SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 28
Descargar para leer sin conexión
1
Nuevas disposiciones del Reglamento de la
Ley General de Salud en Materia de
Publicidad
2
1. Identificación de la Reforma
1.1. Introducción
1.2. Efectos de la reforma al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
1.3. Facultades de la autoridad y obligaciones de los actores
2. Regulación Sanitaria de la Publicidad
2.1. Flujo de Regulación Sanitaria sectores focalizados
2.2. Medicamentos
2.3. Remedios Herbolarios
2.4. Suplementos Alimenticios
2.5. Productos Cosméticos
2.6. Identificación de claves de autorización sanitaria
2.7. Autorización Sanitaria de la Publicidad
3. Copy Advice
4. Aplicación operativa
4.1. Inclusión del Número de Registro o Aviso Sanitario en la Pauta Publicitaria
3
4
La Reforma al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de
publicidad, fue fruto del consejo entre medios, anunciantes y Gobierno para
atacar la informalidad en la publicidad sanitaria que pone en riesgo la
salud.
Por lo tanto, la reforma al reglamento no establece ninguna obligación
adicional en los anunciantes formales.
Lo que se busca es eliminar los productos que anuncian facultades
curativas sin ser medicamentos.
La Cofepris ha diseñado un esquema para que la entrada en vigor de la
reforma (2 de marzo 2012) no genere contratiempos, ni carga regulatoria.
5
1. Los medios de difusión se asegurarán de que la publicidad que transmitan cuente con el permiso
correspondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud. El anunciante que
pretenda publicitar un producto o servicio sujeto a control sanitario por parte de la Secretaría de
Salud deberá presentar al medio de comunicación copia certificada de la carátula del registro
sanitario o autorización vigente, así como el permiso correspondiente para su publicidad.
2. La Secretaría de Salud ordenará a los medios de difusión la suspensión inmediata –en 24 horas-
de la publicidad de Remedios Herbolarios, Suplementos Alimenticios o Productos Cosméticos que
se publiciten o comercialicen como medicamentos o productos a los cuales se les atribuyan
propiedades o efectos terapéuticos que no tienen.
3. Las multas se incrementan considerablemente de 60% a 400% para los fabricantes, distribuidores
y comercializadores de este tipo de productos que infrinjan las nuevas disposiciones normativas,
llegando hasta 16,000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
6
Facultades de la autoridad:
Derivado de la publicación en el DOF el pasado 19 de enero del decreto que reforma
diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de
Publicidad se estableció en el articulo 108 otorgar la facultad a la autoridad sanitaria para
que al momento de detectar publicidad anómala ordene al medio de difusión la
suspensión de dicha publicidad en un plazo de 24 horas.
7
Obligaciones de los Actores:
• Lo anunciantes o dueños de la publicidad tendrán la obligación de presentar al medio
de difusión copia certificada de la carátula del Aviso de funcionamiento o Registro
Sanitario, según corresponda, del producto que desean publicitar, así como copia del
Aviso o Permiso de publicidad.
• Por parte de los medios de difusión se tiene la obligación de cumplir con la orden de
suspender la publicidad dentro de las 24 horas siguientes, a que recibieron la
notificación por parte de la autoridad sanitaria de que se esta pautando publicidad
anómala.
8
9
Suplemento alimenticio
Producto Cosmético
Medicamento de libre venta-
OTC
Remedio herbolario
Respuesta a consulta de
clasificación de producto
Aviso de
funcionamiento Permiso publicitario
Aviso de funcionamiento
Registro sanitario Permiso publicitario
Clave alfanumérica Permiso publicitario
Sujeto
a
vigilancia
Aviso por marca
10
Toda substancia o mezcla de substancias de origen natural o sintético que tenga efecto
terapéutico, preventivo o rehabilitatorio, que se presente en forma farmacéutica y se
identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y
biológicas.
Criterios de publicidad aplicables a medicamentos:
• Sólo se podrá difundir en medios masivos de comunicación la publicidad de los
medicamentos que para adquirirse no requieren receta médica. (artículo 40 RLGSMP)
• La publicidad se limitará a difundir las características generales de los productos, sus
propiedades terapéuticas y modalidades de empleo. (artículo 310 LGS)
• Sólo se autorizarán aquellas leyendas publicitarias que estén sustentadas en su registro
sanitario o marbete autorizado por la Secretaría de Salud. (artículo 310 LGS)
11
• Podrá incluir la descripción de las enfermedades propias del ser humano, diagnóstico,
tratamiento, prevención o rehabilitación. (artículo 41 RLGSMP)
• No deberá presentar el producto como solución definitiva en el tratamiento preventivo,
curativo o rehabilitatorio de una determinada enfermedad. (artículo 44 RLGSMP)
• No deberá promover su consumo a través de sorteos, rifas, concursos, coleccionables u
otros eventos en los que intervenga el azar. (artículo 44 RLGSMP)
• No deberá promover su consumo ofreciendo a cambio cualquier otro producto o servicio.
(artículo 44 RLGSMP)
Leyenda precautoria: CONSULTE A SU MÉDICO
12
Preparado de plantas medicinales, o sus partes, individuales o combinadas y sus derivados,
presentado en forma farmacéutica, al cual se le atribuye por conocimiento popular o
tradicional, el alivio para algunos síntomas participantes o aislados de una enfermedad.
Además de los criterios especificados a medicamentos, también aplicables a los remedios
herbolarios, deberán acotar su publicidad a lo siguiente:
• Deberá limitarse a publicitar un efecto sintomático con base en la información expresada
en la etiqueta. (artículo 45 RLGSMP)
• Deberá abstenerse de publicitar los productos como curativos. (artículo 45 RLGSMP)
Leyenda precautoria: ESTE PRODUCTO NO HA DEMOSTRADO
CIENTÍFICAMENTE TENER PROPIEDADES PREVENTIVAS NI
CURATIVAS.
13
Productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o
concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan
presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética
total, complementarla o suplir alguno de sus componentes.
Criterios de publicidad aplicables a suplementos alimenticios:
• No podrá presentar a estos productos como estimulantes ni modificadores del estado
físico o mental de las personas. (artículo 21 RLGSMP)
• No deberá inducir o promover hábitos de alimentación nocivos para la salud. (artículo 22
RLGSMP)
• No deberá afirmar que el producto llena por sí solo los requerimientos nutricionales del
ser humano. (artículo 22 RLGSMP)
• No deberá atribuir a los alimentos industrializados un valor nutritivo superior o distinto al
que tengan. (artículo 22 RLGSMP)
14
• No deberá realizar comparaciones en menoscabo de las propiedades de los alimentos
naturales. (artículo 22 RLGSMP)
• No se deberá presentar información que confunda, exagere o engañe en cuanto a su
composición, origen, efectos y otras propiedades del producto, ni ostentar indicaciones
preventivas, rehabilitatorias o terapéuticas. (artículo 173 RCSPS)
