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3er. Parcial de Administración
8. CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO
Un contrato individual de trabajo es un instrumento legal por medio del cual el empleado y el
empleador se obligan mutuamente, el primero a prestar sus servicios personales bajo la
subordinacióndelsegundoyeste apagar pormediode unaremuneraciónlosserviciosque le vana
ser prestados, en él se encuentra establecido las condiciones de trabajo, salarios, prestaciones y
otros detalles que normarán la relación laboral.
Dicho contrato sirve para que los acuerdos que pacten el empleado y el empleador se respeten
hasta sus últimas consecuencias y no existan atropellos en los Derechos de los involucrados.
Existen diversos tipos de contratos individuales de trabajo, dependiendo por ejemplo de la
temporalidad por la que se vayan a prestar sus servicios, entre algunos de ellos se encuentran los
de período a prueba, los de tiempo determinado y los de tiempo indeterminado, entre otros.
Es importante tener en cuenta que el contrato de trabajo no es el medio idóneo para comprobar
todas lascondicionesde trabajoperosi representaunmediode pruebaeficazparacomprobar,en
conjunto con otras pruebas, dichas condiciones, en caso de un conflicto ante las autoridades
laborales, más aun, porque la Ley Federal de Trabajo establece que el empleador está obligado a
conservar un ejemplar del contrato individual de trabajo y a demostrar las condiciones de
contratación de su personal para prevenir conflictos posteriores.
En ese sentidoentendemosque el contratoindividualde trabajo,másel restode ladocumentación
laboral señalada en la Ley Federal de Trabajo representan un conjunto de herramientas
administrativasylegalesconlasque cuentael empleadorparaprotegerlainversiónquerepresenta
el capital de su negocio, por lo tanto, contar con esta documentación es indispensable para todo
emprendedorque se preocupe porel bienestarde sunegocio,de susempleadosyclaroestá de su
dinero.
Contratos: Esundocumentoenel quese establecenlosderechosyobligacionesdetrabajadoras(es)
y empleadoras(es).
Existentres tipos de contratos:
• Contratoindividual de trabajo.(Art.20 LFT).
• Contratocolectivo.(Art.386 LFT).
• Contratoley.(Art.404 LFT).
8.1 Obra determinaday tiempodeterminado
¿POR QUÉ NECESITO DETERMINAR LA TEMPORALIDAD DE LAS RELACIONES DE TRABAJO?
Cuando el volumen de operaciones del negocio va en aumento, la contratación de personal es
necesaria para cumplir con los objetivos. La empresa adquiere el carácter de patrón frente a los
trabajadores que contrate para prestarle un servicio de forma subordinada. Por tal motivo, es un
requisitolegalel determinarlatemporalidadde lasrelacioneslaboralesdependiendodel objetivoy
características de las actividades por desarrollar en su negocio o empresa.
1. Contrato por tiempo determinado. Se origina cuando la naturaleza del trabajo así lo exige o se
realizalasustitucióntemporal de untrabajador. Porejemplo:si se contrata unarecepcionistapara
suplirtemporalmenteala anteriorque acabade dar a luzy goza de incapacidadpormaternidad.Si
el plazo termina, pero sigue la causa que le dio origen a la relación laboral, el contrato puede
prolongarse hastaque se concluyaeltrabajoadesarrollar.Continuandoconel ejemploantescitado,
si existiera alguna complicación en el parto que hiciera prolongar la incapacidad, la secretaria
contratada por tiempo determinado continuaría laborando hasta que la madre trabajadora se
reincorporara en el puesto que tiene en la empresa.
2. Contrato por obra determinada. Cuandoasí loexige lanaturalezadelservicio,se puedenrealizar
contratacionesporobradeterminada. Ejemplo“LaLucecitaS.de R.L.de C.V.”, empresadedicadaal
giro de la confección de vestidos de alta costura, recibió un gran número de pedidos de vestidos
para quinceañeras.Losvestidos debíanentregarseenunplazomáximode unmes.Dadoel volumen
del pedidoylas operacionesnormalesde lostalleres,necesitabapersonal adicional paraagilizarel
procesode confección.Porestemotivodecidiócontratarungrupode costurerasparaesteproyecto
a través de contratos por obra determinado
3. Contrato por tiempoindefinidoo permanente. Es por reglageneral el que se reconoce cuando
no ha sido fijado un tiempo u obra determinada para ejecutar, o bien, cuando se determine que
seráindefinido. Porejemplo,larecepcionistacontratadade formatemporal continuaráenel puesto
desempeñado, ya que la antigua recepcionista decidió no regresar despuésde haberse vencido el
tiempo de incapacidad por maternidad. En ese sentido, el contrato de trabajo de la nueva
recepcionista deberá modificarse para indicar que la relación de trabajo será por tiempo
indeterminado para seguir en ese puesto
8.2 Planta
Si se toma en cuentala naturalezade lasfuncionesoactividadesdesempeñadasporel trabajador,
serán:A) Trabajadoresde confianza,todosaquellosque realicenfuncionesde dirección,inspección,
vigilanciayfiscalización,cuandotengancaráctergeneral,asícomolasquese relacionencontrabajos
personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento; y, B) Trabajadores de base o de
planta, todos aquellos que, por exclusión, no sean de confianza, esto es, los que realizan una
función o actividad normal en la empresa.
8.3 Prestacionessinplanta y con planta
Prestacionesconplanta:
 Tendrántrabajo,mientrassubsistalafuente laboral ytudesempeñoseaoptimo;es
decirpor tiempoindeterminado.
 El contrato esdirectamente el patrón.
 Tendrás acceso a todaslas garantías o derechoslaborales,comoseguro médico,fondo
de ahorro, vacacionespagadas,cajasde préstamo.Etc.
9. SEGUROSOCIAL (LEY)
¿En qué consiste el servicioque me otorga el SeguroSocial?
El InstitutoMexicanodel SeguroSocial tiene comofinalidadel de proporcionaral trabajador y sus
beneficiarios atención médica, medicamentos, guardería, así como el uso de instalaciones
hospitalarias, centros educativos y recreativos.
El IMSS esuna prestaciónlegal,que obligaatodoslospatronesa afiliara sustrabajadoresdesde el
primer día en que ingresan a trabajar.
Por lo tanto, todo trabajador que ingrese a laborar al Instituto tendrá derecho a ser inscrito en el
Seguro Social, y a disfrutar de todos los beneficios que éste ofrece a él y a sus beneficiarios.
¿Qué coberturas ofrece el SeguroSocial a sus asegurados?
 Segurode riesgosde trabajo.
 Segurode enfermedadesymaternidad.
 Segurode invalidezyvida.
 Segurode retiro,cesantía enedadavanzaday vejez.
 Segurode guarderías y prestacionessociales.
Además de los beneficiosgeneralestalescomo:
 Incapacidades.
 Pensiónde invalidez,vejez,cesantíaymuerte.
 Ayudapara gastosde matrimonioyfuneral.
9.1 Avisos,altas, cambios y bajas
Aviso de movimientos afiliatorios ante el IMSS. Homoclave IMSS-02-009 Como patrón, es tu
obligaciónavisaral IMSSlasaltas,reingresosybajasdetustrabajadores,asícomolasmodificaciones
de sus salarios
¿Quién lo puede realizar?
El patrón, sujeto obligado o representante legal.
¿Dónde puedo realizar este trámite?
En línea: Realiza tu trámite en línea aquí http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02009
Las 24 hrs del día, los 365 días del año.
Presencial:EnlaSubdelegaciónque controlaturegistropatronal de lunesa viernesendíashábiles
para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
En línea:
Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital.
Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
Nota: Para el envío de los movimientos afiliatorios de tus trabajadores los puedes realizar por:
Captura de datos (RegistroPatronal,tipode movimiento,Númerode SeguridadSocial (NSS),digito
verificadordel NSS,nombre completodel trabajador,Clave deltrabajador,Clave Únicade Registro
de Población (CURP), Unidad de Medicina Familiar (UMF), salario diario integrado, tipo de
trabajador, tipo de salario, tipo de jornada, fecha de movimiento) o carga de archivo con la
estructura establecida(Estructurade MovimientosAfiliatorios) porel IMSS utilizandolaaplicación
DISPMAG (26Mb).
Presencial:
Aviso de Baja del Trabajador. Original y 2 copias.
Aviso de Inscripción del Trabajador. Original y 2 copias.
Aviso de Modificación de Salario del Trabajador. Original y 2 copias.
Tarjeta de Identificación Patronal (TIP). Original.
Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01). Original y copia
Archivo con la estructura establecida por el IMSS y a través de la aplicación DISPMAG (26Mb).
Nota: Se recibirán los avisos impresos, únicamente si la presentaciónno excede de cinco avisos
afiliatorios.
¿Es necesario llenar algún formato?
Si, http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/formatos/SAIIA.pdf
Requisitarel formatode avisocorrespondiente,yaseade inscripción,de bajaode modificaciónde
salario.
