2. 428.NEGOCIOS Y CONTRATOS CON IMPORTACIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
• Son aquellos negocios internacionales típicos o
atípicos que conllevan la importación de bienes y
servicios:
Las Características de los Contratos en
general dependen de la Clase de Contrato que
sea:
Característica que
determina el contrato
internacional de un
negocio de
importación
Consensual (se perfecciona con el consentimiento)
Solemne (la ley establece las formalidades para que
se perfeccione)
Bilateral (ambas partes de obligan)
Oneroso (intercambio de intereses patrimoniales)
El objeto del contrato es
el traslado de un bien o
servicio desde el
extranjero al territorio
colombiano
3. 428- NEGOCIOS Y CONTRATOS CON IMPORTACIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
Elementos Ejecución Extinción
Estos contratos se sujetan
por regla general al
régimen del lugar de
celebración en el
extranjero (sus elementos
de fondo y elementos de
forma). El contrato se
encuentra limitado al
régimen de exportación del
país extranjero con
Colombia.
La ejecución del contrato
se sujeta al régimen
Colombiano, se debe tener
en cuenta el régimen
internacional privado es
decir el convenio
libremente pactado en el
contrato puede regir la
ejecución del contrato en
Colombia siempre y
cuando esta se encuentre
dentro de los límites del
orden público y las buenas
costumbre del país.
Por regla general si se el
negocio se ejecuta en
Colombia su extinción
estaría regulada por el
régimen legal Colombiano,
si el cumplimiento pactado
ha sido en el extranjero , la
extinción se sujetará al
régimen extranjero.
4. 429-NEGOCIOS Y CONTRATOS QUE COMPORTAN
EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS (ART 429)
CARACTERÍSTICAS
Puede ser:
•Negocio Típico: (como sucede con las cuentas en el
extranjero) con sus denominadas características:
consensual, bilateral, conmutativo, etc.
•Negocio Atípico :(los de dirección de espectáculos
públicos)
•La exportación de bines y servicios es lo que le otorga el
carácter internacional de esta contratación y por lo tanto,
debe tener en cuenta la complejidad de su regulación.
5. 429- CELEBRACIÓN Y EFECTOS
Como son contratos y negocios que se forman y se
celebran en Colombia, será el régimen legal
colombiano privado el que regule todo el proceso de
formación de los negocios, en:
•Elementos de fondo: capacidad, consentimiento,
causa y legitimación.
•Elementos de forma(ejemplo: escritura publica de
aeronaves, etc)
6. 429- EJECUCIÓN DE LOS NEGOCIOS O
CONTRATOS DE EXPORTACIÓN
• La ejecución queda sometida a:
a. Régimen de derecho público sobre la exportación misma
(exportabilidad, sus requisitos, impuestos, etc).
b. Sus consecuencias: (pagos en el extranjero, adquisición de
divisas, operaciones de cambio, etc)
• Con su correspondiente regulación de derecho privado de
sometimiento al régimen extranjero donde se va a cumplir, y
en su defecto, al régimen colombiano.
• Régimen extranjero relativo a la admisión de importaciones
de bienes y servicios objeto de la venta mencionada (que en
algunos eventos es restringido de acuerdo con el régimen de
relaciones comerciales que tenga Colombia con el país
extranjero.
7. 430.NEGOCIOS O CONTRATOS DE PRÉSTAMO O
INVERSIÓN
• Entrega onerosa de una suma de dinero para
que sea restituida o para la adquisición o
ampliación del capital de una empresa o
sociedad.
• Con lleva importación o exportación del
capital.
•
8. A- PRÉSTAMO O INVERSIÓN CON IMPORTACIÓN DE
CAPITAL
Negocios de préstamo de dinero o inversión de capital que
trae aparejada una importación.
CARACTERISTICAS:
Típico
principal
Nominado
Unilateral
Oneroso
De ejecución instantánea Y generalmente de adhesión
Esto de acuerdo con la ley extranjera de su regulación o la que
de acuerdo con la ley se hubiese pactado.
