ciudad de México con los sectores privado y social para el mejoramiento y
consolidación del área de actuación en la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, otorgando las
facilidades necesarias para la realización de obras, acciones e inversiones, aplicando lineamientos normativos que permitan
mejorar la funcionalidad de la zona y su desarrollo sustentable.
SEXTO. Para el adecuado funcionamiento del “SAC Alameda-Reforma”, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a
través del área administrativa competente, se encargará de cuantificar, integrar, registrar y controlar las operaciones que se
efectúen en relación con la Bolsa de Usos de Suelo e Intensidad de Construcción a partir del potencial constructivo no
ejercido dentro del ámbito de aplicación del Sistema de Actuación por Cooperación, conforme a los programas de
Desarrollo Urbano vigentes, así como en el caso de potencial que provenga de otros Sistemas de Actuación por Cooperación
a través de la transferencia de potencialidad correspondiente, en los términos del Acuerdo por el que se dan a conocer los
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la zona denominada
Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo que se autoriza la participación de la Administración Publica de la
Ciudad de México en este sistema, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de abril de 2016.
SÉPTIMO. Para la ejecución de proyectos a través de los polígonos de actuación, la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda sin variar las disposiciones vigentes, podrá llevar a cabo la relocalización de los usos y destinos del suelo, el
intercambio de potencialidad de desarrollo entre inmuebles dentro del ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”,
así como la relotificación de los predios participantes en el ámbito de aplicación señalado, para generar una nueva división,
así como para incorporar la constitución de polígonos de actuación en los cuales se determinarán los lineamientos
específicos en términos de área libre, niveles de construcción, superficie máxima de construcción permitida, así como las
condiciones y restricciones dentro del proyecto urbano.
OCTAVO. La constitución del Sistema de Actuación por Cooperación no exime a los particulares de realizar los trámites
para obtener las licencias, permisos y autorizaciones correspondientes a las obras y proyectos a realizar, conforme al marco
normativo vigente; asimismo, los bienes, proyectos y obras aportados por los particulares deberán cumplir con las
especificaciones técnicas y de calidad, conforme al marco jurídico vigente y de acuerdo a los convenios que al efecto se
celebren.
NOVENO. Con la finalidad de dar transparencia al funcionamiento del Sistema de Actuación por Cooperación, así como
para la administración de los recursos que se generen por la instrumentación de los polígonos que lo integren, se constituirá
un Fideicomiso Privado en los términos que señala el artículo 119, fracción III, inciso b) del Reglamento de la Ley de
Desarrollo Urbano, mediante el cual se administrarán las aportaciones que efectúen los particulares participantes en el “SAC
Alameda-Reforma” y se determinará la aplicación de dichos recursos para la implementación de proyectos que cumplan los
fines del Sistema.
DÉCIMO. Los proyectos estratégicos, que contempla el “SAC Alameda Reforma” son:
a) La Renovación y ordenación del territorio.
b) Promover la conservación, restauración y puesta en valor de los inmuebles o zonas de valor artístico, patrimonial y
cultural.
c) Reordenación del espacio público.
d) Obras de reforzamiento de infraestructura básica.
DÉCIMO PRIMERO. Se fomentará la inter-modalidad y la movilidad no motorizada integrando en todos los proyectos la
creación de corredores peatonales, ciclovías e infraestructura necesaria para generar más viajes en modos no motorizados.
Al igual que se reactivará la economía local incorporando bienes y servicios mercantiles barriales en función de las
necesidades de la población residente y flotante para lo cual se crearán pasajes comerciales y culturales conforme a la
estructura urbana, siempre que se garantice el incentivar la vida pública.
DÉCIMO SEGUNDO. En la búsqueda de un ambiente equitativo en la zona denominada Alameda-Reforma, se llevarán a
cabo proyectos en los cuales se logre optimizar el manejo del consumo de agua y el sistema de reaprovechamiento y/o
tratamiento de aguas residuales, para lo cual se deberá incluir en dichos proyectos mobiliario y espacios para poder disponer
de residuos separados.
DÉCIMO TERCERO. Los inmuebles propiedad del Gobierno de la Ciudad de México que se ubiquen dentro de la zona
del Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma, podrán utilizarse para el logro del objetivo del “SAC
Alameda-Reforma” en los términos previstos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la
Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación
Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema.
En este sentido, a los inmuebles que sean considerados dentro del “SAC Alameda-Reforma”, les serán aplicadas las
disposiciones normativas conforme a los Programas de Desarrollo Urbano para la operación del Sistema.
DÉCIMO CUARTO. A efecto de transparentar el manejo de los Usos de Suelo e Intensidad de Construcción que se tengan
en el “SAC Alameda-Reforma”, se creará una bolsa que será administrada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Vivienda con la asistencia del Comité Técnico de dicho Sistema de Actuación por Cooperación. La Bolsa de Usos del Suelo
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
e Intensidad de Construcción recibirá el potencial constructivo que corresponda a los inmuebles de propiedad pública dentro
del ámbito del “SAC Alameda-Reforma”, por la aplicación de las Normas Generales y Particulares de Ordenación
aplicables.
Para la determinación de los usos de suelo e intensidad de construcción se seguirá el procedimiento siguiente:
a) A solicitud de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, la Dirección General de Desarrollo Urbano
mediante el dictamen correspondiente establecerá los usos del suelo e intensidad de construcción máxima
permitida que corresponda a los inmuebles en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”, ya sea de
forma individual o para varios inmuebles en un mismo acto;
b) Una vez que dicho(s) dictamen(es) sea(n) emitido(s), la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano
integrará y llevará el registro, con la asistencia del Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma”, de los usos del
suelo y potencial constructivo que integrará la Bolsa de Usos del Suelo e Intensidad de Construcción;
c) Los participantes en el “SAC Alameda-Reforma” podrán celebrar un convenio con la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda para adquirir potencial constructivo de la Bolsa de Usos del Suelo e Intensidad de
Construcción.
DÉCIMO QUINTO. Los particulares que deseen participar en el “SAC Alameda-Reforma”, se sujetarán a las siguientes
reglas:
a) Solicitarán su adhesión al “SAC Alameda-Reforma” mediante la declaración que al efecto le proporcione el
Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma”, anexando la información relativa al proyecto pretendido, conforme
a los lineamientos que se le indiquen;
b) El Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma” evaluará la solicitud y las especificaciones del proyecto, para
verificar que éste cumpla con los lineamientos aplicables, en caso de cumplirlos se turnará con el visto bueno
preliminar a la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano para que resuelva sobre la procedencia del
proyecto;
c) En caso que el proyecto no cumpla con los lineamientos, el Comité Técnico del SAC formulará la opinión
conducente y la turnará a la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, para que ésta emita la resolución
correspondiente y la notifique al particular para que ajuste el proyecto y vuelva a presentarlo a la consideración del
Comité Técnico del SAC;
d) Cuando la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano emita resolución favorable condicionada en los
términos del inciso b), lo notificará al particular interesado para que proceda a formalizar su participación en el
SAC Alameda-Reforma mediante la firma del convenio de concertación respectivo;
e) En el convenio indicado en el inciso d), se establecerán las especificaciones generales del proyecto, así como las
obligaciones y aportaciones que corresponda hacer al particular de conformidad con la normatividad aplicable,
para poder incorporarse al “SAC Alameda-Reforma”.
DÉCIMO SEXTO. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda definirá los mecanismos de coordinación,
instrumentación, administración y ejecución de las obras y proyectos que se realicen en la vía pública, así como las bases,
criterios y lineamientos para la organización y funcionamiento del Sistema de Actuación por Cooperación conforme se
señala en el artículo 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y será la instancia que
establezca los mecanismos de autorización de las obras y proyectos que se determinen.
DÉCIMO SÉPTIMO. En los términos del artículo 119 fracción V del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del
Distrito Federal, se establece la constitución del Comité Técnico del Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-
Reforma, el cual tendrá como funciones actuar como órgano de apoyo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda,
para la coordinación, instrumentación, administración y ejecución de las obras y proyectos derivados del Sistema de
Actuación por Cooperación, así como para la coordinación con las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y los
participantes en el Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
El Comité Técnico estará integrado por las personas físicas y/o morales que se determinen en las Reglas de Operación.
DÉCIMO OCTAVO. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el apoyo del Comité Técnico del “SAC
Alameda-Reforma”, se coordinará con las autoridades competentes para la ejecución de obras, proyectos, acciones e
inversiones que cumplan con los lineamientos establecidos para el funcionamiento del “SAC-Alameda-Reforma” que en la
gestión y emisión de los actos administrativos relacionados con los proyectos que se lleven a cabo en el ámbito de
aplicación del Sistema cumplan con los objetivos y lineamientos establecidos. Para efectos de lo anterior, se celebrarán los
convenios y acuerdos que se requieran conforme a las disposiciones aplicables.
DÉCIMO NOVENO. Para determinar las aportaciones que deban realizar los interesados para aumentar o mejorar el
aprovechamiento urbano de los proyectos a realizarse dentro del “SAC-Alameda-Reforma” o bien por la sustitución de
medidas de mitigación o integración aplicables a los proyectos sujetos a impacto urbano en el ámbito de aplicación del
Sistema de Actuación por Cooperación, se aplicará un modelo de tasación que considera las características del proyecto que
se pretenda llevar a cabo, incluyendo uso del suelo, número de niveles, área libre, intensidad de construcción, número de
viviendas, valor catastral del inmueble, la superficie de terreno, el uso pretendido, la dotación de cajones de
estacionamiento, el factor de pago de infraestructura, independientemente de lo anterior, en los términos de los convenios de
concertación que al efecto se celebren, podrán acordarse otras aportaciones a cargo de los particulares que se adhieran al
“SAC Alameda-Reforma”
VIGÉSIMO. Se procurará que el Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma sea acorde a las políticas que
en materia de desarrollo urbano está implementando el Gobierno de la Ciudad de México en la zona de Alameda-Reforma y
sus alrededores.
VIGÉSIMO PRIMERO. Se mantendrá una política de transparencia en los términos de la Ley de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, respecto del funcionamiento del “SAC Alameda-
Reforma”.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el sitio de internet de la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Vivienda, www.seduvi.df.gob.mx, para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
CUARTO.- Aquellos particulares que a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo estén llevando a cabo proyectos
dentro del polígono que comprende el “SAC Alameda-Reforma”, podrán optar por adherirse al Sistema de Actuación por
Cooperación materia del presente Acuerdo, para lo cual deberán suscribir el convenio respectivo con la Secretaría de
Desarrollo Urbano y Vivienda, con lo cual podrán obtener los beneficios correspondientes derivados de su adhesión a dicho
Sistema; en caso contrario, no les serán aplicables los beneficios previstos para este Sistema.
QUINTO.- Para los efectos del Artículo anterior, tratándose de proyectos que estén en proceso de ejecución o que cuenten
con resoluciones favorables vigentes en materia de polígonos de actuación y/o impacto urbano aún no ejercidas en su
totalidad, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda promoverá ante los particulares que se encuentren en dichos
supuestos, su incorporación al “SAC Alameda-Reforma”, pudiendo pactarse el cumplimiento parcial de los Lineamientos
del Sistema de Actuación por Cooperación, de acuerdo al convenio de concertación que al efecto se celebre.
Dado en la Ciudad de México a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
(Firma)
ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de
Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V,
IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2,
fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas
de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del
Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será
operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,
en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y
servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,
información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,
instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora
regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.
Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al
Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización
Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y
Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada
para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos
en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX).
Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un servicio a cargo del Fideicomiso Público Museo del
Estanquillo y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Que una vez que se publique el servicio a cargo del Fideicomiso Público Museo del Estanquillo en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, éste surtirá sus efectos jurídicos y será susceptible de su aplicación en la forma y términos en los que se
difunde y fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como aparece en el Portal Web Oficial de
Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SERVICIO DENOMINADO "VISITA AL MUSEO DEL
ESTANQUILLO" A CARGO DEL FIDEICOMISO PÚBLICO MUSEO DEL ESTANQUILLO, QUE HA
OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y
SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Se da a conocer el servicio denominado "Visita al Museo del Estanquillo" a cargo del Fideicomiso Público
Museo del Estanquillo, que ha obtenido la constancia de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios
del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
SEGUNDO.-El Fideicomiso Público Museo del Estanquillo, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el servicio a
que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que se difunde y fue inscrito en el Registro Electrónico
de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir
previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios
multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis.
EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
OLIVER CASTAÑEDA CORREA
SERVICIO QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO
DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL
DISTRITO FEDERAL
ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
No. Nombre del Servicio Tipo Materia
Dependencia que
Norma
No. de Anexo
662 Visita al Museo del Estanquillo Servicio
Cultura y
Recreación
Fideicomiso Público
Museo del Estanquillo
Sin Anexo
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de
Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V,
IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2,
fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas
de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del
Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será
operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que,
en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y
servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación,
información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular,
instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora
regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública.
Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al
Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización
Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y
Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada
para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos
en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX).
Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del
Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de tres servicios y sus formatos de solicitud en su caso, a
cargo de la Secretaría de Cultura y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éstos, es procedente su publicación en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos, en cumplimiento a lo establecido en el
artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
Que una vez que se publiquen los tres servicios denominados "Solicitud para presentaciones artísticas en la Red de Faros",
"Biblioteca en FARO de Oriente y Biblioteca FARO Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus formatos de
solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus
efectos jurídicos y serán susceptibles de su aplicación en la forma y términos en los que se difunden y fueron inscritos en el
Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites
CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER TRES SERVICIOS DENOMINADOS "SOLICITUD PARA
PRESENTACIONES ARTÍSTICAS EN LA RED DE FAROS", "BIBLIOTECA EN FARO DE ORIENTE Y
BIBLIOTECA FARO INDIOS VERDES" Y "TALLERES EN LA RED DE FAROS" Y SUS FORMATOS DE
SOLICITUD EN SU CASO, A CARGO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, QUE HAN OBTENIDO LA
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS
DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL
PRIMERO.- Se dan a conocer los tres servicios denominados "Solicitud para presentaciones artísticas en la Red de Faros",
"Biblioteca en FARO de Oriente y Biblioteca FARO Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus formatos de
solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura, que han obtenido la constancia de inscripción en el Registro
Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
SEGUNDO.- La Secretaría de Cultura, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar los servicios a que se refiere el
presente Aviso en los términos y condiciones en los que se difunden y fueron inscritos en el Registro Electrónico de
Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparecen en el Portal Web
Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrán modificarse o alterarse en forma alguna, sin
cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y
Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter
administrativa.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis.
EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Firma)
OLIVER CASTAÑEDA CORREA
SERVICIOS QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO
DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL
DISTRITO FEDERAL
ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
No. Nombre del Servicio Tipo Materia
Dependencia
que Norma
No. de Anexo
659
Solicitud para presentaciones artísticas en
la Red de Faros
Servicio
Cultura y
Recreación
Secretaría de
Cultura
Sin Anexo
660
Biblioteca en FARO de Oriente y
Biblioteca FARO Indios Verdes
Servicio
Cultura y
Recreación
Secretaría de
Cultura
Anexo 1
661 Talleres en la Red de Faros Servicio
Cultura y
Recreación
Secretaría de
Cultura
Anexo 2
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
Anexo 1
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
Anexo 2
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
FUNDAMENTO JURÍDICO
Servicio a obtener Talleres
Reglamento Interno de la Administración Pública del Distrito Federal,
Sección XIBIS de la Secretaria de Cultura, Artículo 97 B. Fracciones X,
XVIy XVII.
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del
Código Fiscal del Distrito Federal
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta No aplica
Observaciones
*Los talleres que ofrecen las Fábricas de Artes y Oficios (FAROS) en sus cuatro sedes (Oriente, Milpa Alta, Tláhuac e Indios Verdes),
están divididos en talleres de artes y oficios (artes plásticas, artes escénicas, música, comunicación y oficios artesanales), talleres
demostrativos (artes plásticas, artes escénicas, música, comunicación y oficios artesanales), talleres infantiles (iniciación artística) y
talleres de servicios a la comunidad (estimulación temprana, Clubhouse, etc.).
*La inscripción a los talleres se realizará siempre y cuando no rebase el cupo disponible por taller.
*Los materiales que se utilicen corren por cuenta del usuario.
*En caso de menores de entre 3 meses y 5 años de edad, los padres o tutores deberán acompañar al menor en la duración del taller.
*Los niños de entre 6 y 14 años de edad deberán ser recogidos al finalizar el taller por su padre o tutor.
*Para las personas en situación de calle, en caso de no contar con algún requisito, no será necesaria su presentación y recibirán el
servicio.
*Los padres o tutores menores de edad deberán presentar alguna identificación con foto.
*El solicitante se puede inscribir a más de un taller a la vez. Cada FARO determinará el número máximo de talleres a los que se puede
inscribir.
*El Computer Clubhouse es un servicio que solamente se ofrece en el FARO de Oriente.
*Los talleres demostrativos son exclusivos del FARO Indios Verdes.
*En conjunto los FAROS suman más de 150 talleres. Para mayor información sobre cupos, duración y requisitos, los datos de
contacto y las páginas web son los siguientes:
Secretaria de Cultura de la Ciudad de México. www.cultura.df.gob.mx
FARO de Oriente. Calz. Ignacio Zaragoza s/n, Colonia Fuentes de Zaragoza, Delegación Iztapalapa, Tels: 5738- 7442,5738- 744 0,
www.farodeoriente.org.
FARO de Tláhuac. Interior del Bosque de Tláhuac Av. La Turba, s/n, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tláhuac, Tel. 2160- 5471.
FARO de Milpa Alta, Av. Gastón Melo n.40, Poblado de San Antonio Tecomitl, Delegación Milpa Alta, Tel.5847- 7590.
FARO de Indios Verdes, Av. Huitzilihuitl, n. 51, Santa Isabel Tola, Delegación Gustavo A. Madero, Tel. 5781- 690,
www.faroindiosverdes.info.
REQUISITOS
1. Formato SCVCC_TRF_1debidamente requisitado y firmado. 2. Dos fotografías actuales tamaño infantil (blanco y negro y/o color).
3. En caso de mayor de edad copia de identificación con foto (credencial
para votar, pasaporte, licencia para conducir, credencial de estudiante).
4. En caso de menor de edad, presentar copia de la identificación oficial
del padre o tutor (credencial para votar, pasaporte, licencia para
conducir).
Tiempo de respuesta Inmediata
Vigencia del documento a obtener No aplica
Sin costo
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección
electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana
LA PRESENTE HOJA FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA SOLICITUD DEL SERVICIO TALLERES EN LA RED DE FAROS, DE
FECHA _____ DE _____ DE _____.
QUEJAS O DENUNCIAS
QUEJATEL LOCATEL 56 58 11 11, HONESTEL 55 33 55 33.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ, Director General del Organismo Público Descentralizado Sistema de Transporte
Colectivo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción III y IX de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; Artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; Artículo Noveno
Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículos 10 fracción VIII; 21
fracciones I y XIII del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo; numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular
Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y
Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, así como los
Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal, en cumplimiento del Acuerdo No. II/2015/III/7 emitido por el H. Consejo de Administración y
en términos de la actualización al Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo con número de registro
MA-79/181215-E-STC-20/2007, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría
General del Distrito Federal, mediante oficio OM/CGMA/2433/2015, de fecha 18 de diciembre de 2015; he tenido a bien
expedir el siguiente:
“AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN AL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL
SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO CON NÚMERO DE REGISTRO MA-79/181215-E-STC-20/2007”
CONSIDERANDO
Que es atribución del Órgano de Gobierno del Sistema de Transporte Colectivo aprobar la estructura básica de la
organización de la Entidad y las modificaciones que procedan a la misma, el Estatuto Orgánico y el Manual Administrativo,
así como los reglamentos que requiera la operación de la Entidad.
Que es atribución del Director General del Sistema de Transporte Colectivo ejecutar los Acuerdos y resoluciones del
Órgano de Gobierno, así como la expedición del Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo, a fin de que
las funciones asignadas a las distintas áreas de la Entidad se realicen de manera congruente y eficaz.
Que de conformidad con la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal, una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos ente la Coordinación General de
Modernización Administrativa los titulares de las dependencias, unidades administrativas, órganos desconcentrados y
entidades serán los responsables de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, gestionando para tal efecto
los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Que de conformidad con la modificación al Dictamen 20/2007 autorizada por la Contraloría General del Distrito Federal
con vigencia a partir del 1 de octubre de 2012, se llevó a cabo la actualización del Manual Administrativo del Sistema de
Transporte Colectivo, el cual se encuentra para su consulta, a través del enlace
http://www.metro.cdmx.gob.mx/organismo/manadmvo.html
TRANSITORIO
PRIMERO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, a cinco de abril de 2016
EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
(Firma)
LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Convocatoria: 13
C.P. Martha Leticia Cortés Genesta, Directora Ejecutiva de Administración, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su
artículo 134 y de conformidad con los artículos 27 a), 28, 30 fracción II y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículos 7 fracción XIII,
numeral 5 y 101-G del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la licitación para la
Adquisición de Refacciones y Accesorios Menores de Maquinaria y Otros Equipos, para Analizadores de Gases en Aire Ambiente, de conformidad con lo
siguiente:
Licitación Pública Internacional
No. de
licitación
Costo de las
bases
Fecha límite para adquirir
bases
Junta de aclaraciones Presentación de propuestas Fallo
LPI-01-2016 $1,100.00 02/06/2016
06/06/2016
10:00 horas
08/06/2016
12:00 horas
09/06/2016
10:00 horas
Partida Descripción Cantidad Unidad de
Medida
2 Assy, UV lamp No. de parte 054710000 (importado) 4 Pieza
4 Assy valve (SS) No. de parte: 042680100 (importado) 8 Pieza
15 Filter coalesing No. de parte: FL0000007(importado) 8 Pieza
16 Assy, 4-way valve parker No. de parte: 036260200 (importado) 5 Pieza
19 Kit, pump. Thomas No. de parte: PU000011 (importado) 18 Kit
 Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en www.sedema.df.gob.mx y venta en: Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma,
colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 57 72 40 22 ext. 105 y 106, los días 31 de mayo,
1 y 2 de junio de 2016; con el siguiente horario: 10:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas
de la Ciudad de México y Vía ventanilla bancaria a la cuenta número 65501123467 Referencia 2601 de la Institución bancaria Santander, S.A. (México)
mediante Cheque certificado o de caja a favor del Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Finanzas/Tesorería de la Ciudad de México.
 La junta de aclaración se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales,
ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El acto de presentación de las propuestas se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y
Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc,
Ciudad de México.
 El acto de Fallo se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en
Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.
 La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano.
 No se otorgará anticipo.
 Lugar de entrega: Según bases.
 Plazo de entrega: Según calendario.
 El pago se realizará: 20 días hábiles.
 Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
 Los servidores públicos responsables del procedimiento de manera conjunta o separada serán los CC. Lic. José Ortiz Fragoso, Director de Recursos
Materiales y Servicios Generales y la L.C. Mónica del Carmen Rodríguez Gamas, Jefa de la Unidad Departamental de Adquisiciones y Almacenes o a
quien se designe.
 No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE MAYO DE 2016.
(Firma)
C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA
DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Convocatoria: 05
La Lic. Sandra Berenice Meza Pérez, Encargada del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría de Turismo de la Ciudad de
México, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a los artículos 26, 27 inciso a), 28 primer
párrafo, 30 fracción I, 33, 38, 43, 49, 51 y 63 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, su Reglamento y demás normatividad aplicable en
la materia, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional SECTURCDMX-LPN-05-2016 para la contratación de los “Servicios
Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en Coordinar la Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias Nacionales,
Internacionales y Viajes de Familiarización (FAM’S), 2016”, de acuerdo a lo siguiente:
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
No. de licitación
Costo de las
bases
Fecha límite para
adquirir bases
Junta de
aclaración de
bases
Presentación y apertura de la
propuesta
Emisión de fallo
SECTURCDMX-LPN-05-
2016
$ 2,500.00
2/06/2016
De 10:00 a 15:00 horas
6/06/2016
12:00 horas
9/06/2016
12:00 horas
15/06/2016
12:00 horas
Partida Descripción
Unidad de
medida
Cantidad
Mínima Máxima
Única
Servicios Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en
Coordinar la Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias
Nacionales, Internacionales y Viajes de Familiarización (FAM’S), 2016.
Servicio $4´500,000.00 $10´466,892.35
 Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para su consulta: En Internet en la página de la SECTURCDMX http://www.mexicocity.gob.mx y
para consulta y venta en la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales ubicada en Avenida Nuevo León número 56, piso 6, Colonia
Hipódromo, C.P. 06100, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 5286-7097 ext. 2605 y 2608, los días 31 de mayo, 1 y 2 de junio de
2016; con el siguiente horario: de 10:00 a 15:00 horas. La forma de pago es: mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas
del Distrito Federal.