9.2 Coordinaciónde actividadesy requisitos
http://www.imss.gob.mx/servicios-digitales
9.3 Elaboración de expedientes
Expediente:Unidaddocumental constituidaporunoo variosdocumentosde archivoordenadosy
relacionadosporunmismoasunto,actividadotramite del InstitutoMexicanodelSeguroSocial.
9.3.1 Expedientestipo
Expediente clínicoelectrónico:El expediente nosolamentecontiene lainformaciónde cadauno
de nosotros,sinoque tambiénnospermite haceranálisismuycompletosde morbilidad,de
mortalidad,campañasespecíficasde salud,informaciónfinanciera,informaciónlegal,información
que nos permitahacerunamejorplaneaciónparala mejorinversiónde losrecursosdel Institutoa
lolargo del año.
Expediente del trabajador: Para que el patrón cumpla con las disposiciones legales y fiscales que
regulan la relación de trabajo, o sea, la relación obrero-patronal, se recomienda que se creé o
complete un expediente individual del trabajador con lo que a continuación se menciona.
Documentación que deberá contener el expediente individual del trabajador:
 Acta de nacimiento
 Solicitud de empleo
 Cartas de recomendación
 Constancia de no antecedentes penales
 Examen médico
 Aviso o constancia de inscripción al RFC
 Alta en el seguro social
 Credencial de elector
 Comprobante de domicilio actual
 Contrato individual de trabajo
 Descripción de puesto y función, así como, Línea de tramo y control dentro de la
organización, y su responsabilidad dentro de la misma.
 Constancia de la CURP
 Constancias o cédulas que acrediten su capacidad, aptitud o facultad para ejercer su
profesión u oficio.
 Examen de admisión (en su caso)
 Constancia de retención de crédito INFONAVIT
 Constanciade descuentoporotrosconceptosporlosquelaempresaestéobligadaaretener
10. LA EMPRESA CON EL EMPLEADO
10.1 Características
10.2 Vínculosempleado-empresa.
10.3 Problemáticaenestructuraslaborales
A medida que las organizaciones continúan diversificándose,las posibilidades de problemasen el
trabajose intensifican.Lospropietariosygerentesde pequeñasempresassuelenenfrentarseauno
o más de los tres niveles potenciales de conflicto: problemas con los empleados, con el equipoo
con toda la organización.A menudolas causas subyacentesde estosproblemasse debenala falta
de unacomunicaciónabierta,fluidaoporel mal usodelaestructuraorganizativa.Muchasempresas
agravan los problemas al evitar comunicar claramente la ruta de cadena de mandos.
“El CEF ha realizado una encuesta a 1.440 personas durante los meses de noviembre de 2009 y
enero de 2010 para conocer las diez toxinas o comportamientos nocivos que más afectan a las
organizaciones.” (Financieros, Un estudio del Centro de Estudios, 2010)
Los resultados obtenidos revelan que estos males son:
1. La mala comunicación interna (62%)
2. La desmotivación de los empleados (51%)
3. La mala organización del trabajo (49%)
4. La incompetencia como líderes de los directivos (39%)
5. La deficiente distribución de tareas (39%)
6. La desconfianza de los jefes hacia los empleados (35%)
7. El salario igual, sin tener en cuenta el rendimiento individual (35%)
8. El conformismo o apoltronamiento de los empleados (34%)
9. La imposibilidad de desarrollar una carrera profesional (33%)
10. Los rumores (32%) (Financieros, Un estudio del Centro de Estudios, 2010)
“El objetivo principal de este estudio es dar a conocer a quienes dirigen las organizaciones cuáles
son los factores de ineficiencia laboral que lastran el logro de sus mejores resultados. Algo que
adquiere una especial importancia en la actual situación de crisis. Pretendemos que las
organizacionesrealicenunexamende concienciaque lespermitadiagnosticarsuspropiossíntomas
a fin de aplicar el antídoto antes de que la enfermedad se agrave”, (Financieros, Un estudio del
Centro de Estudios, 2010)
10.4 Discrepancias emanadas del factor humano
10.5 Teoría de conflictos
La teoríadel conflictose define comoel enfoque teóricooconjuntode estudiosnosistematizados
que analizan el conflictosocial, surge en 1950 principalmente como respuesta a la estática del
estructural funcionalismo, y también está vinculada a las escuelas de negociación y a la teoríade
juegos.
10.6 Etiología
Derivadel griego“aitiologia”que quiere decir“dar una razón para”; se conoce como Etiologíaa la
cienciaencargadadel estudioyanálisisde lascausas o procedenciasde lascosas.Este conceptoes
utilizado mayormente en la medicina para de esta forma detectar la causa de las enfermedades
partiendodel puntode haber conocidosusefectosy el porqué de losmismos.Desde losiniciosen
que laspersonasvisitanlosdoctoreselmismohace laspreguntasde rigorparadetectarlacausadel
porqué de laenfermedadporlacual asiste el paciente yesallídonde entraenplenitudel concepto
de Etiología el cual utilizara el galeno para saber dónde, cuando, y desde que instante siente los
síntomas.
10.7 Casos y soluciones
10.8 Barreras
Crearunexcelente lugarde trabajonoesunatareafácil.Implica,porunaparte,implementarnuevas
prácticas y procesos dirigidos a forjar una cultura sólida de confianza y por otro lado, analizar
aquellos factores que actúan de manera negativa en la generación de confianza y compromiso, o
que significan barreras que impiden llevar a cabo las iniciativas en pro de un buen clima
organizacional.
10.9 Resistencia al cambio
Según el resultado de diversas investigaciones,las organizacionesy sus miembros se resisten al
cambio. La resistencia al cambio puede ser una fuente de conflicto funcional. Por ejemplo, la
resistenciaaunplande reorganizaciónoa uncambiode unalíneade productopuede estimularun
debate saludable sobre los méritos de la idea y dar como resultado una mejor decisión.
La resistencia al cambio tiene una desventaja: Obstaculiza la adaptación y el progreso.
La resistencia al cambio no surge en formas estandarizadas. La resistencia puede ser abierta,
implícita,inmediataodiferida.Esmucho másfácil para la direccióntratarcon laresistenciacuando
es abiertae inmediata.El mayorreto para la gerenciaesmanejarla resistenciaimplícitaodiferida.
Los esfuerzos de la resistencia implícita son más sutiles: perdida de la lealtad a la organización,
perdida de la motivación a trabajar, incremento de errores, aumento en el ausentismo debido a
“enfermedad” y es por tanto más difícil de reconocer.
10.10 Desadaptación
Desaparición de la facultad de responder eficazmente a una situación nueva o a un conflicto. El
individuodesadaptado es incapaz de enfrentarse a las tensiones de la vida en sociedad y a sus
exigenciaspsíquicas y físicas. En la vida colectiva y social, la desadaptación se ve favorecida por
el estrés y la exclusión, y esta situación puede conducir a la marginalidad.
11. PRESUPUESTOS PARA UN DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
11.1 aplicacionesy usos
La responsabilidaddelprofesionalde RRHHesalinearelpresupuestodel departamentode Recursos
Humanoscon las metasorganizacionales estratégicasdentrode laspautasylos procedimientosde
la organización. Esto es particularmente importante para garantizar que los RRHH sean percibidos
como un socio estratégico capaz de justificar los gastos y vincular las actividades de RRHH con el
programa general de trabajo de la organización.
Tambiénes importante debidoaque losRRHH, con frecuencia,sonpercibidoscomoun centrode
costos, en vez de una función generadora de ingresos y, por consiguiente, pueden ser percibidos
como un área donde los costos pueden recortarse con mayor facilidad. Un presupuesto de RRHH
bien planificado y documentado demuestra una consideración atenta de los gastos directamente
vinculados a los programas y actividades de la organización
El proceso de elaboración del presupuestode RRHH
La elaboración del presupuesto implica la recopilación sistemática de información y datos para
poderproyectarlasfinanzasnecesariasparasustentarlosobjetivosde unaorganización. Lamayoría
de lasorganizacionestiene algunaclase de procesoparaelaborarunpresupuesto. Losdosmétodos
comunes son:
• Presupuestoincremental:mediante el usodel presupuestoactual,se desarrollaunpresupuesto
nuevoal realizarajustesascendentesodescendentesacada partida con base en las expectativas.
• Presupuesto a partir de cero: cada partida incluida en el presupuesto deberá estar justificada
antes de ser incorporada; por consiguiente, el proceso comienza con un programa en blanco. La
elaboración del presupuesto requiere de la recopilación de muchas formas de datos. Desde una
perspectiva de RRHH, entre los datos necesarios para crear un presupuesto nuevose incluyen los
siguientes:
Número de miembros del personal proyectados para el próximo año.
Aumentos o proyecciones de los costos de las prestaciones.
Tasa de rotación proyectada.
Los costos reales incurridos en el año en curso.
Programas y prestaciones nuevos planificados.
Otros cambios en las políticas, estrategias empresariales, leyes o reglamentos que puedan tener
impacto en los costos.
