2. 1. Programación del Proyecto de
Presupuesto
Para la proyección de ingresos y gastos, la entidad debe tener en cuenta:
• Plan de Desarrollo Institucional – Solo aplica para los proyectos faltantes que puedan
ejecutarse de Enero a Marzo 2020
• Portafolio de servicios
• Plan de venta y mercadeo de servicios
• Proyección de ingresos para vigencia 2020 y su respectivo análisis
• Relación de cuentas por cobrar por cada régimen a la fecha de corte
• Plan de compras 2020
• Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero – PSFF – cuando aplica
Cuadros 35 y 36 y explicativos
3. 2. Presentación del Proyecto a la Junta
Directiva
• La Junta directiva debe conocer el ante proyecto de acuerdo de presupuesto
antes de que se lleve a trámite del COMFIS / CODFIS y solicitar las proyecciones,
plantas de cargos, planes de compra y documentos complementarios
• Este proyecto debe ser analizado detalladamente las proyecciones de ingresos y
gastos que presenta la ESE, velando que estén acordes con la capacidad
institucional (recursos físicos, recursos humanos, recursos financieros), el
portafolio de servicios que se prestan y el plan de desarrollo.
• Los miembros de Junta deberán realizar las observaciones y solicitar al Gerente
las modificaciones pertinentes y el Gerente deberá acatarlas y realizar los ajustes
correspondientes al proyecto.
• El resultado es una Acta de Junta Directiva y el Proyecto de Acuerdo para su
trámite ante el COMFIS / CODFIS.
4. 3. Presentación del Proyecto ante COMFIS
/ CODFIS
• Artículo 18. Decreto 115 de 1996:…El COMFIS /
CODFIS o quien éste delegue, aprobará por
resolución el presupuesto y sus modificaciones
• Al COMFIS / CODFIS se presenta el Proyecto de
Acuerdo junto con los anexos que hacen parte de
la formulación
5. 4. Estudio y aprobación del proyecto por
parte del COMFIS / CODFIS
• El CODFIS / COMFIS a el análisis del proyecto de
presupuesto con base en los documentos presentados por
la Gerencia de la ESE y puede solicitar documentos
complementarios si lo considera necesario.
• Además, el CODFIS / COMFIS puede citar al Gerente u otro
funcionario del área de presupuesto para la presentación o
aclaraciones de éste proyecto.
• El CODFIS / COMFIS expide una Resolución que aprueba los
valores por capítulos para Presupuesto de Ingresos y el
Presupuesto de Gastos y las Disposiciones Generales
6. 5. Liquidación (distribución) del
Presupuesto
• Una vez el COMFIS / CODFIS aprueba las partidas
globales para los capítulos de ingresos y gastos,
la responsabilidad de la desagregación del
presupuesto de ingresos y gastos, conforme a las
cuantías aprobadas, será del Gerentes, quien
presentarán un informe de la desagregación a la
Junta o consejo directivo, para observaciones,
modificaciones y refrendación mediante
resolución o acuerdo, antes de febrero de cada
año. Artículo 18 Decreto. 115 de 1996
7. 5. Liquidación (distribución) del
Presupuesto
• Artículo 19. Decreto 115 de 1996:
La responsabilidad de la desagregación del presupuesto de ingresos y
gastos, conforme a las cuantías aprobadas por el COMFIS / CODFIS o
quien éste delegue, será de los gerentes, presidentes o directores,
quienes presentarán un informe de la desagregación a la Junta o
Consejo Directivo, para sus observaciones, modificaciones y
refrendación mediante resolución o acuerdo, antes del 1 de febrero
de cada año.
• En la distribución se dará prioridad a los sueldos de personal,
prestaciones sociales, servicios públicos, seguros, mantenimiento,
sentencias, pensiones y transferencias asociadas a la nómina.
8. Desagregación del Presupuesto
En la distribución del presupuesto de gastos se le dar
prioridad a:
• Sueldos de personal
• Prestaciones sociales
• Servicios públicos
• Seguros
• Mantenimiento
• Sentencias
• Pensiones
• Transferencias asociadas a la nomina
La ejecución del presupuesto se podrá iniciar con la
desagregación efectuada por los gerentes
9. CERTIFICADO DE VIABILIDAD
PRESUPUESTAL
• Con el fin de garantizar un mayor grado de eficiencia y eficacia en la gestión
contractual, el Hospital, a través del jefe de presupuesto o quien haga sus veces,
podrá expedir Certificado de Viabilidad Presupuestal, una vez el presupuesto haya
sido aprobado por parte del COMFIS / CODFIS.