9. Convenios en virtud de los cuales se entrega una suma de dinero de manera
onerosa o se adquiere capital en empresas o sociedades extranjeras que
conllevan la exportación de capital colombiano, lo que ocurre
excepcionalmente.
Características :
•Típico
• Real o consensual
•unilateral o de efecto social
•De ejecución instantánea y de libre discusión
•Nominado
•Principal
•La perfección y efectos del negocios están Sujeto al régimen legal
colombiano
•La ejecución en el país extranjero se sujetara a la legislación extranjera
tanto pública como privada.
B- PRÉSTAMO O INVERSIÓN COLOMBIANA EN EL
EXTRANJERO
10. 431- NEGOCIOS Y CONTRATOS DE ASESORIA Y
CONSULTORIA INTERNACIONAL
• Convenios en virtud de los cuales una persona,
natural o jurídica nacional o extranjera, se obliga
para con otra, natural o jurídica también nacional o
extranjera a prestarle, a cambio de una
contraprestación, un servicio determinado, ocasional
o permanente que conlleva la importación o
exportación de este último o de la contraprestación
correspondiente
11. • Convenios en virtud de los cuales una
persona natural o jurídica , o un
consorcio se obliga para con otra, natural
o jurídica a prestar un servicio especifico
de información, investigación, estudio,
concepto o dictamen para ser utilizado
en otro país, a cambio de una
contraprestación.
431- CONSULTORÍA INTERNACIONAL
12. 431- PRINCIPALES ASPECTOS DE LOS
CONTRATOS DE ASESORIA Y CONSULTORIA
INTERNACIONAL
•Desde el punto de vista del negocio o contrato
en sí, son negocios típicos, nominados (de
prestación de servicios), principales,
consensuales, bilaterales, onerosos, de
ejecución instantánea o periódica y de libre
discusión.
13. 432- NEGOCIOS Y CONTRATOS DE SERVICIOS
ESPECIALES INTERNACIONALES
•Son contratos de prestación de servicios.
•Tienen o pueden tener regulación particular.
•Entre estos están :
• Los contratos de asistencia científica tecnológica
•Los contratos de asistencia técnica y social que en
forma especial se presentan por parte de La cruz roja
internacional.
•Los servicios internacionales de tipo financiero; son
parte del objeto del contrato como intermediación
financiera.
14. 433- SOCIEDADES EXTRANJERAS
A. NOCIÓN
Se denomina Sociedad Extranjera a las constituidas
conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en
el exterior. (Art 469 c.co), siempre que desarrollen
actividades permanentes en Colombia, se someterán a la
vigilancia del Estado Colombiano.
Para que una sociedad extranjera pueda desarrollar
actividades en Colombia, es preciso que establezca una
sucursal con el lleno de los requisitos formales y
sustanciales para garantizar, las condiciones económicas,
financieras y jurídicas que le sean necesarias, de no
hacerlo se mantendrán sujetas al régimen extranjero.
15. 433- SOCIEDADES EXTRANJERAS
ACTIVIDADES PERMANENTES
Son algunos ejemplo de actividades permanentes, de
acuerdo con el Art 471° del Código de Comercio, las
siguientes:
Abrir dentro del territorio de la república establecimientos
mercantiles u oficinas de negocios aunque estas
solamente tengan un carácter técnico o de asesoría.
Intervenir como contratista en la ejecución de obras o en
la prestación de servicios.
Participar en cualquier forma en actividades que tengan
por objeto el manejo, aprovechamiento o inversión de
fondos provenientes del ahorro privado.
16. 433- SOCIEDADES EXTRANJERAS
C. REQUISITOS
Son Requisitos para la conformación de sociedad extranjera:
1.Deberá expresar en la resolución o acto de constitución los negocios que se proponga
desarrollar, ajustados a las exigencias de la ley colombiana, junto con el lugar que
escoge como domicilio y el plazo de duración de los negocios en el país.