Ingresos de RRHH (a través de consultoría, ahorros [de la remuneración, prestaciones, reducción
de la rotación, costos de capacitación, etc.], alquiler, etc.).
Conoce tus derechos laborales
Las prestacionesque se señalaneneste apartado son lasmínimasque establece laLeyFederal del
Trabajo, recordándote que la presente información se trata de una guía, para más información
acércate a la PROFEDET. Todos nuestros servicios son gratuitos
Aguinaldo
Concepto:Cantidadque debe serpagadapor el patrón a cada uno de sus trabajadoresenel mes
de diciembre.
¿Quiéntiene derechoa recibir el aguinaldo?
A) Todo trabajadorenactivo.
B) Todoextrabajador, aunque nohayalaboradoel añocompleto.
Salario que se debe considerar para su pago
El salarioque ordinariamente percibenlostrabajadoresporundía laborado(salariobase) yque
recibenal momentoenque debapagarse estaprestación.
¿Qué cantidad deborecibir?
A) Debe decir:Los trabajadorestendránderechoaunaguinaldoanual equivalente a15 días de
salario,porlo menos.
B) Si no laboraste el añocompleto,tienesderechoaque se te pague la parte proporcional, de
acuerdocon el tiempotrabajadodurante el año.
¿Cuándo se paga?
A) Si erestrabajadoractivoantesdel 20 de diciembre.
B) Si eresextrabajadorse debe pagarenla fechade la terminaciónde larelaciónlaboral.
¿Qué pasa si no te lopagan?
Podrásacudir a la PROFEDET,donde unabogado te brindaráasesoría legal,gratuitay
personalizada.
¿Qué tiempo tienespara reclamarlo, si no te lo pagan?
Un año a partirde que éste esexigible.
Vacacionesy Prima Vacacional
Concepto:
Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima
vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.
Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima
vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.
Periodo vacacional: Cuando se cumpla más de un año de servicios,se tendrá derecho a 6 días de
vacaciones por lo menos.
A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las
vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente.
A partirdel quintoañode servicios,aumentaráen2díasde vacacionesporcada5añosde servicios.
Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días
trabajados en el año.
Cuando se cumpla más de un año de servicios, se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo
menos.
A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las
vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente.
A partirdel quintoañode servicios, aumentaráen2díasde vacacionesporcada5añosde servicios.
Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días
trabajados en el año.
El disfrute de los días de vacaciones
Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos.
Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos.
¿Quién determina el periodo vacacional?
El patróndeterminalasfechasenlasque el trabajadordisfrutaráde sus vacaciones,dentrode los6
meses siguientes al cumplir cada año de servicio.
El patróndeterminalasfechasenlasque el trabajadordisfrutaráde susvacaciones,dentrode los6
meses siguientes al cumplir cada año de servicio.
¿Cuánto me corresponde?
Por vacaciones el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado.
Por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones.
Por vacaciones el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado.
Por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones.
¿Qué pasa si no te pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te las pagan?
Un año a partir de que éstas sean exigibles.
Un año a partir de que éstas sean exigibles.
Prima Dominical
Concepto:
Monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el domingo, cuando tenga como
descanso cualquier otro día de la semana.
¿Cuál es el monto por recibir?
El 25% sobre el salario ordinario diario (salario base).
¿Qué pasa si no te pagan?
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¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Días de descanso
Concepto:
Día de descanso semanal, derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por
cada seis laborados.
Día de descansoobligatorio,derechoque tieneel trabajadoradisfrutarconforme al calendarioque
establece la ley.
Descanso semanal
Por cada seis días de trabajo, el trabajador disfrutará de un día de descanso, con goce de salario
íntegro.
En trabajosque requieranunalaborcontinua,el patrónfijarálosdíasenque lostrabajadoresdeban
disfrutar de los descansos semanales.
Días de descanso obligatorios
El 1o. de enero;
El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
El 1o. de mayo;
El 16 de septiembre;
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal;
El 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de
elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Pago de los días de descanso
Cuando el trabajador labore los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, el
patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el
descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de la semana, o cuando en el
mismodía o en la mismasemanapreste susserviciosavariospatrones,tendráderechoaque se le
pague laparte proporcional del salariode losdíasde descanso,calculadasobre elsalariode losdías
en que hubiese trabajado.
¿Qué pasa si no te pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Licencia de Maternidad
Concepto:
Derechoque tienenlasmujerestrabajadorasantesydespuésdelpartoparanoasistirasuslabores,
con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante.
¿En qué consiste?
A) La trabajadora embarazada disfrutará de un descanso de seis semanas anteriores y seis
posteriores al parto.
B) Porexcepción,se podrántransferirhastacuatrode lasseissemanasde descansopreviasal parto,
para disfrutarlas con posterioridad al mismo, siempre y cuando la trabajadora lo solicite, exista
autorización del médico de la institución de seguridad social y la opinión del patrón.
C) En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención
médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa
presentación del certificado médico correspondiente.
¿Quién tiene derecho?
La mujer trabajadora embarazada.
¿Cómo se paga?
Durante el periodo de licencia percibirá su salario íntegro.
¿Qué pasa si no te pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Licencia de adopción
Concepto:
Derechoque tienenlasmujerestrabajadorasencasode adopción,paranoasistirasuslabores,con
el objeto del cuidado del infante.
¿En qué consiste?
En un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día que reciba al infante.
¿Quién tiene derecho?
La mujer trabajadora que haya adoptado a un infante.
¿Cómo se paga?
Durante el periodo de licencia percibirá su salario íntegro.
¿Qué pasa si no te pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoría legal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Periodo de lactancia
Concepto
Tiempodurante el cual las madrestrabajadorastienenderechoareposoparaalimentara sushijos
después del nacimiento.
¿En qué consiste?
En dos reposos extraordinarios por día en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa,
los cuales serán de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, o bien, cuando esto no sea
posible,previoacuerdocon el patrón se reducirá enuna hora su jornadade trabajo ensustitución
de los periodos de reposo.
Periodo a disfrutar
Por el término de seis meses máximo a partir del nacimiento del infante.
¿Qué pasa si no te lo otorgan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Licencias de paternidad y adopción
Concepto
Permiso que tienen los hombres trabajadores para no asistir al desempeño de sus labores por el
nacimiento de su hijo o en el caso de la adopción de un infante.
Periodo de las licencias
Los hombres trabajadores tendrán derecho a un descanso de cinco días laborables a partir del
nacimiento de su hijo.
En caso de adopcióndisfrutará de descanso de cinco días posteriores al día que reciba al infante.
¿Cómo se paga?
Con el salario íntegro.
¿Qué pasa si no te lo otorgan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal, gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te los otorgan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Prima de antigüedad
Concepto:
Pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta, por el tiempo laborado al servicio del
patrón.
¿En qué consiste?
En el importe de doce días de salario por cada año de servicio.
En caso de que no se labore el añocompleto,se pagarásuparte proporcional de acuerdoal tiempo
trabajado durante el año.
¿Quién tiene derecho a recibirla?
A) El trabajadorque se separe voluntariamente de suempleo,siempre que hayalaborado15 años
o más.
B) El trabajador que decida separarse por causa justificada generada por el patrón.
C) El trabajador que sea separado sin causa justificada por su patrón (despido injustificado).
D) El trabajador que sea separado por causa justificada generada por él mismo.
E) En caso de muerte del trabajador, se paga a sus beneficiarios.
Salario que se debe considerarse para su pago
El que perciba el trabajador al momentode la separación,siempre que no sea mayor al doble del
salario mínimo.
Si el trabajador percibe un salario superior al doble del salario mínimo, éste será el salario que se
debe considerar para el pago de la prima de antigüedad.
¿Qué pasa si no te lo pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamarlo, si no te la pagan?
Un año a partir de que ésta sea exigible.
Prestaciones derivadas por renuncia
Concepto de renuncia
Facultaddel trabajadorparadarporterminadavoluntariamentelarelaciónde trabajo,porconvenir
así a sus intereses.
Prestaciones a las que tengo derecho
A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados;
B) Aguinaldo;
C) Vacaciones;
D) Prima vacacional;
E) Participación de utilidades adeudadas;
F) Prima de antigüedad, siempre que haya laborado 15 años o más.
¿Qué pasa si no te las pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamarlas, si no te las pagan?
A) Un año a partir de la renuncia.
B) En caso del pagode laparticipaciónde utilidadesseráde unañoa partirde que sean exigibles.
Prestaciones que se generan por despido injustificado
Concepto de despido injustificado:
Terminación unilateral de la relación de trabajo por parte del patrón, sin causa justificada.