 La Junta de aclaración de Bases se llevará a cabo el día 6 de junio a las 12:00 horas en: el inmueble que ocupa la Secretaría de Turismo de la Ciudad de
México, ubicado en Avenida Nuevo León número 56, piso 10, Colonia Hipódromo, C.P. 06100, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El Acto de presentación y apertura de la propuesta se efectuará el día 9 de junio de 2016 a las 12:00 horas en: el domicilio que ocupa la Secretaría de
Turismo de la Ciudad de México, señalado en el párrafo anterior.
 La emisión de Fallo se efectuará el 15 de junio de 2016 a las 12:00 horas, en el inmueble que ocupa la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México,
señalado en el segundo párrafo.
.
 El idioma en que deberán presentarse la propuesta será: Español.
 La moneda en que deberá cotizarse la propuesta será: Peso mexicano.
 No se otorgará anticipo.
 Lugar de prestación de los servicios: En los lugares que indique la SECTURCDMX.
 Plazo de prestación de los servicios: de la fecha de adjudicación y hasta el 30 diciembre de 2016.
 El pago de cada servicio devengado se realizará: 20 días hábiles posteriores a la fecha de trámite de las facturas, debidamente requisitadas por el
“Prestador del Servicio”.
 Ninguna de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
 No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
(Firma)
CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE MAYO DE 2016.
LIC. SANDRA BERENICE MEZA PÉREZ
ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
ADMINISTRACION PUBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO
DELEGACION TLALPAN
DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
LICITACION PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA DTL/005-2016
El Ing. German Arturo Martínez Santoyo, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado
A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la
licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra
Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital contable
mínimo requerido
30001134/021/2016
Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Educativa en
las siguientes escuelas: 1.- J.N. Ignacio Allende, 2.-E.P. Tiburcio Montiel, 3.-
E.P. Miguel Bustos Cerecedo, 4.- Sec. Tec. 54 y 5.- J.N Magdalena Contreras,
Dentro Del Perímetro Delegacional.
23-junio-16 20-sept-16 $4,100,000.00
No. de licitación Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita de Obra
Obligatoria
Junta de
aclaraciones
Obligatoria
Presentación y Entrega de
Propuestas y Apertura del
Sobre Único
Fecha de Fallo
30001134/021/2016 $2,500.00 2-junio-16
3-junio-16
9:00 hrs.
9-junio-16
09:00 hrs.
15-junio-16
09:00 hrs.
21-junio-16
12:00 hrs.
No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra
Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital contable
mínimo requerido
30001134/022/2016
Mantenimiento, y Rehabilitación a 5 Mercados: 1.- Mercado Villa Coapa, 2.-
Mercado Miguel Hidalgo, 3.- Mercado Dr. y General José Gonzalez Varela, 4.-
Mercado San Andres Totoltepec y 5.- Mercado Isidro Febela, Dentro del
Perímetro Delegacional.
24-junio-16 6-sept-16 $3,000,00.00
No. de licitación Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita de Obra
Obligatoria
Junta de
aclaraciones
Obligatoria
Presentación y Entrega de
Propuestas y Apertura del
Sobre Único
Fecha de Fallo
30001134/022/2016 $2,500.00 2-junio-16
3-junio-16
10:00 hrs.
10-junio-16
09:00 hrs.
16-junio-16
09:00 hrs.
22-junio-16
11:30 hrs.
No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra
Fecha de
inicio
Fecha de
terminación
Capital contable
mínimo requerido
30001134/023/2016
Mantenimiento, y Rehabilitación a 5 Mercados: 1.- Mercado Torres de Padierna,
2.- Mercado 21 de Abril, 3.- Mercado Fuentes Brotantes, 4.- Mercado Jacinto
Canek y 5.- Mercado la Paz, Dentro del Perímetro Delegacional.
24-junio-16 6-sept-16 $3,000,00.00
No. de licitación Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir bases
Visita de Obra
Obligatoria
Junta de
aclaraciones
Obligatoria
Presentación y Entrega de
Propuestas y Apertura del
Sobre Único
Fecha de Fallo
30001134/023/2016 $2,500.00 2-junio-16
3-junio-16
11:00 hrs.
10-junio-16
12:00 hrs.
16-junio-16
12:00 hrs.
22-junio-16
14:00 hrs.
Los recursos para la realización de esta obra fueron autorizados por la Secretaria de Finanzas a través de la Subsecretaria de Egresos con el oficio No.
SFDF/SE/0121/2016 de fecha 06 de enero 2016.
Requisitos para adquirir las bases:
La adquisición de las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de
Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan,
C.P. 14000 Ciudad de México del 31 de mayo al 2 de junio del presente año de 10:00 a 14:00 horas,en días hábiles y se deberá presentar lo siguiente:
a) Escrito de solicitud en original por parte del interesado, manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente, indicando el número de licitación
y descripción de la misma, indicando su objeto social, nombre o razón social, domicilio completo para recibir notificaciones, ubicado dentro del Distrito Federal y
teléfono (s), en papel membretado de la persona o razón social, firmado por el representante o apoderado legal, señalando claramente el cargo que ostenta (según
acta constitutiva o poder notarial), dirigido al Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tlalpan.
b) Copia de la constancia de registro de concursante, definitivo y vigente por lo menos durante la vigencia del contrato respectivo, expedida por la Secretaría de
Obras y Servicios del Distrito Federal, mismo que deberá expresar el capital contable requerido para la licitación correspondiente, así como las especialidades
solicitadas, presentando original para cotejo.
c) Escrito en el que manifieste su domicilio fiscal y teléfonos para su localización, anexando copia del comprobante respectivo, así mismo deberá señalar
domicilio para oír y recibir notificaciones, dentro del territorio del Distrito Federal, notificaciones y documentos que se deriven de los actos del procedimiento de
contratación y en su caso, del contrato respectivo.
d) Acta constitutiva y modificaciones, así como poder notarial del representante legal, en caso de persona Física del Acta de Nacimiento, presentando original
para cotejo.
e) Identificación oficial vigente con fotografía del Representante legal, presentando original para cotejo.
f) Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC). presentando original para cotejo.
La forma de pago de las bases se hará mediante la presentación de cheque certificado o de caja a favor del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de
Finanzas/Tesorería del GDF, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el Distrito Federal, por la cantidad del costo de las bases de
licitación indicado en la información general de las presentes bases.
1.- A la presentación del pago de las bases de licitación se entregarán las bases de concurso de la Licitación Pública Nacional con sus anexos y Catálogo de
Conceptos, de ésta manera el interesado quedará inscrito y registrado, teniendo derecho a presentar su proposición.
El concursante es el único responsable de obtener en tiempo y forma la información documental necesaria para la elaboración y presentación de sus propuestas,
por lo que el incumplimiento de este requisito será motivo para no participar en la licitación correspondiente.
2.- El lugar de reunión para la Visita de Obra será en la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano
Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P. 14000 Ciudad de México, la
empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la visita de obra, anexando copia y original para su cotejo de la
cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la visita de obra será obligatoria.
3.- El lugar de reunión para la sesión de Junta de Aclaraciones será en las oficinas de la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y
Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P.
14000 Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la junta de aclaraciones, anexando
copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la junta de
aclaraciones será obligatoria.
4.- La sesión pública de presentación y apertura del sobre único se llevará a cabo la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y
Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P.
14000 Ciudad de México, el día y hora indicado.
5.- No se otorgará anticipo.
6.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.
7.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano.
8.-Ninguna de las partes de los trabajos de ésta licitación podrán ser objeto de asociación o subcontratación, salvo previa autorización de la contratante por escrito
de acuerdo al artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
9.- Ninguna de las condiciones contenidas en la bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
10.- Los interesados en las(s) licitación(es) deben comprobar experiencia técnica en obras similares y capacidad financiera, administrativa y de control, durante el
proceso de evaluación, según la información que se solicita en las bases de esta licitación Pública.
11.- Las condiciones de pago serán verificativas mediante estimaciones de los trabajos ejecutados por periodos máximos mensuales.
12.- Los criterios generales para la selección de un participante serán con base en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, una
vez realizado el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al
concursante que reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de concurso de la licitación, reúnan las condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y
administrativas requeridas y además garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de todas las obligaciones y que presente la propuesta cuyo precio sea el más
conveniente para la Dependencia.
13.- La garantía de cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluido el I.V.A. a favor de la Secretaria de Finanzas
del Distrito Federal, mediante póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada.
14.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán si a su derecho conviene ejercer lo establecido en el
artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
Transitorio
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO A 23 DE MAYO DE 2016
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
(Firma)
ARQ. MANUEL SANTIAGO QUIJANO
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
SECCIÓN DE AVISOS
Dragados y Cymi, S.A. de C.V.
(Subsidiaria de Dragados Industrial, S.A. - España)
Estado de Posición Financiera Para Inicio de Liquidación al 29 de Febrero de 2016
(En pesos)
Activo
Activo Circulante
Efectivo $ 595,137.19
Total Activo $ 595,137.19
Pasivo y Capital Contable
Pasivo Circulante
Proveedores $ 668,236.73
Total Pasivo $ 668,236.73
Capital Contable
Capital Social $ 99,076.06
Resultados Acumulados $ -149,590.16
Perdida del Ejercicio $ -22,585.44
Total Capital $ -73,099.54
Total Pasivo y Capital Contable $ 595,137.19
(Firma)
Ghandi Ernesto Flores Cervantes
Liquidador
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
DESINDED, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 15 DE ABRIL DE 2015.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
Ciudad De México a 19 de Abril de 2016.
José Luis Rosales Martínez
Liquidador
(Firma)
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
E D I C T O S
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE
DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
EDICTO
PARA EMPLAZAR A:
SORTEOS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 713/2015-II, SEGUIDO POR LOTERÍA NACIONAL
PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA CONTRA SORTEOS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, SE DICTÓ EL SIGUIENTE AUTO:
“Ciudad de México, veintiocho de abril de dos mil dieciséis.
Agréguese a los autos el oficio de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito
Federal “2”, con sede en la Ciudad de México, por el que en cumplimiento a lo ordenado en auto de catorce de abril del
año en curso, proporciona el mismo domicilio en donde resultó infructuoso el emplazamiento de la demandada Sorteos de
México, sociedad anónima de capital variable.
Ahora bien, toda vez que de autos se advierte que se ha agotado los medios para localizar el domicilio del enjuiciado en cita
y en óbice de mayores dilaciones procesales, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena
emplazar a juicio a la demandada Sorteos de México, sociedad anónima de capital variable, por EDICTOS, que se
publicarán por tres veces consecutivas en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal y periódicos el Sol de México,
haciéndole saber al enjuiciado en comento que deberá presentarse al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la
Ciudad de México, para que con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria al Código de Comercio, dentro de treinta días contados a partir de la última publicación, conteste la demanda
incoada en su contra por Lotería Nacional para la Asistencia Pública, quedando a disposición en el local de este juzgado
copia simple del escrito de demanda, así como sus respectivos anexos.
Asimismo, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo,
se hará conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069
del Código de Comercio; de igual manera, se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se tendrá por contestada en
sentido negativo, conforme a lo dispuesto por el ordinal 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria al Código de Comercio.
Para los efectos anteriores, mediante notificación personal, requiérase a la actora Lotería Nacional para la Asistencia
Pública, para que comparezca a este Juzgado Tercer de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en calle Sidar
y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel,
Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro Ciudad de México, a efecto de cumplir lo siguiente:
a) Recoger los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta
efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI del Código de
Comercio.
b) En su oportunidad, exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día
siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y
c) Exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibidos que de hacer
caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dará de baja el presente asunto por falta de interés, lo anterior
atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el artículo 17 constitucional.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del auto de veintiocho de diciembre de dos mil quince, así como del
presente por todo el tiempo del emplazamiento.
Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a recibirlos
en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios de Acuerdos
adscritos a este órgano jurisdiccional.
Finalmente, dada la naturaleza del presente juicio, se deja a salvo el derecho de la actora para señalar bienes susceptibles de
embargo y suficientes que garanticen la cantidad reclamada.
Notifíquese personalmente a la actora y por edictos a la demandada.
Así; lo proveyó el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, Felipe V Consuelo Soto, quien firma
ante María del Carmen Araceli Garduño Paredes, Secretaria que autoriza y da fe”
“México, Distrito Federal, veintiocho de diciembre de dos mil quince.
Vista la demanda presentada por Lotería Nacional para la Asistencia Pública, por conducto de sus apoderados Edgar
Miguel Limón Rivera, María de Lourdes Omaña Mendoza, Alejandra Arenas Lira, María Magdalena Saturnino
García, Aldo D’ Agustín Jiménez López y Amando Herrera Juárez, personalidad que se reconocer en términos del
testimonio notarial cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco de veintiséis de noviembre de dos mil quince; fórmese
expediente y anótese en el libro de asuntos civiles de este juzgado con el registro 713/2015-II.
