Este documento proporciona definiciones de varios términos clave relacionados con el derecho laboral y social como aprendices, capacitación, constitución, decretos, derechos, derecho laboral, derecho privado, derecho público, docentes, educación, ley, leyes habilitantes, leyes orgánicas, ordenanzas, participantes, pasantía, reglamentos, resoluciones ministeriales y tratados internacionales. Explica brevemente el significado de cada uno de estos conceptos.
3. APRENDICES
Un aprendiz es un principiante en una técnica determinada, en una carrera profesional,
en la realización de una disciplina deportiva.
Los aprendices son ciudadanos que están en un proceso de aprendizaje o que están
siendo capacitados para cumplir un rol en una organización.
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4. CAPACITACIÓN
Según Idalberto Chiavenato capacitación es un proceso educativo a corto plazo,
aplicado de manera sistemática y organizada, mediante el cual las personas aprenden
conocimientos, actitudes y habilidades, en función de objetivos definidos. El
entrenamiento implica la transmisión de conocimientos específicos relativos al trabajo,
actitudes frente a aspectos de la organización, de la tarea y del ambiente, y desarrollo
de habilidades. Cualquier tarea, ya sea compleja o sencilla, implica necesariamente
estos tres aspectos.
Es una experiencia de aprendizaje que busca un cambio relativamente permanente en
un individuo que mejorara su capacidad de desempeñarse en un puesto de trabajo.
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5. CONSTITUCION
Constitución es el conjunto de principios, normas y reglas que pretenden establecer la
forma de un Estado de Derecho, así como organizar ese mismo Estado, delimitándolo,
a través de sus propias instituciones de la Administración Pública y estableciendo
procedimientos y sanciones para que el mismo Estado no incumpla con las normas
establecidas en dicha Constitución
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6. DECRETOS
De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Decreto
proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es: Resolución, mandato, decisión
de una autoridad sobre asunto, negocio o materia de su competencia.
Es la decisión de una autoridad sobre la materia en que tiene competencia. Suele
tratarse de un acto administrativo llevado acabo por el Poder Ejecutivo, con contenido
normativo reglamentario y jerarquía inferior a las leyes
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7. DERECHOS
Son exigencias elementales que puede plantear cualquier ser humano por el hecho de
serlo, y que tienen que ser satisfechas porque se refieren a unas necesidades básicas,
cuya satisfacción es indispensables para que puedan desarrollarse como seres
humanos.
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8. DERECHO LABORAL
Williams Thayer y Patricio Novoa: es aquella rama del derecho que en forma principal
se ocupa de regular tuitivamente la situación delas personas naturales que obligan total
o parcialmente su capacidad de trabajo durante un periodo de tiempo apreciable, a un
empleo señalado por otra persona, natural o jurídica, que remunera sus servicios.
De acuerdo con Dávalos (2005:35-39) el derecho del trabajo es el conjunto
de normas jurídicas que tienen por objeto conseguir el equilibrio y la justicia social
en las relaciones de trabajo.
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9. DERECHO PRIVADO
El Derecho privado es la rama del Derecho que regula las relaciones entre particulares.
También se rigen por el Derecho privado las relaciones que surjan entre particulares y
el Estado cuando éste ultimo actúe como un particular, sin ejercer ningún tipo de
potestad pública.
El Derecho privado suele estar en contraposición al Derecho público, que es la parte del
ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes
públicos y de los poderes públicos entre sí.
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10. DERECHO PUBLICO
El Derecho Público se puede definir como un conjunto de normas que regulan
jurídicamente la organización y funcionamiento del estado, así como las relaciones
entre los ciudadanos y el Estado. En suma, son las normas jurídicas sobre la propia
organización del aparato estatal, y todas sus funciones.
El Derecho público puede considerarse como la parte del ordenamiento jurídico que
intenta regular las relaciones que surjan entre las personas y las entidades privadas con
los órganos de el poder público cuando estos últimos actúan con sus facultades
legítimas y potestad públicas, dependiendo de el procedimiento legal y de los órganos
de la Administración pública que interactúen.