• Este certificado indica que en el presupuesto aprobado para la siguiente vigencia
se han establecido apropiaciones presupuestales en un rubro específico y por lo
tanto, al iniciase la siguiente vigencia pierde validez y deberá reemplazarse por el
respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuesta - CDP
• El presupuesto debe estar aprobado por COMFIS / CODFIS
• Se aplica en la etapa pre-contractual
11. Modificaciones Presupuestales
• Constituyen los mecanismos mediante los cuales se modifica
el presupuesto a lo largo de la vigencia.
• Dichas modificaciones no deben estar dirigidas a corregir
defectos de la programación presupuestal, sino a contribuir a
la correcta ejecución del Plan de Desarrollo a través del
presupuesto.
• Acorde con la reglamentación presupuestal, por principio, el
órgano que aprueba el presupuesto es el mismo que debe
aprobar sus modificaciones. En las Disposiciones Generales el
COMFIS / CODFIS debe definir las competencias para la
realización de las modificaciones presupuestales durante la
vigencia del presupuesto
12. Modificaciones Presupuestales
• Adición y reducción: Son modificaciones presupuestales que incrementan o
disminuyen tanto el presupuesto de ingresos como el de gastos.
• Traslados: Son movimientos que se realizan dentro o entre un mismo
agregado del gasto (funcionamiento o inversión), pero que no aumentan ni
disminuyen el presupuesto ingresos y gastos
• Los traslados que no afecten el valor de los capítulos, las aprueba la Junta
Directiva. Artículo 23 Decreto 115 de 1996.
• Los traslados que cambien el valor de los capítulos los aprueba el COMFIS /
CODFIS o en quien delegue. Artículo 24 Decreto 115 de 1996.
13. Modificaciones al presupuesto
• Traslados Presupuestales:
“El detalle de las apropiaciones podrá modificarse, mediante Acuerdo
o Resolución de las juntas…, siempre que no se modifique en cada
caso el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de
operación comercial, servicio de la deuda y gastos de inversión”
(Artículo 23, Decreto. 115 de 1996)
• Adiciones, Reducciones o Traslados entre
Grandes Capítulos
“Las adiciones, traslados o reducciones que modifiquen el valor total
de los gastos de funcionamiento, gastos de operación comercial,
servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobados por el
Consejo Superior de Política Fiscal, Comfis, o quien éste delegue.”
(Artículo 24, Decreto. 115 de 1996)
14. Modificaciones al presupuesto
Disponibilidad presupuestal para traslados,
adiciones o modificaciones:
• Las adiciones, traslados o reducciones requerirán
del certificado de disponibilidad que garantice la
existencia de los recursos, expedido por el jefe de
presupuesto o quien haga sus veces.” (Artículo 25,
Decreto. 115 de 1996)
15. Modificaciones al presupuesto
Su aplicación:
Adiciones:
Cuando se suscriben convenios o contratos durante la vigencia que no
estaban contemplados en el presupuesto inicial
En vigencias anteriores, cuando se realiza el recaudo efectivo de los
recursos de la cartera, se procede a realizar la correspondiente adición
Los recursos correspondiente a la vigencia en curso, solo se adicionan
cuando se presenta mayor valor recaudado al presupuestado inicialmente.
Reducciones:
Cuando ingresos no se comportan como se estimó, se podrán hacer los
ajustes requeridos al presupuesto de acuerdo con el Artículo 28, Decreto.
115 de 1996
16. Modificaciones al presupuesto
Ajuste cuando ingresos no se comportan como se estimó
• El COMFIS / CODFIS, o quien éste delegue podrá
suspender, reducir o modificar el presupuesto cuando
se estime que los recaudos del año pueden ser
inferiores al total de los gastos presupuestados; o
cuando no se perfeccionen los recursos del crédito; o
cuando la coherencia macroeconómica así lo exija.
(Artículo 28, Decreto. 115 de 1996)
19. Ejecución de Ingresos
Comprende el recaudo de los Ingresos del Presupuesto Anual,
constituidos por los Ingresos Corrientes y los Recursos de
Capital.
Mensualmente se debe hacer un análisis de esta ejecución
donde se logre establecer si los recursos propios así como los
aportes que respaldan las apropiaciones para gastos, tienen un
comportamiento normal y acorde con lo proyectado. De no ser
así, es decir, si el recaudo observado es menor que el avance de
los gastos ordenados, se debe evitar contraer nuevos
compromisos que conduzcan al final del período a un déficit
presupuestal y fiscal.
20. MANEJO DEL EQUILIBRIO
PRESUPUESTAL
• Monitorear permanentemente la
proporción de los compromisos con relación
al recaudo
RECONOCIDO
>=COMPROMISO
RECAUDADO
21. Ejecución del presupuesto
Registro del presupuesto inicial aprobado
Una vez sea expedida la Liquidación del Presupuesto
de la vigencia, el responsable de presupuesto de cada
empresa debe registrarlo según el mismo detalle, en
el sistema de información aprobado, diferenciando
los Ingresos, los Gastos de Administración,
Operación, Servicio de la Deuda y los de Inversión.