Ahora bien, no ha lugar a reconocer el carácter de apoderados a las diversas personas que señala en su escrito inicial, lo
anterior, dado que no obra firma autógrafa en la demanda por lo que carece del signo de voluntad de aceptar dicho cargo.
Téngase a la actora demandando en la vía ordinaria mercantil de Sorteos de México, sociedad anónima de capital
variable (agencia expendedora 3020), con domicilio ubicado en calle Antonio Rosales, número ciento ochenta y siete,
guión cuatro, Poniente, colonia Centro, código postal 80000, Culiacán, Sinaloa, entre otras el pago de la cantidad de
$1,464,079.64 (un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil setenta y nueve pesos 64/100 moneda nacional).
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 53, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 1049, 1054, 1055. 1090, 1377 y 1378 del
Código de Comercio, se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta; en atención a que el domicilio de los
demandados se encuentra fuera de la jurisdicción territorial de este juzgado, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 1071 del Código de Comercio y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, líbrese exhorto al
Juez de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Culiacán, en turno, para que en auxilio de las labores de este
juzgado y con plenitud de jurisdicción, comisione a alguno de los actuarios judiciales adscritos a su juzgado para que con
las copias simples de la demanda y anexos acompañados debidamente selladas la emplace y corra traslado a los
demandados, para que dentro de quince días, mas seis días por razón de distancia, formule su contestación y señale
domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibiendo que de no hacerlo, las ulteriores, notificaciones, se
harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, con fundamento en lo establecido en los
artículos 1069 y 1070 de Código de Comercio.
Asimismo se apercibe a la enjuiciada que de no dar contestación a la demanda, se presumirán por confesados los hechos
siempre y cuando el emplazamiento se haya entendido por conducto de su representante o apoderado y de manera personal,
en cualquier otro caso se tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra,
conforme a lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al
Código de Comercio.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1061 del Código de Comercio, se tiene a la actora exhibiendo diversos anexos
acompañados a su demanda.
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
Téngase como domicilio de la enjuiciante, para oír y recibir notificaciones y documentos el señalado, de la misma forma se
autoriza en términos del tercer párrafo del numeral y ordenamiento citados a los profesionistas que menciona; asimismo, por
autorizados para los mismos efectos a la persona indicada en su ocurso de cuenta, en términos del penúltimo párrafo del
ordinal y código en mención.
Por lo que hace a la devolución del testimonio notarial que exhibe, realícese el cotejo y compulsa del mismo con la copia
simple que anexa y devuélvase aquel por conducto de persona autorizada para tal efecto, previa comparecencia y razón que
obre en autos como constancia legal.
Finalmente, conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la
Judicatura Federal para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, que establece criterios, procedimientos y órganos para garantizar el acceso a la información y posesión de
esos órganos del Poder Judicial de la Federación, tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, en concordancia con el
artículo 8° de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se hace del conocimiento
de las partes el derecho que les asiste para omitir sus datos personales cuando se haga pública la sentencia respectiva que se
dicte en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de oposición expresa conlleva su consentimiento para que dicha
sentencia se publique sin supresión de datos.
Notifíquese; por exhorto a la demandada.
Lo proveyó y firma el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Felipe V Consuelo Soto, ante la
Secretaria María del Carmen Araceli Garduño Paredes, que autoriza. Doy fe.”
CIUDAD DE MÉXICO, VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS.
LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CUIDAD DE
MÉXICO
(Firma)
MARÍA DEL CARMEN ARACELI GARDUÑO PAREDES
EDICTOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DE
LA CIUDAD DE MÉXICO Y EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70
Media plana............................................................................................ 943.30
Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)

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  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 31 DE MAYO DE 2016 No. 83 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda  Acuerdo por el que se constituye el Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la Zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc 3 Coordinación General de Modernización Administrativa  Aviso por el que se da a conocer el servicio denominado "Visita al Museo del Estanquillo" a cargo del Fideicomiso Público Museo del Estanquillo, que ha obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 10  Aviso por el que se dan a conocer Tres Servicios denominados "Solicitud para Presentaciones Artísticas en la Red de Faros", "Biblioteca en Faro de Oriente y Biblioteca Faro Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus Formatos de Solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura, que han obtenido la Constancia de Inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal 12 Sistema de Transporte Colectivo  Aviso por el que se da a conocer la actualización al Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo con Número de Registro MA-79/181215-E-STC-20/2007 19 Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 Índice Viene de la Pág. 1  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría del Medio Ambiente.- Licitación Pública Internacional Número LPI-01-2016.- Convocatoria 13.- Adquisición de refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos, para analizadores de gases en aire ambiente 20  Secretaría de Turismo de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número SECTURCDMX-LPN-05- 2016.- Convocatoria 05.- Servicios Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en Coordinar la Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias Nacionales, Internacionales y Viajes de Familiarización (FAM’S), 2016 22  Delegación Tlalpan.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001134/021/2016 a 30001134/023/2016.- Convocatoria DTL/005-2016.- Mantenimiento, conservación y rehabilitación de infraestructura educativa y mantenimiento, y rehabilitación a mercados 24  SECCIÓN DE AVISOS  Dragados y Cymi, S.A. de C.V. 28  Desinded, S.A. de C.V. 29  Edictos 30  Aviso 34
  • 3. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN PARA LA RENOVACIÓN DE LA ZONA DENOMINADA ALAMEDA-REFORMA EN LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción II, 16 fracción IV y 24 fracciones I, VI, IX, X, XIII y XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 4 fracción III, 7 fracción I, 77 y 78 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, y 106, 113, 114, 117, 118 y 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, así como en el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de abril de 2016, y CONSIDERANDO Que el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, determina que en ciertos sectores del territorio de la Ciudad de México, como es el caso de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, se presenta una subutilización del equipamiento, la infraestructura y los servicios instalados en zonas que tienen capacidad de saturación y densificación en materia habitacional y de usos mixtos, por lo que es necesario promover en forma coordinada la competitividad de la Ciudad para suscitar una economía estable y dinámica que concilie el desarrollo social y el fomento de zona que impulsen el desarrollo urbano, social, económico y ambiental, así como fomentar vocaciones productivas específicas que atraigan la participación de diversos sectores para la revitalización de las áreas patrimoniales y el total aprovechamiento del equipamiento de infraestructura y de los servicios instalados en zonas que tienen la capacidad de captar nueva población flotante. Que el mismo Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, establece en su Eje 4 (Habitabilidad y Servicio, Espacio Público e Infraestructura), el objetivo de orientar el desarrollo urbano hacia una ciudad compacta, dinámica, policéntrica y equitativa que potencie las vocaciones productivas y que fomente la inversión para alcanzar un patrón de ocupación eficiente que induzca la redistribución de la población a zonas que combinen los diversos usos del suelo, mejore la infraestructura pública, aproxime el empleo y los hogares a las redes de transporte público y propicie la equidad territorial. Que el territorio de la Delegación Cuauhtémoc es totalmente urbano; los usos del suelo zonificados contribuirán a lograr los objetivos planteados en la estrategia de un mejor aprovechamiento y distribución de los mismos, además coadyuvará a la consolidación y mejoramiento de las colonias que conforman esta demarcación. De acuerdo con la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, los Programas Delegacionales deben contener la zonificación de los usos del suelo y dependiendo de las características predominantes de los pueblos, barrios y colonias, se plantean limitantes y potencialidades que las diversas zonas de la Delegación contienen. Que el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de septiembre de 2008, dentro de sus objetivos principales destaca el promover el desarrollo integral de la demarcación bajo el marco de un Desarrollo Sustentable, promoviendo el reciclamiento del suelo urbano estableciendo una estructura urbana, potencializando los usos del suelo con la finalidad de captar población nueva y utilizando eficientemente la infraestructura y el equipamiento instalado con la finalidad de instrumentar programas para revitalizar las Áreas de Conservación Patrimonial y los monumentos históricos, así como mejorar la calidad de los espacios públicos para vincular la preservación del patrimonio cultural urbano con el desarrollo ordenado y sustentable, adelantándose a la atención de requerimientos y las demandas de equipamiento urbano y servicios. Que como parte de la imagen objetivo del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Cuauhtémoc, destaca la reafirmación del territorio como el principal concentrador de actividad económica, cultural y política de la Ciudad, en el que se busca mejorar las condiciones de vida de los residentes y revertir la perdida de la función habitacional, contribuyendo a su vez al mejoramiento y conservación del patrimonio urbano arquitectónico.
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 Que dentro de los objetivos del Programa Parcial de Desarrollo Urbano Centro Alameda de la Delegación Cuauhtémoc publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de septiembre de 2000, se encuentra el atender las necesidades de mayor apremio en la comunidad y contribuir a la construcción de una nueva centralidad en la Ciudad de México, procurando el repoblamiento de la zona, la conservación de sus monumentos históricos y artísticos, incluida la estructura urbana, la revitalización de la base económica y social, el mejoramiento y ampliación de los servicios públicos, además de plantear la satisfacción de las necesidades más apremiantes de la población como son la vivienda, la seguridad, el empleo y los equipamientos sociales, promoviendo la restitución de las funciones urbanas como parte de una estrategia metropolitana dirigida a la construcción de una nueva centralidad. Que desde el año 2000 la zona que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación ha presentado un proceso de regeneración como parte del programa de rescate del Centro Histórico, predominando la construcción de equipamientos culturales y de Administración Pública Federal y Local, en cuanto a la renovación de espacios públicos emblemáticos entre los que destaca la Alameda Central, Avenida Juárez y Paseo de la Reforma, así como el mejoramiento de la movilidad con la construcción de la Línea 4 del Metrobús y el establecimiento de infraestructura del sistema Ecobici. Que el Plan Integral de Manejo del Centro Histórico de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de agosto de 2011, tiene entre sus objetivos generales propiciar la recuperación del equilibrio urbano, social y económico del Centro Histórico asegurando la permanencia de sus valores culturales y la eficiencia del sistema urbano, incluyendo las líneas estratégicas como la revitalización urbana, la economía, habitabilidad, patrimonio, movilidad, prevención de riesgos y vida ciudadana. Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda en el ejercicio de sus atribuciones determinó un área definida para la renovación urbana que Inicia en el cruce formado por Eje 1 Norte Mosqueta y Eje Central Lázaro Cárdenas, se dirige por este último con rumbo general al sur hasta la intersección con la Avenida José María Izazaga para continuar sobre la Avenida Arcos de Belén y Tolsa con dirección oeste hasta su entronque con el Eje 1 Poniente Bucareli, de allí sigue con dirección norte hasta la intersección con la calle General Prim para continuar sobre esta vialidad rumbo al oeste hasta Avenida Insurgentes y de allí sigue por esta Calzada en dirección norte hasta su entronque con el Eje 1 Norte Mosqueta para continuar por este Eje en dirección este hasta la intersección del punto de partida. Que la mayor parte de la zona que comprende el Sistema de Actuación por Cooperación se localiza dentro del Perímetro “A” y “B” de la Zona de Monumentos Históricos de la Ciudad de México, por lo cual para su desarrollo aplica la normatividad establecida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda cuando se considere Área de Conservación Patrimonial. Que la zona denominada Alameda-Reforma cuenta con predios afectos al patrimonio histórico y cultural; sin embargo derivado a la proporción desequilibrada de población residente y flotante, han generado un proceso de deterioro constante en dichos predios, por lo que se requiere llevar a cabo acciones concentradas entre el sector público y el privado para lograr su revitalización, mediante mecanismos que permitan su conservación y restauración, para la cual se pretende aprovechar los inmuebles propiedad del Gobierno de la Ciudad de México en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”, a fin de ponerlos en valor y aprovechar su potencial para transmitirlo a otros inmuebles ubicados dentro de la poligonal que comprende el “SAC Alameda-Reforma”, en los que sea factible su revitalización y recualificación conforme a la normatividad aplicable. Que la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal permite a los particulares propietarios o poseedores a título de dueño de predios, asociarse entre sí o con la Administración Pública de la Ciudad de México, mediante cualquiera de las figuras que establezca la legislación civil o mercantil vigente, para llevar a cabo diversas acciones, tales como el desarrollo de proyectos urbanos a través de la relocalización de usos del suelo y destinos, así como el intercambio de potencialidades de desarrollo urbano. Que en el marco del Acuerdo por el que se expiden las Políticas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Sustentable en Materia de Desarrollo Social, Ambiental y Económico de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de enero de 2013, se establece en la política primera que el ejercicio del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial es una tarea interdisciplinaria e interinstitucional en la cual se deben articular las políticas, estrategias e instrumentos, generando un esfuerzo coordinado en proyectos de desarrollo urbano que incidan en la
