2. DERECHOS EN LOS ASPECTOS SEXUALES
EN MÉXICO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS.
ARTICULO 1°- Queda prohibida toda discriminación motivada por
origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades
diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión,
las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y libertades de las personas.
ARTICULO 2°- Las mujeres pueden ser representantes para el
ejercicio de cualquier puesto de gobierno.
ARTICULO 4°-El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Toda
persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e
informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos. Toda
persona tiene derecho a la protección de la salud.
ARTICULO 16°- La información y los servicios de salud,
educación y demás similares, que estén relacionados con
programas de planificación familiar
3. ARTICULO 17°- Los programas de planificación familiar
incorporarán el enfoque de género e instruirán sobre los medios
permitidos por las leyes para regular la fecundidad.
ARTICULO 18°- La educación e información sobre planificación
familiar deberán dar a conocer los beneficios que genera decidir
de manera libre y responsable sobre el número y espaciamiento
de los hijos y la edad para concebirlos.
http://www.gob.mx/salud/acciones-y-programas/marco-
normativo-y-juridico-del-programa-de-salud-sexual-y-
reproductiva-de-los-adolescentes-cnegsr