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Claves administrativas y legales financiación del BNDES en Brasil

Bilbao, diciembre 2013

1
ÍNDICE

I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO:

I.1. Los niveles de impuestos: federales, estatales y municipales
I.2. Impuestos: importación de bienes y de servicios
I.3. Impuestos: venta local de bienes y de servicios
I.4. Cuadro resumen
I.5. Comparación de escenarios - ejemplo numérico

II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR ÉOLICO:

II.1. Acción del Gobierno brasileño
II.2.El Convenio del ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997
II.3. REIDI, Ley 11.488/07
- Noción de Habilitados y co-Habilitados

III. FINANCIACIÓN DEL BNDES SECTOR EÓLICO: III.1. El papel del BNDES en la economía brasileña
III.2. Requisitos para la financiación
III.3. Nuevas reglas para la concesión de financiación
IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA – CST:

IV.1. Impactos de la alteración del CST

V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR: V.1. Importancia del correcto uso
V.2. Efectos de la clasificación genérica – ejemplo práctico

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2
RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.1 – LOS DIFERENTES NIVELES DE IMPUESTOS

IMPUESTOS FEDERALES
II – de Importación;
IE – de Exportación;
IPI – sobre Productos Industrializados;

IOF –Operaciones Financieras;
IRPF/IRPJ – sobre la Renta;

IMAGEM

CSLL – Contribución Social sobre el Lucro Neto; ITR –
sobre la Propiedad Territorial Rural;
PIS – Programa de Integración Social;
COFINS – Contribución para Financiamiento de la
Seguridad Social;
CIDE – Contribución de Intervención del Dominio
Económico.

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3
RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.1 – TRES NIVELES DE COMPETENCIA DE GRAVAMEN

IMPUESTOS ESTATALES
(27 uniones federales)

IMPUESTOS MUNICIPALES

IITCMD – sobre Transmisiones de Bienes por

IPTU – sobre Propiedad y Territorial Urbana;

Mortis Causa y Donaciones;

ITBI – sobre Transmisión de Inmuebles Inter

IPVA – sobre Propiedad de Vehículos;
IMAGEM

Vivos;

ICMS – sobre Circulación de Mercancías y

ISS – sobre Servicios de cualquier naturaleza.

Prestación de Servicios de Transporte y
Comunicación.

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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.2 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA IMPORTACIÓN DE BIENES

INDUSTRIA
EXTRANJERA

Importación de
bienes

Clientes BRASIL

Sigla

Denominación

Carga tributaria

Status para cliente

II

Impuesto de importación

De acuerdo con el producto NCM

Siempre coste*

IPI

Impuesto de productos
industrializados

De acuerdo con el producto –
NCM

Recuperable /no
recuperable*

PIS

Contribución PIS-Importación

1,65%*

Recuperable o no
recuperable*

7,60%*

Recuperable o no
recuperable*

De acuerdo con el producto NCM - ubicación del
importador

Recuperable/no
recuperable*

COFINS Contribución COFINS - Importación

ICMS

Impuesto de circulación de
mercadorías

*Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por
los cambios en la normativa nacional.
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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.2 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA IMPORTACIÓN DE SERVICIOS

INDUSTRIA
EXTRANJERA

Importación de
servicios

Clientes BRASIL

Sigla

Denominación

Carga tributaria

Status para cliente

IRRF

Impuesto de renta en la fuente

15% como regla*

Coste del extranjero*

CIDE

Contribución de intervención en el
dominio económico

10%*

Coste del cliente*

PIS

Contribución PIS-Importación

1,65%*

Coste del cliente*

7,60%*

Coste del cliente*

De acuerdo con el servicio y
ciudad – 2% hasta 5%*

Coste del cliente*

COFINS Contribución COFINS - Importación
ISS

Impuesto de servicios

*Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por
los cambios en la normativa nacional.
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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.3 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA VENTA LOCAL DE BIENES

COMPETENCIA
LOCAL

Ventas locales
de bienes

Clientes BRASIL

Sigla

Denominación

Carga tributaria

Status para el Cliente

IPI

Impuesto de productos
industrializados

De acuerdo con el producto
– NCM

Recuperable o no
recuperable*

PIS

Contribución PIS

1,65% o 0,65%*

Recuperable o no
recuperable*

COFINS

Contribución COFINS

7,60% o 3%*

Recuperable o no
recuperable*

ICMS

Impuesto de circulación de
mercadorías

De acuerdo con el producto
- NCM - ubicación del cliente

Recuperable o no
recuperable*

*Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por
los cambios en la normativa nacional.
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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.3 – IMPUESTOS INCIDENTES EN LA PRESTACIÓN LOCAL DE SERVICIOS

COMPETENCIA
LOCAL

Ventas locales
de servicios

Clientes BRASIL

Sigla

Denominación

Carga tributaria

Status para el Cliente

IRRF

Impuesto de renta fuente

1,5%*

Coste del suministrador
brasileño*

PIS

Contribución PIS

1,65% o 0,65%*

Recuperable o no
recuperable*

COFINS

Contribución COFINS

7,60% o 3%*

Recuperable o no
recuperable*

ISS

Impuesto de servicios

De acuerdo con el servicio y
ciudad – 2% hasta 5%*

Coste del cliente*

*Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por
los cambios en la normativa nacional.
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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.4 – CUADRO RESUMEN DE LA INCIDENCIA FISCAL BRASILEÑA

II
IPI
PIS
COFINS
ICMS

Impuesto de importación
Impuesto de productos
industrializados

IPI

Impuesto de productos
industrializados

PIS

Contribución PIS

COFINS

Contribución COFINS

ICMS

Impuesto de circulación de
mercancías

Contribución PIS-Importación
Contribución COFINS Importación
Impuesto de circulación de
mercancías

IRRF

Impuesto de renta en la fuente

IRRF

Impuesto de renta fuente

CIDE

Contribución de intervención
en el dominio económico

PIS

Contribución PIS

PIS

Contribución PIS-Importación

COFINS

Contribución COFINS

Contribución COFINS Importación
Impuesto de servicios

ISS

Impuesto de servicios

COFINS
ISS

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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.5 – COMPARACIÓN DE ESCENARIOS – EJEMPLO NUMÉRICO
CALCULO POR LA IMPORTACIÓN
Precio producto por tonelada
R$ 1.000
Cantidad
20
Tasa Conversión
2,60
Coste producción R$
R$ 52.000
Flete - 2,5%
Seguro y costes - 2,5%
II - 14%
R$ 7.280
IPI - 0%
PIS - 1,65%
R$ 1.182,05
COFINS - 7,6%
R$ 5.444,59
ICMS - 18%
R$ 14.467,31
TOTAL POR LA IMPORTACIÓN
R$ 80.373,95

Coste producto
Recuperable

CALCULO POR LA ADQUISICIÓN NACIONAL
Valor de la mercancía
R$ 52.000

Coste producto
Recuperable

Base de cálculo - ICMS
Valor nota

R$ 71.477,66
R$ 71.477,66

PIS R$ 1.179,38
COFINS R$ 5.432,30
TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 71.477,66

IPI
ICMS
PIS
COFINS

R$ 0,00
R$ 12.865,98
R$1.179,38
R$ 5.432,30

Total recibido
TOTAL ADQUISICIÓN NACIONAL

R$ 52.000
R$ 71.477,66

R$ 73.747,31

PIS R$ 1.182,05
COFINS R$ 5.444,59
TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 80.373,95

R$ 64.865,98

*Los cálculos aquí ilustrados son orientativos, no siendo aplicables como
norma general.
Cada situación requiere de su propio cálculo, pues los impuestos incidentes
varían en función de diferentes criterios de extrema relevancia.
Aconsejamos realizar un estudio previo para identificar la carga fiscal en
cada caso.