Prestaciones a las que tengo derecho:
Únicamente podrá optar por una de las prestaciones marcadas en los numerales 1 y 2, que a
continuación se señalan:
1.- Indemnizaciónconstitucional,consistenteenelpagode tresmesesde salariointegradoyelpago
de las siguientes prestaciones:
A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados;
B) Aguinaldo;
C) Vacaciones;
D) Prima vacacional;
E) Participación de utilidades adeudadas;
F) Prima de antigüedad;
G) Salarios vencidos;
2.- Reinstalación,consistenteenlareincorporaciónasuslaboresenlasmismascondicionesenque
prestaba sus servicios hasta antes del despido y el pago de las siguientes prestaciones:
A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados;
B) Aguinaldo;
C) Vacaciones;
D) Prima vacacional;
E) Participación de utilidades adeudadas;
F) Reconocimiento de antigüedad del tiempo que permanezca separado;
G) Salarios vencidos;
H) Aportaciones de seguridad social.
¿Qué puedes hacer en caso de despido injustificado?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para hacer valer tu derecho por despido injustificado?
Dos meses a partir de la fecha del despido.
Participación de utilidades
Concepto:
Derechoque tienenlostrabajadoresarecibirunaparte de lasgananciasobtenidasporsupatrónen
el año anterior, por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
¿Cuándo procede el pago?
Cuandoel patrón tuvo uningresoanual declaradoal impuestosobre la renta mayor a $300,000.00
en el ejercicio fiscal anterior.
¿Quién tiene derecho?
Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón.
¿Quién no tiene derecho?
A) Lostrabajadoreseventualesque hayanlaboradomenosde sesentadíasdurante elejerciciofiscal
correspondiente.
B) Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
C) Los trabajadores domésticos.
D) Socios o accionistas de la empresa.
E) Prestadores de servicios por honorarios.
Para determinar el reparto de utilidades, se requiere:
1.- Verificar que el patrón haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior.
2.- Que se haya constituido la Comisión Mixta de Utilidades en la Empresa (integrada por igual
número de representantes del patrón y de los trabajadores).
3.- Que se haya determinado la partición individual a cada trabajador.
¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?
A) Los trabajadoresparticiparánenlasutilidadesdel patrónde conformidadconel porcentaje que
determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las
Empresas (el cual a la fecha asciende al 10% de las utilidades netas).
B) La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual
entre todoslostrabajadores,tomandoenconsideraciónel númerode díastrabajadosporcadauno
enel año,independientemente del montode lossalarios.Lasegundase repartiráenproporciónal
monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
C) Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria.
Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones
obtenidas en el año.
D) Los trabajadores de confianza que no sean directores, administradores y gerentes generales,
participarán en las utilidades de las empresas, pero si su salario es superior al del trabajador
sindicalizado de más alto salario, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento,
como salario máximo.
E) El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas físicas cuyos ingresos
deriven exclusivamente de su trabajo, no podrá exceder de un mes de salario.
F) Los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus
intereses, no podrá exceder de un mes de salario.
¿Qué empresa no están obligadas al reparto de utilidades?
1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo,durante los
dos primeros años de funcionamiento.
3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad
particularejecutenactosconfineshumanitariosde asistencia,sinpropósitos de lucroysindesignar
individualmente a los beneficiarios.
5. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines
culturales, asistenciales o de beneficencia.
¿Cuándo se paga?
A) Del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de empresas.
B) Del 1 de mayo al 29 de junio tratándose de personas físicas.
¿Qué pasa si no te lo pagan?
Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada.
¿Qué tiempo tienes para reclamarlo, si no te lo pagan?
Un año a partir de que éste es exigible.
Contratos
Es un documento en el que se establecen los derechos y obligaciones de trabajadoras(es) y
empleadoras(es).
Existen tres tipos de contratos:
• Contrato individual de trabajo. (Art. 20 LFT).
• Contrato colectivo. (Art. 386 LFT).
• Contrato ley. (Art. 404 LFT).
Medidas para evitar abusos en las nuevas modalidades de contratación:
• Contratos por escrito y por una sola vez.
• Contratos improrrogables.
• Mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores, con seguridad social.
• No podrán aplicarse en forma simultánea o sucesiva ni en más de una ocasión.
• Nopodránaplicarse al mismotrabajadorenformasimultáneaosucesiva,ni enmásdeunaocasión
los periodos de prueba o capacitación inicial.
• Al término del periodo de prueba, de no acreditar el trabajador que satisface los requisitos y
conocimientos necesarios, se dará por terminada la relación de trabajo tomando en cuenta la
opinión de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
Todas ellas con salario, prestaciones, seguridad social y cómputo de antigüedad.
Salarios
Es la retribución que debe pagar la empresa o patrón al trabajador por su trabajo. (Art. 82 LFT).
El salario mínimo es la retribución más baja que puede recibir el trabajador por sus servicios
prestados en una jornada de trabajo.
La leypermite al patrónhacerdeduccionesal salariode lostrabajadoresa cambiode algúntipode
prestación, siempre y cuando sea un beneficio superior a la cantidad descontada.
Jornada de trabajo
Hay tres tipos de jornadas:
• Jornada diurna: ocho horas laborales, entre las 6:00 hrs., y las 20:00 hrs.
• Jornada nocturna: siete horas laborales, entre las 20:00 hrs y las 6:00 hrs.
• Jornadamixta:siete horasy medialaborales,comprendidas entre el horario diurno y nocturno.
Existenademáslasjornadasextraordinarias,quedebencontarconel consentimientodeltrabajador
y pueden ser de la siguiente forma:
• Máximo tres horas diarias y deben ser pagadas al doble.
• El límite son tres veces por semana.
• Si se labora más tiempo, se debe de pagar al triple.
(Artículos del 58 al 68 LFT).
Aguinaldo
Por ley, el trabajador debe recibir mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre (ART. 87
LFT).
Si no se laboróel añocompleto,corresponde laparte proporcional,inclusoaunque yanose labore
en el centro de trabajo.
Para saber cuánto te toca de aguinaldo, haz lo siguiente:
• Divide tu salario mensual sin prestaciones entre 30 días.
• Multiplicael resultadoporlosdías de aguinaldoque te otorgue laempresaopatrón (mínimoson
15 días).
Vacaciones y Prima Vacacional
El trabajador tiene derecho a vacaciones después de haber trabajado un año, y le corresponden
como mínimo seis días (Art. 76 LFT).
Posteriormente,cadaañoque se labore,se debenaumentardosdíasde vacaciones,hastaobtener
12. De ahí enadelante,se aumentarándosdíasvacacionalesdespuésde cadacincoañoslaborados.
Además,el trabajadordebe recibir,porlosdíasde vacaciones, su salario diario más un 25% extra.
Días de descanso
Por ley,alasemanase tiene derechoaundía de descansoporcada seisdíasde trabajo,ademásde
los días de descanso obligatorios (conocidos como feriados).
Si se trabaja en un día de descansoobligatorio,se debe pagaral doble independientemente de su
salario.Porejemplo,si el trabajadorgana100pesosdiariossele pagaránlos100pesos,perorecibirá
200 adicionales, lo que da un total de 300 pesos (Art. 75 LFT).
El trabajador no tiene obligaciónde trabajar losdías de descanso,salvoque el patrón y trabajador
lo acuerde. En ese caso, deberá ser remunerado como se describe en el párrafo anterior.
Si se labora los domingos, la empresa o patrón debe pagar ese día, con un 25% adicional como
mínimo (prima dominical).
(Artículos 69, 71 y 73 LFT).
Finiquito
El finiquito es el documento con el que tanto el trabajador como el patrón dan por terminada la
relación laboral voluntariamente y confirman que no hay pagos o trabajo pendientes.
El trabajador recibirá por finiquito la suma de:
• Los días trabajados en el mes.
• Parte proporcional de aguinaldo.
• Las vacaciones no disfrutadas correspondientes al tiempo trabajado.
• Prima vacacional.
• Prima de antigüedad y otras prestaciones no cubiertas, de acuerdo con su contrato.
La firma del finiquito no es obligatoria para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de
acuerdo, no tiene que firmar.
(Artículos: 47, 48, 76, 79, 80, 87 y 162 LFT).
Reparto de Utilidades
El reparto de utilidades es un pago adicional al salario que realizan los centros de trabajo cuando
han tenidogananciasenel año.Se paga durante los mesesde mayoy junio,sobre loque obtuvola
empresa el año anterior.
Este derecho es un reconocimiento a los trabajadores por su aportación en la producción de
utilidades de su centro de trabajo.
(Artículos 117 al 131 LFT).
Antigüedad y ascensos
En un centro de trabajo, la persona con mayor antigüedad tiene preferencia en las promociones
laborales. (Artículos 158 y 159 LFT).
Apoyo para estudios
La empresao patróndebe brindarapoyo económicoparala preparacióndel trabajadoro la de sus
hijos. (Art. 132 LFT).
Crédito Infonacot
Tú puedes obtener de forma fácil y rápida el crédito FONACOT, sólo es necesario:
• Ser empleado mayor a 18 años.
• Antigüedad de uno a tres años como mínimo en tu trabajo actual (de acuerdo a políticas del
Instituto FONACOT).
• Que tu empresa esté afiliada.