  • 5. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 transformación espacial de la Ciudad; asimismo, en la política novena se establece que el Gobierno de la Ciudad de México, a través de sus diferentes instancias y los procedimientos administrativos correspondientes, garantizará que solo se autorice la construcción o el desarrollo que esté apegado de forma estricta al marco jurídico vigente, en concordancia con los instrumentos de planeación y gestión del desarrollo urbano. Que la política en materia de desarrollo urbano que ha seguido el actual gobierno, es la de procurar las mejores condiciones de vida para los habitantes de la Ciudad de México para el logro de su desarrollo, estableciendo los elementos e instrumentos que la Ley prevé y que permitan lograr dicho objetivo. Que es imprescindible considerar la problemática asociada a la tenencia de la propiedad en el ámbito de aplicación del presente Sistema de Actuación por Cooperación, para el efecto que se contemplen instrumentos concretos que permitan la regularización de los títulos que faciliten el intercambio comercial de inmuebles, considerando la aplicación de criterios y lineamientos que garanticen la conservación de valores culturales arquitectónicos existentes, con la flexibilidad suficiente para permitir usos y destinos de suelo compatible con la renovación urbana que se pretende implementar. Que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda cuenta con atribuciones para ejecutar los actos relativos a la planeación, organización, administración, control, evaluación, operación y recepción de manifestaciones de polígonos de actuación y de construcción, así como la expedición de dictámenes y licencias, referidos en general a la ejecución de obras, prestación de servicios públicos y realización de actos de gobierno relativos a la ordenación y servicios territoriales en la Ciudad de México. Que con fecha 15 de abril de 2016 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema y en el que el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México instruye a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para constituir y coordinar el presente Sistema de Actuación por Cooperación. Que con la constitución del “SAC Alameda-Reforma” se deberá lograr un beneficio para el desarrollo urbano de la Ciudad de México, articulando los sectores público y privado para la realización de proyectos urbanos y obras, en cumplimiento a los objetivos y políticas del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Cuauhtémoc, estableciendo las medidas de mitigación en los términos establecidos en el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal vigente, susceptibles de llevarse a cabo en el ámbito de aplicación o en un polígono de actuación, tal como lo disponen los artículos 63, 77, 78 y 79 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 114 de su Reglamento. Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL SISTEMA DE ACTUACIÓN POR COOPERACIÓN PARA LA RENOVACIÓN DE LA ZONA DENOMINADA ALAMEDA-REFORMA EN LA DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC. PRIMERO. Se constituye el Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la Zona denominada Alameda- Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, en lo sucesivo “SAC Alameda-Reforma”, cuya dirección y rectoría estará a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, el cual tiene como finalidad articular la acción de los sectores público, social y privado para la realización de proyectos y obras tendientes a la renovación, revitalización y recualificación urbana de la zona denominada Alameda-Reforma, para lo cual se desarrollarán y ejecutarán proyectos estratégicos urbanos de infraestructura, equipamiento, espacio público, paisaje urbano, patrimonio histórico, artístico y cultural, de prestación de servicios públicos, específicamente en materia de movilidad, así como proyectos de rehabilitación, ampliación y reciclamiento de viviendas, comercios, equipamientos, oficinas, servicios, industria y espacios recreativos. SEGUNDO. De conformidad con el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Publica de la Ciudad de México en este Sistema, el ámbito de aplicación del Sistema de Actuación por Cooperación está delimitado por la siguiente poligonal: Inicia en el cruce formado por Eje 1 Norte Mosqueta y Eje Central Lázaro Cárdenas, se dirige por este último con rumbo general al sur hasta la intersección con la Avenida José María Izazaga para continuar sobre la Avenida Arcos de Belén y Tolsa con dirección oeste
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 hasta su entronque con el Eje 1 Poniente Bucareli, de allí sigue con dirección norte hasta la intersección con la calle General Prim para continuar sobre esta vialidad rumbo al oeste hasta Avenida Insurgentes y de allí sigue por esta Calzada en dirección norte hasta su entronque con el Eje 1 Norte Mosqueta para continuar por este Eje en Dirección este hasta la intersección del punto de partida. TERCERO. El Sistema de Actuación por Cooperación “SAC Alameda-Reforma” deberá cumplir con los Lineamientos establecidos en el artículo Décimo del Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema, emitido por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de abril de 2016. CUARTO. El “SAC Alameda-Reforma” en la Delegación Cuauhtémoc, se enfocará al cumplimiento de los siguientes objetivos: a) Revitalizar el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma” para promover el fortalecimiento de esta centralidad de manera incluyente y sustentable, a través de la realización de proyectos y obras tendientes a la renovación y reordenación del territorio, a partir de un modelo incluyente y equitativo para todos los actores involucrados. b) Promover el desarrollo de proyectos públicos y privados conforme a las disposiciones aplicables derivadas de los Programas de Desarrollo Urbano vigentes para la zona, utilizando para ello los instrumentos que permite la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y su Reglamento para propiciar el repoblamiento plural, equitativo e incluyente, al elevar la densidad promedio de residentes y priorizando los usos habitacionales, evitando el desplazamiento de sus habitantes mediante la promoción de acciones que generen su permanencia y pertenencia, asegurando el equilibro en la distribución de los usos del suelo, promoviendo el desarrollo de vivienda en sus distintas modalidades. c) Llevar a cabo proyectos y obras para el mejoramiento de los equipamientos existentes en la zona como son: de la administración pública, de educación y cultura, de comercio, de salud y asistencia, de deporte y recreación, de traslado y de transporte. d) Realizar proyectos, obras, acciones e inversiones para promover la conservación, restauración y puesta en valor de los inmuebles y zonas con valor artístico o patrimonial. e) Establecer e implementar lineamientos específicos de diseño urbano, ordenamiento del espacio público, áreas libres, áreas verdes, banquetas, cruceros, mobiliario urbano, iluminación exterior y demás componentes urbanos que afecten el uso y disfrute colectivo del área. f) Proyectar y ejecutar obras de reforzamiento de infraestructura básica en materia hidráulica, sanitaria, de energía y de comunicación en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”. QUINTO. En el “SAC Alameda-Reforma” en la Delegación Cuauhtémoc, se promoverá la participación coordinada y concertada de la Administración Pública de la Ciudad de México con los sectores privado y social para el mejoramiento y consolidación del área de actuación en la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, otorgando las facilidades necesarias para la realización de obras, acciones e inversiones, aplicando lineamientos normativos que permitan mejorar la funcionalidad de la zona y su desarrollo sustentable. SEXTO. Para el adecuado funcionamiento del “SAC Alameda-Reforma”, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través del área administrativa competente, se encargará de cuantificar, integrar, registrar y controlar las operaciones que se efectúen en relación con la Bolsa de Usos de Suelo e Intensidad de Construcción a partir del potencial constructivo no ejercido dentro del ámbito de aplicación del Sistema de Actuación por Cooperación, conforme a los programas de Desarrollo Urbano vigentes, así como en el caso de potencial que provenga de otros Sistemas de Actuación por Cooperación a través de la transferencia de potencialidad correspondiente, en los términos del Acuerdo por el que se dan a conocer los
  • 7. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación para la Renovación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo que se autoriza la participación de la Administración Publica de la Ciudad de México en este sistema, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 15 de abril de 2016. SÉPTIMO. Para la ejecución de proyectos a través de los polígonos de actuación, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda sin variar las disposiciones vigentes, podrá llevar a cabo la relocalización de los usos y destinos del suelo, el intercambio de potencialidad de desarrollo entre inmuebles dentro del ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”, así como la relotificación de los predios participantes en el ámbito de aplicación señalado, para generar una nueva división, así como para incorporar la constitución de polígonos de actuación en los cuales se determinarán los lineamientos específicos en términos de área libre, niveles de construcción, superficie máxima de construcción permitida, así como las condiciones y restricciones dentro del proyecto urbano. OCTAVO. La constitución del Sistema de Actuación por Cooperación no exime a los particulares de realizar los trámites para obtener las licencias, permisos y autorizaciones correspondientes a las obras y proyectos a realizar, conforme al marco normativo vigente; asimismo, los bienes, proyectos y obras aportados por los particulares deberán cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad, conforme al marco jurídico vigente y de acuerdo a los convenios que al efecto se celebren. NOVENO. Con la finalidad de dar transparencia al funcionamiento del Sistema de Actuación por Cooperación, así como para la administración de los recursos que se generen por la instrumentación de los polígonos que lo integren, se constituirá un Fideicomiso Privado en los términos que señala el artículo 119, fracción III, inciso b) del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano, mediante el cual se administrarán las aportaciones que efectúen los particulares participantes en el “SAC Alameda-Reforma” y se determinará la aplicación de dichos recursos para la implementación de proyectos que cumplan los fines del Sistema. DÉCIMO. Los proyectos estratégicos, que contempla el “SAC Alameda Reforma” son: a) La Renovación y ordenación del territorio. b) Promover la conservación, restauración y puesta en valor de los inmuebles o zonas de valor artístico, patrimonial y cultural. c) Reordenación del espacio público. d) Obras de reforzamiento de infraestructura básica. DÉCIMO PRIMERO. Se fomentará la inter-modalidad y la movilidad no motorizada integrando en todos los proyectos la creación de corredores peatonales, ciclovías e infraestructura necesaria para generar más viajes en modos no motorizados. Al igual que se reactivará la economía local incorporando bienes y servicios mercantiles barriales en función de las necesidades de la población residente y flotante para lo cual se crearán pasajes comerciales y culturales conforme a la estructura urbana, siempre que se garantice el incentivar la vida pública. DÉCIMO SEGUNDO. En la búsqueda de un ambiente equitativo en la zona denominada Alameda-Reforma, se llevarán a cabo proyectos en los cuales se logre optimizar el manejo del consumo de agua y el sistema de reaprovechamiento y/o tratamiento de aguas residuales, para lo cual se deberá incluir en dichos proyectos mobiliario y espacios para poder disponer de residuos separados. DÉCIMO TERCERO. Los inmuebles propiedad del Gobierno de la Ciudad de México que se ubiquen dentro de la zona del Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma, podrán utilizarse para el logro del objetivo del “SAC Alameda-Reforma” en los términos previstos en el Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Constitución del Sistema de Actuación por Cooperación de la zona denominada Alameda-Reforma en la Delegación Cuauhtémoc, con lo cual se autoriza la participación de la Administración Pública de la Ciudad de México en este Sistema. En este sentido, a los inmuebles que sean considerados dentro del “SAC Alameda-Reforma”, les serán aplicadas las disposiciones normativas conforme a los Programas de Desarrollo Urbano para la operación del Sistema. DÉCIMO CUARTO. A efecto de transparentar el manejo de los Usos de Suelo e Intensidad de Construcción que se tengan en el “SAC Alameda-Reforma”, se creará una bolsa que será administrada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda con la asistencia del Comité Técnico de dicho Sistema de Actuación por Cooperación. La Bolsa de Usos del Suelo
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 e Intensidad de Construcción recibirá el potencial constructivo que corresponda a los inmuebles de propiedad pública dentro del ámbito del “SAC Alameda-Reforma”, por la aplicación de las Normas Generales y Particulares de Ordenación aplicables. Para la determinación de los usos de suelo e intensidad de construcción se seguirá el procedimiento siguiente: a) A solicitud de la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, la Dirección General de Desarrollo Urbano mediante el dictamen correspondiente establecerá los usos del suelo e intensidad de construcción máxima permitida que corresponda a los inmuebles en el ámbito de aplicación del “SAC Alameda-Reforma”, ya sea de forma individual o para varios inmuebles en un mismo acto; b) Una vez que dicho(s) dictamen(es) sea(n) emitido(s), la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano integrará y llevará el registro, con la asistencia del Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma”, de los usos del suelo y potencial constructivo que integrará la Bolsa de Usos del Suelo e Intensidad de Construcción; c) Los participantes en el “SAC Alameda-Reforma” podrán celebrar un convenio con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para adquirir potencial constructivo de la Bolsa de Usos del Suelo e Intensidad de Construcción. DÉCIMO QUINTO. Los particulares que deseen participar en el “SAC Alameda-Reforma”, se sujetarán a las siguientes reglas: a) Solicitarán su adhesión al “SAC Alameda-Reforma” mediante la declaración que al efecto le proporcione el Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma”, anexando la información relativa al proyecto pretendido, conforme a los lineamientos que se le indiquen; b) El Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma” evaluará la solicitud y las especificaciones del proyecto, para verificar que éste cumpla con los lineamientos aplicables, en caso de cumplirlos se turnará con el visto bueno preliminar a la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano para que resuelva sobre la procedencia del proyecto; c) En caso que el proyecto no cumpla con los lineamientos, el Comité Técnico del SAC formulará la opinión conducente y la turnará a la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano, para que ésta emita la resolución correspondiente y la notifique al particular para que ajuste el proyecto y vuelva a presentarlo a la consideración del Comité Técnico del SAC; d) Cuando la Dirección de Instrumentos para el Desarrollo Urbano emita resolución favorable condicionada en los términos del inciso b), lo notificará al particular interesado para que proceda a formalizar su participación en el SAC Alameda-Reforma mediante la firma del convenio de concertación respectivo; e) En el convenio indicado en el inciso d), se establecerán las especificaciones generales del proyecto, así como las obligaciones y aportaciones que corresponda hacer al particular de conformidad con la normatividad aplicable, para poder incorporarse al “SAC Alameda-Reforma”. DÉCIMO SEXTO. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda definirá los mecanismos de coordinación, instrumentación, administración y ejecución de las obras y proyectos que se realicen en la vía pública, así como las bases, criterios y lineamientos para la organización y funcionamiento del Sistema de Actuación por Cooperación conforme se señala en el artículo 119 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y será la instancia que establezca los mecanismos de autorización de las obras y proyectos que se determinen. DÉCIMO SÉPTIMO. En los términos del artículo 119 fracción V del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, se establece la constitución del Comité Técnico del Sistema de Actuación por Cooperación Alameda- Reforma, el cual tendrá como funciones actuar como órgano de apoyo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, para la coordinación, instrumentación, administración y ejecución de las obras y proyectos derivados del Sistema de Actuación por Cooperación, así como para la coordinación con las autoridades del Gobierno de la Ciudad de México y los participantes en el Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma.
