1. EL DOMICILIO COMO
FACTOR DE CONEXION
Una de las Modificaciones mas
importantes
De la ley
A la
Solución
Es la
Países Americanos
y de los países de
Common Law
Países Americanos
y de los países de
Common Law
De los
Del Derecho Internacional
Privado
Sustitución del principio de la
nacionalidad
Por el
Principal del Domicilio
Como
Factor de conexión, decisivo
en materia de Estado.
Solución Venezolana
De la mayor parte
Países Americanos y
de los países de
Common Law
Mejor a las realidades
demográficas económicas y
sociales de Venezuela
Principio de la
nacionalidad
Se basa el
Vigente Código
Civil
Se
De los
Ajusta
Cual
El
En el
El
Y Tendencias de
Las
la practica y la
Jurisprudencia
Establece una mejor
concordancia entre las
disposiciones de la Ley
Tiene mas sentido
territorialista
Principio del
Domicilio
2. Domicilio Dicen Alessandri y
Sobre El
Somarriva
El
Tienen su domicilio en el lugar
donde se hallen prestando
aquel, si no manifestasen
intención en contrario por algún
establecimiento permanente, o
asiento principal de sus
negocios en otro lugar.
Sociedades,
corporaciones,
establecimiento y
asociaciones, autorizadas
Por
Es
Domicilio precisa en
lugar en que el
individuo es
considerado siempre
presente, aunque
momentáneamente no
lo este, para el
ejercicio de sus
derechos y
cumplimiento de sus
obligaciones
Los funcionarios públicos,
Eclesiásticos o seculares
El
Código Civil
estipula
Que las personas pueden vivir
en un sitio determinado, en
forma continua y cumplen
relaciones de orden jurídico
(celebran negocios, derechos
civiles y publicas.
Domicilio
Legal
Tienen su domicilio en el
lugar donde deben
desempeñar sus funciones,
no siendo estas temporarias,
periódicas o de simple
comisión
El lugar donde este situada su
dirección o administración, es e
Y
Las
Las
Así
El
Lugar donde la Ley presume, que
una persona reside de una manera
permanente para el ejercicio de
sus derechos y cumplimientos de
sus obligaciones aunque de hecho
no este allí presente
Leyes o por el
Gobierno
Los Militares
En servicio activo
3. La
Las
compañías
El
Acoge la
segunda
Decir
Tengan Muchos establecimientos o sucursales,
tienen su domicilio especial en el lugar de dichos
establecimientos, para solo la ejecución de las
obligaciones allí contraídas por los agentes
locales de la sociedad.
Transeúntes o las
personas de ejercicio
Los que no tuviesen
domicilio conocido, lo
tienen en el lugar de sus
residencia actual.
Los Incapaces
Y
El
Difunto
Se puede
Tienen el domicilio
de sus
representantes
Yaris
Guedez
Determina el lugar donde
se abre su sucesión
Este
La
Los
Y
Que
Como
ambulante
Existen dos
Teorías
Código
Civil
Estima que el
domicilio es un
lugar
concreto en
que la Ley
supone la
persona se
encuentra
siempre para
los efectos
jurídicos.
Concreta
Según la cual el domicilio no es un lugar si
no una nación abstracta que se supone una
relación jurídica entre el sujeto y el lugar.
Po lo cual a la persona se le considera
siempre en dicho lugar,
Clásica
Que el Domicilio: es el
lugar en el que
legalmente se entiende
que una persona este
asentada y donde
desarrolla su “idea
jurídica” este domicilio
puede ser político o
Civil.
Puede
subclasificarse en:
Domicilio Civil
general y domicilio
Civil Especial
Domicilio
puede
ser:
Político
O
civil