1. DERECHO REALDERECHO REAL
DEFINICIONDEFINICION
““A todo derecho personal corresponde unaA todo derecho personal corresponde una
obligación personal.obligación personal.
No hay obligación que corresponda a derechosNo hay obligación que corresponda a derechos
reales”reales”
(Art. 497).(Art. 497).
““Un derecho real es aquel que da la facultad deUn derecho real es aquel que da la facultad de
sacar de una cosa cualquiera un beneficiosacar de una cosa cualquiera un beneficio
mayor o menor”mayor o menor”
(Ortolán, Nota al art. 497).(Ortolán, Nota al art. 497).
2. DERECHO REALDERECHO REAL
DEFINICIONDEFINICION
““El derecho real es un derecho absoluto, deEl derecho real es un derecho absoluto, de
contenido patrimonial, cuyas normascontenido patrimonial, cuyas normas
sustancialmente de orden público, establecen entresustancialmente de orden público, establecen entre
una persona (sujeto activo) y una cosa determinadauna persona (sujeto activo) y una cosa determinada
(objeto), una relación inmediata que, previa(objeto), una relación inmediata que, previa
publicidad, obliga a la sociedad (sujeto pasivo) apublicidad, obliga a la sociedad (sujeto pasivo) a
abstenerse de realizar cualquier acto contrario alabstenerse de realizar cualquier acto contrario al
mismo (obligación negativa), naciendo para el casomismo (obligación negativa), naciendo para el caso
de violación una acción real y que otorga a susde violación una acción real y que otorga a sus
titulares las ventajas inherentes al ius persequendi ytitulares las ventajas inherentes al ius persequendi y
al ius preferendi”al ius preferendi” (Guillermo Allende).(Guillermo Allende).
3. DERECHO REALDERECHO REAL
DEFINICIONDEFINICION
““El derecho real es unEl derecho real es un derecho absolutoderecho absoluto, de, de
contenidocontenido patrimonial,patrimonial, cuyas normascuyas normas
sustancialmente desustancialmente de orden público,orden público, establecen entreestablecen entre
una persona (sujeto activo) y unauna persona (sujeto activo) y una cosa determinadacosa determinada
(objeto), una(objeto), una relación inmediatarelación inmediata que, previaque, previa
publicidadpublicidad, obliga a la sociedad (sujeto pasivo) a, obliga a la sociedad (sujeto pasivo) a
abstenerseabstenerse de realizar cualquier acto contrario alde realizar cualquier acto contrario al
mismo (obligación negativa),mismo (obligación negativa), naciendo para el casonaciendo para el caso
de violación unade violación una acción realacción real y que otorga a susy que otorga a sus
titulares las ventajas inherentes altitulares las ventajas inherentes al ius persequendiius persequendi yy
alal ius preferendiius preferendi” (Guillermo Allende).” (Guillermo Allende).
4. RELACIONES de HECHORELACIONES de HECHO
POSESIONPOSESION
InteresadaInteresada
DesinteresadaDesinteresada
TENENCIATENENCIA
SERVIDORESSERVIDORES
DE LADE LA
POSESIONPOSESION
DependenciaDependencia
HospedajeHospedaje
HospitalidadHospitalidad
YUXTAPOSICION LOCALYUXTAPOSICION LOCAL
5. TEORIAS sobre NOCION de POSESIONTEORIAS sobre NOCION de POSESION
SAVIGNYSAVIGNY
SubjetivaSubjetiva
FácticaFáctica
AnimusAnimus
dominidomini
CorpusCorpus
NO reconocer enNO reconocer en
otrootro dchodcho. superior. superior
IHERINGIHERING
ObjetivaObjetiva
JurídicaJurídica
Disponibilidad físicaDisponibilidad física C+aC+a
AA
++
POSESIONPOSESION
CorpusCorpus
AnimusAnimus
dominidomini
Aprovechamiento oAprovechamiento o
destino económicodestino económico
de la cosade la cosa
C+aC+a
POSESIONPOSESION
Teoría de la causaTeoría de la causa
CausaeCausae possessionispossessionis
Teoría de la función negativa (Teoría de la función negativa (--n)n)
CausaeCausae detentionisdetentionis
6. TEORIAS sobre NOCION de POSESIONTEORIAS sobre NOCION de POSESION
SAVIGNYSAVIGNY
C+aC+a AA++POSESIONPOSESION ==
C+aC+aTENENCIATENENCIA ==
YuxtaposiciónYuxtaposición
local
CC -- aa==
local
IHERINGIHERING
C + aC + a==POSESIONPOSESION
C + aC + a -- nn==TENENCIATENENCIA
7. TEORIAS sobre NOCION de POSESIONTEORIAS sobre NOCION de POSESION
SALEILLESSALEILLES
EconomicistaEconomicista
Relación de apropiación económica e/Relación de apropiación económica e/
Persona y cosaPersona y cosa -- SubordinaciónSubordinación
CorpusCorpus
Manifestación del vínculoManifestación del vínculo
económico e/ Persona yeconómico e/ Persona y
cosacosa
POSESIONPOSESION RealizaciónRealización conscienteconsciente,, voluntariavoluntaria
de la apropiación económica dede la apropiación económica de
las cosas.las cosas.
