1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
UNIVERSIDAD ALEJANDRO DE HUMBOLDT
TERCER SEMESTRE
COMERCIO INTERNACIONAL
SECCIÓN DCN0302CI
TURNO: NOCTURNO
ASIGNATURA. LEGISLACIÓN Y TRAMITACIÓN ADUANERA
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Y
ANÁLISIS PARCIAL DE LA LOA
Profesor:
Antonio Rivas
Estudiante:
Ríos Frangelica.C.I. 27.333.718
Caracas, septiembre 2017
2. 1
1er Glosario. Legislación y trámites aduaneros UAH
1º) Aduana
. - Organismo responsable de la aplicación de la Legislación Aduanera y del
control de la recaudación de los derechos de Aduana y demás tributos;
encargados de aplicar en lo que concierne la legislación sobre comercio exterior,
generar las estadísticas que ese tráfico produce y ejercer las demás funciones
que las leyes le encomiendan. El término también designa una parte cualquiera
de la administración de la aduana, un servicio o una oficina.
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/glosario/glosarioA-Z.htm
2º) ARANCEL DE ADUANAS
Cuerpo legal que comprende las tarifas que gravan las mercancías en la
importación, esto
es, los derechos exigibles a la entrada de productos extranjeros.
En la actualidad, la integración de muchos países en asociaciones y uniones
aduaneras
ha ocasionado que se vayan reduciendo progresivamente los niveles
arancelarios.
http://www.cainco.org.bo/boletines_electronicos/boletines-
informativos/BOLETIN_58/Glosario%20de%20terminos%20Aduaneros.pdf
3º) COBRO EJECUTIVO
Es una acción judicial a través de la cual se va a procurar el cobro de un
título de naturaleza ejecutiva, por ej.: un cheque, un pagaré, etc.
Es un trámite mucho más rápido que un juicio ordinario ya que no se
analiza la causa de la obligación, es decir, cuál fue el acto que motivó la
deuda, sino que simplemente ante el incumplimiento se procede a la
ejecución.
www11.urbe.edu/boletines/postgrado/
3. 2
4º) Dictamen
Del latín dictamen, un dictamen es un juicio desarrollado o comunicado
respecto a alguna cuestión. El término no tiene una utilización demasiado
frecuente en el lenguaje cotidiano, sino que está más asociado al ámbito
judicial o legislativo.
https://definicion.de/dictamen/
5º) EXPORTACIÓN
Es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional cumpliendo las
formalidades aduaneras previstas en el presente Decreto. También se
considera exportación, la salida de mercancías a depósito franco, en las
condiciones previstas en el presente Decreto.
http://www.junioraduanas.com/herramientas-de-
consulta/glosario?sid=1&task=list.alpha.e&site=2
6º) Fuentes del Derecho
La palabra fuente, en sentido amplio, significa el lugar de donde
mana una cosa, esto es, la razón primitiva de cualquier idea, por
lo que aplicada tal expresión al Derecho implica tanto como
averiguar el origen de éste. Por consiguiente, fuentes del Derecho,
sea público o privado, son todas las causas capaces de originarlo.
Fuente como origen del “Derecho” (acepción clásica con la Escuela
Histórica del Derecho con los trabajos de SAVIGNY). ‐ De donde
procede el Derecho: Ley, costumbre, y principios generales del
derecho.
Fuente del “Ordenamiento Jurídico” en el sentido actual, como
producción y aplicación de las normas, acepción debida a HANS
KELSEN. http://ocw.unican.es/ciencias-sociales-y-juridicas/introduccion-al-
derecho/materiales/Tema2.pdf
4. 3
7º) GRAVAMEN
Derecho, emolumento, tributo o contribución o tasa que se fija y exige a las
importaciones
de mercancías a un país. Aplícase en las negociaciones comerciales
internacionales, para
referirse de manera general a los derechos aduaneros y cualquier otro
recargo de efecto
equivalente, sea de carácter fiscal, monetario o cambiario u otro, que incida
sobre las
importaciones y exportaciones.
http://www.cainco.org.bo/boletines_electronicos/boletines-
informativos/BOLETIN_58/Glosario%20de%20terminos%20Aduaneros.pdf
8º) IMPORTACIÓN
Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio
aduanero nacional cumpliendo las formalidades aduaneras previstas en el
presente Decreto.
http://www.junioraduanas.com/herramientas-de-
consulta/glosario?sid=1&task=list.alpha.T
9º) l IVA es un impuesto indirecto; se llama así porque a diferencia de los
impuestos directos, no repercute directamente sobre los ingresos, por el
contrario, recae sobre los costos de producción y venta de las empresas y
se devenga de los precios que los consumidores pagan por dichos
productos.
https://definicion.de/IVA/
5. 4
10º) Fuentes del Derecho
Todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas
positivas o negativas (de hacer o no hacer) a los habitantes de un estado. O sea,
a aquello de donde el Derecho surge o nace. Éstas, son las denominadas fuentes
formales, de cuyo estudio nos ocuparemos. Las fuentes materiales (de cuyo
tratamiento prescindiremos) son aquellas condiciones naturales y/o culturales,
propias de cada estado, que determinan el contenido de las normas.
https://derecho.laguia2000.com/parte-general/las-fuentes-del-derecho
11º) Jurisprudencia
Decisiones judiciales y que pueden repercutir en sentencias posteriores. En
algunos países, la jurisprudencia puede ser una fuente del Derecho, directa o
indirecta.
https://www.significados.com/jurisprudencia/
12º) La Ley de las XII Tablas
(Lex duodecim tabularum o Duodecim tabularum leges) o Ley de igualdad
romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del
pueblo romano. ... La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y,
posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro.
http://www.derechoromano.es/2015/06/ley-xii-tablas.html
13º) Normas Jurídicas
Es la regla de conducta exigible en la convivencia social, con trascendencia en
derecho
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/norma-juridica/norma-juridica.htm
6. 5
14º) Pirámide Kelsen
Es el método jurídico que establece un orden de prelación de las normas
jurídicas, poniendo unas por encima de otras a la hora de su aplicación.
Teoría pura del Derecho (16ª ed.)-hans kelsen-9789700774978.
http://cvperu.typepad.com/files/libro-teoria-pura-del-derecho-hans-kelsen.pdf
15º) POTESTAD ADUANERA
Es el conjunto de facultades y atribuciones que tiene la administración aduanera
para controlar el ingreso, permanencia, traslado y salida de mercancías,
unidades de carga y medios de transporte, hacia y desde el territorio aduanero
nacional
http://www.junioraduanas.com/herramientas-de-
consulta/glosario?sid=1&task=list.alpha.P
Se entiende por potestad aduanera, la facultad de las autoridades competentes
para intervenir sobre vehículos o medios de transporte que realicen operaciones
de tráfico internacional o interno, sobre las mercancías que contengan, sobre los
equipajes de pasajeros y tripulantes y, en general, sobre los bienes señalados
en el artículo 7° de la Ley Orgánica de Aduanas.
www.aduanas.com.ve/boletines/boletin_12/potestad.htm
16º) PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
providencia administrativa, transparente: es una resolución dictada por la
autoridad competente.
https://www.derecho.com/c/Providencia_administrativa
17º) Reglamento
Por reglamento se entiende toda disposición jurídica de carácter general y con
valor subordinado a la Ley dictada por la Administración, en virtud de su
competencia propia. Lo que significa que la norma reglamentaria, al estar
7. 6
sometida jerárquicamente a la Ley, aunque sea posterior no puede derogar o
modificar el contenido de las normas con rango de ley y, por el contrario, éstas
tienen fuerza derogatoria sobre cualquier reglamento.
http://www.derechoconstitucional.es/2012/02/concepto-de-reglamento.html
18º) TARIFA ADUANERA
Retribución económica exigida por la prestación de actividades o servicios
portuarios
sujetos a regulación.
http://www.cainco.org.bo/boletines_electronicos/boletines-
informativos/BOLETIN_58/Glosario%20de%20terminos%20Aduaneros.pdf
19º) TRANSITO: Es el régimen común a la importación por el cual la mercancía
circula por el territorio aduanero
www.http.www.aduans.gov.ve
20º) VALORACIÓN ADUANERA
Método que determina la base imponible sobre la que se liquidan los tributos
generados por la importación de mercancías. Según el Acuerdo Relativo a la
Aplicación del Artículo
VII del GATT 1994, existen seis métodos sucesivos de valoración: Valor de
Transacción, de Transacción de Mercancías Idénticas, de Transacción de
Mercancías similares;Deductivo, Reconstruido y Método de Último
Recurso.
http://www.cainco.org.bo/boletines_electronicos/boletines-
informativos/BOLETIN_58/Glosario%20de%20terminos%20Aduaneros.pdf
8. 7
20º) ZONA PRIMARIA
Es aquel lugar del territorio aduanero nacional habilitado por la Aduana para la
realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento y
movilización de mercancías que entran o salen del país, donde la autoridad
aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia.