• No deberán emplearse denominaciones, figuras y declaraciones relacionadas con
enfermedades, síntomas, síndromes, datos anatómicos, fenómenos fisiológicos o
leyendas que afirmen que el producto cubre por sí solo los requerimientos nutrimentales
del individuo o que puede sustituir alguna comida. (artículo 174 RCSPS)
Leyenda precautoria: ESTE PRODUCTO NO ES UN MEDICAMENTO
15
Las sustancias o formulaciones destinadas a ser puestas en contacto con las partes
superficiales del cuerpo humano: epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos
genitales externos, o con los dientes y mucosas bucales; con el fin exclusivo o principal de
limpiarlos, perfumarlos, ayudar a modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen
estado o corregir los olores corporales o atenuar o prevenir deficiencias o alteraciones en el
funcionamiento de la piel sana.
Criterios de publicidad aplicables a cosméticos:
• No podrán atribuirse a los productos cosméticos acciones propias de los medicamentos,
tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o
combatir la obesidad ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o
publicidad. (artículo 270 LGS)
• No podrán insinuar que por el uso de estos productos habrán modificaciones de las
proporciones del cuerpo, ni presentarlos como indispensables para la vida del ser
humano. (artículo 61 RLGSMP)
Leyenda precautoria: HIGIENE ES SALUD
16
Permiso ordinario de publicidad Permiso en convenio de publicidad
Este número de autorización publicitaria puede estar contenido en:
 Número de entrada. Asignado en la papeleta. Se trata de una solicitud inicial NO ES UN
DOCUMENTO VÁLIDO PARA EFECTOS DE LA DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD.
 Número de permiso publicitario. Debe estar contenido en el rubro de un permiso publicitario.
CLAVE DE AUTORIZACIÓN SANITARIA VÁLIDA.
Para aquellos insumos o productos que requieran tramitar un permiso publicitario:
17
Papeleta de entrada Permiso publicitario
18
El aviso publicitario no requiere respuesta de Cofepris por lo que en caso de
su autorización, no se genera algún otro documento.
Para aquellos insumos o productos que requieran tramitar un aviso publicitario:
Aviso de publicidad
19
Registro sanitario
20
Artículo 300. Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de
Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las
enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas, productos y
servicios para la salud .
Artículo 301. Será objeto de autorización por parte de la Secretaría de Salud, la publicidad
que se realice sobre la existencia, calidad y características, así como para promover el uso,
venta o consumo en forma directa o indirecta de los insumos para la salud, las bebidas
alcohólicas, así como los productos y servicios que se determinen en el reglamento de esta
Ley en materia de publicidad.
CIS
Inicio del trámite
análisis
prevención
Trámite
desecho
dictamen
Se niega el
permiso
Se otorga el
Permiso
No desahoga
desahoga
21
22
En la en la década de los 90´s, derivados de la búsqueda de nuevas estrategias de
Autorregulación Publicitaria;surgen en España los primeros proyectos de Copy Advice.
En el año 2001, la AAP (Asociación de Autocontrol de la Publicidad) ofrece, a empresas
anunciantes, agencias de publicidad, medios de comunicación y asociaciones empresariales, un
servicio de Consulta Previa no vinculante (Copy Advice) sobre anuncios o proyectos de
anuncios antes de su emisión.
Considerando su utilidad como mecanismo preventivo, los representantes de la industria
publicitaria Europea solicitaron a la EASA (European Advertising Standards Alliance) la
extensión de la práctica del Copy Advice a todos los Sistemas de Autorregulación Publicitaria en
Europa.
23
En México varias instituciones utilizan esta herramienta como un ejercicio preventivo, el CONAR
(Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria) brinda este servicio de acuerdo a su
Reglamento de Copy Advice, otro ejemplo es el caso de la PROFECO, existe un servicio
vinculante llamado Revisión Previa, en COFEPRIS como medida preventiva se realizan
consultas técnicas, concertando una cita y/o por medio de un escrito libre.
Sumándose a estas medidas actualmente existe en COFREPRIS un mecanismo de Copy
Advice que explicamos a detalle en la siguiente lámina.
24
Recepción
Se tiene una primera reunión con el Usuario, donde se dan a conocer
los lineamientos: El Insumo y/o producto, debe contar con los requisitos
sanitarios correspondientes, el máximo por envío semanal es de 20
proyectos; son recibidos vía email en formato pdf y foliados, los cuales
se integraran a una base de datos personalizada.
copyadvice@cofepris.gob.mx
Análisis
Los Proyectos de Publicidad que se pretenden someter a Permiso
Publicitario, son analizados y discutidos en un marco flexible por el
equipo multidisciplinario de Copy Advice, en un periodo máximo de una
semana, de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Salud en
Materia de Publicidad, teniendo como criterio principal la prevención de
un riesgo sanitario.
25
Resultados
Se entregan los resultados en las reuniones periódicas para realizar las
adecuaciones necesarias en común acuerdo entre los usuarios y la
Institución. Cuando los proyectos están listos, se les da un visto bueno
para someter a Permiso Publicitario.
Comunicación
Finalmente Copy Advice, mantiene comunicación activa con los equipos
de Dictamen y Monitoreo, con el fin de corroborar que los proyectos que
se han sometido y pautado, respectivamente, correspondan a lo
presentado en Copy Advice.
26
27
• Para efectos de pautar la publicidad de medicamentos es necesario que en la misma se incluya tanto el
registro sanitario del producto como el número del permiso, en relación con los suplementos, cosméticos
y alimentos será necesaria la inclusión del aviso o permiso publicitario, éste último en el caso de
suplementos.
• Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el art. 7 que prevé que la publicidad además de ser
orientadora y educativa deberá incluir aquella información sobre características, propiedades y empleos
reales o reconocidos por la Secretaría, de los productos, servicios y actividades que se publiciten,
además de proporcionar información sanitaria sobre el uso de los productos y la prestación de los
servicios, la cual deberá corresponder, en su caso, a las finalidades señaladas en la autorización
respectiva.
• Por lo anterior y toda vez que la publicidad debe ofrecer certeza sobre las características, existencia,
propiedades y empleos reales reconocidos por COFEPRIS y, a efecto de brindar seguridad (jurídica y
sanitaria) a los medios de difusión, a los anunciantes y al público en general, respecto a que un producto
y su publicidad cumplen sin contravenir la legislación sanitaria, es necesario que la publicidad se
presente incluyendo en la pauta el número de registro sanitario según corresponda, así como el número
de permiso o aviso publicitario, con independencia del tipo de medio en el que se realice la misma.
28