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RODAPÉ
I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO
I.5 – COMPARACIÓN DE ESCENARIOS – EJEMPLO NUMÉRICO
CALCULO POR LA IMPORTACIÓN - VALOR REDUCIDO

Precio producto por tonelada
Cantidad
Tasa Conversión
Coste producción R$
Flete - 2,5%
Seguro y costes - 2,5%
II - 14%
IPI - 0%
PIS - 1,65%
COFINS - 7,6%
ICMS - 18%
TOTAL POR LA IMPORTACIÓN

R$ 890
20
2,60
R$ 46.280
R$ 6.479,20
R$ 1.052,02
R$ 4.845,68
R$ 12.875,91
R$ 71.532,81

Coste producto
Recuperable

R$ 65.635,11

PIS R$ 1.052,02
COFINS R$ 4.845,68
TOTAL SALIDA DE CAJA
R$ 71.532,81

CALCULO POR LA ADQUISICIÓN NACIONAL
Valor de la mercancía
R$ 52.000

Coste producto
Recuperable

R$ 64.865,98

Base de cálculo - ICMS
Valor nota

R$ 71.477,66
R$ 71.477,66

PIS R$ 1.179,38
COFINS R$ 5.432,30
TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 71.477,66

IPI
ICMS
PIS
COFINS

R$ 0,00
R$ 12.865,98
R$1.179,38
R$ 5.432,30

Total recibido
TOTAL ADQUISICIÓN NACIONAL

R$ 52.000
R$ 71.477,66

*Los cálculos aquí ilustrados son orientativos, no siendo aplicables como
norma general.
Cada situación requiere de su propio cálculo, pues los impuestos incidentes
varían en función de diferentes criterios de extrema relevancia.
Aconsejamos realizar un estudio previo para identificar la carga fiscal en
cada caso.

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RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO

MENSAJE:
• INCENTIVO A LA PRODUCCIÓN DE
ENERGÍAS
RENOVABLES,
PRINCIPALMENTE LA EÓLICA;

• PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LA
INDUSTRIA NACIONAL;
• INSERCIÓN DE MECANISMOS PARA
LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS
PRODUCCIONES NACIONALES;

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RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO
II.1 – ACCIÓN DEL GOBIERNO BRASILEÑO

Incentivo al
desarrollo
Gobierno
Federal

Financiaciones

Nuevos
requisitos

Cambios en la ley
tributaria

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RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO
II.2 – EL CONVENIO ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997

Este Convenio regula la exención del ICMS en
las operaciones que cumplan los siguientes
requisitos:


Operaciones con productos destinados a
ser utilizados, exclusiva o principalmente,
para aprovechar la energía eólica.



Certificación, por cualquier comprobación
técnica, que acrediten su finalidad, utilidad
en la generación de energía eólica.



Citado beneficio, se aplica a los equipos
exentos o tributen por 0 (cero) el IPI.

Vigencia prorrogada hasta el 31 de diciembre
de 2015.

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14
RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO
II.2 – EL CONVENIO ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997
 Los productos deben encajarse dentro de las siguientes 17 descripciones:
- Aerogeneradores para convertir la energía del viento en energía mecánica con fines de bombear el agua

– NCM

8412.80.00;
- Bomba para líquidos, para uso en sistema de energía solar fotovoltaico en corriente continua, con potencia no superior a
2HP – NCM 8413.81.00;
- Calentadores solares de agua – NCM 8419.19.10;
- Generador fotovoltaico de potencia no superior a 750W – NCM 8501.31.20;
- Generador fotovoltaico de potencia superior a 750W pero inferior a 75kW – NCM 8501.32.20;
- Generador fotovoltaico de potencia superior a 75kW pero inferior a 375kW – NCM 8501.33.20;
- Generador fotovoltaico de potencia superior a 375Kw – NCM 8501.34.20;
- Aerogeneradores de energía eólica – NCM 8502.31.00;
- Células solares no montadas – NCM 8541.40.16;
- Células solares en módulos o paneles – NCM 8541.40.32;
- Torre para soporte de generador de energía eólica – NCMs 7308.20.00 y 9406.00.99;
- Pala de motor o turbina eólica – NCM 8503.00.90;
- Partes y piezas utilizadas exclusiva o principalmente en aerogeneradores clasificados con el código 8502.31.00 de la NCM
8503.00.90;
- Chapas de acero – NCM 7308.90.10;
- Cables de control – NCM 8544.49.00;
- Cables de potencia – NCM 8544.49.00; y
- Anillas de modelaje – NCM 8479.89.99.

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15
RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO
II.3 – REIDI, Ley 11.488/07

REIDI

–

Régimen

especial

de

incentivos fiscales a las empresas con

proyectos de infraestructura para
fomentar

el

desarrollo

en

los

sectores de transporte, puertos,

energía, saneamiento básico y riego.

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RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS
II.3 – REIDI, Ley 11.488/07

Beneficios fiscales:
BIENES -> no incide el PIS ni la COFINS sobre la facturación por la venta o importación de:
i) máquinas, aparatos, instrumentos y equipos, nuevos, siendo adquiridos para incorporarlos
en obras de infraestructura (activo inmovilizado);
ii) materiales de construcción adquiridos para usarlos o incorporarlos en obras de
infraestructura (activo inmovilizado).
SERVICIOS -> no incide el PIS ni la COFINS sobre:
i) la facturación de prestación de servicios en obras de infraestructura (activo inmovilizado);
ii) la importación de servicios en obras de infraestructura (activo inmovilizado);
iii) facturación del alquiler de maquinaria, aparatos, instrumentos y equipo subministrados por
empresa local siendo utilizados en obras de infraestructura.

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17
RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS
II.3 – REIDI, Ley 11.488/07
La no incidencia de citados impuestos en las operaciones de venta de bienes y servicios para la
beneficiaria del REIDI no impide mantener los créditos apurados en las entradas por parte del
proveedores.
Vetada la apropiación de crédito por la beneficiaria cuando adquiera los productos sin
incidencia fiscal
La no aplicación del PIS y la COFINS se convierte en alícuota 0% tras incorporar o usar, en la
obra de infraestructura, bienes o servicios adquiridos o importados bajo el REIDI.
La empresa deberá retraer el PIS y la COFINS no pagados (exención) cuando: no sea efectuada
la incorporación o importación bajo el REIDI en la obra de infraestructura o sea cancelada la
habilitación (REIDI).
IPI – alícuota cero
Aplicada a la gran mayoría de los equipos y maquinaria empleados para la producción de
energía eléctrica eólica y solar. Conviene identificar los NCMs beneficiados en cada caso.

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18
RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS
II.3 – REIDI, Ley 11.488/07

Habilitados y co-habilitados en el REIDI
El REIDI es un régimen especial que posibilita la venta de productos utilizados en
proyectos de infraestructuras con suspensión de las contribuciones al PIS y al
COFINS y posterior conversión en alícuota cero.
Puede ser habilitado en el REIDI la persona jurídica que tenga un proyecto
aprobado para la implantación de obras de infraestructuras en los sectores de
transportes, puertos, energía, saneamiento básico e irrigación.
Para la co-habilitación, existen reglas específicas, mencionadas a continuación

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19
RODAPÉ
II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS
II.3 – REIDI, Ley 11.488/07

Empresas autorizadas a solicitar la co-habilitación
 REIDI (Régimen Especial de Estímulo al Desarrollo de Infraestructuras) –
Programa Federal de incentivo fiscal que otorga reducción de las contribuciones
de PIS y COFINS (suspensión que se convierte en un tipo del 0%).
 Beneficiarios del REIDI – Son los titulares de proyectos de infraestructuras.
 Co-habilitación – Se prevé para los proveedores que reciban ingresos por
servicios en obra de construcción civil del titular del proyecto.

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20
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO

BNDES - Banco Nacional de
Desarrollo Económico y Social
Creado en Brasil en 1952, con el
objetivo de incentivar la política
nacional de desarrollo económico y
social, hoy representa la principal
fuente de financiación para la
realización de inversiones en
diversos
segmentos
de
la
economía.
Financiación pública – Largo plazo
y tasas de intereses reducidas

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21
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA

Desde su fundación en la década de los años 50, el BNDES destaca en el apoyo a las
inversiones en INFRAESTRUCTURA, INDUSTRIA, AGRICULTURA y COMERCIOSERVICIOS.
En los años 60, el sector agropecuario y las pequeñas y medianas empresas
comenzaron a contar con líneas de financiación del BNDES, momento en el cual el
Banco pasó a descentralizar sus operaciones, abriendo oficinas regionales en
Estados económicamente representativos (como São Paulo y Brasilia), y comenzó a
operar asociado con una red de agentes financieros acreditados distribuidos por
todo Brasil.
En los años 70, el BNDES fue un elemento fundamental en la política de sustitución
de importaciones. Los sectores de bienes de capital e insumos básicos pasaron a
recibir más inversiones, con incentivos del Gobierno Federal

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22
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA

En la década de 1980, ganó fuerza el concepto de la integración competitiva, que
buscaba expandir el mercado interno y, al mismo tiempo, habilitar la economía
brasileña para disputarse la preferencia de los compradores externos. Además de
incentivar a las empresas brasileñas para competir con los productos importados, el
Banco comenzó a estimular las exportaciones.
La década de 1990 estuvo marcada por el estímulo a la descentralización regional,
con el incremento de las inversiones en proyectos en las regiones Norte, Nordeste y
Centro-Oeste de Brasil. Además de esto, el programa de exportaciones pasó a
incluir las micro, pequeñas y medianas empresas.
A partir de 2000, en la línea de las políticas establecidas por el Gobierno Federal, el
BNDES asumió el papel institucional de promover la competitividad de la economía
brasileña, con los objetivos declarados de incentivar proyectos que procurasen la
generación de empleo y renta, así como la reducción de las desigualdades sociales
y regionales.