AprovechamientoAprovechamiento independienteindependiente
8. NOCION DE POSESION EN EL CODIGO CIVILNOCION DE POSESION EN EL CODIGO CIVIL
““Habrá posesión de las cosas, cuando
alguna persona, por sí o por otro, tenga una
cosa bajo su poder, con intención de
someterla al ejercicio de un derecho de
propiedad”
POSESIONPOSESION
23512351
““El que tiene efectivamente una cosa, peroEl que tiene efectivamente una cosa, pero
reconociendo en otro la propiedad, es simple tenedorreconociendo en otro la propiedad, es simple tenedor
de la cosa, y representante de la posesión delde la cosa, y representante de la posesión del
propietario, aunque la ocupación de la cosa reposepropietario, aunque la ocupación de la cosa repose
sobre un derecho”
TENENCIATENENCIA
23522352
sobre un derecho”
““Cuando alguno por sí o por otro se hallase en laCuando alguno por sí o por otro se hallase en la
posibilidad de ejercer actos de dominio sobre algunaposibilidad de ejercer actos de dominio sobre alguna
cosa, pero sólo con la intención de poseer en nombrecosa, pero sólo con la intención de poseer en nombre
de otro, será también simple tenedor de la cosa”
TENENCIATENENCIA
24612461
de otro, será también simple tenedor de la cosa”
9. NOCION DE POSESION EN EL CODIGO CIVILNOCION DE POSESION EN EL CODIGO CIVIL
““Habrá posesión de las cosas, cuando
alguna persona, por sí o por otro, tenga una
cosa bajo su poder, con intención de
someterla al ejercicio de un derecho de
propiedad”
POSESIONPOSESION
23512351
““El que tiene efectivamente una cosa,El que tiene efectivamente una cosa, peropero
reconociendo en otro la propiedadreconociendo en otro la propiedad, es simple tenedor, es simple tenedor
de la cosade la cosa, y representante de la posesión del, y representante de la posesión del
propietario, aunque la ocupación de la cosa reposepropietario, aunque la ocupación de la cosa repose
sobre un derechosobre un derecho”
TENENCIATENENCIA
23522352
”
““Cuando alguno por sí o por otro se hallase en laCuando alguno por sí o por otro se hallase en la
posibilidad de ejercer actos de dominio sobre algunaposibilidad de ejercer actos de dominio sobre alguna
cosa,cosa, pero sólo con la intención de poseer en nombrepero sólo con la intención de poseer en nombre
de otrode otro, será también simple tenedor de la cosa”
TENENCIATENENCIA
24612461
, será también simple tenedor de la cosa”
12. TENENCIATENENCIA
““2462. Quedan comprendidos en la clase del artículo anterior:2462. Quedan comprendidos en la clase del artículo anterior:
1º) Los que poseyeren en nombre de otro, aunque con1º) Los que poseyeren en nombre de otro, aunque con
derecho personal a tener la cosa, como el locatario, oderecho personal a tener la cosa, como el locatario, o
comodatario;comodatario;
2º) Los que poseyeren en nombre de otro sin derecho a tener2º) Los que poseyeren en nombre de otro sin derecho a tener
la cosa, como el depositario, el mandatario o cualquierla cosa, como el depositario, el mandatario o cualquier
representante;representante;
3º) El que transmitió la propiedad de la cosa, y se constitu3º) El que transmitió la propiedad de la cosa, y se constituyóyó
poseedor a nombre del adquirente;poseedor a nombre del adquirente;
4º) El que continuó en poseer la cosa después de haber4º) El que continuó en poseer la cosa después de haber
cesado el derecho de poseerla, como el usufructuario, acabadocesado el derecho de poseerla, como el usufructuario, acabado
el usufructo o el acreedor anticresista;el usufructo o el acreedor anticresista;
5º) El que continúa en poseer la cosa después de la sentenci5º) El que continúa en poseer la cosa después de la sentenciaa
que anulase su título, o que le negase el derecho de poseerla;que anulase su título, o que le negase el derecho de poseerla;
6º) El que continuase en poseer la cosa después de6º) El que continuase en poseer la cosa después de
reconocer que la posesión o el derecho de poseerla pertenece areconocer que la posesión o el derecho de poseerla pertenece a
otro”otro”