Puedes disponer del crédito, a través de la Tarjeta FONACOT o en efectivo por transferencia a tu
cuentabancaria, conlosbeneficiosde interesesmásbajosdelmercadoyconlacomodidadde pagar
tu crédito vía nómina.
Seguridad e Higiene
Condiciones apropiadas del centro laboral
El trabajadordebe contar con un ambiente de trabajosano,donde nohaya peligrode adquiriruna
enfermedadosufrirun accidente.El trabajadortambiéntiene derechoa que el patrón o empresa
le proporcione el equipo adecuado para realizar su trabajo. (Art. 423 LFT).

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Contratos y recursos humanos

  • 1. 3er. Parcial de Administración 8. CONTRATOS INDIVIDUALES DE TRABAJO Un contrato individual de trabajo es un instrumento legal por medio del cual el empleado y el empleador se obligan mutuamente, el primero a prestar sus servicios personales bajo la subordinacióndelsegundoyeste apagar pormediode unaremuneraciónlosserviciosque le vana ser prestados, en él se encuentra establecido las condiciones de trabajo, salarios, prestaciones y otros detalles que normarán la relación laboral. Dicho contrato sirve para que los acuerdos que pacten el empleado y el empleador se respeten hasta sus últimas consecuencias y no existan atropellos en los Derechos de los involucrados. Existen diversos tipos de contratos individuales de trabajo, dependiendo por ejemplo de la temporalidad por la que se vayan a prestar sus servicios, entre algunos de ellos se encuentran los de período a prueba, los de tiempo determinado y los de tiempo indeterminado, entre otros. Es importante tener en cuenta que el contrato de trabajo no es el medio idóneo para comprobar todas lascondicionesde trabajoperosi representaunmediode pruebaeficazparacomprobar,en conjunto con otras pruebas, dichas condiciones, en caso de un conflicto ante las autoridades laborales, más aun, porque la Ley Federal de Trabajo establece que el empleador está obligado a conservar un ejemplar del contrato individual de trabajo y a demostrar las condiciones de contratación de su personal para prevenir conflictos posteriores. En ese sentidoentendemosque el contratoindividualde trabajo,másel restode ladocumentación laboral señalada en la Ley Federal de Trabajo representan un conjunto de herramientas administrativasylegalesconlasque cuentael empleadorparaprotegerlainversiónquerepresenta el capital de su negocio, por lo tanto, contar con esta documentación es indispensable para todo emprendedorque se preocupe porel bienestarde sunegocio,de susempleadosyclaroestá de su dinero. Contratos: Esundocumentoenel quese establecenlosderechosyobligacionesdetrabajadoras(es) y empleadoras(es). Existentres tipos de contratos: • Contratoindividual de trabajo.(Art.20 LFT). • Contratocolectivo.(Art.386 LFT). • Contratoley.(Art.404 LFT). 8.1 Obra determinaday tiempodeterminado ¿POR QUÉ NECESITO DETERMINAR LA TEMPORALIDAD DE LAS RELACIONES DE TRABAJO? Cuando el volumen de operaciones del negocio va en aumento, la contratación de personal es necesaria para cumplir con los objetivos. La empresa adquiere el carácter de patrón frente a los trabajadores que contrate para prestarle un servicio de forma subordinada. Por tal motivo, es un
  • 2. requisitolegalel determinarlatemporalidadde lasrelacioneslaboralesdependiendodel objetivoy características de las actividades por desarrollar en su negocio o empresa. 1. Contrato por tiempo determinado. Se origina cuando la naturaleza del trabajo así lo exige o se realizalasustitucióntemporal de untrabajador. Porejemplo:si se contrata unarecepcionistapara suplirtemporalmenteala anteriorque acabade dar a luzy goza de incapacidadpormaternidad.Si el plazo termina, pero sigue la causa que le dio origen a la relación laboral, el contrato puede prolongarse hastaque se concluyaeltrabajoadesarrollar.Continuandoconel ejemploantescitado, si existiera alguna complicación en el parto que hiciera prolongar la incapacidad, la secretaria contratada por tiempo determinado continuaría laborando hasta que la madre trabajadora se reincorporara en el puesto que tiene en la empresa. 2. Contrato por obra determinada. Cuandoasí loexige lanaturalezadelservicio,se puedenrealizar contratacionesporobradeterminada. Ejemplo“LaLucecitaS.de R.L.de C.V.”, empresadedicadaal giro de la confección de vestidos de alta costura, recibió un gran número de pedidos de vestidos para quinceañeras.Losvestidos debíanentregarseenunplazomáximode unmes.Dadoel volumen del pedidoylas operacionesnormalesde lostalleres,necesitabapersonal adicional paraagilizarel procesode confección.Porestemotivodecidiócontratarungrupode costurerasparaesteproyecto a través de contratos por obra determinado 3. Contrato por tiempoindefinidoo permanente. Es por reglageneral el que se reconoce cuando no ha sido fijado un tiempo u obra determinada para ejecutar, o bien, cuando se determine que seráindefinido. Porejemplo,larecepcionistacontratadade formatemporal continuaráenel puesto desempeñado, ya que la antigua recepcionista decidió no regresar despuésde haberse vencido el tiempo de incapacidad por maternidad. En ese sentido, el contrato de trabajo de la nueva recepcionista deberá modificarse para indicar que la relación de trabajo será por tiempo indeterminado para seguir en ese puesto 8.2 Planta Si se toma en cuentala naturalezade lasfuncionesoactividadesdesempeñadasporel trabajador, serán:A) Trabajadoresde confianza,todosaquellosque realicenfuncionesde dirección,inspección, vigilanciayfiscalización,cuandotengancaráctergeneral,asícomolasquese relacionencontrabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento; y, B) Trabajadores de base o de planta, todos aquellos que, por exclusión, no sean de confianza, esto es, los que realizan una función o actividad normal en la empresa.
  • 3. 8.3 Prestacionessinplanta y con planta Prestacionesconplanta:  Tendrántrabajo,mientrassubsistalafuente laboral ytudesempeñoseaoptimo;es decirpor tiempoindeterminado.  El contrato esdirectamente el patrón.  Tendrás acceso a todaslas garantías o derechoslaborales,comoseguro médico,fondo de ahorro, vacacionespagadas,cajasde préstamo.Etc. 9. SEGUROSOCIAL (LEY) ¿En qué consiste el servicioque me otorga el SeguroSocial? El InstitutoMexicanodel SeguroSocial tiene comofinalidadel de proporcionaral trabajador y sus beneficiarios atención médica, medicamentos, guardería, así como el uso de instalaciones hospitalarias, centros educativos y recreativos. El IMSS esuna prestaciónlegal,que obligaatodoslospatronesa afiliara sustrabajadoresdesde el primer día en que ingresan a trabajar. Por lo tanto, todo trabajador que ingrese a laborar al Instituto tendrá derecho a ser inscrito en el Seguro Social, y a disfrutar de todos los beneficios que éste ofrece a él y a sus beneficiarios. ¿Qué coberturas ofrece el SeguroSocial a sus asegurados?  Segurode riesgosde trabajo.  Segurode enfermedadesymaternidad.  Segurode invalidezyvida.  Segurode retiro,cesantía enedadavanzaday vejez.  Segurode guarderías y prestacionessociales. Además de los beneficiosgeneralestalescomo:  Incapacidades.  Pensiónde invalidez,vejez,cesantíaymuerte.  Ayudapara gastosde matrimonioyfuneral. 9.1 Avisos,altas, cambios y bajas
  • 4. Aviso de movimientos afiliatorios ante el IMSS. Homoclave IMSS-02-009 Como patrón, es tu obligaciónavisaral IMSSlasaltas,reingresosybajasdetustrabajadores,asícomolasmodificaciones de sus salarios ¿Quién lo puede realizar? El patrón, sujeto obligado o representante legal. ¿Dónde puedo realizar este trámite? En línea: Realiza tu trámite en línea aquí http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02009 Las 24 hrs del día, los 365 días del año. Presencial:EnlaSubdelegaciónque controlaturegistropatronal de lunesa viernesendíashábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas. ¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características? En línea: Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital. Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Nota: Para el envío de los movimientos afiliatorios de tus trabajadores los puedes realizar por: Captura de datos (RegistroPatronal,tipode movimiento,Númerode SeguridadSocial (NSS),digito verificadordel NSS,nombre completodel trabajador,Clave deltrabajador,Clave Únicade Registro de Población (CURP), Unidad de Medicina Familiar (UMF), salario diario integrado, tipo de trabajador, tipo de salario, tipo de jornada, fecha de movimiento) o carga de archivo con la estructura establecida(Estructurade MovimientosAfiliatorios) porel IMSS utilizandolaaplicación DISPMAG (26Mb). Presencial: Aviso de Baja del Trabajador. Original y 2 copias. Aviso de Inscripción del Trabajador. Original y 2 copias. Aviso de Modificación de Salario del Trabajador. Original y 2 copias. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP). Original. Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01). Original y copia Archivo con la estructura establecida por el IMSS y a través de la aplicación DISPMAG (26Mb). Nota: Se recibirán los avisos impresos, únicamente si la presentaciónno excede de cinco avisos afiliatorios. ¿Es necesario llenar algún formato? Si, http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/pdf/formatos/SAIIA.pdf Requisitarel formatode avisocorrespondiente,yaseade inscripción,de bajaode modificaciónde salario.
