1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CUADRO COMPARATIVO
ALUMNA:
Neicarys Rivas
C.I 26107495
Barquisimeto, Mayo 2017
2. Documento Público Documento Privado
Concepto
Son aquellos otorgados o
autenticados con las solemnidades
requeridas por la ley, por notario,
escribano, secretario judicial u otro
funcionario público competente,
para acreditar algún hecho, la
manifestación de una o varias
voluntades y la fecha en que se
producen.
Son aquellos que redactan y
suscriben las partes, sea con
testigos que igualmente los firman,
sean sin la presencia de estos, y
con ausencia de un funcionario
público capaz de darles validez o
fe pública. o Carecen de la
publicidad y fe pública de los
instrumentos públicos, por lo que
producen efectos solo entre las
partes, siempre que estén
firmados.
Ventajas
Merecen fe pública en cuanto a la
veracidad en lo que se refiere a las
declaraciones,
Pueden tener o no testigos,
Desventajas
Debe estar autorizado por
funcionario público con las
solemnidades de ley.
Puede ser desconocido o tachado
de falso. (Art. 1381 Cod. Civil)
Los documentos vienen a ser medios evidentes de prueba, siendo insustituibles cuando así
lo dispone la ley en determinadas circunstancias y condiciones, lo cual se debe a que es el
testimonio humano existente y permanente que mantiene el vínculo con el pasado,
señalando cómo ocurrieron los hechos y se manifestaron externamente.
3. Similitudes
Este documento es auténtico
porque según el artículo 1357 del
CCV establece que Instrumento
público o auténtico es el que ha
sido autorizado con las
solemnidades legales por un
Registrador, por un Juez u otro
funcionario o empleado público
que tenga facultad para dar fe
pública, en el lugar donde el
instrumento se haya autorizado
Este documento puede ser
autenticado siempre y cuando
haya sido reconocido ante el juez o
notario, o si judicialmente se
ordenó tenerlo por reconocido, Si
fue inscrito en un registro público a
petición de quien lo firmó.
Diferencias
El documento público surge como
manifestación de la voluntad
publica, con facultad para dar fe
pública y estos si tienen función
pública.
El documento privado surge como
manifestación de la voluntad de los
particulares por sí o con la ayuda
de personas versadas, pero que no
tienen función pública.