13. IMPORTANCIA DE LA POSESIÓNIMPORTANCIA DE LA POSESIÓN
1.1. Es el CONTENIDO de algunos derechos reales (2351Es el CONTENIDO de algunos derechos reales (2351 -- 23552355))
2. Presunción de TITULO en quien poseePresunción de TITULO en quien posee (2363)(2363)
3.3. Presunción de PROPIEDAD de cosas mueblesPresunción de PROPIEDAD de cosas muebles (2412)(2412)
4.4. Protección mediante DEFENSA PRIVADAProtección mediante DEFENSA PRIVADA (2470)(2470)
5.5. Protección mediante ACCIONES JUDICIALES (2468 yProtección mediante ACCIONES JUDICIALES (2468 y ssgtesssgtes.).)
7.7. Permite adquirir el DOMINIO por usucapiónPermite adquirir el DOMINIO por usucapión (3999(3999 –– 40154015 –– 40164016--
4016 bis)4016 bis)
8.8. PROPIEDAD de los FRUTOS percibidos de buena fePROPIEDAD de los FRUTOS percibidos de buena fe (2423)(2423)
6.6. Medio de adquirir derechos reales mediante la tradición de la coMedio de adquirir derechos reales mediante la tradición de la cosasa
9.9. Dominio especificaciónDominio especificación (2568, 2569 y 2570),(2568, 2569 y 2570), edificación, siembra yedificación, siembra y
plantaciónplantación (2587 a 2590)
11.11. Genera derechos, obligaciones y responsabilidades conGenera derechos, obligaciones y responsabilidades con
relación a: a) Frutos.relación a: a) Frutos.
b) Mejoras.b) Mejoras.
c) Gastos.c) Gastos.
e) Deterioro y pérdida de la cosa.e) Deterioro y pérdida de la cosa.
10.10. Protección en la adquisición de inmueblesProtección en la adquisición de inmuebles (1051)(1051)
14. CLASIFICACION DE LA POSESIONCLASIFICACION DE LA POSESION
A) LEGITIMAA) LEGITIMA1)1)
Por suPor su
CAUSACAUSA
23552355
B) ILEGITIMAB) ILEGITIMA
C) De BUENA feC) De BUENA fe
D) DeD) De
MALA feMALA fe
2)2)
CONDICIONES PERSONALESCONDICIONES PERSONALES
del poseedordel poseedor
23562356
E) SIMPLE oE) SIMPLE o
NO VICIOSANO VICIOSA
F) VICIOSAF) VICIOSA
3)3)
Modo o método deModo o método de
ADQUISICIONADQUISICION
MueblesMuebles
InmueblesInmuebles
- Hurto (1091, 1093 CC – 162 CP)
- Estelionato (1178, 1179 CC)
- Abuso de Confianza
- Violencia (2365 – 2492)
- Clandestinidad (2369/70, Nota 2479)
- Abuso de Confianza
15. PROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHOPROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHO
TURBACIONTURBACION
ATAQUESATAQUES
DESPOJODESPOJO
Acción ExtrajudicialAcción Extrajudicial
DEFENSASDEFENSAS
Acciones PolicialesAcciones Policiales
Acciones PosesoriasAcciones Posesorias
InterdictosInterdictos
16. PROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHOPROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHO
DEFENSADEFENSA
EXTRAJUDICIALEXTRAJUDICIAL
CODIGOCODIGO
CIVILCIVIL
MANTENERMANTENER
ACCIONESACCIONES
POSESORIASPOSESORIAS
Manutención: 2495Manutención: 2495
RECUPERARRECUPERAR
24702470
DEFENSADEFENSA
JUDICIALJUDICIAL
Restitución: 2487Restitución: 2487
ACCIONESACCIONES
POLICIALESPOLICIALES
Innominada deInnominada de
Mantener: 2469Mantener: 2469
Despojo: 2490Despojo: 2490
ACCIONACCION
DeDe
OBRA NUEVAOBRA NUEVA
Terrenos ajenos alTerrenos ajenos al
poseedor.poseedor.
Manutención: 2499Manutención: 2499
Terrenos delTerrenos del
poseedor. Despojo:poseedor. Despojo:
24982498
ACCION de DAÑO TEMIDO: 2499ACCION de DAÑO TEMIDO: 2499
17. PROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHOPROTECCION DE LAS RELACIONES DE HECHO
ADQUIRIR (601 a 603)ADQUIRIR (601 a 603)
CODIGOCODIGO
PROCESALPROCESAL
INTERDICTOSINTERDICTOS
RETERNER (604 a 607)RETERNER (604 a 607)
RECOBRAR (608 a 612)RECOBRAR (608 a 612)
OBRA NUEVA (613, 614)OBRA NUEVA (613, 614)
PROTECCION EXTRAJUDICIAL:PROTECCION EXTRAJUDICIAL: art.art. 34,34, incsincs. 6 y 7
CODIGOCODIGO
PENALPENAL
. 6 y 7
HURTO: 162HURTO: 162
ROBO: 164ROBO: 164
USURPACION: 181USURPACION: 181
ESTAFA: 173ESTAFA: 173
RESTITUCION: 29RESTITUCION: 29