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Análisis Farmacéutico
 Análisis Farmacéutico Análisis Farmacéutico
Análisis FarmacéuticoMarisol Gómez
 
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente Medicamentos biológicos y seguridad del paciente
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente evidenciaterapeutica.com
 
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptxclaudiajimena
 
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...Botica Farma Premium
 
Bpm industria farmaceutica
Bpm industria  farmaceuticaBpm industria  farmaceutica
Bpm industria farmaceuticaIli Narvaez
 
Manual para la toma de muestras de alimentos
Manual para la toma de muestras de alimentosManual para la toma de muestras de alimentos
Manual para la toma de muestras de alimentosdaniel
 
Preformulacion%20 de%20medicamentos
Preformulacion%20 de%20medicamentosPreformulacion%20 de%20medicamentos
Preformulacion%20 de%20medicamentosirenashh
 
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022P1-Análisis Integral de las Heces II-2022
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022Oriana Mundaray
 
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICA
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICABUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICA
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICASilvana Star
 
Bpm industria farmacéutica
Bpm industria farmacéuticaBpm industria farmacéutica
Bpm industria farmacéuticaStein Corp
 

La actualidad más candente (20)

Análisis Farmacéutico
 Análisis Farmacéutico Análisis Farmacéutico
Análisis Farmacéutico
 
Buenas prácticas en laboratorio
Buenas prácticas en laboratorioBuenas prácticas en laboratorio
Buenas prácticas en laboratorio
 
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente Medicamentos biológicos y seguridad del paciente
Medicamentos biológicos y seguridad del paciente
 
Bromatología i
Bromatología iBromatología i
Bromatología i
 
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx
2. FASES DE UN LABORATORIO CLINICO.pptx
 
Validacion de procesos
Validacion de procesosValidacion de procesos
Validacion de procesos
 
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...
Buenas Practicas de Manufactura (BPM)-Aseguramiento de la calidad--QF Jose Da...
 