2.Comprobar ante la Superintendencia respectiva que el capital asignado por la principal
ha sido cubierto.
3.Constituir las reservas y provisiones que la ley exige a las anónimas nacionales y
cumplir con los demás requisitos establecidos para su control y vigilancia.
4.Cumplir con las condiciones económicas, financieras o jurídicas expresamente
señaladas en la ley colombiana.
La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la
sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país.
Cuando la sociedad se dedique a explotar, dirigir o administrar un servicio público o una
actividad declarada por el Estado de interés para la seguridad nacional, el representante
y los suplentes serán ciudadanos colombianos.
Deberá designarse un revisor fiscal, quien será persona natural con residencia
permanente en Colombia.
17. 433- SOCIEDADES EXTRANJERAS
REQUISITOS ESPECIALES DE FORMA SUSPENSION Y EXTINCIÓN
*Protocolizar en una notaria del lugar elegido para su
domicilio en el país las copias autenticas del documento
de constitución que acordó su establecimiento en
Colombia y demás que acrediten la existencia de la
sociedad (art. 471 del C.Co.)
* Protocolizar el acto reformatorio de los estatutos en el
exterior, con el fin de comprobar las condiciones
sustanciales que le sirvieron de base para la consecución
del permiso (art. 479 del C.Co.), Registrar en Cámara de
Comercio de su domicilio una copia de las reformas que
se haga en el contrato social o a los estatutos y de los
actos de designación o remoción de su representante en
el país.
*Autenticar los documentos ante funcionarios
competentes en el respectivo país (Cónsul Colombiano) o
a falta de este por una nación amiga.
*Los Cónsules harán constar que existe la sociedad y que
ejercen su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
(Art. 480 C.Co.)
El permiso de funcionamiento se
suspenderá cuando la sociedad
incurra en irregularidades.
*cuando haya suspendido
injustificadamente sus negocios
en el país por más de un año.
No puede iniciar nuevas
operaciones en el país si no
subsana tales irregularidades so
pena de revocación definitiva
del permiso
18. 433- SOCIEDADES EXTRANJERAS
FUNCIONAMIENTO
La sociedad responderá por los negocios celebrados en el país según los estatutos registrado en
Cámara de Comercio.
*Las personas nombradas como Representante legal tendrán carácter para todos los efectos
legales (art. 485 C.Co.).
*los libros deben registrarse y llevarse en idioma español.
*se deben enviar a la Superintendencia y a la Cámara de Comercio copia del balance general al
final de cada año.
*los revisores fiscales se someten a las reglas colombianas y deben informar a la
Superintendencia cualquier causal de suspensión o revocación del permiso de funcionamiento.
*Su capital puede aumentarse o reponerse libremente pero no puede reducirse sino con sujeción
al código y en beneficio de los acreedores.
*deberá reintegrarse el capital si hay disminución de mas del 50% y la superintendencia la
requerirá.
*invertir el capital asignado a las actividades propias de la sucursal.
*darle cumplimiento a las normas citadas, so pena de someterse a multas
* se somete a régimen de concordato, liquidación y retiro previstos por la ley colombiana.
19. 434- REPRESENTACIÓN Y AGENCIAS
EXTRANJERAS
• Para los contratantes extranjeros es un
requisito tener un domicilio permanente en
Colombia
• ART 239 DE LA LEY 222 DE 1195
435- NEGOCIOS EN COLOMBIA PARA
PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS
• Para residentes en el extranjero por medio de
apoderado pueden celebrar negocios en
Colombia
• ART 477 DE C .Co
20. • Compraventas de mercaderías en el
comercio internacional.
• Los contratos de compraventa internacional
mediante internet, los contratos de transporte
de pasajeros.
• Los contratos de leasing, factoring y fiducia
internacional.
• Los contratos on line. y los de pago de
transacción on line.
437- OTROS NEGOCIOS Y CONTRATOS
INTERNACIONALES