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CORPORACION UNIVERSIARIA MINUTO DE DIOS
CODIGO DE ETICA
PESENTADO A : SANDRA CAROLINA FAGUA.
PRESENTADO POR: YANEH RACHE PULGAR
LIC.PEDAGOGIA INFANTIL
VIII SEMESTRE
SUESCA2015
Artículo 4°. Los valores,
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presente Código, serán
asumidos y cumplidos de
manera consciente y
responsable por todos los
servidores públicos del
Ministerio de Educación
Nacional en sus actuaciones,
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funciones públicas o sean
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EL DOCENTE INCURRIRA
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ESTABLECIDO EN ESTE
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EXPRESARSE HACIA
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Artículo 5°. En el marco de la Ética Pública, los servidores del Ministerio de
Educación Nacional asumen que los siguientes Principios Éticos son sus creencias
básicas sobre las formas correctas para desempeñar la función pública, que se
constituyen en premisas de todas sus actuaciones; estos son: 1. El interés general
prevalece sobre el interés particular. 2. Los bienes y recursos públicos están
destinados exclusivamente para asuntos de interés general. 3. La finalidad del
Ministerio de Educación Nacional es garantizar el derecho a la educación de todos
los colombianos, a través del cumplimiento de su misión. 4. La función primordial del
servidor público es servir a la ciudadanía. 5. Quien administra recursos públicos
rinde cuentas a la sociedad sobre su utilización y los resultados de su gestión. 6.
Los ciudadanos tienen derecho a participar en las decisiones públicas que los
afecten. 8 | CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO MINISTERIO DE ED
SON BIENES EDUCATICOS LO QUE HACE REFERENCIA A LA EDUCACION, MAS
NOA QUE LOS DOCENES DEBEN DESACAR PROVECHO Y SER BENEFICIADOS EN
CIEROS FINES QUE ESE LLEVANDO A CABO.DE TAL MANERA QUE EL DEBER ES
SERVIR A LA COMUNIDAD PERO LLLEVANDOLES BENEFICIOS MAS NO
APROVECHANDOSE DE ELLOS.
Artículo 8°. La Ministra de Educación, su equipo directivo y demás
servidores del Ministerio, hacen explícito su compromiso con el
Buen Gobierno como medio para desarrollar su gestión diaria,
alcanzar sus objetivos misionales, y, fomentar y desarrollar
una cultura de eficiencia, transparencia e integridad basada en
la responsabilidad personal, fortaleciendo campos específicos
de la organización como lo son: la estrategia, el talento
humano, los procesos de gestión, sus riesgos y controles, la
auditoría y el aseguramiento.
ES DEBER DE LA MINISTRA Y DE SUS FUNCIONARIOS VELAR POR EL
BIENESTAR DE LOS ESTUDIANTES,POR SU INEGRIDADY BUEN DESARROLLO DE
LO CONRARIO INCURRIRA EN FALTAS GRAVES QUE CAUSARAN SU DESPIDO Y
POSTERIOR INVESTIGACION
Artículo 10. El Ministerio de Educación Nacional, orientará
todas sus actuaciones a garantizar el derecho a la
educación de la población colombiana con criterios de
equidad, calidad y efectividad; en el marco de los mandatos
constitucionales y legales, y promoverá la participación
ciudadana en la formulación de políticas educativas y en la
veeduría sobre gestión.
ES DEBER DEL MINISERIO DE EDUCACION VELAR POR EL
DERECHO A LA EDUCACION DE LOSINTEGRANTES DE
LACOMUNIDAD COLOMBIANA,DE LA CALIDAD QUE SE
BRINDE,DE SUS VALORES Y DE PROMOVER UNA BUENA Y
DIGNA EDUCACION YA QUE SI NO LO CUMPLE ACARREARA A
SANCIONES ESTABECIDAS POR LA LEY.
Artículo 21. La Ministra de Educación Nacional, su
equipo directivo y demás servidores del Ministerio,
rechazan, condenan y prohíben entre otras,
cualquiera de las siguientes prácticas: a. Dar,
ofrecer o aceptar, en forma directa o indirecta,
regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o
pagos en desarrollo de los servicios y funciones que
les compete que puedan influir en sus decisiones para
facilitar contratos, nombramientos u operaciones en
beneficio propio o de terceros. b. Otorgar
compensaciones no autorizadas por las normas
pertinentes. 20 | CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL c. Utilizar
indebidamente información privilegiada o confidencial
para obtener provecho o salvaguardar intereses
individuales propios o de terceros. d. Realizar
proselitismo político o religioso aprovechando su
cargo, posición o relaciones con la entidad, no
pudiendo comprometer recursos econó- micos para
financiar campañas políticas; tampoco generar
burocracia a favor de políticos o cualquier otra
persona natural o jurídica. e. Todas aquellas
prácticas que atenten contra la integridad y la
transparencia de la gestión del Ministerio y contra
el buen uso de los recursos públicos. f. Todo tráfico de
influencias para privilegiar trámites.