T.06 granulacio
T.06 granulacioT.06 granulacio
T.06 granulacio
 
Bpm industria farmaceutica
Bpm industria  farmaceuticaBpm industria  farmaceutica
Bpm industria farmaceutica
 
Morfologia
MorfologiaMorfologia
Morfologia
 
Farmacia clinica
Farmacia clinicaFarmacia clinica
Farmacia clinica
 
Manual para la toma de muestras de alimentos
Manual para la toma de muestras de alimentosManual para la toma de muestras de alimentos
Manual para la toma de muestras de alimentos
 
Tf3 40-via-pulmonar
Tf3 40-via-pulmonarTf3 40-via-pulmonar
Tf3 40-via-pulmonar
 
Preformulacion%20 de%20medicamentos
Preformulacion%20 de%20medicamentosPreformulacion%20 de%20medicamentos
Preformulacion%20 de%20medicamentos
 
Etiquetado de Alimentos y Bebidas
Etiquetado de Alimentos y BebidasEtiquetado de Alimentos y Bebidas
Etiquetado de Alimentos y Bebidas
 
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022P1-Análisis Integral de las Heces II-2022
P1-Análisis Integral de las Heces II-2022
 
Gestion de Calidad 2013 8-1 GMP medicinas 2
Gestion de Calidad 2013 8-1 GMP medicinas 2Gestion de Calidad 2013 8-1 GMP medicinas 2
Gestion de Calidad 2013 8-1 GMP medicinas 2
 
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICA
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICABUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICA
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - FARMACEUTICA
 
Nom 072-ssa1-2012
Nom 072-ssa1-2012Nom 072-ssa1-2012
Nom 072-ssa1-2012
 
Bpm industria farmacéutica
Bpm industria farmacéuticaBpm industria farmacéutica
Bpm industria farmacéutica
 

Similar a pptPublicidad.pdf

ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdfABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdfVivianaCruz65
 
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptx
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptxCurso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptx
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptxRocioMendez56
 
Control de la publicidad de los medicamentos
Control de la publicidad de los medicamentosControl de la publicidad de los medicamentos
Control de la publicidad de los medicamentosXavier Pineda
 
Entrega de Medicamentos en su IPS
Entrega de Medicamentos en su IPSEntrega de Medicamentos en su IPS
Entrega de Medicamentos en su IPSalejandrasanabria25
 
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdf
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdfMINSA - REGISTRO SANITARIO.pdf
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdfKeniGuerraHuaman
 
DISPOSICIONES LEGALES.pptx
DISPOSICIONES LEGALES.pptxDISPOSICIONES LEGALES.pptx
DISPOSICIONES LEGALES.pptxEhimyJimenez
 
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18Proyecto de ley del medicamento 11.06.18
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18José Romero
 
Medicamentos de control especial
Medicamentos de control especialMedicamentos de control especial
Medicamentos de control especialyeider castro
 
Res cecmed 90-06
Res cecmed 90-06Res cecmed 90-06
Res cecmed 90-06persolato
 
Hondouras acuerdo numero 2368
Hondouras acuerdo numero 2368Hondouras acuerdo numero 2368
Hondouras acuerdo numero 2368deldrenkamp
 
Gu_aREyPF_mayo2017.pdf
Gu_aREyPF_mayo2017.pdfGu_aREyPF_mayo2017.pdf
Gu_aREyPF_mayo2017.pdfAngelicaOregel
 
LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
LEY ORGÁNICA DE LA SALUDLEY ORGÁNICA DE LA SALUD
LEY ORGÁNICA DE LA SALUDALEXARUBEN
 
Legislacion publicidad
Legislacion publicidadLegislacion publicidad
Legislacion publicidadalejandroco
 

Similar a pptPublicidad.pdf (20)

ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdfABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
ABC Publicidad de medicamentos (3).pdf
 
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptx
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptxCurso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptx
Curso de Presentacion Soluciones Regulatorias1.pptx
 
Jornadas publicidad
Jornadas publicidadJornadas publicidad
Jornadas publicidad
 
Control de la publicidad de los medicamentos
Control de la publicidad de los medicamentosControl de la publicidad de los medicamentos
Control de la publicidad de los medicamentos
 
Trabajo de articulos jona
Trabajo de articulos jonaTrabajo de articulos jona
Trabajo de articulos jona
 
Entrega de Medicamentos en su IPS
Entrega de Medicamentos en su IPSEntrega de Medicamentos en su IPS
Entrega de Medicamentos en su IPS
 
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdf
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdfMINSA - REGISTRO SANITARIO.pdf
MINSA - REGISTRO SANITARIO.pdf
 
DISPOSICIONES LEGALES.pptx
DISPOSICIONES LEGALES.pptxDISPOSICIONES LEGALES.pptx
DISPOSICIONES LEGALES.pptx
 
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18Proyecto de ley del medicamento 11.06.18
Proyecto de ley del medicamento 11.06.18
 
Medicamentos de control especial
Medicamentos de control especialMedicamentos de control especial
Medicamentos de control especial
 
014 2011
014 2011014 2011
014 2011
 
Res cecmed 90-06
Res cecmed 90-06Res cecmed 90-06
Res cecmed 90-06
 
ilovepdf_merged (3).pdf
ilovepdf_merged (3).pdfilovepdf_merged (3).pdf
ilovepdf_merged (3).pdf
 
Hondouras acuerdo numero 2368
Hondouras acuerdo numero 2368Hondouras acuerdo numero 2368
Hondouras acuerdo numero 2368
 
Comunicado sobre productos naturales
Comunicado sobre productos naturalesComunicado sobre productos naturales
Comunicado sobre productos naturales
 
Gu_aREyPF_mayo2017.pdf
Gu_aREyPF_mayo2017.pdfGu_aREyPF_mayo2017.pdf
Gu_aREyPF_mayo2017.pdf
 
LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
LEY ORGÁNICA DE LA SALUDLEY ORGÁNICA DE LA SALUD
LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
 
Trabajo c.m.c
Trabajo c.m.cTrabajo c.m.c
Trabajo c.m.c
 
Legislacion publicidad
Legislacion publicidadLegislacion publicidad
Legislacion publicidad
 
5 ds 014 explicado dr. carlos bell
5 ds 014 explicado dr. carlos bell5 ds 014 explicado dr. carlos bell
5 ds 014 explicado dr. carlos bell
 

Más de LaloGarca10

PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOSPROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOSLaloGarca10
 
modelos de formación para la ciudadania
modelos de formación para la ciudadaniamodelos de formación para la ciudadania
modelos de formación para la ciudadaniaLaloGarca10
 
Derecho Procesal del Trabajo
Derecho Procesal del TrabajoDerecho Procesal del Trabajo
Derecho Procesal del TrabajoLaloGarca10
 
gobernabilidaddemocratica
gobernabilidaddemocraticagobernabilidaddemocratica
gobernabilidaddemocraticaLaloGarca10
 
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmx
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmxActualizacion al calculo de ISR AmcpCdmx
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmxLaloGarca10
 
metodologia_juridica
metodologia_juridicametodologia_juridica
metodologia_juridicaLaloGarca10
 
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptx
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptxHISTORIA_DE_LA_ETICA.pptx
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptxLaloGarca10
 
historia-de-la-fisica.pptx
historia-de-la-fisica.pptxhistoria-de-la-fisica.pptx
historia-de-la-fisica.pptxLaloGarca10
 
Dialogo_abierto_GA.pptx
Dialogo_abierto_GA.pptxDialogo_abierto_GA.pptx
Dialogo_abierto_GA.pptxLaloGarca10
 
Ley-de-migración-y-su-reglamento
Ley-de-migración-y-su-reglamentoLey-de-migración-y-su-reglamento
Ley-de-migración-y-su-reglamentoLaloGarca10
 
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecución
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecuciónLas penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecución
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecuciónLaloGarca10
 
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVA
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVALIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVA
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVALaloGarca10
 
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTA
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTALA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTA
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTALaloGarca10
 
PATERNIDAD Y FILIACIÓN
PATERNIDAD Y FILIACIÓNPATERNIDAD Y FILIACIÓN
PATERNIDAD Y FILIACIÓNLaloGarca10
 
El Federalismo en Mexico
 El Federalismo en Mexico El Federalismo en Mexico
El Federalismo en MexicoLaloGarca10
 

Más de LaloGarca10 (20)

PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOSPROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS
 
modelos de formación para la ciudadania
modelos de formación para la ciudadaniamodelos de formación para la ciudadania
modelos de formación para la ciudadania
 
Derecho Procesal del Trabajo
Derecho Procesal del TrabajoDerecho Procesal del Trabajo
Derecho Procesal del Trabajo
 
gobernabilidaddemocratica
gobernabilidaddemocraticagobernabilidaddemocratica
gobernabilidaddemocratica
 
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmx
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmxActualizacion al calculo de ISR AmcpCdmx
Actualizacion al calculo de ISR AmcpCdmx
 
metodologia_juridica
metodologia_juridicametodologia_juridica
metodologia_juridica
 
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptx
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptxHISTORIA_DE_LA_ETICA.pptx
HISTORIA_DE_LA_ETICA.pptx
 
historia-de-la-fisica.pptx
historia-de-la-fisica.pptxhistoria-de-la-fisica.pptx
historia-de-la-fisica.pptx
 
Dialogo_abierto_GA.pptx
Dialogo_abierto_GA.pptxDialogo_abierto_GA.pptx
Dialogo_abierto_GA.pptx
 
valores
valoresvalores
valores
 
LOS_VALORES
LOS_VALORESLOS_VALORES
LOS_VALORES
 
Ley-de-migración-y-su-reglamento
Ley-de-migración-y-su-reglamentoLey-de-migración-y-su-reglamento
Ley-de-migración-y-su-reglamento
 
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecución
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecuciónLas penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecución
Las penas_privativas de libertad y sus formas sustitutivas de su ejecución
 
lanacionalidad
lanacionalidadlanacionalidad
lanacionalidad
 
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVA
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVALIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVA
LIBERTAD_SINDICAL_Y_NEGOCIACION_COLECTIVA
 
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTA
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTALA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTA
LA FILOSOFÍA MORAL COMUNITARISTA
 
_El- JUICIO.ppt
_El- JUICIO.ppt_El- JUICIO.ppt
_El- JUICIO.ppt
 
PATERNIDAD Y FILIACIÓN
PATERNIDAD Y FILIACIÓNPATERNIDAD Y FILIACIÓN
PATERNIDAD Y FILIACIÓN
 
El Federalismo en Mexico
 El Federalismo en Mexico El Federalismo en Mexico
El Federalismo en Mexico
 
doctrinaseticas
doctrinaseticasdoctrinaseticas
doctrinaseticas
 

Último

RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxMapyMerma1
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIATRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIAAbelardoVelaAlbrecht1
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docxAgustinaNuez21
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfManuel Molina
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfTEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfDannyTola1
 

Último (20)

RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIATRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
 
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS .
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS         .DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS         .
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS .
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
TL/CNL – 2.ª FASE .
TL/CNL – 2.ª FASE                       .TL/CNL – 2.ª FASE                       .
TL/CNL – 2.ª FASE .
 
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdfTEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
TEST DE RAVEN es un test conocido para la personalidad.pdf
 

pptPublicidad.pdf

  • 1. 1 Nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
  • 2. 2 1. Identificación de la Reforma 1.1. Introducción 1.2. Efectos de la reforma al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad 1.3. Facultades de la autoridad y obligaciones de los actores 2. Regulación Sanitaria de la Publicidad 2.1. Flujo de Regulación Sanitaria sectores focalizados 2.2. Medicamentos 2.3. Remedios Herbolarios 2.4. Suplementos Alimenticios 2.5. Productos Cosméticos 2.6. Identificación de claves de autorización sanitaria 2.7. Autorización Sanitaria de la Publicidad 3. Copy Advice 4. Aplicación operativa 4.1. Inclusión del Número de Registro o Aviso Sanitario en la Pauta Publicitaria
  • 3. 3
  • 4. 4 La Reforma al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de publicidad, fue fruto del consejo entre medios, anunciantes y Gobierno para atacar la informalidad en la publicidad sanitaria que pone en riesgo la salud. Por lo tanto, la reforma al reglamento no establece ninguna obligación adicional en los anunciantes formales. Lo que se busca es eliminar los productos que anuncian facultades curativas sin ser medicamentos. La Cofepris ha diseñado un esquema para que la entrada en vigor de la reforma (2 de marzo 2012) no genere contratiempos, ni carga regulatoria.
  • 5. 5 1. Los medios de difusión se asegurarán de que la publicidad que transmitan cuente con el permiso correspondiente o se haya presentado aviso ante la Secretaría de Salud. El anunciante que pretenda publicitar un producto o servicio sujeto a control sanitario por parte de la Secretaría de Salud deberá presentar al medio de comunicación copia certificada de la carátula del registro sanitario o autorización vigente, así como el permiso correspondiente para su publicidad. 2. La Secretaría de Salud ordenará a los medios de difusión la suspensión inmediata –en 24 horas- de la publicidad de Remedios Herbolarios, Suplementos Alimenticios o Productos Cosméticos que se publiciten o comercialicen como medicamentos o productos a los cuales se les atribuyan propiedades o efectos terapéuticos que no tienen. 3. Las multas se incrementan considerablemente de 60% a 400% para los fabricantes, distribuidores y comercializadores de este tipo de productos que infrinjan las nuevas disposiciones normativas, llegando hasta 16,000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal.
  • 6. 6 Facultades de la autoridad: Derivado de la publicación en el DOF el pasado 19 de enero del decreto que reforma diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad se estableció en el articulo 108 otorgar la facultad a la autoridad sanitaria para que al momento de detectar publicidad anómala ordene al medio de difusión la suspensión de dicha publicidad en un plazo de 24 horas.
  • 7. 7 Obligaciones de los Actores: • Lo anunciantes o dueños de la publicidad tendrán la obligación de presentar al medio de difusión copia certificada de la carátula del Aviso de funcionamiento o Registro Sanitario, según corresponda, del producto que desean publicitar, así como copia del Aviso o Permiso de publicidad. • Por parte de los medios de difusión se tiene la obligación de cumplir con la orden de suspender la publicidad dentro de las 24 horas siguientes, a que recibieron la notificación por parte de la autoridad sanitaria de que se esta pautando publicidad anómala.
  • 8. 8
  • 9. 9 Suplemento alimenticio Producto Cosmético Medicamento de libre venta- OTC Remedio herbolario Respuesta a consulta de clasificación de producto Aviso de funcionamiento Permiso publicitario Aviso de funcionamiento Registro sanitario Permiso publicitario Clave alfanumérica Permiso publicitario Sujeto a vigilancia Aviso por marca
  • 10. 10 Toda substancia o mezcla de substancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, preventivo o rehabilitatorio, que se presente en forma farmacéutica y se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas. Criterios de publicidad aplicables a medicamentos: • Sólo se podrá difundir en medios masivos de comunicación la publicidad de los medicamentos que para adquirirse no requieren receta médica. (artículo 40 RLGSMP) • La publicidad se limitará a difundir las características generales de los productos, sus propiedades terapéuticas y modalidades de empleo. (artículo 310 LGS) • Sólo se autorizarán aquellas leyendas publicitarias que estén sustentadas en su registro sanitario o marbete autorizado por la Secretaría de Salud. (artículo 310 LGS)
  • 11. 11 • Podrá incluir la descripción de las enfermedades propias del ser humano, diagnóstico, tratamiento, prevención o rehabilitación. (artículo 41 RLGSMP) • No deberá presentar el producto como solución definitiva en el tratamiento preventivo, curativo o rehabilitatorio de una determinada enfermedad. (artículo 44 RLGSMP) • No deberá promover su consumo a través de sorteos, rifas, concursos, coleccionables u otros eventos en los que intervenga el azar. (artículo 44 RLGSMP) • No deberá promover su consumo ofreciendo a cambio cualquier otro producto o servicio. (artículo 44 RLGSMP) Leyenda precautoria: CONSULTE A SU MÉDICO
  • 12. 12 Preparado de plantas medicinales, o sus partes, individuales o combinadas y sus derivados, presentado en forma farmacéutica, al cual se le atribuye por conocimiento popular o tradicional, el alivio para algunos síntomas participantes o aislados de una enfermedad. Además de los criterios especificados a medicamentos, también aplicables a los remedios herbolarios, deberán acotar su publicidad a lo siguiente: • Deberá limitarse a publicitar un efecto sintomático con base en la información expresada en la etiqueta. (artículo 45 RLGSMP) • Deberá abstenerse de publicitar los productos como curativos. (artículo 45 RLGSMP) Leyenda precautoria: ESTE PRODUCTO NO HA DEMOSTRADO CIENTÍFICAMENTE TENER PROPIEDADES PREVENTIVAS NI CURATIVAS.
  • 13. 13 Productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes. Criterios de publicidad aplicables a suplementos alimenticios: • No podrá presentar a estos productos como estimulantes ni modificadores del estado físico o mental de las personas. (artículo 21 RLGSMP) • No deberá inducir o promover hábitos de alimentación nocivos para la salud. (artículo 22 RLGSMP) • No deberá afirmar que el producto llena por sí solo los requerimientos nutricionales del ser humano. (artículo 22 RLGSMP) • No deberá atribuir a los alimentos industrializados un valor nutritivo superior o distinto al que tengan. (artículo 22 RLGSMP)
  • 14. 14 • No deberá realizar comparaciones en menoscabo de las propiedades de los alimentos naturales. (artículo 22 RLGSMP) • No se deberá presentar información que confunda, exagere o engañe en cuanto a su composición, origen, efectos y otras propiedades del producto, ni ostentar indicaciones preventivas, rehabilitatorias o terapéuticas. (artículo 173 RCSPS) • No deberán emplearse denominaciones, figuras y declaraciones relacionadas con enfermedades, síntomas, síndromes, datos anatómicos, fenómenos fisiológicos o leyendas que afirmen que el producto cubre por sí solo los requerimientos nutrimentales del individuo o que puede sustituir alguna comida. (artículo 174 RCSPS) Leyenda precautoria: ESTE PRODUCTO NO ES UN MEDICAMENTO