  • 5. 9.2 Coordinaciónde actividadesy requisitos http://www.imss.gob.mx/servicios-digitales 9.3 Elaboración de expedientes Expediente:Unidaddocumental constituidaporunoo variosdocumentosde archivoordenadosy relacionadosporunmismoasunto,actividadotramite del InstitutoMexicanodelSeguroSocial. 9.3.1 Expedientestipo Expediente clínicoelectrónico:El expediente nosolamentecontiene lainformaciónde cadauno de nosotros,sinoque tambiénnospermite haceranálisismuycompletosde morbilidad,de mortalidad,campañasespecíficasde salud,informaciónfinanciera,informaciónlegal,información que nos permitahacerunamejorplaneaciónparala mejorinversiónde losrecursosdel Institutoa lolargo del año. Expediente del trabajador: Para que el patrón cumpla con las disposiciones legales y fiscales que regulan la relación de trabajo, o sea, la relación obrero-patronal, se recomienda que se creé o complete un expediente individual del trabajador con lo que a continuación se menciona. Documentación que deberá contener el expediente individual del trabajador:  Acta de nacimiento  Solicitud de empleo  Cartas de recomendación  Constancia de no antecedentes penales  Examen médico  Aviso o constancia de inscripción al RFC  Alta en el seguro social  Credencial de elector  Comprobante de domicilio actual  Contrato individual de trabajo  Descripción de puesto y función, así como, Línea de tramo y control dentro de la organización, y su responsabilidad dentro de la misma.  Constancia de la CURP  Constancias o cédulas que acrediten su capacidad, aptitud o facultad para ejercer su profesión u oficio.  Examen de admisión (en su caso)  Constancia de retención de crédito INFONAVIT  Constanciade descuentoporotrosconceptosporlosquelaempresaestéobligadaaretener
  • 6. 10. LA EMPRESA CON EL EMPLEADO 10.1 Características 10.2 Vínculosempleado-empresa. 10.3 Problemáticaenestructuraslaborales A medida que las organizaciones continúan diversificándose,las posibilidades de problemasen el trabajose intensifican.Lospropietariosygerentesde pequeñasempresassuelenenfrentarseauno o más de los tres niveles potenciales de conflicto: problemas con los empleados, con el equipoo con toda la organización.A menudolas causas subyacentesde estosproblemasse debenala falta de unacomunicaciónabierta,fluidaoporel mal usodelaestructuraorganizativa.Muchasempresas agravan los problemas al evitar comunicar claramente la ruta de cadena de mandos. “El CEF ha realizado una encuesta a 1.440 personas durante los meses de noviembre de 2009 y enero de 2010 para conocer las diez toxinas o comportamientos nocivos que más afectan a las organizaciones.” (Financieros, Un estudio del Centro de Estudios, 2010) Los resultados obtenidos revelan que estos males son: 1. La mala comunicación interna (62%) 2. La desmotivación de los empleados (51%) 3. La mala organización del trabajo (49%) 4. La incompetencia como líderes de los directivos (39%) 5. La deficiente distribución de tareas (39%) 6. La desconfianza de los jefes hacia los empleados (35%) 7. El salario igual, sin tener en cuenta el rendimiento individual (35%) 8. El conformismo o apoltronamiento de los empleados (34%) 9. La imposibilidad de desarrollar una carrera profesional (33%) 10. Los rumores (32%) (Financieros, Un estudio del Centro de Estudios, 2010) “El objetivo principal de este estudio es dar a conocer a quienes dirigen las organizaciones cuáles son los factores de ineficiencia laboral que lastran el logro de sus mejores resultados. Algo que adquiere una especial importancia en la actual situación de crisis. Pretendemos que las organizacionesrealicenunexamende concienciaque lespermitadiagnosticarsuspropiossíntomas a fin de aplicar el antídoto antes de que la enfermedad se agrave”, (Financieros, Un estudio del Centro de Estudios, 2010) 10.4 Discrepancias emanadas del factor humano
  • 7. 10.5 Teoría de conflictos La teoríadel conflictose define comoel enfoque teóricooconjuntode estudiosnosistematizados que analizan el conflictosocial, surge en 1950 principalmente como respuesta a la estática del estructural funcionalismo, y también está vinculada a las escuelas de negociación y a la teoríade juegos. 10.6 Etiología Derivadel griego“aitiologia”que quiere decir“dar una razón para”; se conoce como Etiologíaa la cienciaencargadadel estudioyanálisisde lascausas o procedenciasde lascosas.Este conceptoes utilizado mayormente en la medicina para de esta forma detectar la causa de las enfermedades partiendodel puntode haber conocidosusefectosy el porqué de losmismos.Desde losiniciosen que laspersonasvisitanlosdoctoreselmismohace laspreguntasde rigorparadetectarlacausadel porqué de laenfermedadporlacual asiste el paciente yesallídonde entraenplenitudel concepto de Etiología el cual utilizara el galeno para saber dónde, cuando, y desde que instante siente los síntomas. 10.7 Casos y soluciones 10.8 Barreras Crearunexcelente lugarde trabajonoesunatareafácil.Implica,porunaparte,implementarnuevas prácticas y procesos dirigidos a forjar una cultura sólida de confianza y por otro lado, analizar aquellos factores que actúan de manera negativa en la generación de confianza y compromiso, o que significan barreras que impiden llevar a cabo las iniciativas en pro de un buen clima organizacional. 10.9 Resistencia al cambio
  • 8. Según el resultado de diversas investigaciones,las organizacionesy sus miembros se resisten al cambio. La resistencia al cambio puede ser una fuente de conflicto funcional. Por ejemplo, la resistenciaaunplande reorganizaciónoa uncambiode unalíneade productopuede estimularun debate saludable sobre los méritos de la idea y dar como resultado una mejor decisión. La resistencia al cambio tiene una desventaja: Obstaculiza la adaptación y el progreso. La resistencia al cambio no surge en formas estandarizadas. La resistencia puede ser abierta, implícita,inmediataodiferida.Esmucho másfácil para la direccióntratarcon laresistenciacuando es abiertae inmediata.El mayorreto para la gerenciaesmanejarla resistenciaimplícitaodiferida. Los esfuerzos de la resistencia implícita son más sutiles: perdida de la lealtad a la organización, perdida de la motivación a trabajar, incremento de errores, aumento en el ausentismo debido a “enfermedad” y es por tanto más difícil de reconocer. 10.10 Desadaptación Desaparición de la facultad de responder eficazmente a una situación nueva o a un conflicto. El individuodesadaptado es incapaz de enfrentarse a las tensiones de la vida en sociedad y a sus exigenciaspsíquicas y físicas. En la vida colectiva y social, la desadaptación se ve favorecida por el estrés y la exclusión, y esta situación puede conducir a la marginalidad. 11. PRESUPUESTOS PARA UN DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 11.1 aplicacionesy usos La responsabilidaddelprofesionalde RRHHesalinearelpresupuestodel departamentode Recursos Humanoscon las metasorganizacionales estratégicasdentrode laspautasylos procedimientosde la organización. Esto es particularmente importante para garantizar que los RRHH sean percibidos como un socio estratégico capaz de justificar los gastos y vincular las actividades de RRHH con el programa general de trabajo de la organización. Tambiénes importante debidoaque losRRHH, con frecuencia,sonpercibidoscomoun centrode costos, en vez de una función generadora de ingresos y, por consiguiente, pueden ser percibidos como un área donde los costos pueden recortarse con mayor facilidad. Un presupuesto de RRHH bien planificado y documentado demuestra una consideración atenta de los gastos directamente vinculados a los programas y actividades de la organización El proceso de elaboración del presupuestode RRHH La elaboración del presupuesto implica la recopilación sistemática de información y datos para poderproyectarlasfinanzasnecesariasparasustentarlosobjetivosde unaorganización. Lamayoría de lasorganizacionestiene algunaclase de procesoparaelaborarunpresupuesto. Losdosmétodos comunes son:
  • 9. • Presupuestoincremental:mediante el usodel presupuestoactual,se desarrollaunpresupuesto nuevoal realizarajustesascendentesodescendentesacada partida con base en las expectativas. • Presupuesto a partir de cero: cada partida incluida en el presupuesto deberá estar justificada antes de ser incorporada; por consiguiente, el proceso comienza con un programa en blanco. La elaboración del presupuesto requiere de la recopilación de muchas formas de datos. Desde una perspectiva de RRHH, entre los datos necesarios para crear un presupuesto nuevose incluyen los siguientes: Número de miembros del personal proyectados para el próximo año. Aumentos o proyecciones de los costos de las prestaciones. Tasa de rotación proyectada. Los costos reales incurridos en el año en curso. Programas y prestaciones nuevos planificados. Otros cambios en las políticas, estrategias empresariales, leyes o reglamentos que puedan tener impacto en los costos. Ingresos de RRHH (a través de consultoría, ahorros [de la remuneración, prestaciones, reducción de la rotación, costos de capacitación, etc.], alquiler, etc.). Conoce tus derechos laborales Las prestacionesque se señalaneneste apartado son lasmínimasque establece laLeyFederal del Trabajo, recordándote que la presente información se trata de una guía, para más información acércate a la PROFEDET. Todos nuestros servicios son gratuitos Aguinaldo Concepto:Cantidadque debe serpagadapor el patrón a cada uno de sus trabajadoresenel mes de diciembre. ¿Quiéntiene derechoa recibir el aguinaldo? A) Todo trabajadorenactivo. B) Todoextrabajador, aunque nohayalaboradoel añocompleto. Salario que se debe considerar para su pago El salarioque ordinariamente percibenlostrabajadoresporundía laborado(salariobase) yque recibenal momentoenque debapagarse estaprestación. ¿Qué cantidad deborecibir? A) Debe decir:Los trabajadorestendránderechoaunaguinaldoanual equivalente a15 días de salario,porlo menos.