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23
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA

En 2009, los bancos públicos pasaron a liderar el mercado de crédito en Brasil. La
cartera de préstamos de los bancos públicos alcanzó una participación del 41% en
el mercado, por encima del 40,5% de los bancos privados.

BRASIL

SÃO PAULO – Sector privado

AÑO

VOLUMEN DE PRÉSTAMOS

AÑO

VOLUMEN DE PRÉSTAMOS

2012

R$ 156.000.000.000,00

2012

R$ 35.200.000.000,00

2013

R$ 250.000.000.000,00

2013

R$ 40.000.000.000,00

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24
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA
BNDES aprueba R$ 603,9 millones para parques eólicos en RS”
Economia Estadão
(07/10/2013)
El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) aprobó la financiación de R$ 603,9 millones
para la construcción de diez parques eólicos de Eletrosul Centrais Elétricas S.A. en Rio Grande do Sul. Las
plantas energéticas forman el Complejo Eólico Geribatu, tendrán una potencia instalada de 258 MW
(suficiente para abastecer una ciudad de, aproximadamente, 500 mil habitantes, de acuerdo con el BNDES)
y deberán entrar en funcionamiento a finales de 2014.
“BNDES financia parques eólicos en Ceará”
Ambiente Energia
(02/08/2013)
El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) aprobó la financiación de R$ 92 millones para
la construcción de cinco parques eólicos en el municipio de Trairí, en Ceará, con una potencia instalada de
136,5 MW y sistema de transmisión integrado. (...)
En 2012, el BNDES financió 63 plantas eólicas, con R$ 3,1 billones. Este importe corresponde a una
inversión total (consideradas las contrapartidas de los emprendedores), de R$ 5,9 billones.
Para 2013, el Banco estima que habrá un crecimiento del 15% en el número de operaciones aprobadas en
relación al año anterior. La cartera actual del BNDES, incluyendo proyectos en fase de liberación de
recursos y en análisis, suma 94 parques eólicos, equivalentes a financiaciones por valor de R$ 6,8 billones.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO

Muchas de las empresas que actúan
en el sector eólico utilizan las
financiaciones concedidas por el
BNDES – FINAME.
A finales de 2012, el BNDES creó
nuevas reglas para la concesión de su
financiación, beneficiando todavía
más al productor local. Las reglas son
progresivas y deben ser íntegramente
cumplidas hasta 01/01/2016.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO
“Las exigencias del BNDES para la industria eólica van más allá del Índice de Nacionalización”
Jornal da Energia
(29/08/2012)
La auditoría del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) que resultó en la desacreditación
de proveedores de equipamientos eólicos del Finame - lista de máquinas que puede ser financiada por la
institución – sorprendió al sector eléctrico brasileño. Algunas de las empresas perjudicadas alegaron que sí
cumplían con el índice de nacionalización mínimo exigido del 60%. En ese momento, este punto fue
considerado como la motivación para la acción del banco estatal. Pero, tras un primer momento, la industria
comprobó que los pleitos del órgano de fomento iban más allá de este índice técnico.
“Hemos observado que el BNDES no busca sólo el índice, sino también un grado manufactura en Brasil, un
parque industrial. No se trata sólo de tener una nave que reciba las piezas y monte (las turbinas)“, explica
Lauro Fiúza, director de la Asociación Brasileña de Energía Eólica (Abeeólica). Según él, esto ha quedado aún
más claro en las conversaciones que tuvieron lugar entre la entidad, las empresas y el banco.
Uno de los puntos que estarían siendo introducidos es la exigencia de que algunas de las partes más
importantes, como el hub - que es como una "nariz" del aerogenerador que conecta la nacelle a las aspas sean fabricadas localmente. La nacelle, caja que protege el generador, también precisaría al menos ser
montada aquí y con componentes locales. Para Fiúza, las nuevas directrices y las evoluciones del escenario
permiten ver que cuatro empresas podrían volver al Finame rápidamente: la india Suzlon, la danesa Vestas,
la alemana Siemens y la española Acciona. El ejecutivo incluso afirma que "dos empresas" están más
próximas de revisar sus planes y dejar el mercado brasileño, pero no cita nombres.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO

“BNDES divulga reglas para financiación de generadores eólicos”
Valor Económico
(12/12/2012)
El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) informó en un comunicado sobre el
perfeccionamiento de sus reglas para la acreditación y verificación del contenido local de los
aerogeneradores para fines de financiación.
Según el comunicado del banco, la nueva metodología establece metas físicas, con ampliación progresiva de
la cantidad de componentes nacionales en los equipamientos, que tendrán que ser cumplidas por los
fabricantes de acuerdo con un cronograma previamente establecido.
En su informe, el banco detalló que, con las alteraciones, el objetivo es trabajar en colaboración con
emprendedores y fabricantes para aumentar gradualmente el contenido local de los aerogeneradores. Así,
en el análisis del BNDES, se promovería la fabricación en el país de componentes con alto contenido
tecnológico y uso intensivo de mano de obra, sofisticando, así, el parque productivo nacional y generando
empleos de calidad.
En el comunicado, el banco recordó que, anteriormente, el BNDES trabajaba con índice mínimo de
nacionalización. A partir de ahora los fabricantes que deseen acreditarse deberán cumplir las etapas
mínimas de fabricación establecidas para el marco inicial, fijado en el primer día de enero de 2013. En esta
fecha, las empresas interesadas precisarán haber cumplido, al menos, con tres de las cuatro nuevas
condiciones establecidas por el banco.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

1 - Etapas Físicas y Contenido Local que deberán ser cumplidos por el fabricante de
aerogeneradores con caja multiplicadora
Marco inicial: Consiste en el encuadramiento del fabricante, para análisis del
BNDES, en 3 de los 4 criterios relacionados a continuación:
- Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos el
70%, en peso, de las chapas de acero fabricadas en el país o concreto armado de
procedencia nacional;

- Fabricación de las aspas en Brasil en unidad propia o de terceros;
- Montaje del cubo en Brasil en unidad propia, con fundido de procedencia nacional
(fundido, transformado y pintado en el país);
- Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

2 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/07/2013 y
contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados a partir de esa
fecha
- Cumplimiento del ítem 1;
- Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos
70%, en peso, de las chapas de acero fabricadas no país o concreto armado de
procedencia nacional;

- Montaje del cubo en Brasil en unidad propia, con fundido de procedencia nacional
(fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 1 de los
4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de
accionamiento del control de paso y paneles de control de paso;
- Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

3 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2014 y
contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha
- Cumplimiento del ítem 2;

- Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con utilización
de los componentes internos de procedencia nacional – plataformas, escaleras,
soportes, barandillas, conductos, tornillos de conexión de las bridas;
- Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de
nacionalización mínimo del 40% en peso;
- Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional
(fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 2 de los
4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de
accionamiento del control de paso y paneles de control de paso;
- Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia.
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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

4 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/07/2014 y
contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha
- Cumplimiento del ítem 3;

- Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de
nacionalización mínimo del 50% en peso;
- Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional
(fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 3 de los
4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de
accionamiento del control de paso y paneles de control de paso;
- Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

5 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2015 y
contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha
- Cumplimiento del ítem 4;

- Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos el
60% de la cantidad de los forjados de procedencia nacional;
- Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de
nacionalización mínimo del 60% en peso;
- Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional
(fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener todos los componentes
a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de accionamiento del
control de paso y paneles de control de paso;
- Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia.