ACARREARAN EN MULTAS
Y SANCIONES SI CON LA
PLATA QUE ESTA
LLEGANDO A LA INSTIUCION
LA MALGASTAN EN
VIAJES,REGALOS U OROS
QUE ATENTEN CONTRA EL
BUEN NOMBRE DE LA
INSTIUCION YA QUE PARA
LAS
DIFERENTESACTIVIDADES
SE DEBE DE TENER EN
CUENTA EL CURRICULO Y
LA PLANEACION QUE SE
LLEVO A CABO A PRINCIPIO
DE AÑO.
Artículo 23. Sin perjuicio de la ampliación de
estas prohibiciones, los servidores del
Ministerio de Educación Nacional se abstendrán
de utilizar las siguientes prácticas en su
accionar diario: a. Utilizar indebidamente
información privilegiada y confidencial en
contra de los intereses de la administración. b.
Realizar actividades que atenten contra los
intereses de la administración. c. Entregar
dádivas a otros servidores públicos a cambio de
cualquier tipo de beneficios. d. Utilizar los
recursos del Ministerio para labores distintas
de las relacionadas con su actividad, ni
encausarlos en provecho personal o de
terceros. e. Aceptar, para sí o para terceros,
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relacionada o no con la administración, o de
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Artículo 24. Con el fin de garantizar la
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Educación Nacional, su equipo directivo y
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Integrado de Gestion (SIG), articulando en
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SUS DIRECTIVOS
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Artículo 26. La Ministra de Educación
Nacional, su equipo directivo y demás
servidores del Ministerio, desarrollarán
una comunicación al interior de la entidad
orientada al fomento de una cultura
organizacional, basada en principios de
servicio, calidad en la gestión, valores y
compromisos éticos y otras iniciativas
encaminadas a fortalecer el modelo de
gestión del Ministerio. Así mismo, la
comunicación se constituirá como un
mecanismo para construir y fortalecer
las relaciones entre los servidores con el
objetivo de generar visiones comunes y
ambientes de comunicación propicios para
el desarrollo de proyectos y tareas que
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Artículo 28. La Ministra de Educación
Nacional, su equipo directivo y demás
servidores del Ministerio, aplicarán
mecanismos para que la información de
la entidad llegue a la comunidad
educativa, a los demás grupos de
interés y a la sociedad en general de
manera oportuna, actualizada, clara,
veraz y confiable, bajo políticas
efectivas de producción, manejo y
circulación de la información, para lo
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información y se utilizarán los medios
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participativa virtuales y presenciales
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la que va dirigida.
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Artículo 30. Los estados e informes económicos,
financieros, contables y de gestión presentados
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respectivos entes de regulación y control, así
como cualquier otra información sustancial,
deben ser dados a conocer y estar disponibles
para la comunidad, la cual tiene derecho a
informarse permanentemente de todos los
hechos que ocurran dentro del Ministerio y que
no sean materia de reserva. De igual manera se
publicarán los informes y recomendaciones que
los órganos de regulación y control presenten
al Ministerio respecto a su gestión y
mejoramiento continuo. Los medios de
información que podrán utilizarse son, entre
otros, la Unidad de Atención al Ciudadano,
boletines, folletos o circulares, periódicos,
líneas telefónicas gratuitas, correos
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SECRETARIA LA CUAL
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PLANTEL EDUCATIVO.
BIBLIOGRAFIA
 https://www.google.com.co/search?q=codigo+institucional+colombiano&biw=1366&bi
h=623&source=lnms&sa=X&ei=19dnVbeRNOGwsAS-
mYC4Bw&ved=0CAUQ_AUoAA&dpr=1#q=codigo+de+ética.
 http://www.definicionabc.com/social/fomentar.php
 Definición de disciplina - Qué es, Significado y Concepto
http://definicion.de/disciplina/#ixzz3bUq7TcJp

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Etica profesional

  • 1. CORPORACION UNIVERSIARIA MINUTO DE DIOS CODIGO DE ETICA PESENTADO A : SANDRA CAROLINA FAGUA. PRESENTADO POR: YANEH RACHE PULGAR LIC.PEDAGOGIA INFANTIL VIII SEMESTRE SUESCA2015
  • 2. