RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
Ley de protección de víctimas, testigos
1. Republica bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Núcleo Araure
Ley de Protección de Víctimas, Testigos
y demás Sujetos Procesales
Autor: María Carrizalez
SAIA ACARIGUA
3ER AÑO DE DERECHO
Acarigua, Marzo 2017
2. Objeto: Proteger los Derechos e
intereses de las victimas
Y El órgano competente es el
Ministerio Público
La protección y asistencia deben proporcionarla los
órganos jurisdiccionales competentes, los órganos
de policía de investigaciones penales, los órganos
con competencia especial en las investigaciones
penales y los órganos de apoyo a la investigación
penal, en sus respectivos ámbitos de competencia, a
solicitud del Ministerio Público.
EL TRIBUNAL como Órgano de Control, de Juicio y de
Ejecución de Sentencia.
El Ministerio Público, es el titular de la acción penal y parte en
el juicio
La Defensa Pública, actúa cuando el imputado no designa
defensor
Los Órganos de Policía de Investigación Penales, son
auxiliares del Ministerio Público
La víctima, es la persona directamente ofendida por el delito.
El Imputado, es la persona sospechosa de ser autor o participe
del hecho criminal.
Sujetos procesales Protección y asistencia
Órgano competente
3. MEDIDAS DE PROTECCION
la presente Ley tienen el deber
de instrumentar todo tipo de
medidas para el cumplimiento de
la misma. Las medidas podrán
ser informales, administrativas,
judiciales y de cualquier
otro carácter en procura de
garantizar los derechos de las
personas protegidas.
Las medidas de protección a las que
se refiere esta Ley son extraproceso
e intraproceso.
extraproceso
Custodia personal
Alojamiento
temporal
Cambio de residencia
Asistencia para
reinserción
Entre otros
Medida de Desalojo Medidas de protección
intraproceso
Condiciones para el mantenimiento de las medidas
Es imprescindible para que se acuerde alguna de
las medidas de asistencia y protección previstas en
la Ley, la aceptación por escrito, suscrita por el
beneficiario o beneficiaria de la medida, o alguna
alterna si éste o ésta presenta discapacidad, ante el
Ministerio Público