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RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

6 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2016 y
contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha
- Cumplimiento del ítem 5;

- Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia.

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34
RODAPÉ
III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO
III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN

Las nuevas reglas para la concesión de financiación por el BNDES, además de la
fabricación nacional de los componentes de los aerogeneradores, exigen la
realización de acciones de carácter administrativo por la empresa, como por
ejemplo:
- Contrataciones de personal ya realizadas;
- Programa de entrenamiento de los empleados de producción;
- Modelo de fundición disponible para el inicio de la fabricación de la base, en el
caso de la “nacelle”;
- Informe final sobre el proceso de fabricación y homologación de los elementos
estructurales;
- Tercerización del montaje en empresas establecidas en Brasil;
- Acreditación del componente en el CFI del BNDES, con el respectivo código.

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35
RODAPÉ
IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST

El Código de Situación Tributaria fue
creado para definir la tributación de
productos, especialmente con respecto al
ICMS (impuesto estatal incidente sobre la
circulación de mercancías).
Con las alteraciones legislativas en lo que
se refiere al ICMS sobre productos
importados (unificación de la alícuota en el
4%),
también
se
produjeron
modificaciones en el CST.

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36
RODAPÉ
IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST

Códigos de Situación

Alteraciones en el Código de Situación Tributaria

Las nuevas reglas para la concesión de financiación por el BNDES, además de la
Tributaria
fabricación nacional de los componentes de los aerogeneradores, exigen la
0 – Nacional;
0 – Nacional, excepto las indicadas en los códigos 3, 4, 5 y 8;
realización de acciones de carácter administrativo por la empresa, como por
1 – Extranjera
ejemplo: – importación 1 – Extranjera – importación directa, excepto la indicada en el código 6;
directa;
2 – Extranjera – adquirida en el
mercado interno.

2 – Extranjera – adquirida en el mercado interno, excepto la indicada en el código 7;

- Contrataciones de personal ya realizadas;
3 – Nacional, mercancíaempleados
- Programa de entrenamiento de 70% (setenta por ciento); de producción; al 40% (cuarenta por ciento) e
los o bien con Contenido de Importación superior
inferior o igual al
- Modelo de fundición 4disponible para el inicio de la fabricación de la base, en el
– Nacional – cuya producción haya sido realizada en conformidad con los procesos productivos
caso de la “nacelle”; básicos de que tratan el Decreto-Ley n° 288/67 y las Leyes números 8.248/91, 8.387/91, 10.176/2001 y
11.484/2007;
- Informe final sobre el –proceso de fabricación y homologación o iguallos40% (cuarenta por
de al elementos
5 Nacional – mercancía o bien con Contenido de Importación inferior
ciento);
estructurales;
6 – Extranjera – importación establecidas en Brasil;
- Tercerización del montaje en empresasdirecta, sin similar, según consta en lista de Resolución CAMEX y gas
natural;
- Acreditación del componente – adquirida en mercado interno, sincon el respectivo código.
en el CFI del BNDES, similar nacional, según consta en lista de Resolución
7 – Extranjera
CAMEX y gas natural;
8 – Nacional, mercancía o bien con Contenido de Importación superior al 70% (setenta por ciento).

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37
RODAPÉ
IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST
IV.1 – IMPACTOS DE LA ALTERACIÓN DEL CST

Antes de las alteraciones promovidas en los códigos de situación tributaria, los
productos eran indicados únicamente como nacionales o importados – y estos
divididos en importación directa o adquiridos en el mercado interno.
Las alteraciones en los códigos indican si los productos son nacionales o importados
de acuerdo con el contenido de importación existente en el bien. Es decir que, pese
a haber sido fabricado en Brasil, productos con contenido de importación superior al
70% son considerados importados.
Aunque la mercancía sea fabricada en Brasil, en caso de que tenga contenido de
importación superior al 70% será considerada importada, para fines tributarios y a
los efectos de concesión de financiaciones en el BNDES.

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38
RODAPÉ
V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM

Se trata de un código de ocho dígitos,
establecido por el Gobierno Brasileño,
para identificar la naturaleza de las
mercancías y promover el desarrollo del
comercio internacional, además de facilitar
la recopilación y análisis de las estadísticas
del comercio exterior.
Cualquier
mercancía,
importada
o
comprada en Brasil, debe tener un código
NCM en su documentación legal. El NCM
también es utilizado para definir la alícuota
de los tributos.

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39
RODAPÉ
V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM

El NCM es simplemente un código de clasificación fiscal existente en Brasil,
compuesto por 8 números. Los seis primeros números son formados por el Sistema
Harmonizado (SH), que es un método internacional de clasificación de mercancías,
basado en una estructura de códigos y sus respectivas descripciones. Los dos
últimos números son formados por la NCM, en desdoblamientos específicos
atribuidos al Mercosur.

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40
RODAPÉ
V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM
V.1 – IMPORTANCIA DEL CORRECTO USO DEL NCM

- La clasificación fiscal de mercancías en la NCM es obligatoria;
- Los códigos de la NCM deben ser indicados en los documentos fiscales para la
identificación de diversos tributos, especialmente cuando se trata de beneficios
fiscales, regímenes especiales y tributaciones diferenciadas;
- El incorrecto encuadramiento en la NCM puede llevar a un pago de tributos en
cuantía superior o inferior a la realmente debida. Si el importe pagado fuera
menor, existe una previsión de multa mínima del 75%. En el ámbito del comercio
exterior, la multa es del 1% sobre el importe aduanero de la mercancía.

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41
RODAPÉ
V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM
V.2 – EFECTOS DE LA CLASIFICACIÓN GENÉRICA PARA BIENES DEL
SECTOR EÓLICO

Como ya hemos expuesto, el NCM es un código de clasificación fiscal de mercancías.
Los beneficios fiscales, regímenes especiales y tributaciones diferenciadas
concedidas a los productos utilizados en infraestructuras son definidos, la mayor
parte de las veces, por el código NCM atribuido a cada parte o pieza.
Los aerogeneradores, sus partes y piezas gozan de beneficios fiscales, como por
ejemplo una alícuota del 0% de IPI y exención de ICMS, pero si la clasificación fiscal
no se produce de acuerdo con las Normas Explicativas del Sistema Harmonizado,
puede suceder que la empresa no llegue a disfrutar de estos beneficios, justamente
por haber clasificado el producto en algún código genérico, aplicable a productos
utilizados en otros sectores que no son beneficiados por el Gobierno Federal.

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42
RODAPÉ
V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM
V.2 – EFECTOS DE LA CLASIFICACIÓN GENÉRICA PARA BIENES DEL
SECTOR EÓLICO
Ejemplo práctico:
NCM 8502.31.00 (EÓLICO)

NCM 8504.22.00 (GENÉRICO)

Cualquier grupo electrógeno de energía eólica
clasificado en el código 8502.31.00, excepto los
de potencia inferior o igual a 3.300 kVA.

Transformadores de dieléctrico líquido de
potencia superior a 650 kVA, pero no superior
a 10.000 kVA

Impuesto de Importación

0%

Impuesto de Importación

14%

Impuesto sobre Productos
Industrializados

0%

Impuesto sobre Productos
Industrializados

0%

ICMS

Exento

ICMS

Hasta 18%

PIS

1,65%

PIS

1,65%

COFINS

8,6%

COFINS

8,6%

Impuesto de
Importación del 14%

No está exento
de ICMS!

Aumento
del coste

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43
RODAPÉ
Gracias

Leonardo Briganti
lb@briganti.com.br
Elena Álvarez
ea@briganti.com.br
Eva Vallespí
ev@briganti.com.br

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BNDES Financiación Brasil

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  • 2. ÍNDICE I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO: I.1. Los niveles de impuestos: federales, estatales y municipales I.2. Impuestos: importación de bienes y de servicios I.3. Impuestos: venta local de bienes y de servicios I.4. Cuadro resumen I.5. Comparación de escenarios - ejemplo numérico II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR ÉOLICO: II.1. Acción del Gobierno brasileño II.2.El Convenio del ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997 II.3. REIDI, Ley 11.488/07 - Noción de Habilitados y co-Habilitados III. FINANCIACIÓN DEL BNDES SECTOR EÓLICO: III.1. El papel del BNDES en la economía brasileña III.2. Requisitos para la financiación III.3. Nuevas reglas para la concesión de financiación IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA – CST: IV.1. Impactos de la alteración del CST V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR: V.1. Importancia del correcto uso V.2. Efectos de la clasificación genérica – ejemplo práctico SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 2 RODAPÉ
  • 3. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.1 – LOS DIFERENTES NIVELES DE IMPUESTOS IMPUESTOS FEDERALES II – de Importación; IE – de Exportación; IPI – sobre Productos Industrializados; IOF –Operaciones Financieras; IRPF/IRPJ – sobre la Renta; IMAGEM CSLL – Contribución Social sobre el Lucro Neto; ITR – sobre la Propiedad Territorial Rural; PIS – Programa de Integración Social; COFINS – Contribución para Financiamiento de la Seguridad Social; CIDE – Contribución de Intervención del Dominio Económico. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 3 RODAPÉ
  • 4. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.1 – TRES NIVELES DE COMPETENCIA DE GRAVAMEN IMPUESTOS ESTATALES (27 uniones federales) IMPUESTOS MUNICIPALES IITCMD – sobre Transmisiones de Bienes por IPTU – sobre Propiedad y Territorial Urbana; Mortis Causa y Donaciones; ITBI – sobre Transmisión de Inmuebles Inter IPVA – sobre Propiedad de Vehículos; IMAGEM Vivos; ICMS – sobre Circulación de Mercancías y ISS – sobre Servicios de cualquier naturaleza. Prestación de Servicios de Transporte y Comunicación. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 4 RODAPÉ
  • 5. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.2 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA IMPORTACIÓN DE BIENES INDUSTRIA EXTRANJERA Importación de bienes Clientes BRASIL Sigla Denominación Carga tributaria Status para cliente II Impuesto de importación De acuerdo con el producto NCM Siempre coste* IPI Impuesto de productos industrializados De acuerdo con el producto – NCM Recuperable /no recuperable* PIS Contribución PIS-Importación 1,65%* Recuperable o no recuperable* 7,60%* Recuperable o no recuperable* De acuerdo con el producto NCM - ubicación del importador Recuperable/no recuperable* COFINS Contribución COFINS - Importación ICMS Impuesto de circulación de mercadorías *Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por los cambios en la normativa nacional. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 5 RODAPÉ
  • 6. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.2 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA IMPORTACIÓN DE SERVICIOS INDUSTRIA EXTRANJERA Importación de servicios Clientes BRASIL Sigla Denominación Carga tributaria Status para cliente IRRF Impuesto de renta en la fuente 15% como regla* Coste del extranjero* CIDE Contribución de intervención en el dominio económico 10%* Coste del cliente* PIS Contribución PIS-Importación 1,65%* Coste del cliente* 7,60%* Coste del cliente* De acuerdo con el servicio y ciudad – 2% hasta 5%* Coste del cliente* COFINS Contribución COFINS - Importación ISS Impuesto de servicios *Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por los cambios en la normativa nacional. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 6 RODAPÉ
  • 7. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.3 – IMPUESTOS QUE INCIDEN EN LA VENTA LOCAL DE BIENES COMPETENCIA LOCAL Ventas locales de bienes Clientes BRASIL Sigla Denominación Carga tributaria Status para el Cliente IPI Impuesto de productos industrializados De acuerdo con el producto – NCM Recuperable o no recuperable* PIS Contribución PIS 1,65% o 0,65%* Recuperable o no recuperable* COFINS Contribución COFINS 7,60% o 3%* Recuperable o no recuperable* ICMS Impuesto de circulación de mercadorías De acuerdo con el producto - NCM - ubicación del cliente Recuperable o no recuperable* *Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por los cambios en la normativa nacional. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 7 RODAPÉ
  • 8. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.3 – IMPUESTOS INCIDENTES EN LA PRESTACIÓN LOCAL DE SERVICIOS COMPETENCIA LOCAL Ventas locales de servicios Clientes BRASIL Sigla Denominación Carga tributaria Status para el Cliente IRRF Impuesto de renta fuente 1,5%* Coste del suministrador brasileño* PIS Contribución PIS 1,65% o 0,65%* Recuperable o no recuperable* COFINS Contribución COFINS 7,60% o 3%* Recuperable o no recuperable* ISS Impuesto de servicios De acuerdo con el servicio y ciudad – 2% hasta 5%* Coste del cliente* *Las cargas tributarias aquí citadas son orientativas, destinadas a tener una visión genérica del sistema tributario brasileño, sujetas a alteraciones por los cambios en la normativa nacional. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 8 RODAPÉ
  • 9. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.4 – CUADRO RESUMEN DE LA INCIDENCIA FISCAL BRASILEÑA II IPI PIS COFINS ICMS Impuesto de importación Impuesto de productos industrializados IPI Impuesto de productos industrializados PIS Contribución PIS COFINS Contribución COFINS ICMS Impuesto de circulación de mercancías Contribución PIS-Importación Contribución COFINS Importación Impuesto de circulación de mercancías IRRF Impuesto de renta en la fuente IRRF Impuesto de renta fuente CIDE Contribución de intervención en el dominio económico PIS Contribución PIS PIS Contribución PIS-Importación COFINS Contribución COFINS Contribución COFINS Importación Impuesto de servicios ISS Impuesto de servicios COFINS ISS SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 9 RODAPÉ
  • 10. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.5 – COMPARACIÓN DE ESCENARIOS – EJEMPLO NUMÉRICO CALCULO POR LA IMPORTACIÓN Precio producto por tonelada R$ 1.000 Cantidad 20 Tasa Conversión 2,60 Coste producción R$ R$ 52.000 Flete - 2,5% Seguro y costes - 2,5% II - 14% R$ 7.280 IPI - 0% PIS - 1,65% R$ 1.182,05 COFINS - 7,6% R$ 5.444,59 ICMS - 18% R$ 14.467,31 TOTAL POR LA IMPORTACIÓN R$ 80.373,95 Coste producto Recuperable CALCULO POR LA ADQUISICIÓN NACIONAL Valor de la mercancía R$ 52.000 Coste producto Recuperable Base de cálculo - ICMS Valor nota R$ 71.477,66 R$ 71.477,66 PIS R$ 1.179,38 COFINS R$ 5.432,30 TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 71.477,66 IPI ICMS PIS COFINS R$ 0,00 R$ 12.865,98 R$1.179,38 R$ 5.432,30 Total recibido TOTAL ADQUISICIÓN NACIONAL R$ 52.000 R$ 71.477,66 R$ 73.747,31 PIS R$ 1.182,05 COFINS R$ 5.444,59 TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 80.373,95 R$ 64.865,98 *Los cálculos aquí ilustrados son orientativos, no siendo aplicables como norma general. Cada situación requiere de su propio cálculo, pues los impuestos incidentes varían en función de diferentes criterios de extrema relevancia. Aconsejamos realizar un estudio previo para identificar la carga fiscal en cada caso. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 10 RODAPÉ
  • 11. I. EL SISTEMA TRIBUTARIO BRASILEÑO I.5 – COMPARACIÓN DE ESCENARIOS – EJEMPLO NUMÉRICO CALCULO POR LA IMPORTACIÓN - VALOR REDUCIDO Precio producto por tonelada Cantidad Tasa Conversión Coste producción R$ Flete - 2,5% Seguro y costes - 2,5% II - 14% IPI - 0% PIS - 1,65% COFINS - 7,6% ICMS - 18% TOTAL POR LA IMPORTACIÓN R$ 890 20 2,60 R$ 46.280 R$ 6.479,20 R$ 1.052,02 R$ 4.845,68 R$ 12.875,91 R$ 71.532,81 Coste producto Recuperable R$ 65.635,11 PIS R$ 1.052,02 COFINS R$ 4.845,68 TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 71.532,81 CALCULO POR LA ADQUISICIÓN NACIONAL Valor de la mercancía R$ 52.000 Coste producto Recuperable R$ 64.865,98 Base de cálculo - ICMS Valor nota R$ 71.477,66 R$ 71.477,66 PIS R$ 1.179,38 COFINS R$ 5.432,30 TOTAL SALIDA DE CAJA R$ 71.477,66 IPI ICMS PIS COFINS R$ 0,00 R$ 12.865,98 R$1.179,38 R$ 5.432,30 Total recibido TOTAL ADQUISICIÓN NACIONAL R$ 52.000 R$ 71.477,66 *Los cálculos aquí ilustrados son orientativos, no siendo aplicables como norma general. Cada situación requiere de su propio cálculo, pues los impuestos incidentes varían en función de diferentes criterios de extrema relevancia. Aconsejamos realizar un estudio previo para identificar la carga fiscal en cada caso. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 11 RODAPÉ