  • 9. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 El Comité Técnico estará integrado por las personas físicas y/o morales que se determinen en las Reglas de Operación. DÉCIMO OCTAVO. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con el apoyo del Comité Técnico del “SAC Alameda-Reforma”, se coordinará con las autoridades competentes para la ejecución de obras, proyectos, acciones e inversiones que cumplan con los lineamientos establecidos para el funcionamiento del “SAC-Alameda-Reforma” que en la gestión y emisión de los actos administrativos relacionados con los proyectos que se lleven a cabo en el ámbito de aplicación del Sistema cumplan con los objetivos y lineamientos establecidos. Para efectos de lo anterior, se celebrarán los convenios y acuerdos que se requieran conforme a las disposiciones aplicables. DÉCIMO NOVENO. Para determinar las aportaciones que deban realizar los interesados para aumentar o mejorar el aprovechamiento urbano de los proyectos a realizarse dentro del “SAC-Alameda-Reforma” o bien por la sustitución de medidas de mitigación o integración aplicables a los proyectos sujetos a impacto urbano en el ámbito de aplicación del Sistema de Actuación por Cooperación, se aplicará un modelo de tasación que considera las características del proyecto que se pretenda llevar a cabo, incluyendo uso del suelo, número de niveles, área libre, intensidad de construcción, número de viviendas, valor catastral del inmueble, la superficie de terreno, el uso pretendido, la dotación de cajones de estacionamiento, el factor de pago de infraestructura, independientemente de lo anterior, en los términos de los convenios de concertación que al efecto se celebren, podrán acordarse otras aportaciones a cargo de los particulares que se adhieran al “SAC Alameda-Reforma” VIGÉSIMO. Se procurará que el Sistema de Actuación por Cooperación Alameda-Reforma sea acorde a las políticas que en materia de desarrollo urbano está implementando el Gobierno de la Ciudad de México en la zona de Alameda-Reforma y sus alrededores. VIGÉSIMO PRIMERO. Se mantendrá una política de transparencia en los términos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, respecto del funcionamiento del “SAC Alameda- Reforma”. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el sitio de internet de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, www.seduvi.df.gob.mx, para su debida observancia y aplicación. SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación. TERCERO.- Inscríbase el presente Acuerdo en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. CUARTO.- Aquellos particulares que a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo estén llevando a cabo proyectos dentro del polígono que comprende el “SAC Alameda-Reforma”, podrán optar por adherirse al Sistema de Actuación por Cooperación materia del presente Acuerdo, para lo cual deberán suscribir el convenio respectivo con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con lo cual podrán obtener los beneficios correspondientes derivados de su adhesión a dicho Sistema; en caso contrario, no les serán aplicables los beneficios previstos para este Sistema. QUINTO.- Para los efectos del Artículo anterior, tratándose de proyectos que estén en proceso de ejecución o que cuenten con resoluciones favorables vigentes en materia de polígonos de actuación y/o impacto urbano aún no ejercidas en su totalidad, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda promoverá ante los particulares que se encuentren en dichos supuestos, su incorporación al “SAC Alameda-Reforma”, pudiendo pactarse el cumplimiento parcial de los Lineamientos del Sistema de Actuación por Cooperación, de acuerdo al convenio de concertación que al efecto se celebre. Dado en la Ciudad de México a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA (Firma) ARQ. FELIPE DE JESÚS GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que, en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación, información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular, instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública. Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX). Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de un servicio a cargo del Fideicomiso Público Museo del Estanquillo y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éste, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Que una vez que se publique el servicio a cargo del Fideicomiso Público Museo del Estanquillo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éste surtirá sus efectos jurídicos y será susceptible de su aplicación en la forma y términos en los que se difunde y fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como aparece en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL SERVICIO DENOMINADO "VISITA AL MUSEO DEL ESTANQUILLO" A CARGO DEL FIDEICOMISO PÚBLICO MUSEO DEL ESTANQUILLO, QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se da a conocer el servicio denominado "Visita al Museo del Estanquillo" a cargo del Fideicomiso Público Museo del Estanquillo, que ha obtenido la constancia de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. SEGUNDO.-El Fideicomiso Público Museo del Estanquillo, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar el servicio a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que se difunde y fue inscrito en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparece en el Portal Web
  • 11. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrá modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis. EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) OLIVER CASTAÑEDA CORREA SERVICIO QUE HA OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO No. Nombre del Servicio Tipo Materia Dependencia que Norma No. de Anexo 662 Visita al Museo del Estanquillo Servicio Cultura y Recreación Fideicomiso Público Museo del Estanquillo Sin Anexo
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 COORDINACIÓN GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA OLIVER CASTAÑEDA CORREA, Coordinador General de Modernización Administrativa y Titular de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 101 Bis, fracciones XXIV, XXXVIII, XL y XLII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; numerales Tercero fracción XVI, Cuarto fracción I, Noveno fracciones I, V, IX, X y XV, Décimo Primero y Vigésimo Tercero del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal; y 2, fracción II, 4 fracción XXIII, 13.2.1, 13.4.1, 13.4.2, 13.4.3, 13.8.2, 13.8.5, 18.5, 18.8, 28.1, 28.2, 28.3 y 29.1 de las Reglas de Operación del Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Ley de Gobierno Electrónico del Distrito Federal señala que el Registro Electrónico de Trámites y Servicios será operado y administrado por la Oficialía Mayor, a través de la Coordinación General de Modernización Administrativa que, en su carácter de Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, será la encargada de verificar que los trámites y servicios, y sus formatos correspondientes, cumplan con los principios de legalidad, juridicidad, simplificación, información, transparencia e imparcialidad para su inscripción, y que ésta tiene la facultad de normar, promover, formular, instrumentar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar las acciones en materia de simplificación administrativa, mejora regulatoria y mejora de la gestión de trámites y servicios de la Administración Pública. Que el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, establecen entre otras atribuciones de la Coordinación General de Modernización Administrativa las de operar y administrar el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios y el Portal Web de Trámites y Servicios; desempeñar las funciones de la Unidad de Mejora Regulatoria del Distrito Federal, y ser la instancia facultada para publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los formatos de trámites y servicios que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico y difundirlos en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX). Que una vez que se ha concluido con el proceso de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal, de tres servicios y sus formatos de solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura y se ha expedido la Constancia de Inscripción de éstos, es procedente su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que produzca sus efectos jurídicos, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Que una vez que se publiquen los tres servicios denominados "Solicitud para presentaciones artísticas en la Red de Faros", "Biblioteca en FARO de Oriente y Biblioteca FARO Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus formatos de solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, éstos surtirán sus efectos jurídicos y serán susceptibles de su aplicación en la forma y términos en los que se difunden y fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER TRES SERVICIOS DENOMINADOS "SOLICITUD PARA PRESENTACIONES ARTÍSTICAS EN LA RED DE FAROS", "BIBLIOTECA EN FARO DE ORIENTE Y BIBLIOTECA FARO INDIOS VERDES" Y "TALLERES EN LA RED DE FAROS" Y SUS FORMATOS DE SOLICITUD EN SU CASO, A CARGO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL PRIMERO.- Se dan a conocer los tres servicios denominados "Solicitud para presentaciones artísticas en la Red de Faros", "Biblioteca en FARO de Oriente y Biblioteca FARO Indios Verdes" y "Talleres en la Red de Faros" y sus formatos de solicitud en su caso, a cargo de la Secretaría de Cultura, que han obtenido la constancia de inscripción en el Registro Electrónico de los Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal.
  • 13. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 SEGUNDO.- La Secretaría de Cultura, deberá conocer, substanciar, resolver u otorgar los servicios a que se refiere el presente Aviso en los términos y condiciones en los que se difunden y fueron inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios del Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal y como aparecen en el Portal Web Oficial de Trámites y Servicios (Trámites CDMX), por lo que no podrán modificarse o alterarse en forma alguna, sin cumplir previamente el procedimiento de actualización, modificación o baja a que se refiere el Manual de Trámites y Servicios multicitado, ni solicitar requisitos adicionales, so pena de incurrir en alguna responsabilidad de carácter administrativa. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Aviso, entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciséis. EL COORDINADOR GENERAL DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TITULAR DE LA UNIDAD DE MEJORA REGULATORIA DEL DISTRITO FEDERAL (Firma) OLIVER CASTAÑEDA CORREA SERVICIOS QUE HAN OBTENIDO LA CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS DEL MANUAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL PÚBLICO DEL DISTRITO FEDERAL ÍNDICE TEMÁTICO POR ÓRGANO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO No. Nombre del Servicio Tipo Materia Dependencia que Norma No. de Anexo 659 Solicitud para presentaciones artísticas en la Red de Faros Servicio Cultura y Recreación Secretaría de Cultura Sin Anexo 660 Biblioteca en FARO de Oriente y Biblioteca FARO Indios Verdes Servicio Cultura y Recreación Secretaría de Cultura Anexo 1 661 Talleres en la Red de Faros Servicio Cultura y Recreación Secretaría de Cultura Anexo 2
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 Anexo 1
  • 15. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 Anexo 2
  • 17. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 FUNDAMENTO JURÍDICO Servicio a obtener Talleres Reglamento Interno de la Administración Pública del Distrito Federal, Sección XIBIS de la Secretaria de Cultura, Artículo 97 B. Fracciones X, XVIy XVII. Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal del Distrito Federal Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta No aplica Observaciones *Los talleres que ofrecen las Fábricas de Artes y Oficios (FAROS) en sus cuatro sedes (Oriente, Milpa Alta, Tláhuac e Indios Verdes), están divididos en talleres de artes y oficios (artes plásticas, artes escénicas, música, comunicación y oficios artesanales), talleres demostrativos (artes plásticas, artes escénicas, música, comunicación y oficios artesanales), talleres infantiles (iniciación artística) y talleres de servicios a la comunidad (estimulación temprana, Clubhouse, etc.). *La inscripción a los talleres se realizará siempre y cuando no rebase el cupo disponible por taller. *Los materiales que se utilicen corren por cuenta del usuario. *En caso de menores de entre 3 meses y 5 años de edad, los padres o tutores deberán acompañar al menor en la duración del taller. *Los niños de entre 6 y 14 años de edad deberán ser recogidos al finalizar el taller por su padre o tutor. *Para las personas en situación de calle, en caso de no contar con algún requisito, no será necesaria su presentación y recibirán el servicio. *Los padres o tutores menores de edad deberán presentar alguna identificación con foto. *El solicitante se puede inscribir a más de un taller a la vez. Cada FARO determinará el número máximo de talleres a los que se puede inscribir. *El Computer Clubhouse es un servicio que solamente se ofrece en el FARO de Oriente. *Los talleres demostrativos son exclusivos del FARO Indios Verdes. *En conjunto los FAROS suman más de 150 talleres. Para mayor información sobre cupos, duración y requisitos, los datos de contacto y las páginas web son los siguientes: Secretaria de Cultura de la Ciudad de México. www.cultura.df.gob.mx FARO de Oriente. Calz. Ignacio Zaragoza s/n, Colonia Fuentes de Zaragoza, Delegación Iztapalapa, Tels: 5738- 7442,5738- 744 0, www.farodeoriente.org. FARO de Tláhuac. Interior del Bosque de Tláhuac Av. La Turba, s/n, Colonia Miguel Hidalgo, Delegación Tláhuac, Tel. 2160- 5471. FARO de Milpa Alta, Av. Gastón Melo n.40, Poblado de San Antonio Tecomitl, Delegación Milpa Alta, Tel.5847- 7590. FARO de Indios Verdes, Av. Huitzilihuitl, n. 51, Santa Isabel Tola, Delegación Gustavo A. Madero, Tel. 5781- 690, www.faroindiosverdes.info. REQUISITOS 1. Formato SCVCC_TRF_1debidamente requisitado y firmado. 2. Dos fotografías actuales tamaño infantil (blanco y negro y/o color). 3. En caso de mayor de edad copia de identificación con foto (credencial para votar, pasaporte, licencia para conducir, credencial de estudiante). 4. En caso de menor de edad, presentar copia de la identificación oficial del padre o tutor (credencial para votar, pasaporte, licencia para conducir). Tiempo de respuesta Inmediata Vigencia del documento a obtener No aplica Sin costo DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección electrónica http://www.anticorrupcion.df.gob.mx/index.php/sistema-de-denuncia-ciudadana LA PRESENTE HOJA FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA SOLICITUD DEL SERVICIO TALLERES EN LA RED DE FAROS, DE FECHA _____ DE _____ DE _____. QUEJAS O DENUNCIAS QUEJATEL LOCATEL 56 58 11 11, HONESTEL 55 33 55 33.
