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Algunas consideraciones sobre los delitos de infracción de deber tarea n°3
1. ALGUNAS CONSIDERACIONES
SOBRE LOS DELITOS DE INFRACCIÓN DE DEBER
Por: Luis Miguel Cuya Salcedo1
SUMARIO: 1- INTRODUCCIÓN. 2.- Autoría. 2.1.- Definición. 3.- COAUTORÍA.
3.1.- Definición. 4.- PARTICIPE. 4.1.- Definición.- 5.- DELITOS DE INFRACCIÓN
DE DEBER. 7.- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
1. INTRODUCCIÓN.-
Para dar inicio a este tema muy interesante para el aprendizaje de las teorías
que respaldan a du vez la teoría del delito en general, una de ellas es la teoría
de infracción del deber, debo desarrollar algunos conceptos para abordar el
tema que hoy nos convoca, iniciaremos con analizar los conceptos y
definiciones de la autoría, coautoría y participación, para luego abordar los
delitos de infracción del deber y el rol que cumple en el derecho penal y
procesal penal.
2. AUTORÍA.-
2.1. Definición.-
1 Estudiante de Maestría en Ciencias Penales, por la Universidad San Martin de Porres; Abogado por la
Universidad Señor de Sipan, Chiclayo; Conciliador Extrajudicial por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos; Autoridad Política Distrital por la Dirección Regional del Gobierno del Interior. Chiclayo, Perú.
julio del 2021.
2. La autoría es definida por Welzel citado por Caro (2011) afirma que
autor es el señor del hecho, donde él es señor de la decisión y su
ejecución, quién lo instiga o colabora con él participa ciertamente en el
hecho pero no es el señor sobre el hecho”.
Para Caro (2011) la autoría delictiva se clasifica en dos grandes grupos, estas
son : a) autoría mediante delitos de dominio, y b) autoría mediante delitos de
infracción de deber, De este modo, la aparición de los delitos de infracción de
deber viene a quebrar la hegemonía del dominio del hecho como único criterio
útil para determinar la autoría delictiva (p.5).
La autoría cumple con ciertos supuestos que son:
a) Directa
b) Mediata
c) Co-autoría.
3. COAUTORÍA.-
3.1. Definición.- implica la decisión colectiva para realizar el delito y la
colaboración conjunta de manera consciente y voluntaria. La misma
que debe cumplir con ciertos requisitos que son: el acuerdo previo, el
aporte esencial y ser parte de la fase de ejecución desplegando un
dominio parcial del hecho.
4. PARTICIPACIÓN.-
3. 4.1. Definición.- El participe es quien actúa con una voluntad dependiente,
subordinada a la voluntad del autor. Convirtiéndose así la participación
en la cooperación dolosa en un delito doloso ajeno.
5. INFRACCIÓN DEL DEBER.
5.1. Definición.- Es autor quien realiza la conducta prohibida infringe un
deber funcional especial de carácter penal, esto se da en el sector
público, valga la redundancia en la administración pública, siendo así
un delito cometido por el Intraneus.
Para Jakobs, la infracción del deber radica en el fundamento de la
imputación jurídico penal, a diferencia de Roxin, para quien la infracción
del deber es sólo un criterio que determina la autoría del hecho (p.5).
En estos delitos no es la calidad de funcionario ni el dominio fáctico de
la situación típica lo que convierte al sujeto en autor del delito, sino el
deber infringido por el actuante como portador de un deber estatal de
comportarse correctamente en el ejercicio de la administración pública
(p.3).
Según el planteamiento de Roxin citado por Caro (2011), el centro de
los delitos de infracción de deber lo constituye el deber especial del
autor. Este deber no se refiere al deber general de respetar la norma,
que afecta a todas las personas, sino más bien a deberes extrapenales
que se encuentran como realidades previas al tipo y que son
necesarios para su realización. Estos delitos se tratan siempre de
deberes que están antepuestos en el plano lógico a la norma del
4. Derecho penal y que, por lo general, se originan en otros ámbitos del
Derecho (p.4).
Los delitos cometido en la en la infracción de un deber están
relacionados con los delitos de omisión, son delitos especificidadesque
solo un funcionario público podrá cometerlos.
6. REFERENCIAS.
Caro John, J. A. (2011). Algunas consideraciones sobre los delitos de
infracción de deber. Recuperado de
https://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/anuario/an_2003_06.pdf
Roxin, C. (2015). Autoría y dominio del hecho en derecho penal. Marcial Pons.
Barcelona, Madrid. (p. 1-36).
Universidad San Martin de Porres. (2021). Autoría y Participación. Temas de
la Teoría del Delito I. Recuperado de file:///C:/Users/Aseso/Downloads/E-
book%20del%20%20modulo%203.pdf