  • 12. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO MENSAJE: • INCENTIVO A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES, PRINCIPALMENTE LA EÓLICA; • PROTECCIÓN Y DESARROLLO DE LA INDUSTRIA NACIONAL; • INSERCIÓN DE MECANISMOS PARA LA IMPLANTACIÓN DE NUEVAS PRODUCCIONES NACIONALES; SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 12 RODAPÉ
  • 13. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO II.1 – ACCIÓN DEL GOBIERNO BRASILEÑO Incentivo al desarrollo Gobierno Federal Financiaciones Nuevos requisitos Cambios en la ley tributaria SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 13 RODAPÉ
  • 14. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO II.2 – EL CONVENIO ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997 Este Convenio regula la exención del ICMS en las operaciones que cumplan los siguientes requisitos:  Operaciones con productos destinados a ser utilizados, exclusiva o principalmente, para aprovechar la energía eólica.  Certificación, por cualquier comprobación técnica, que acrediten su finalidad, utilidad en la generación de energía eólica.  Citado beneficio, se aplica a los equipos exentos o tributen por 0 (cero) el IPI. Vigencia prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 14 RODAPÉ
  • 15. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO II.2 – EL CONVENIO ICMS 101/97, de 18 diciembre de 1997  Los productos deben encajarse dentro de las siguientes 17 descripciones: - Aerogeneradores para convertir la energía del viento en energía mecánica con fines de bombear el agua – NCM 8412.80.00; - Bomba para líquidos, para uso en sistema de energía solar fotovoltaico en corriente continua, con potencia no superior a 2HP – NCM 8413.81.00; - Calentadores solares de agua – NCM 8419.19.10; - Generador fotovoltaico de potencia no superior a 750W – NCM 8501.31.20; - Generador fotovoltaico de potencia superior a 750W pero inferior a 75kW – NCM 8501.32.20; - Generador fotovoltaico de potencia superior a 75kW pero inferior a 375kW – NCM 8501.33.20; - Generador fotovoltaico de potencia superior a 375Kw – NCM 8501.34.20; - Aerogeneradores de energía eólica – NCM 8502.31.00; - Células solares no montadas – NCM 8541.40.16; - Células solares en módulos o paneles – NCM 8541.40.32; - Torre para soporte de generador de energía eólica – NCMs 7308.20.00 y 9406.00.99; - Pala de motor o turbina eólica – NCM 8503.00.90; - Partes y piezas utilizadas exclusiva o principalmente en aerogeneradores clasificados con el código 8502.31.00 de la NCM 8503.00.90; - Chapas de acero – NCM 7308.90.10; - Cables de control – NCM 8544.49.00; - Cables de potencia – NCM 8544.49.00; y - Anillas de modelaje – NCM 8479.89.99. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 15 RODAPÉ
  • 16. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO II.3 – REIDI, Ley 11.488/07 REIDI – Régimen especial de incentivos fiscales a las empresas con proyectos de infraestructura para fomentar el desarrollo en los sectores de transporte, puertos, energía, saneamiento básico y riego. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 16 RODAPÉ
  • 17. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS II.3 – REIDI, Ley 11.488/07 Beneficios fiscales: BIENES -> no incide el PIS ni la COFINS sobre la facturación por la venta o importación de: i) máquinas, aparatos, instrumentos y equipos, nuevos, siendo adquiridos para incorporarlos en obras de infraestructura (activo inmovilizado); ii) materiales de construcción adquiridos para usarlos o incorporarlos en obras de infraestructura (activo inmovilizado). SERVICIOS -> no incide el PIS ni la COFINS sobre: i) la facturación de prestación de servicios en obras de infraestructura (activo inmovilizado); ii) la importación de servicios en obras de infraestructura (activo inmovilizado); iii) facturación del alquiler de maquinaria, aparatos, instrumentos y equipo subministrados por empresa local siendo utilizados en obras de infraestructura. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 17 RODAPÉ
  • 18. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS II.3 – REIDI, Ley 11.488/07 La no incidencia de citados impuestos en las operaciones de venta de bienes y servicios para la beneficiaria del REIDI no impide mantener los créditos apurados en las entradas por parte del proveedores. Vetada la apropiación de crédito por la beneficiaria cuando adquiera los productos sin incidencia fiscal La no aplicación del PIS y la COFINS se convierte en alícuota 0% tras incorporar o usar, en la obra de infraestructura, bienes o servicios adquiridos o importados bajo el REIDI. La empresa deberá retraer el PIS y la COFINS no pagados (exención) cuando: no sea efectuada la incorporación o importación bajo el REIDI en la obra de infraestructura o sea cancelada la habilitación (REIDI). IPI – alícuota cero Aplicada a la gran mayoría de los equipos y maquinaria empleados para la producción de energía eléctrica eólica y solar. Conviene identificar los NCMs beneficiados en cada caso. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 18 RODAPÉ
  • 19. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS II.3 – REIDI, Ley 11.488/07 Habilitados y co-habilitados en el REIDI El REIDI es un régimen especial que posibilita la venta de productos utilizados en proyectos de infraestructuras con suspensión de las contribuciones al PIS y al COFINS y posterior conversión en alícuota cero. Puede ser habilitado en el REIDI la persona jurídica que tenga un proyecto aprobado para la implantación de obras de infraestructuras en los sectores de transportes, puertos, energía, saneamiento básico e irrigación. Para la co-habilitación, existen reglas específicas, mencionadas a continuación SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 19 RODAPÉ
  • 20. II. LA TRIBUTACIÓN EN EL SECTOR EÓLICO - PRODUCTOS II.3 – REIDI, Ley 11.488/07 Empresas autorizadas a solicitar la co-habilitación  REIDI (Régimen Especial de Estímulo al Desarrollo de Infraestructuras) – Programa Federal de incentivo fiscal que otorga reducción de las contribuciones de PIS y COFINS (suspensión que se convierte en un tipo del 0%).  Beneficiarios del REIDI – Son los titulares de proyectos de infraestructuras.  Co-habilitación – Se prevé para los proveedores que reciban ingresos por servicios en obra de construcción civil del titular del proyecto. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 20 RODAPÉ
  • 21. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO BNDES - Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social Creado en Brasil en 1952, con el objetivo de incentivar la política nacional de desarrollo económico y social, hoy representa la principal fuente de financiación para la realización de inversiones en diversos segmentos de la economía. Financiación pública – Largo plazo y tasas de intereses reducidas SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 21 RODAPÉ
  • 22. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA Desde su fundación en la década de los años 50, el BNDES destaca en el apoyo a las inversiones en INFRAESTRUCTURA, INDUSTRIA, AGRICULTURA y COMERCIOSERVICIOS. En los años 60, el sector agropecuario y las pequeñas y medianas empresas comenzaron a contar con líneas de financiación del BNDES, momento en el cual el Banco pasó a descentralizar sus operaciones, abriendo oficinas regionales en Estados económicamente representativos (como São Paulo y Brasilia), y comenzó a operar asociado con una red de agentes financieros acreditados distribuidos por todo Brasil. En los años 70, el BNDES fue un elemento fundamental en la política de sustitución de importaciones. Los sectores de bienes de capital e insumos básicos pasaron a recibir más inversiones, con incentivos del Gobierno Federal SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 22 RODAPÉ
  • 23. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA En la década de 1980, ganó fuerza el concepto de la integración competitiva, que buscaba expandir el mercado interno y, al mismo tiempo, habilitar la economía brasileña para disputarse la preferencia de los compradores externos. Además de incentivar a las empresas brasileñas para competir con los productos importados, el Banco comenzó a estimular las exportaciones. La década de 1990 estuvo marcada por el estímulo a la descentralización regional, con el incremento de las inversiones en proyectos en las regiones Norte, Nordeste y Centro-Oeste de Brasil. Además de esto, el programa de exportaciones pasó a incluir las micro, pequeñas y medianas empresas. A partir de 2000, en la línea de las políticas establecidas por el Gobierno Federal, el BNDES asumió el papel institucional de promover la competitividad de la economía brasileña, con los objetivos declarados de incentivar proyectos que procurasen la generación de empleo y renta, así como la reducción de las desigualdades sociales y regionales. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 23 RODAPÉ