https://www.incp.org.co/que-es-la-zona-primaria-aduanera/
21º) ZONA SECUNDARIA
Es aquella parte del territorio aduanero que le corresponde a cada aduana en la
distribución de que ellos hagan el Superintendente Nacional de Aduanas para
efectos de la competencia, intervención y obligaciones de cada una.
https://prezi.com/fyyxoghrex97/zona-primaria-y-secundaria-aduanera/
9. 8
Análisis de los 10 primeros artículos
La ley Orgánica de aduanas publicada en Gaceta oficial número
6.155 de fecha 19 de noviembre de Dos mil acotarse (2014) y la ulterior
modificación de fecha 11 de febrero de 2016, mediante gaceta extraordinario
número 40.846 , preceptúan todos los procedimientos, y cuantos de unidades
tributarias a erogarse en los procesos arancelarios de nuestro país
,efectivamente la mismo no solo contempla como lo señala en el artículo 1 LOS
OBJETIVOS de la ley, sino que busca esta con sus reformas adaptarse a los
tratados y pacto suscritos en materia arancelaria , sobre todo la obligación
pendiente con el Mercosur, aparte de adaptar el monto de la los aranceles a la
progresión de la unidad tributaria, acorde con la realidad económica y la situación
país, cuya competencia corresponde al Presidente de la Republica.
En ese orden de ideas se puede aseverar que tal como lo indica el
primer aparte “La Administración Aduanera tendrá por finalidad intervenir,
facilitar y controlar la entrada, permanencia y salida del territorio nacional, de
mercancías objeto de tráfico internacional y de los medios de transporte que las
conduzcan, con el propósito de determinar y aplicar el régimen jurídico al cual
dichas mercancías estén sometidas, así como la supervisión de bienes
inmuebles cuando razones de interés y control fiscal lo justifiquen·.
El artículo 2 establece la organización, el funcionamiento, control y
régimen del Servicio Aduanero , cuya competencia tal como lo señala al inicio la
ley y en el artículo 3 corresponde al Presidente de la República Bolivariana de
Venezuela y al Consejo de Ministros ,otorgándoles facultades precisas en los
numerales del 1 al 5 a saber 1) Crear y eliminar aduanas, otorgarles carácter de
principales o subalternas, habilitarlas y delimitar sus circunscripciones; 2)
Promulgar el Arancel de Aduanas; 3) Crear Zonas, Puertos o Almacenes libres
o francos: 4) Reglamentar los almacenes aduaneros (In Bond);5) Fijar las tasas
y determinar las cantidades que deben pagar los usuarios de los servicios que
preste la Administración Aduanera, según lo establezca el reglamento, dentro de
los siguientes límites: y en los literas de la fijan las fracciones de unidades
tributarias que deben pagare por servicios.
10. 9
De igual modo y tal como lo indican los numerales 6,7,8,9,10,
11,12,1,3,14 y los parágrafos primero y segundo pueden hacer modificaciones o
supresiones que pueden efectuar.
En el artículo 4º se evidencias las atribuciones especificas las
competencias específicas del ministro del Poder Popular en materia de
Finanzas, en materia de políticas Fiscales que inciden en el monto a pechar de
unidades tributarias, de igual modo el artículo 5 señala las facultades expresas
de la Administración aduanera al largo de sus 23 numerales.
Siendo necesario en este apartado indicar que el artículo 6, da un
concepto preciso de POTESTAD ADUANERA a saber: “La potestad aduanera
es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los bienes a
que se refiere el artículo 7º, autorizar o impedir sus desaduanamiento, ejercer
los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones
procedentes y en general, ejercer los controles previstos en la legislación
aduanera nacional.”.
Por su parte el artículo 7. señala quienes están sometidos a la
potestad aduanera, el artículo 8 desarrolla las potestades establecida en el
artículo 6 a fin de que pueda darse el cumplimiento cabal , el artículo 9 indica el
procedimiento para el retiro de mercancías previo pago dela unidades tributaria
especificadas en la tabla de aranceles vigentes y el artículo 10 indica que el
tesoro Nacional tiene privilegio en relación a cualquier otra institución del Estado
en relación a las potestades establecidas en el artículo 7.
Siendo oportuno traer a colación que el papel que desempeñan los
agentes de aduanas en el comercio internacional es indiscutible, por cuanto son
partícipes del intercambio de bienes entre dos o más países o regiones económi-
cas. El dinamismo inherente a la actividad comercial demandó la incorporación
de entes intermediarios entre las Aduanas (Auxiliares de la Administración
Tributaria) y los particulares (personas naturales y/o jurídicas). En Venezuela,
la legislación cata-loga a estos intermediarios como agentes de aduanas, entes
que sirven de apoyo en todo lo relacionado en materia aduanera.