El documento trata sobre la responsabilidad de pagar una multa de tránsito cuando el infractor ha fallecido. Explica que los herederos deben cancelar la multa ya que ni la infracción ni la obligación de pago desaparecen por la muerte de la persona. Los herederos asumen las obligaciones y deudas del difunto como parte de su sucesión ya sea de forma universal o singular. La muerte no es una forma de extinguir las obligaciones de acuerdo con la ley.