6. REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, del 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Artículo 8 . Derechos básicos de los consumidores y usuarios. Son derechos básicos de los consumidores y usuarios: a ) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad. c ) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos. d ) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute. e ) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas. f ) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.
7. Artículo 9 . Bienes y servicios de uso común. Los poderes públicos protegerán prioritariamente los derechos de los consumidores y usuarios cuando guarden relación directa con bienes o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado. Artículo 10 . Irrenunciabilidad de los derechos reconocidos al consumidor y usuario. La renuncia previa a los derechos que esta norma reconoce a los consumidores y usuarios es nula, siendo, asimismo, nulos los actos realizados en fraude de ley de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Código Civil.
8. EFICACIA GENERAL DE LAS NORMAS JURÍDICAS Artículo 6. 1 . La ignorancia de las Leyes no excusa de su cumplimiento. El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las Leyes determinen. 2 . La exclusión voluntaria de la Ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros. 3 . Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención (vulneración). 4 . Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de Ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.
9. CAPÍTULO III Protección de la salud y seguridad Artículo 11 . Deber general de seguridad. Los bienes o servicios puestos en el mercado deben ser seguros. Se consideran seguros los bienes o servicios que, en condiciones de uso normales o razonablemente previsibles, incluida su duración, no presenten riesgo alguno para la salud o seguridad de las personas, o únicamente los riesgos mínimos compatibles con el uso del bien o servicio y considerados admisibles dentro de un nivel elevado de protección de la salud y seguridad de las personas.
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11. Bien, en este mundo que hemos creado, olvidando, no se porque razón, ¡lo frágiles que somos y, que en un día cualquiera, la vida nos lo demostrará! Añadir que: Gracias a Dios, hombres como Cristofer Rif que en la ficción de SUPERMAN todo lo pudo, nos demostró con su ejemplo, que hay seres humanos que a pesar de la adversidad construyen un mundo para todos. Y sinceramente, con esta charla no espero gotitas de agua, que den ilusión a todas las personas con diversidad funcional, que actualmente compran desde las puertas de nuestros comercios o sin los debidos servicios en el Casco Histórico Vegueta Triana. Espero por parte de todos, que cascadas de agua limpia, eliminen de raíz, cuantas barreras mentales, que han seguido impidiendo, después de tantas obras, la eliminación de barreras arquitectónicas y de la comunicación, que en Leyes Autonómicas, Nacionales e Internacionales políticos y técnicos se han saltado.
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13. PENSEMOS AHORA QUE LA DIVERSIDAD FUNCIONAL SEA PERMANENTE. RAZONE: SI ES SENSORIAL: EN ESTE ZONA COMERCIAL VEGUETA TRIANA, NO SE SABE POR DONDE IR, CARECE DE SEÑALES ACÚSTICAS Y VISUALES. SI ES FÍSICA: LOS OBSTÁCULOS BRILLAN, PORQUE EXISTEN Y, NOS IMPIDEN EL ACCESO. SI ES INTELECTUAL: ES MUY PROBABLE QUE SEA FÍSICA Y SENSORIAL, ASÍ QUE JUNTAMOS TODO Y AL FINAL ESTAMOS SIN NADA, CRUDA REALIDAD.
14. LOS OBSTÁCULOS EN LA DIVERSIDAD FUNCIONAL, AFECTA A NOSOTROS, A, FAMILIARES, AMIGOS Y DAMOS GRACIAS, PORQUE TAMBIÉN AFECTA, AL JUSTO CRITERIO DEL PÚBLICO EN GENERAL, MIENTRAS QUE LOS PROFESIONALES EN ARQUITECTURA Y URBANISMO, JUNTO A LA DESIDIA DE LOS POLÍTICOS, NOS HACEN INVISIBLES. POR SUPUESTO, NO ME QUEDA DUDA QUE LOS ORGANIZADORES DE ESTAS JORNADAS, JUNTO A LOS PONENTES Y ASISTENTES, QUEREMOS ENCAMINARNOS HACIA LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, IMPLANTÁNDOLA EN LA CULTURA DEL HACER DIARIO, OTORGANDO LOS DERECHOS QUE ESTÁN SIENDO NEGADOS. CON MI FE PUESTA EN TODOS Y REPRESENTANDO AL 10% DE LA DIVERSIDAD FUNCIONAL POR FAVOR LA ÓPTICA HERRERA CERPA ES EL 1º COMERCIO ADAPTADO DE TRIANA. EN NOMBRE DEL 10% + EL 90 QUE HACEMOS EL 100 x 100 DE LOS HABITANTES DE CANARIAS. NUESTRO. RECONOCIMIENTO A ELLOS Y A QUIENES HAN SEGUIDO SU EJEMPLO.
15. ¡HAGAMOS ALGO! NO CONTINUEMOS CON LA DESIDIA HACIA LA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL O DISCAPACITADOS O COMO QUIERAN DENOMINAR, CLARO ESTÁ, CON RESPETO, A UNA SITUACIÓN DIFERENTE, QUE MAÑANA PUEDE TOCARLES A USTEDES O A CUALQUIERA DE LAS PERSONAS QUE NOS RODEAN. ASÍ QUE: HAGAMOS RECLAMACIONES POR ESCRITO, DONDE SE INCUMPLAN LAS LEYES. ¡SERÁ EJEMPLO DE CIUDADANIA ! MUCHÍSIMAS GRACIAS A TODOS Y ESPERO QUE PODAMOS TRABAJAR JUNTOS LA ELIMINACIÓN DE TODO TIPO DE BARRERAS BIEN SEAN FÍSICAS, INTELECTUALES O SENSORIALES, ME GUSTARÍA COMENZAR POR LAS BARRERAS MENTALES QUE NOS IMPIDEN VIVIR CON DIGNIDAD EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. NUESTRO AGRADECIMIENTO POR LA ATENCIÓN PRESTADA Y HASTA SIEMPRE .