  • 19. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ, Director General del Organismo Público Descentralizado Sistema de Transporte Colectivo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción III y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; Artículo Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículos 10 fracción VIII; 21 fracciones I y XIII del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo; numerales 2.4.6.7 y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, en cumplimiento del Acuerdo No. II/2015/III/7 emitido por el H. Consejo de Administración y en términos de la actualización al Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo con número de registro MA-79/181215-E-STC-20/2007, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Contraloría General del Distrito Federal, mediante oficio OM/CGMA/2433/2015, de fecha 18 de diciembre de 2015; he tenido a bien expedir el siguiente: “AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN AL MANUAL ADMINISTRATIVO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO CON NÚMERO DE REGISTRO MA-79/181215-E-STC-20/2007” CONSIDERANDO Que es atribución del Órgano de Gobierno del Sistema de Transporte Colectivo aprobar la estructura básica de la organización de la Entidad y las modificaciones que procedan a la misma, el Estatuto Orgánico y el Manual Administrativo, así como los reglamentos que requiera la operación de la Entidad. Que es atribución del Director General del Sistema de Transporte Colectivo ejecutar los Acuerdos y resoluciones del Órgano de Gobierno, así como la expedición del Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo, a fin de que las funciones asignadas a las distintas áreas de la Entidad se realicen de manera congruente y eficaz. Que de conformidad con la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, una vez obtenido el registro de los Manuales Administrativos ente la Coordinación General de Modernización Administrativa los titulares de las dependencias, unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades serán los responsables de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, gestionando para tal efecto los trámites que correspondan ante la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Que de conformidad con la modificación al Dictamen 20/2007 autorizada por la Contraloría General del Distrito Federal con vigencia a partir del 1 de octubre de 2012, se llevó a cabo la actualización del Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo, el cual se encuentra para su consulta, a través del enlace http://www.metro.cdmx.gob.mx/organismo/manadmvo.html TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a cinco de abril de 2016 EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (Firma) LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ
  • 20. CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Convocatoria: 13 C.P. Martha Leticia Cortés Genesta, Directora Ejecutiva de Administración, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 y de conformidad con los artículos 27 a), 28, 30 fracción II y 32 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y artículos 7 fracción XIII, numeral 5 y 101-G del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la licitación para la Adquisición de Refacciones y Accesorios Menores de Maquinaria y Otros Equipos, para Analizadores de Gases en Aire Ambiente, de conformidad con lo siguiente: Licitación Pública Internacional No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaraciones Presentación de propuestas Fallo LPI-01-2016 $1,100.00 02/06/2016 06/06/2016 10:00 horas 08/06/2016 12:00 horas 09/06/2016 10:00 horas Partida Descripción Cantidad Unidad de Medida 2 Assy, UV lamp No. de parte 054710000 (importado) 4 Pieza 4 Assy valve (SS) No. de parte: 042680100 (importado) 8 Pieza 15 Filter coalesing No. de parte: FL0000007(importado) 8 Pieza 16 Assy, 4-way valve parker No. de parte: 036260200 (importado) 5 Pieza 19 Kit, pump. Thomas No. de parte: PU000011 (importado) 18 Kit  Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta en www.sedema.df.gob.mx y venta en: Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 57 72 40 22 ext. 105 y 106, los días 31 de mayo, 1 y 2 de junio de 2016; con el siguiente horario: 10:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México y Vía ventanilla bancaria a la cuenta número 65501123467 Referencia 2601 de la Institución bancaria Santander, S.A. (México) mediante Cheque certificado o de caja a favor del Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Finanzas/Tesorería de la Ciudad de México.  La junta de aclaración se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El acto de presentación de las propuestas se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El acto de Fallo se efectuará en la fecha y horario arriba indicados en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Comonfort No. 83 esq. Paseo de la Reforma, colonia Ampliación Morelos, código postal 06200, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El idioma en que deberán presentar las proposiciones será: español.  La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano.  No se otorgará anticipo.  Lugar de entrega: Según bases.
  • 21.  Plazo de entrega: Según calendario.  El pago se realizará: 20 días hábiles.  Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.  Los servidores públicos responsables del procedimiento de manera conjunta o separada serán los CC. Lic. José Ortiz Fragoso, Director de Recursos Materiales y Servicios Generales y la L.C. Mónica del Carmen Rodríguez Gamas, Jefa de la Unidad Departamental de Adquisiciones y Almacenes o a quien se designe.  No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE MAYO DE 2016. (Firma) C.P. MARTHA LETICIA CORTÉS GENESTA DIRECTORA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
  • 22. GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES Convocatoria: 05 La Lic. Sandra Berenice Meza Pérez, Encargada del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Administración en la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México, en observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a los artículos 26, 27 inciso a), 28 primer párrafo, 30 fracción I, 33, 38, 43, 49, 51 y 63 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, su Reglamento y demás normatividad aplicable en la materia, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional SECTURCDMX-LPN-05-2016 para la contratación de los “Servicios Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en Coordinar la Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias Nacionales, Internacionales y Viajes de Familiarización (FAM’S), 2016”, de acuerdo a lo siguiente: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Junta de aclaración de bases Presentación y apertura de la propuesta Emisión de fallo SECTURCDMX-LPN-05- 2016 $ 2,500.00 2/06/2016 De 10:00 a 15:00 horas 6/06/2016 12:00 horas 9/06/2016 12:00 horas 15/06/2016 12:00 horas Partida Descripción Unidad de medida Cantidad Mínima Máxima Única Servicios Integrales de Promoción de la Ciudad de México, consistentes en Coordinar la Participación de la Secretaría de Turismo de la CDMX, en Ferias Nacionales, Internacionales y Viajes de Familiarización (FAM’S), 2016. Servicio $4´500,000.00 $10´466,892.35  Las Bases de la Licitación se encuentran disponibles para su consulta: En Internet en la página de la SECTURCDMX http://www.mexicocity.gob.mx y para consulta y venta en la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales ubicada en Avenida Nuevo León número 56, piso 6, Colonia Hipódromo, C.P. 06100, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, teléfono: 5286-7097 ext. 2605 y 2608, los días 31 de mayo, 1 y 2 de junio de 2016; con el siguiente horario: de 10:00 a 15:00 horas. La forma de pago es: mediante cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.  La Junta de aclaración de Bases se llevará a cabo el día 6 de junio a las 12:00 horas en: el inmueble que ocupa la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México, ubicado en Avenida Nuevo León número 56, piso 10, Colonia Hipódromo, C.P. 06100, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El Acto de presentación y apertura de la propuesta se efectuará el día 9 de junio de 2016 a las 12:00 horas en: el domicilio que ocupa la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México, señalado en el párrafo anterior.
  • 23.  La emisión de Fallo se efectuará el 15 de junio de 2016 a las 12:00 horas, en el inmueble que ocupa la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México, señalado en el segundo párrafo. .  El idioma en que deberán presentarse la propuesta será: Español.  La moneda en que deberá cotizarse la propuesta será: Peso mexicano.  No se otorgará anticipo.  Lugar de prestación de los servicios: En los lugares que indique la SECTURCDMX.  Plazo de prestación de los servicios: de la fecha de adjudicación y hasta el 30 diciembre de 2016.  El pago de cada servicio devengado se realizará: 20 días hábiles posteriores a la fecha de trámite de las facturas, debidamente requisitadas por el “Prestador del Servicio”.  Ninguna de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.  No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. (Firma) CIUDAD DE MÉXICO, A 25 DE MAYO DE 2016. LIC. SANDRA BERENICE MEZA PÉREZ ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN
  • 24. ADMINISTRACION PUBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO DELEGACION TLALPAN DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO LICITACION PÚBLICA NACIONAL CONVOCATORIA DTL/005-2016 El Ing. German Arturo Martínez Santoyo, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente: No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación Capital contable mínimo requerido 30001134/021/2016 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Educativa en las siguientes escuelas: 1.- J.N. Ignacio Allende, 2.-E.P. Tiburcio Montiel, 3.- E.P. Miguel Bustos Cerecedo, 4.- Sec. Tec. 54 y 5.- J.N Magdalena Contreras, Dentro Del Perímetro Delegacional. 23-junio-16 20-sept-16 $4,100,000.00 No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Visita de Obra Obligatoria Junta de aclaraciones Obligatoria Presentación y Entrega de Propuestas y Apertura del Sobre Único Fecha de Fallo 30001134/021/2016 $2,500.00 2-junio-16 3-junio-16 9:00 hrs. 9-junio-16 09:00 hrs. 15-junio-16 09:00 hrs. 21-junio-16 12:00 hrs. No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación Capital contable mínimo requerido 30001134/022/2016 Mantenimiento, y Rehabilitación a 5 Mercados: 1.- Mercado Villa Coapa, 2.- Mercado Miguel Hidalgo, 3.- Mercado Dr. y General José Gonzalez Varela, 4.- Mercado San Andres Totoltepec y 5.- Mercado Isidro Febela, Dentro del Perímetro Delegacional. 24-junio-16 6-sept-16 $3,000,00.00 No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Visita de Obra Obligatoria Junta de aclaraciones Obligatoria Presentación y Entrega de Propuestas y Apertura del Sobre Único Fecha de Fallo 30001134/022/2016 $2,500.00 2-junio-16 3-junio-16 10:00 hrs. 10-junio-16 09:00 hrs. 16-junio-16 09:00 hrs. 22-junio-16 11:30 hrs.
  • 25. No. de licitación Descripción y Ubicación de la obra Fecha de inicio Fecha de terminación Capital contable mínimo requerido 30001134/023/2016 Mantenimiento, y Rehabilitación a 5 Mercados: 1.- Mercado Torres de Padierna, 2.- Mercado 21 de Abril, 3.- Mercado Fuentes Brotantes, 4.- Mercado Jacinto Canek y 5.- Mercado la Paz, Dentro del Perímetro Delegacional. 24-junio-16 6-sept-16 $3,000,00.00 No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases Visita de Obra Obligatoria Junta de aclaraciones Obligatoria Presentación y Entrega de Propuestas y Apertura del Sobre Único Fecha de Fallo 30001134/023/2016 $2,500.00 2-junio-16 3-junio-16 11:00 hrs. 10-junio-16 12:00 hrs. 16-junio-16 12:00 hrs. 22-junio-16 14:00 hrs. Los recursos para la realización de esta obra fueron autorizados por la Secretaria de Finanzas a través de la Subsecretaria de Egresos con el oficio No. SFDF/SE/0121/2016 de fecha 06 de enero 2016. Requisitos para adquirir las bases: La adquisición de las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P. 14000 Ciudad de México del 31 de mayo al 2 de junio del presente año de 10:00 a 14:00 horas,en días hábiles y se deberá presentar lo siguiente: a) Escrito de solicitud en original por parte del interesado, manifestando su interés en participar en la licitación correspondiente, indicando el número de licitación y descripción de la misma, indicando su objeto social, nombre o razón social, domicilio completo para recibir notificaciones, ubicado dentro del Distrito Federal y teléfono (s), en papel membretado de la persona o razón social, firmado por el representante o apoderado legal, señalando claramente el cargo que ostenta (según acta constitutiva o poder notarial), dirigido al Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tlalpan. b) Copia de la constancia de registro de concursante, definitivo y vigente por lo menos durante la vigencia del contrato respectivo, expedida por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, mismo que deberá expresar el capital contable requerido para la licitación correspondiente, así como las especialidades solicitadas, presentando original para cotejo. c) Escrito en el que manifieste su domicilio fiscal y teléfonos para su localización, anexando copia del comprobante respectivo, así mismo deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, dentro del territorio del Distrito Federal, notificaciones y documentos que se deriven de los actos del procedimiento de contratación y en su caso, del contrato respectivo. d) Acta constitutiva y modificaciones, así como poder notarial del representante legal, en caso de persona Física del Acta de Nacimiento, presentando original para cotejo. e) Identificación oficial vigente con fotografía del Representante legal, presentando original para cotejo. f) Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC). presentando original para cotejo.