  • 10. B) Si no laboraste el añocompleto,tienesderechoaque se te pague la parte proporcional, de acuerdocon el tiempotrabajadodurante el año. ¿Cuándo se paga? A) Si erestrabajadoractivoantesdel 20 de diciembre. B) Si eresextrabajadorse debe pagarenla fechade la terminaciónde larelaciónlaboral. ¿Qué pasa si no te lopagan? Podrásacudir a la PROFEDET,donde unabogado te brindaráasesoría legal,gratuitay personalizada. ¿Qué tiempo tienespara reclamarlo, si no te lo pagan? Un año a partirde que éste esexigible. Vacacionesy Prima Vacacional Concepto: Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones. Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones. Periodo vacacional: Cuando se cumpla más de un año de servicios,se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo menos. A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente. A partirdel quintoañode servicios,aumentaráen2díasde vacacionesporcada5añosde servicios. Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días trabajados en el año. Cuando se cumpla más de un año de servicios, se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo menos. A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente.
  • 11. A partirdel quintoañode servicios, aumentaráen2díasde vacacionesporcada5añosde servicios. Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días trabajados en el año. El disfrute de los días de vacaciones Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. ¿Quién determina el periodo vacacional? El patróndeterminalasfechasenlasque el trabajadordisfrutaráde sus vacaciones,dentrode los6 meses siguientes al cumplir cada año de servicio. El patróndeterminalasfechasenlasque el trabajadordisfrutaráde susvacaciones,dentrode los6 meses siguientes al cumplir cada año de servicio. ¿Cuánto me corresponde? Por vacaciones el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado. Por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones. Por vacaciones el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado. Por prima vacacional el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones. ¿Qué pasa si no te pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te las pagan? Un año a partir de que éstas sean exigibles. Un año a partir de que éstas sean exigibles. Prima Dominical Concepto: Monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana. ¿Cuál es el monto por recibir? El 25% sobre el salario ordinario diario (salario base).
  • 12. ¿Qué pasa si no te pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Días de descanso Concepto: Día de descanso semanal, derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por cada seis laborados. Día de descansoobligatorio,derechoque tieneel trabajadoradisfrutarconforme al calendarioque establece la ley. Descanso semanal Por cada seis días de trabajo, el trabajador disfrutará de un día de descanso, con goce de salario íntegro. En trabajosque requieranunalaborcontinua,el patrónfijarálosdíasenque lostrabajadoresdeban disfrutar de los descansos semanales. Días de descanso obligatorios El 1o. de enero; El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; El 1o. de mayo; El 16 de septiembre; El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; El 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral. Pago de los días de descanso Cuando el trabajador labore los días de descanso semanal o los días de descanso obligatorio, el patrón deberá pagar al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado. Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de la semana, o cuando en el mismodía o en la mismasemanapreste susserviciosavariospatrones,tendráderechoaque se le pague laparte proporcional del salariode losdíasde descanso,calculadasobre elsalariode losdías en que hubiese trabajado.
  • 13. ¿Qué pasa si no te pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Licencia de Maternidad Concepto: Derechoque tienenlasmujerestrabajadorasantesydespuésdelpartoparanoasistirasuslabores, con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante. ¿En qué consiste? A) La trabajadora embarazada disfrutará de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. B) Porexcepción,se podrántransferirhastacuatrode lasseissemanasde descansopreviasal parto, para disfrutarlas con posterioridad al mismo, siempre y cuando la trabajadora lo solicite, exista autorización del médico de la institución de seguridad social y la opinión del patrón. C) En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente. ¿Quién tiene derecho? La mujer trabajadora embarazada. ¿Cómo se paga? Durante el periodo de licencia percibirá su salario íntegro. ¿Qué pasa si no te pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Licencia de adopción Concepto: Derechoque tienenlasmujerestrabajadorasencasode adopción,paranoasistirasuslabores,con el objeto del cuidado del infante. ¿En qué consiste?
  • 14. En un descanso de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día que reciba al infante. ¿Quién tiene derecho? La mujer trabajadora que haya adoptado a un infante. ¿Cómo se paga? Durante el periodo de licencia percibirá su salario íntegro. ¿Qué pasa si no te pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoría legal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Periodo de lactancia Concepto Tiempodurante el cual las madrestrabajadorastienenderechoareposoparaalimentara sushijos después del nacimiento. ¿En qué consiste? En dos reposos extraordinarios por día en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, los cuales serán de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, o bien, cuando esto no sea posible,previoacuerdocon el patrón se reducirá enuna hora su jornadade trabajo ensustitución de los periodos de reposo. Periodo a disfrutar Por el término de seis meses máximo a partir del nacimiento del infante. ¿Qué pasa si no te lo otorgan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Licencias de paternidad y adopción Concepto Permiso que tienen los hombres trabajadores para no asistir al desempeño de sus labores por el nacimiento de su hijo o en el caso de la adopción de un infante. Periodo de las licencias Los hombres trabajadores tendrán derecho a un descanso de cinco días laborables a partir del nacimiento de su hijo. En caso de adopcióndisfrutará de descanso de cinco días posteriores al día que reciba al infante. ¿Cómo se paga? Con el salario íntegro. ¿Qué pasa si no te lo otorgan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal, gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamar, si no te los otorgan? Un año a partir de que ésta sea exigible.
  • 15. Prima de antigüedad Concepto: Pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta, por el tiempo laborado al servicio del patrón. ¿En qué consiste? En el importe de doce días de salario por cada año de servicio. En caso de que no se labore el añocompleto,se pagarásuparte proporcional de acuerdoal tiempo trabajado durante el año. ¿Quién tiene derecho a recibirla? A) El trabajadorque se separe voluntariamente de suempleo,siempre que hayalaborado15 años o más. B) El trabajador que decida separarse por causa justificada generada por el patrón. C) El trabajador que sea separado sin causa justificada por su patrón (despido injustificado). D) El trabajador que sea separado por causa justificada generada por él mismo. E) En caso de muerte del trabajador, se paga a sus beneficiarios. Salario que se debe considerarse para su pago El que perciba el trabajador al momentode la separación,siempre que no sea mayor al doble del salario mínimo. Si el trabajador percibe un salario superior al doble del salario mínimo, éste será el salario que se debe considerar para el pago de la prima de antigüedad. ¿Qué pasa si no te lo pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamarlo, si no te la pagan? Un año a partir de que ésta sea exigible. Prestaciones derivadas por renuncia Concepto de renuncia Facultaddel trabajadorparadarporterminadavoluntariamentelarelaciónde trabajo,porconvenir así a sus intereses. Prestaciones a las que tengo derecho A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados; B) Aguinaldo; C) Vacaciones; D) Prima vacacional; E) Participación de utilidades adeudadas; F) Prima de antigüedad, siempre que haya laborado 15 años o más. ¿Qué pasa si no te las pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamarlas, si no te las pagan? A) Un año a partir de la renuncia. B) En caso del pagode laparticipaciónde utilidadesseráde unañoa partirde que sean exigibles.