  • 24. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA En 2009, los bancos públicos pasaron a liderar el mercado de crédito en Brasil. La cartera de préstamos de los bancos públicos alcanzó una participación del 41% en el mercado, por encima del 40,5% de los bancos privados. BRASIL SÃO PAULO – Sector privado AÑO VOLUMEN DE PRÉSTAMOS AÑO VOLUMEN DE PRÉSTAMOS 2012 R$ 156.000.000.000,00 2012 R$ 35.200.000.000,00 2013 R$ 250.000.000.000,00 2013 R$ 40.000.000.000,00 SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 24 RODAPÉ
  • 25. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.1 – EL PAPEL DEL BNDES EN LA ECONOMÍA BRASILEÑA BNDES aprueba R$ 603,9 millones para parques eólicos en RS” Economia Estadão (07/10/2013) El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) aprobó la financiación de R$ 603,9 millones para la construcción de diez parques eólicos de Eletrosul Centrais Elétricas S.A. en Rio Grande do Sul. Las plantas energéticas forman el Complejo Eólico Geribatu, tendrán una potencia instalada de 258 MW (suficiente para abastecer una ciudad de, aproximadamente, 500 mil habitantes, de acuerdo con el BNDES) y deberán entrar en funcionamiento a finales de 2014. “BNDES financia parques eólicos en Ceará” Ambiente Energia (02/08/2013) El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) aprobó la financiación de R$ 92 millones para la construcción de cinco parques eólicos en el municipio de Trairí, en Ceará, con una potencia instalada de 136,5 MW y sistema de transmisión integrado. (...) En 2012, el BNDES financió 63 plantas eólicas, con R$ 3,1 billones. Este importe corresponde a una inversión total (consideradas las contrapartidas de los emprendedores), de R$ 5,9 billones. Para 2013, el Banco estima que habrá un crecimiento del 15% en el número de operaciones aprobadas en relación al año anterior. La cartera actual del BNDES, incluyendo proyectos en fase de liberación de recursos y en análisis, suma 94 parques eólicos, equivalentes a financiaciones por valor de R$ 6,8 billones. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 25 RODAPÉ
  • 26. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO Muchas de las empresas que actúan en el sector eólico utilizan las financiaciones concedidas por el BNDES – FINAME. A finales de 2012, el BNDES creó nuevas reglas para la concesión de su financiación, beneficiando todavía más al productor local. Las reglas son progresivas y deben ser íntegramente cumplidas hasta 01/01/2016. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 26 RODAPÉ
  • 27. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO “Las exigencias del BNDES para la industria eólica van más allá del Índice de Nacionalización” Jornal da Energia (29/08/2012) La auditoría del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) que resultó en la desacreditación de proveedores de equipamientos eólicos del Finame - lista de máquinas que puede ser financiada por la institución – sorprendió al sector eléctrico brasileño. Algunas de las empresas perjudicadas alegaron que sí cumplían con el índice de nacionalización mínimo exigido del 60%. En ese momento, este punto fue considerado como la motivación para la acción del banco estatal. Pero, tras un primer momento, la industria comprobó que los pleitos del órgano de fomento iban más allá de este índice técnico. “Hemos observado que el BNDES no busca sólo el índice, sino también un grado manufactura en Brasil, un parque industrial. No se trata sólo de tener una nave que reciba las piezas y monte (las turbinas)“, explica Lauro Fiúza, director de la Asociación Brasileña de Energía Eólica (Abeeólica). Según él, esto ha quedado aún más claro en las conversaciones que tuvieron lugar entre la entidad, las empresas y el banco. Uno de los puntos que estarían siendo introducidos es la exigencia de que algunas de las partes más importantes, como el hub - que es como una "nariz" del aerogenerador que conecta la nacelle a las aspas sean fabricadas localmente. La nacelle, caja que protege el generador, también precisaría al menos ser montada aquí y con componentes locales. Para Fiúza, las nuevas directrices y las evoluciones del escenario permiten ver que cuatro empresas podrían volver al Finame rápidamente: la india Suzlon, la danesa Vestas, la alemana Siemens y la española Acciona. El ejecutivo incluso afirma que "dos empresas" están más próximas de revisar sus planes y dejar el mercado brasileño, pero no cita nombres. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 27 RODAPÉ
  • 28. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.2 – REQUISITOS PARA LA FINANCIACIÓN DEL BNDES – SECTOR EÓLICO “BNDES divulga reglas para financiación de generadores eólicos” Valor Económico (12/12/2012) El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) informó en un comunicado sobre el perfeccionamiento de sus reglas para la acreditación y verificación del contenido local de los aerogeneradores para fines de financiación. Según el comunicado del banco, la nueva metodología establece metas físicas, con ampliación progresiva de la cantidad de componentes nacionales en los equipamientos, que tendrán que ser cumplidas por los fabricantes de acuerdo con un cronograma previamente establecido. En su informe, el banco detalló que, con las alteraciones, el objetivo es trabajar en colaboración con emprendedores y fabricantes para aumentar gradualmente el contenido local de los aerogeneradores. Así, en el análisis del BNDES, se promovería la fabricación en el país de componentes con alto contenido tecnológico y uso intensivo de mano de obra, sofisticando, así, el parque productivo nacional y generando empleos de calidad. En el comunicado, el banco recordó que, anteriormente, el BNDES trabajaba con índice mínimo de nacionalización. A partir de ahora los fabricantes que deseen acreditarse deberán cumplir las etapas mínimas de fabricación establecidas para el marco inicial, fijado en el primer día de enero de 2013. En esta fecha, las empresas interesadas precisarán haber cumplido, al menos, con tres de las cuatro nuevas condiciones establecidas por el banco. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 28 RODAPÉ
  • 29. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 1 - Etapas Físicas y Contenido Local que deberán ser cumplidos por el fabricante de aerogeneradores con caja multiplicadora Marco inicial: Consiste en el encuadramiento del fabricante, para análisis del BNDES, en 3 de los 4 criterios relacionados a continuación: - Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos el 70%, en peso, de las chapas de acero fabricadas en el país o concreto armado de procedencia nacional; - Fabricación de las aspas en Brasil en unidad propia o de terceros; - Montaje del cubo en Brasil en unidad propia, con fundido de procedencia nacional (fundido, transformado y pintado en el país); - Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 29 RODAPÉ
  • 30. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 2 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/07/2013 y contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados a partir de esa fecha - Cumplimiento del ítem 1; - Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos 70%, en peso, de las chapas de acero fabricadas no país o concreto armado de procedencia nacional; - Montaje del cubo en Brasil en unidad propia, con fundido de procedencia nacional (fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 1 de los 4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de accionamiento del control de paso y paneles de control de paso; - Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 30 RODAPÉ
  • 31. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 3 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2014 y contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha - Cumplimiento del ítem 2; - Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con utilización de los componentes internos de procedencia nacional – plataformas, escaleras, soportes, barandillas, conductos, tornillos de conexión de las bridas; - Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de nacionalización mínimo del 40% en peso; - Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional (fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 2 de los 4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de accionamiento del control de paso y paneles de control de paso; - Montaje de la “nacelle” en Brasil, en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 31 RODAPÉ
  • 32. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 4 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/07/2014 y contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha - Cumplimiento del ítem 3; - Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de nacionalización mínimo del 50% en peso; - Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional (fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener, como mínimo, 3 de los 4 componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de accionamiento del control de paso y paneles de control de paso; - Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 32 RODAPÉ