  • 15. 15 Las sustancias o formulaciones destinadas a ser puestas en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano: epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos, o con los dientes y mucosas bucales; con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, ayudar a modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado o corregir los olores corporales o atenuar o prevenir deficiencias o alteraciones en el funcionamiento de la piel sana. Criterios de publicidad aplicables a cosméticos: • No podrán atribuirse a los productos cosméticos acciones propias de los medicamentos, tales como curar o ser una solución definitiva de enfermedades, regular el peso o combatir la obesidad ya sea en el nombre, indicaciones, instrucciones para su empleo o publicidad. (artículo 270 LGS) • No podrán insinuar que por el uso de estos productos habrán modificaciones de las proporciones del cuerpo, ni presentarlos como indispensables para la vida del ser humano. (artículo 61 RLGSMP) Leyenda precautoria: HIGIENE ES SALUD
  • 16. 16 Permiso ordinario de publicidad Permiso en convenio de publicidad Este número de autorización publicitaria puede estar contenido en:  Número de entrada. Asignado en la papeleta. Se trata de una solicitud inicial NO ES UN DOCUMENTO VÁLIDO PARA EFECTOS DE LA DIFUSIÓN DE PUBLICIDAD.  Número de permiso publicitario. Debe estar contenido en el rubro de un permiso publicitario. CLAVE DE AUTORIZACIÓN SANITARIA VÁLIDA. Para aquellos insumos o productos que requieran tramitar un permiso publicitario:
  • 17. 17 Papeleta de entrada Permiso publicitario
  • 18. 18 El aviso publicitario no requiere respuesta de Cofepris por lo que en caso de su autorización, no se genera algún otro documento. Para aquellos insumos o productos que requieran tramitar un aviso publicitario: Aviso de publicidad
  • 20. 20 Artículo 300. Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas, productos y servicios para la salud . Artículo 301. Será objeto de autorización por parte de la Secretaría de Salud, la publicidad que se realice sobre la existencia, calidad y características, así como para promover el uso, venta o consumo en forma directa o indirecta de los insumos para la salud, las bebidas alcohólicas, así como los productos y servicios que se determinen en el reglamento de esta Ley en materia de publicidad. CIS Inicio del trámite análisis prevención Trámite desecho dictamen Se niega el permiso Se otorga el Permiso No desahoga desahoga
  • 21. 21
  • 22. 22 En la en la década de los 90´s, derivados de la búsqueda de nuevas estrategias de Autorregulación Publicitaria;surgen en España los primeros proyectos de Copy Advice. En el año 2001, la AAP (Asociación de Autocontrol de la Publicidad) ofrece, a empresas anunciantes, agencias de publicidad, medios de comunicación y asociaciones empresariales, un servicio de Consulta Previa no vinculante (Copy Advice) sobre anuncios o proyectos de anuncios antes de su emisión. Considerando su utilidad como mecanismo preventivo, los representantes de la industria publicitaria Europea solicitaron a la EASA (European Advertising Standards Alliance) la extensión de la práctica del Copy Advice a todos los Sistemas de Autorregulación Publicitaria en Europa.
  • 23. 23 En México varias instituciones utilizan esta herramienta como un ejercicio preventivo, el CONAR (Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria) brinda este servicio de acuerdo a su Reglamento de Copy Advice, otro ejemplo es el caso de la PROFECO, existe un servicio vinculante llamado Revisión Previa, en COFEPRIS como medida preventiva se realizan consultas técnicas, concertando una cita y/o por medio de un escrito libre. Sumándose a estas medidas actualmente existe en COFREPRIS un mecanismo de Copy Advice que explicamos a detalle en la siguiente lámina.
  • 24. 24 Recepción Se tiene una primera reunión con el Usuario, donde se dan a conocer los lineamientos: El Insumo y/o producto, debe contar con los requisitos sanitarios correspondientes, el máximo por envío semanal es de 20 proyectos; son recibidos vía email en formato pdf y foliados, los cuales se integraran a una base de datos personalizada. copyadvice@cofepris.gob.mx Análisis Los Proyectos de Publicidad que se pretenden someter a Permiso Publicitario, son analizados y discutidos en un marco flexible por el equipo multidisciplinario de Copy Advice, en un periodo máximo de una semana, de acuerdo al Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, teniendo como criterio principal la prevención de un riesgo sanitario.
  • 25. 25 Resultados Se entregan los resultados en las reuniones periódicas para realizar las adecuaciones necesarias en común acuerdo entre los usuarios y la Institución. Cuando los proyectos están listos, se les da un visto bueno para someter a Permiso Publicitario. Comunicación Finalmente Copy Advice, mantiene comunicación activa con los equipos de Dictamen y Monitoreo, con el fin de corroborar que los proyectos que se han sometido y pautado, respectivamente, correspondan a lo presentado en Copy Advice.
  • 26. 26
  • 27. 27 • Para efectos de pautar la publicidad de medicamentos es necesario que en la misma se incluya tanto el registro sanitario del producto como el número del permiso, en relación con los suplementos, cosméticos y alimentos será necesaria la inclusión del aviso o permiso publicitario, éste último en el caso de suplementos. • Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el art. 7 que prevé que la publicidad además de ser orientadora y educativa deberá incluir aquella información sobre características, propiedades y empleos reales o reconocidos por la Secretaría, de los productos, servicios y actividades que se publiciten, además de proporcionar información sanitaria sobre el uso de los productos y la prestación de los servicios, la cual deberá corresponder, en su caso, a las finalidades señaladas en la autorización respectiva. • Por lo anterior y toda vez que la publicidad debe ofrecer certeza sobre las características, existencia, propiedades y empleos reales reconocidos por COFEPRIS y, a efecto de brindar seguridad (jurídica y sanitaria) a los medios de difusión, a los anunciantes y al público en general, respecto a que un producto y su publicidad cumplen sin contravenir la legislación sanitaria, es necesario que la publicidad se presente incluyendo en la pauta el número de registro sanitario según corresponda, así como el número de permiso o aviso publicitario, con independencia del tipo de medio en el que se realice la misma.
  • 28. 28