  • 16. Prestaciones que se generan por despido injustificado Concepto de despido injustificado: Terminación unilateral de la relación de trabajo por parte del patrón, sin causa justificada. Prestaciones a las que tengo derecho: Únicamente podrá optar por una de las prestaciones marcadas en los numerales 1 y 2, que a continuación se señalan: 1.- Indemnizaciónconstitucional,consistenteenelpagode tresmesesde salariointegradoyelpago de las siguientes prestaciones: A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados; B) Aguinaldo; C) Vacaciones; D) Prima vacacional; E) Participación de utilidades adeudadas; F) Prima de antigüedad; G) Salarios vencidos; 2.- Reinstalación,consistenteenlareincorporaciónasuslaboresenlasmismascondicionesenque prestaba sus servicios hasta antes del despido y el pago de las siguientes prestaciones: A) Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados; B) Aguinaldo; C) Vacaciones; D) Prima vacacional; E) Participación de utilidades adeudadas; F) Reconocimiento de antigüedad del tiempo que permanezca separado; G) Salarios vencidos; H) Aportaciones de seguridad social. ¿Qué puedes hacer en caso de despido injustificado? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para hacer valer tu derecho por despido injustificado? Dos meses a partir de la fecha del despido. Participación de utilidades Concepto: Derechoque tienenlostrabajadoresarecibirunaparte de lasgananciasobtenidasporsupatrónen el año anterior, por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. ¿Cuándo procede el pago? Cuandoel patrón tuvo uningresoanual declaradoal impuestosobre la renta mayor a $300,000.00 en el ejercicio fiscal anterior. ¿Quién tiene derecho?
  • 17. Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón. ¿Quién no tiene derecho? A) Lostrabajadoreseventualesque hayanlaboradomenosde sesentadíasdurante elejerciciofiscal correspondiente. B) Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas. C) Los trabajadores domésticos. D) Socios o accionistas de la empresa. E) Prestadores de servicios por honorarios. Para determinar el reparto de utilidades, se requiere: 1.- Verificar que el patrón haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior. 2.- Que se haya constituido la Comisión Mixta de Utilidades en la Empresa (integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores). 3.- Que se haya determinado la partición individual a cada trabajador. ¿Cómo se calcula el reparto de utilidades? A) Los trabajadoresparticiparánenlasutilidadesdel patrónde conformidadconel porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (el cual a la fecha asciende al 10% de las utilidades netas). B) La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todoslostrabajadores,tomandoenconsideraciónel númerode díastrabajadosporcadauno enel año,independientemente del montode lossalarios.Lasegundase repartiráenproporciónal monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. C) Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año. D) Los trabajadores de confianza que no sean directores, administradores y gerentes generales, participarán en las utilidades de las empresas, pero si su salario es superior al del trabajador sindicalizado de más alto salario, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo. E) El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas físicas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, no podrá exceder de un mes de salario. F) Los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario. ¿Qué empresa no están obligadas al reparto de utilidades? 1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento. 2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo,durante los dos primeros años de funcionamiento. 3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración. 4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particularejecutenactosconfineshumanitariosde asistencia,sinpropósitos de lucroysindesignar individualmente a los beneficiarios. 5. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia. ¿Cuándo se paga? A) Del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de empresas.
  • 18. B) Del 1 de mayo al 29 de junio tratándose de personas físicas. ¿Qué pasa si no te lo pagan? Podrásacudirala PROFEDET,donde unabogadote brindaráasesoríalegal,gratuitaypersonalizada. ¿Qué tiempo tienes para reclamarlo, si no te lo pagan? Un año a partir de que éste es exigible. Contratos Es un documento en el que se establecen los derechos y obligaciones de trabajadoras(es) y empleadoras(es). Existen tres tipos de contratos: • Contrato individual de trabajo. (Art. 20 LFT). • Contrato colectivo. (Art. 386 LFT). • Contrato ley. (Art. 404 LFT). Medidas para evitar abusos en las nuevas modalidades de contratación: • Contratos por escrito y por una sola vez. • Contratos improrrogables. • Mismos derechos y obligaciones que los demás trabajadores, con seguridad social. • No podrán aplicarse en forma simultánea o sucesiva ni en más de una ocasión. • Nopodránaplicarse al mismotrabajadorenformasimultáneaosucesiva,ni enmásdeunaocasión los periodos de prueba o capacitación inicial. • Al término del periodo de prueba, de no acreditar el trabajador que satisface los requisitos y conocimientos necesarios, se dará por terminada la relación de trabajo tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Todas ellas con salario, prestaciones, seguridad social y cómputo de antigüedad. Salarios Es la retribución que debe pagar la empresa o patrón al trabajador por su trabajo. (Art. 82 LFT). El salario mínimo es la retribución más baja que puede recibir el trabajador por sus servicios prestados en una jornada de trabajo. La leypermite al patrónhacerdeduccionesal salariode lostrabajadoresa cambiode algúntipode prestación, siempre y cuando sea un beneficio superior a la cantidad descontada. Jornada de trabajo Hay tres tipos de jornadas: • Jornada diurna: ocho horas laborales, entre las 6:00 hrs., y las 20:00 hrs. • Jornada nocturna: siete horas laborales, entre las 20:00 hrs y las 6:00 hrs. • Jornadamixta:siete horasy medialaborales,comprendidas entre el horario diurno y nocturno. Existenademáslasjornadasextraordinarias,quedebencontarconel consentimientodeltrabajador y pueden ser de la siguiente forma: • Máximo tres horas diarias y deben ser pagadas al doble. • El límite son tres veces por semana. • Si se labora más tiempo, se debe de pagar al triple.
  • 19. (Artículos del 58 al 68 LFT). Aguinaldo Por ley, el trabajador debe recibir mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre (ART. 87 LFT). Si no se laboróel añocompleto,corresponde laparte proporcional,inclusoaunque yanose labore en el centro de trabajo. Para saber cuánto te toca de aguinaldo, haz lo siguiente: • Divide tu salario mensual sin prestaciones entre 30 días. • Multiplicael resultadoporlosdías de aguinaldoque te otorgue laempresaopatrón (mínimoson 15 días). Vacaciones y Prima Vacacional El trabajador tiene derecho a vacaciones después de haber trabajado un año, y le corresponden como mínimo seis días (Art. 76 LFT). Posteriormente,cadaañoque se labore,se debenaumentardosdíasde vacaciones,hastaobtener 12. De ahí enadelante,se aumentarándosdíasvacacionalesdespuésde cadacincoañoslaborados. Además,el trabajadordebe recibir,porlosdíasde vacaciones, su salario diario más un 25% extra. Días de descanso Por ley,alasemanase tiene derechoaundía de descansoporcada seisdíasde trabajo,ademásde los días de descanso obligatorios (conocidos como feriados). Si se trabaja en un día de descansoobligatorio,se debe pagaral doble independientemente de su salario.Porejemplo,si el trabajadorgana100pesosdiariossele pagaránlos100pesos,perorecibirá 200 adicionales, lo que da un total de 300 pesos (Art. 75 LFT). El trabajador no tiene obligaciónde trabajar losdías de descanso,salvoque el patrón y trabajador lo acuerde. En ese caso, deberá ser remunerado como se describe en el párrafo anterior. Si se labora los domingos, la empresa o patrón debe pagar ese día, con un 25% adicional como mínimo (prima dominical). (Artículos 69, 71 y 73 LFT). Finiquito El finiquito es el documento con el que tanto el trabajador como el patrón dan por terminada la relación laboral voluntariamente y confirman que no hay pagos o trabajo pendientes. El trabajador recibirá por finiquito la suma de: • Los días trabajados en el mes. • Parte proporcional de aguinaldo. • Las vacaciones no disfrutadas correspondientes al tiempo trabajado. • Prima vacacional. • Prima de antigüedad y otras prestaciones no cubiertas, de acuerdo con su contrato. La firma del finiquito no es obligatoria para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de acuerdo, no tiene que firmar. (Artículos: 47, 48, 76, 79, 80, 87 y 162 LFT).
  • 20. Reparto de Utilidades El reparto de utilidades es un pago adicional al salario que realizan los centros de trabajo cuando han tenidogananciasenel año.Se paga durante los mesesde mayoy junio,sobre loque obtuvola empresa el año anterior. Este derecho es un reconocimiento a los trabajadores por su aportación en la producción de utilidades de su centro de trabajo. (Artículos 117 al 131 LFT). Antigüedad y ascensos En un centro de trabajo, la persona con mayor antigüedad tiene preferencia en las promociones laborales. (Artículos 158 y 159 LFT). Apoyo para estudios La empresao patróndebe brindarapoyo económicoparala preparacióndel trabajadoro la de sus hijos. (Art. 132 LFT). Crédito Infonacot Tú puedes obtener de forma fácil y rápida el crédito FONACOT, sólo es necesario: • Ser empleado mayor a 18 años. • Antigüedad de uno a tres años como mínimo en tu trabajo actual (de acuerdo a políticas del Instituto FONACOT). • Que tu empresa esté afiliada. Puedes disponer del crédito, a través de la Tarjeta FONACOT o en efectivo por transferencia a tu cuentabancaria, conlosbeneficiosde interesesmásbajosdelmercadoyconlacomodidadde pagar tu crédito vía nómina. Seguridad e Higiene Condiciones apropiadas del centro laboral El trabajadordebe contar con un ambiente de trabajosano,donde nohaya peligrode adquiriruna enfermedadosufrirun accidente.El trabajadortambiéntiene derechoa que el patrón o empresa le proporcione el equipo adecuado para realizar su trabajo. (Art. 423 LFT).