  • 26. La forma de pago de las bases se hará mediante la presentación de cheque certificado o de caja a favor del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del GDF, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en el Distrito Federal, por la cantidad del costo de las bases de licitación indicado en la información general de las presentes bases. 1.- A la presentación del pago de las bases de licitación se entregarán las bases de concurso de la Licitación Pública Nacional con sus anexos y Catálogo de Conceptos, de ésta manera el interesado quedará inscrito y registrado, teniendo derecho a presentar su proposición. El concursante es el único responsable de obtener en tiempo y forma la información documental necesaria para la elaboración y presentación de sus propuestas, por lo que el incumplimiento de este requisito será motivo para no participar en la licitación correspondiente. 2.- El lugar de reunión para la Visita de Obra será en la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P. 14000 Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la visita de obra, anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la visita de obra será obligatoria. 3.- El lugar de reunión para la sesión de Junta de Aclaraciones será en las oficinas de la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P. 14000 Ciudad de México, la empresa concursante manifestará mediante escrito en papel membretado la persona que asistirá a la junta de aclaraciones, anexando copia y original para su cotejo de la cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante de personal técnico certificado. La asistencia a la junta de aclaraciones será obligatoria. 4.- La sesión pública de presentación y apertura del sobre único se llevará a cabo la Dirección de Planeación y Control de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, sita Avenida San Fernando No. 84, Colonia Centro de Tlalpan, Delegación Tlalpan, C.P. 14000 Ciudad de México, el día y hora indicado. 5.- No se otorgará anticipo. 6.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español. 7.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. 8.-Ninguna de las partes de los trabajos de ésta licitación podrán ser objeto de asociación o subcontratación, salvo previa autorización de la contratante por escrito de acuerdo al artículo 47 párrafo quinto de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal. 9.- Ninguna de las condiciones contenidas en la bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. 10.- Los interesados en las(s) licitación(es) deben comprobar experiencia técnica en obras similares y capacidad financiera, administrativa y de control, durante el proceso de evaluación, según la información que se solicita en las bases de esta licitación Pública. 11.- Las condiciones de pago serán verificativas mediante estimaciones de los trabajos ejecutados por periodos máximos mensuales.
  • 27. 12.- Los criterios generales para la selección de un participante serán con base en los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, una vez realizado el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al concursante que reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de concurso de la licitación, reúnan las condiciones legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas requeridas y además garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de todas las obligaciones y que presente la propuesta cuyo precio sea el más conveniente para la Dependencia. 13.- La garantía de cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluido el I.V.A. a favor de la Secretaria de Finanzas del Distrito Federal, mediante póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada. 14.- Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán si a su derecho conviene ejercer lo establecido en el artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal Transitorio Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO A 23 DE MAYO DE 2016 DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO (Firma) ARQ. MANUEL SANTIAGO QUIJANO
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 SECCIÓN DE AVISOS Dragados y Cymi, S.A. de C.V. (Subsidiaria de Dragados Industrial, S.A. - España) Estado de Posición Financiera Para Inicio de Liquidación al 29 de Febrero de 2016 (En pesos) Activo Activo Circulante Efectivo $ 595,137.19 Total Activo $ 595,137.19 Pasivo y Capital Contable Pasivo Circulante Proveedores $ 668,236.73 Total Pasivo $ 668,236.73 Capital Contable Capital Social $ 99,076.06 Resultados Acumulados $ -149,590.16 Perdida del Ejercicio $ -22,585.44 Total Capital $ -73,099.54 Total Pasivo y Capital Contable $ 595,137.19 (Firma) Ghandi Ernesto Flores Cervantes Liquidador
  • 29. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 DESINDED, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 15 DE ABRIL DE 2015. Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 Ciudad De México a 19 de Abril de 2016. José Luis Rosales Martínez Liquidador (Firma)
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 E D I C T O S ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. EDICTO PARA EMPLAZAR A: SORTEOS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL 713/2015-II, SEGUIDO POR LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA CONTRA SORTEOS DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTÓ EL SIGUIENTE AUTO: “Ciudad de México, veintiocho de abril de dos mil dieciséis. Agréguese a los autos el oficio de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal “2”, con sede en la Ciudad de México, por el que en cumplimiento a lo ordenado en auto de catorce de abril del año en curso, proporciona el mismo domicilio en donde resultó infructuoso el emplazamiento de la demandada Sorteos de México, sociedad anónima de capital variable. Ahora bien, toda vez que de autos se advierte que se ha agotado los medios para localizar el domicilio del enjuiciado en cita y en óbice de mayores dilaciones procesales, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena emplazar a juicio a la demandada Sorteos de México, sociedad anónima de capital variable, por EDICTOS, que se publicarán por tres veces consecutivas en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal y periódicos el Sol de México, haciéndole saber al enjuiciado en comento que deberá presentarse al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, para que con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio, dentro de treinta días contados a partir de la última publicación, conteste la demanda incoada en su contra por Lotería Nacional para la Asistencia Pública, quedando a disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, así como sus respectivos anexos. Asimismo, señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se hará conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069 del Código de Comercio; de igual manera, se apercibe que en caso de no contestar la demanda, se tendrá por contestada en sentido negativo, conforme a lo dispuesto por el ordinal 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Para los efectos anteriores, mediante notificación personal, requiérase a la actora Lotería Nacional para la Asistencia Pública, para que comparezca a este Juzgado Tercer de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, sito en calle Sidar y Rovirosa esquina Eduardo Molina, colonia del Parque, delegación Venustiano Carranza, acceso tres, primer nivel, Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación, San Lázaro Ciudad de México, a efecto de cumplir lo siguiente: a) Recoger los edictos que se encuentran a su disposición, dentro del plazo de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI del Código de Comercio. b) En su oportunidad, exhiba el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día siguiente que se pongan a su disposición los edictos; y c) Exhibir las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibidos que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dará de baja el presente asunto por falta de interés, lo anterior atendiendo al principio de justicia pronta y expedita consagrado en el artículo 17 constitucional.
  • 31. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 Fíjese en la puerta de este Juzgado copia íntegra del auto de veintiocho de diciembre de dos mil quince, así como del presente por todo el tiempo del emplazamiento. Asimismo, se hace del conocimiento de la actora que los presentes edictos serán impresos el día que comparezca a recibirlos en el local de este juzgado, con la salvedad que estos puedan ser firmados por cualquiera de los Secretarios de Acuerdos adscritos a este órgano jurisdiccional. Finalmente, dada la naturaleza del presente juicio, se deja a salvo el derecho de la actora para señalar bienes susceptibles de embargo y suficientes que garanticen la cantidad reclamada. Notifíquese personalmente a la actora y por edictos a la demandada. Así; lo proveyó el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, Felipe V Consuelo Soto, quien firma ante María del Carmen Araceli Garduño Paredes, Secretaria que autoriza y da fe” “México, Distrito Federal, veintiocho de diciembre de dos mil quince. Vista la demanda presentada por Lotería Nacional para la Asistencia Pública, por conducto de sus apoderados Edgar Miguel Limón Rivera, María de Lourdes Omaña Mendoza, Alejandra Arenas Lira, María Magdalena Saturnino García, Aldo D’ Agustín Jiménez López y Amando Herrera Juárez, personalidad que se reconocer en términos del testimonio notarial cuarenta y dos mil quinientos cincuenta y cinco de veintiséis de noviembre de dos mil quince; fórmese expediente y anótese en el libro de asuntos civiles de este juzgado con el registro 713/2015-II. Ahora bien, no ha lugar a reconocer el carácter de apoderados a las diversas personas que señala en su escrito inicial, lo anterior, dado que no obra firma autógrafa en la demanda por lo que carece del signo de voluntad de aceptar dicho cargo. Téngase a la actora demandando en la vía ordinaria mercantil de Sorteos de México, sociedad anónima de capital variable (agencia expendedora 3020), con domicilio ubicado en calle Antonio Rosales, número ciento ochenta y siete, guión cuatro, Poniente, colonia Centro, código postal 80000, Culiacán, Sinaloa, entre otras el pago de la cantidad de $1,464,079.64 (un millón cuatrocientos sesenta y cuatro mil setenta y nueve pesos 64/100 moneda nacional). Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 53, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 1049, 1054, 1055. 1090, 1377 y 1378 del Código de Comercio, se admite a trámite la demanda en la vía y forma propuesta; en atención a que el domicilio de los demandados se encuentra fuera de la jurisdicción territorial de este juzgado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1071 del Código de Comercio y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, líbrese exhorto al Juez de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Culiacán, en turno, para que en auxilio de las labores de este juzgado y con plenitud de jurisdicción, comisione a alguno de los actuarios judiciales adscritos a su juzgado para que con las copias simples de la demanda y anexos acompañados debidamente selladas la emplace y corra traslado a los demandados, para que dentro de quince días, mas seis días por razón de distancia, formule su contestación y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, apercibiendo que de no hacerlo, las ulteriores, notificaciones, se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, con fundamento en lo establecido en los artículos 1069 y 1070 de Código de Comercio. Asimismo se apercibe a la enjuiciada que de no dar contestación a la demanda, se presumirán por confesados los hechos siempre y cuando el emplazamiento se haya entendido por conducto de su representante o apoderado y de manera personal, en cualquier otro caso se tendrá por contestada en sentido negativo, quedando a salvo los derechos para probar en contra, conforme a lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio. Conforme a lo dispuesto por el artículo 1061 del Código de Comercio, se tiene a la actora exhibiendo diversos anexos acompañados a su demanda.
  • 32. 32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 Téngase como domicilio de la enjuiciante, para oír y recibir notificaciones y documentos el señalado, de la misma forma se autoriza en términos del tercer párrafo del numeral y ordenamiento citados a los profesionistas que menciona; asimismo, por autorizados para los mismos efectos a la persona indicada en su ocurso de cuenta, en términos del penúltimo párrafo del ordinal y código en mención. Por lo que hace a la devolución del testimonio notarial que exhibe, realícese el cotejo y compulsa del mismo con la copia simple que anexa y devuélvase aquel por conducto de persona autorizada para tal efecto, previa comparecencia y razón que obre en autos como constancia legal. Finalmente, conforme a lo dispuesto por el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece criterios, procedimientos y órganos para garantizar el acceso a la información y posesión de esos órganos del Poder Judicial de la Federación, tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, en concordancia con el artículo 8° de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se hace del conocimiento de las partes el derecho que les asiste para omitir sus datos personales cuando se haga pública la sentencia respectiva que se dicte en el presente asunto, en la inteligencia de que la falta de oposición expresa conlleva su consentimiento para que dicha sentencia se publique sin supresión de datos. Notifíquese; por exhorto a la demandada. Lo proveyó y firma el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, Felipe V Consuelo Soto, ante la Secretaria María del Carmen Araceli Garduño Paredes, que autoriza. Doy fe.” CIUDAD DE MÉXICO, VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS. LA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CUIDAD DE MÉXICO (Firma) MARÍA DEL CARMEN ARACELI GARDUÑO PAREDES EDICTOS QUE SE PUBLICARAN TRES VECES CONSECUTIVAS EN LA GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y EN EL PERIÓDICO EL SOL DE MÉXICO.
  • 33. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
  • 34. 34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:. 1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal, estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30 horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren. 2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. 3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones: I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2; III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo; VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word; VIII. Rotular el disco con el título del documento; IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar; X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de estricta responsabilidad de los solicitantes. 4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso. SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el Índice será la Décima Novena. TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio. AVISO IMPORTANTE Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
  • 35. 31 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
  • 36. 36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 de Mayo de 2016 DIRECTORIO Jefe de Gobierno de la Ciudad de México MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70 Media plana............................................................................................ 943.30 Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.cdmx.gob.mx GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $26.50)