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11. DOCENTES
Es aquel individuo que se dedica a enseñar o que realiza acciones referentes a la
enseñanza. La palabra deriva del término latino docens, que a su vez procede de
docēre (traducido al español como “enseñar”). En el lenguaje cotidiano, el concepto
suele utilizarse como sinónimo de profesor o maestro, aunque su significado no es
exactamente igual.
El término docente hace referencia a aquellas personas que se dedican de forma
profesional a la enseñanza. La docencia es una profesión cuyo objetivo principal es
transmitir la enseñanza a otras personas, se puede hablar en un marco general de
enseñanza o sobre un área en específico.
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12. EDUCACION
Se llama educación al proceso mediante el cual se transmiten conocimientos, valores,
costumbres y formas de actuar.
Esto se hace estimulando a la persona para que desarrolle sus capacidades cognitivas
(procesamiento de la información, la memoria, la atención) y físicas.
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13. LEY
Una ley es una norma jurídica, impuesta por las autoridades competentes de
cada materia y jurisdicción (órganos o poderes legislativos). Las leyes tienen
características como la generalidad, (que van dirigidas a todos) la coactividad, (su
incumplimiento acarrea una sanción) la obligatoriedad, (todos deben cumplirla sin
excepción), entre otras.
Esta tiene poder jurídico el cual es conferido por la autoridad gubernamental a cargo.
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14. LEYES HABILITANTES
Según el articulo 203 de la contribución de la republica bolivariana de Venezuela En
leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes
de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las
materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República, con rango y valor
de ley. Las leyes habilitantes deben fijar el plazo de su ejercicio.
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15. LEYES ORGÁNICAS
Según el articulo 203 de la contribución de la republica bolivariana de Venezuela Son
leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para
organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las
que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Ley Orgánica es aquella ley que se necesita constitucionalmente para poder regular
determinadas cuestiones inherentes a la vida de la comunidad en la que se sancionan.
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16. ORDENANZAS
Se define la palabra ordenanza como una regla o ley establecida en una organización o
comunidad para la regulación y control de la misma, una vez es aprobada o prevista por
una autoridad superior.
norma jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La
ordenanza es emitida por la autoridad que tiene el poder o la facultad para exigir su
cumplimiento.
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18. PASANTÍA
Se conoce como pasantía a la práctica profesional que desempeñan los estudiantes,
generalmente durante los últimos años de la carrera, o inmediatamente después de
graduados, para poner en práctica los conocimientos y las facultades aprendidas.
La pasantía universitaria consiste en una forma de contratación temporaria
de un estudiante o graduado universitario por parte de una
organización, que posibilita adquirir experiencia laboral en un campo acorde
a los estudios que realiza en las instituciones universitarias
Es la práctica profesional que realiza un estudiante para poner en práctica sus
conocimientos y facultades.
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19. REGLAMENTOS
El reglamento es el conjunto de normas administrativas subordinadas a la ley,
obligatorias, generales e impersonales, expedidas unilateral y espontáneamente por el
Presidente de la República, o por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal
en virtud de facultades discrecionales que le han sido conferidas por la Constitución o
que resulten implícitamente del ejercicio del Poder Ejecutivo.
Es toda declaración escrita y unilateral emanada de las autoridades administrativas,
creadora de reglas de Derecho de aplicación general y de grado inferior a la Ley.
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20. RESOLUCIÓN
MINISTERIAL
Una resolución ministerial, por lo tanto, es una medida decretada por un ministerio de
un gobierno. Se trata de una normativa o de una regla que dicta un ministerio de
acuerdo a las facultades que le otorga la Constitución.
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21. TRATADOS INTERNACIONALES
Un tratado internacional es una especie de convenio entre dos o más naciones, o entre
un estado y un organismo internacional, en donde los involucrados adquieren un
compromiso, para cumplir con determinadas obligaciones.
Es un instrumento donde se consignan disposiciones libremente pactadas entre dos o
más sujetos de Derecho Internacional con el fin de crear, modificar o
extinguir obligaciones y derechos.
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