22. Qué se entiende por Ejecución del
Presupuesto
La ejecución del presupuesto es el conjunto de
procedimientos y acciones encaminadas a hacer
realidad lo previsto en el presupuesto aprobado por
el órgano correspondiente y por tanto, a dar
cumplimiento a las metas previstas en el
correspondiente plan de desarrollo en la vigencia
fiscal.
La ejecución del presupuesto de ingresos es de caja
(recaudo) y la ejecución del presupuesto de gastos es
de causación.
23. Qué se entiende por Ejecución del Presupuesto
El presupuesto de ingresos de las Empresas se ejecuta cuando
se produce el recaudo de las rentas estimadas,
independientemente de la fecha en cual se haya dado el
reconocimiento o se hubiere devengado.
Por consiguiente, con cargo a la vigencia debe imputarse como
ejecución de los ingresos, la recuperación de cartera, los pagos
de vigencias anteriores, los intereses, etc.
24. Causación de los gastos
• Se causarán, a medida que se reciben los bienes y
servicios, durante la vigencia fiscal respectiva.
• La causación (devengado) del gasto debe contar con la
apropiación presupuestal correspondiente, así su pago
se efectúe en la siguiente vigencia fiscal. El pago deberá
incluirse en el presupuesto del año siguiente como una
cuenta por pagar.
Artículo 13 Decreto 115/1996
25. De la Ejecución del Presupuesto
Certificado de disponibilidad
presupuestal
Todos los actos administrativos que afecten las
apropiaciones presupuestales, deberán con los
Certificados de Disponibilidad previos que
garanticen la existencia de apropiación
suficiente para atender estos gastos
26. De la Ejecución del Presupuesto
Registro presupuestal
El compromiso debe estar respaldado con un
registro presupuestal para que los recursos no
sean desviados a ningún otro fin
Es un requisito indispensable para el
perfeccionamiento de estos actos
administrativos
27. Proceso de ejecución
El proceso de ejecución del Presupuesto de Apropiaciones para Gastos,
comprende las siguientes etapas:
1.Intención de ordenar el gasto: Cuando se origina la intención de ordenar el
gasto, ya sea porque alguna dependencia interna de la administración formula
una solicitud, requiere un servicio o un bien o en general se tiene una necesidad
de un bien, servicio u obra.
2.Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP): Para respaldar dicha
solicitud de gasto, el respectivo Ordenador de Gasto debe solicitar a la oficina
de presupuesto o quien haga sus veces, que emita este tipo de documento, con
el cual dicho funcionario competente certifica que en el presupuesto de la
vigencia existe apropiación disponible y monto suficiente para adquirir el
compromiso que se pretende realizar, con cargo al presupuesto.
28. Proceso de ejecución
3. Ordenación del Gasto: Con base en el Certificado de
Disponibilidad expedido por el Jefe de Presupuesto o quien haga
sus veces, el Ordenador de Gasto correspondiente puede adquirir
el compromiso, ya sea con la expedición de una orden de
prestación de servicio, de compra u obra, o con la suscripción del
respectivo convenio o contrato de acuerdo con el régimen
contractual previsto para las E.S.E.
4. Registro Presupuestal (RP): Una vez emitida la orden de gasto
o suscrito el contrato respectivo por las partes (contratante y
contratista), se debe efectuar el Registro Presupuestal, con el cual
se descarga en forma definitiva de la apropiación disponible el
monto comprometido mediante dicha orden de gasto, resolución,
convenio o contrato.
29. El registro presupuestal o registro del
compromiso implica:
a) Un acto de administración interna que confirma el CDP y
disminuye la disponibilidad de apropiación.
b) La identificación del beneficiario (persona natural o
jurídica) que interviene en la operación, la clase y cantidad
de los bienes y servicios a recibir y los gastos sin
contraprestación (transferencias).
c) El origen de una relación jurídica con terceros que dará
lugar en el futuro a una eventual salida de fondos.
d) La aprobación por parte del personal competente, de la
aplicación de recursos por un concepto e importes
determinados.
30. 5. Cumplimiento del Objeto Contractual (obligación o
devengado): Es la etapa en la cual los proveedores de bienes o
servicios llevan a cabo dicho objeto del contrato, es decir,
prestan el servicio que o suministran los bienes, obras, etc.
pactados con la entidad pública contratante, los cuales deberán
ser recibidos de conformidad por éstas entidades.
En este momento, se produce la causación (derecho para el
contratista de recibir la contraprestación convenida) y obligación
(para el contratante de hacer efectiva dicha contraprestación o
pago).
Proceso de ejecución