  • 33. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 5 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2015 y contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha - Cumplimiento del ítem 4; - Fabricación de las torres en Brasil, en unidad propia o de terceros, con al menos el 60% de la cantidad de los forjados de procedencia nacional; - Fabricación de las aspas en Brasil, en unidad propia o de terceros, con índice de nacionalización mínimo del 60% en peso; - Montaje del cubo en Brasil, en unidad propia, con fundido de procedencia nacional (fundido, transformado y pintado en el país): Debe contener todos los componentes a seguir: carenado del cubo, rodamientos de paso, sistema de accionamiento del control de paso y paneles de control de paso; - Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 33 RODAPÉ
  • 34. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN 6 - Nivel de fabricación que deberá ser implementado hasta 01/01/2016 y contenido local obligatorio en los aerogeneradores entregados desde esa fecha - Cumplimiento del ítem 5; - Montaje de la “nacelle” en Brasil en unidad propia. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 34 RODAPÉ
  • 35. III. FINANCIACIÓN DEL BNDES PARA EL SECTOR EÓLICO III.3 – NUEVAS REGLAS PARA LA CONCESIÓN DE FINANCIACIÓN Las nuevas reglas para la concesión de financiación por el BNDES, además de la fabricación nacional de los componentes de los aerogeneradores, exigen la realización de acciones de carácter administrativo por la empresa, como por ejemplo: - Contrataciones de personal ya realizadas; - Programa de entrenamiento de los empleados de producción; - Modelo de fundición disponible para el inicio de la fabricación de la base, en el caso de la “nacelle”; - Informe final sobre el proceso de fabricación y homologación de los elementos estructurales; - Tercerización del montaje en empresas establecidas en Brasil; - Acreditación del componente en el CFI del BNDES, con el respectivo código. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 35 RODAPÉ
  • 36. IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST El Código de Situación Tributaria fue creado para definir la tributación de productos, especialmente con respecto al ICMS (impuesto estatal incidente sobre la circulación de mercancías). Con las alteraciones legislativas en lo que se refiere al ICMS sobre productos importados (unificación de la alícuota en el 4%), también se produjeron modificaciones en el CST. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 36 RODAPÉ
  • 37. IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST Códigos de Situación Alteraciones en el Código de Situación Tributaria Las nuevas reglas para la concesión de financiación por el BNDES, además de la Tributaria fabricación nacional de los componentes de los aerogeneradores, exigen la 0 – Nacional; 0 – Nacional, excepto las indicadas en los códigos 3, 4, 5 y 8; realización de acciones de carácter administrativo por la empresa, como por 1 – Extranjera ejemplo: – importación 1 – Extranjera – importación directa, excepto la indicada en el código 6; directa; 2 – Extranjera – adquirida en el mercado interno. 2 – Extranjera – adquirida en el mercado interno, excepto la indicada en el código 7; - Contrataciones de personal ya realizadas; 3 – Nacional, mercancíaempleados - Programa de entrenamiento de 70% (setenta por ciento); de producción; al 40% (cuarenta por ciento) e los o bien con Contenido de Importación superior inferior o igual al - Modelo de fundición 4disponible para el inicio de la fabricación de la base, en el – Nacional – cuya producción haya sido realizada en conformidad con los procesos productivos caso de la “nacelle”; básicos de que tratan el Decreto-Ley n° 288/67 y las Leyes números 8.248/91, 8.387/91, 10.176/2001 y 11.484/2007; - Informe final sobre el –proceso de fabricación y homologación o iguallos40% (cuarenta por de al elementos 5 Nacional – mercancía o bien con Contenido de Importación inferior ciento); estructurales; 6 – Extranjera – importación establecidas en Brasil; - Tercerización del montaje en empresasdirecta, sin similar, según consta en lista de Resolución CAMEX y gas natural; - Acreditación del componente – adquirida en mercado interno, sincon el respectivo código. en el CFI del BNDES, similar nacional, según consta en lista de Resolución 7 – Extranjera CAMEX y gas natural; 8 – Nacional, mercancía o bien con Contenido de Importación superior al 70% (setenta por ciento). SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 37 RODAPÉ
  • 38. IV. CÓDIGO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA - CST IV.1 – IMPACTOS DE LA ALTERACIÓN DEL CST Antes de las alteraciones promovidas en los códigos de situación tributaria, los productos eran indicados únicamente como nacionales o importados – y estos divididos en importación directa o adquiridos en el mercado interno. Las alteraciones en los códigos indican si los productos son nacionales o importados de acuerdo con el contenido de importación existente en el bien. Es decir que, pese a haber sido fabricado en Brasil, productos con contenido de importación superior al 70% son considerados importados. Aunque la mercancía sea fabricada en Brasil, en caso de que tenga contenido de importación superior al 70% será considerada importada, para fines tributarios y a los efectos de concesión de financiaciones en el BNDES. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 38 RODAPÉ
  • 39. V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM Se trata de un código de ocho dígitos, establecido por el Gobierno Brasileño, para identificar la naturaleza de las mercancías y promover el desarrollo del comercio internacional, además de facilitar la recopilación y análisis de las estadísticas del comercio exterior. Cualquier mercancía, importada o comprada en Brasil, debe tener un código NCM en su documentación legal. El NCM también es utilizado para definir la alícuota de los tributos. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 39 RODAPÉ
  • 40. V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM El NCM es simplemente un código de clasificación fiscal existente en Brasil, compuesto por 8 números. Los seis primeros números son formados por el Sistema Harmonizado (SH), que es un método internacional de clasificación de mercancías, basado en una estructura de códigos y sus respectivas descripciones. Los dos últimos números son formados por la NCM, en desdoblamientos específicos atribuidos al Mercosur. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 40 RODAPÉ
  • 41. V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM V.1 – IMPORTANCIA DEL CORRECTO USO DEL NCM - La clasificación fiscal de mercancías en la NCM es obligatoria; - Los códigos de la NCM deben ser indicados en los documentos fiscales para la identificación de diversos tributos, especialmente cuando se trata de beneficios fiscales, regímenes especiales y tributaciones diferenciadas; - El incorrecto encuadramiento en la NCM puede llevar a un pago de tributos en cuantía superior o inferior a la realmente debida. Si el importe pagado fuera menor, existe una previsión de multa mínima del 75%. En el ámbito del comercio exterior, la multa es del 1% sobre el importe aduanero de la mercancía. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 41 RODAPÉ
  • 42. V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM V.2 – EFECTOS DE LA CLASIFICACIÓN GENÉRICA PARA BIENES DEL SECTOR EÓLICO Como ya hemos expuesto, el NCM es un código de clasificación fiscal de mercancías. Los beneficios fiscales, regímenes especiales y tributaciones diferenciadas concedidas a los productos utilizados en infraestructuras son definidos, la mayor parte de las veces, por el código NCM atribuido a cada parte o pieza. Los aerogeneradores, sus partes y piezas gozan de beneficios fiscales, como por ejemplo una alícuota del 0% de IPI y exención de ICMS, pero si la clasificación fiscal no se produce de acuerdo con las Normas Explicativas del Sistema Harmonizado, puede suceder que la empresa no llegue a disfrutar de estos beneficios, justamente por haber clasificado el producto en algún código genérico, aplicable a productos utilizados en otros sectores que no son beneficiados por el Gobierno Federal. SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 42 RODAPÉ
  • 43. V. NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR - NCM V.2 – EFECTOS DE LA CLASIFICACIÓN GENÉRICA PARA BIENES DEL SECTOR EÓLICO Ejemplo práctico: NCM 8502.31.00 (EÓLICO) NCM 8504.22.00 (GENÉRICO) Cualquier grupo electrógeno de energía eólica clasificado en el código 8502.31.00, excepto los de potencia inferior o igual a 3.300 kVA. Transformadores de dieléctrico líquido de potencia superior a 650 kVA, pero no superior a 10.000 kVA Impuesto de Importación 0% Impuesto de Importación 14% Impuesto sobre Productos Industrializados 0% Impuesto sobre Productos Industrializados 0% ICMS Exento ICMS Hasta 18% PIS 1,65% PIS 1,65% COFINS 8,6% COFINS 8,6% Impuesto de Importación del 14% No está exento de ICMS! Aumento del coste SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 43 RODAPÉ
  • 44. Gracias Leonardo Briganti lb@briganti.com.br Elena Álvarez ea@briganti.com.br Eva Vallespí ev@briganti.com.br SÃO PAULO: Av. Das Nações Unidas, 12.399, Cj. 18, Bloco A, Brooklin Novo | VITÓRIA: Rua das Palmeiras, 685, sala 705, Santa Lucia | BARCELONA: Travessera de Grácia, 71, 3º 1ª 44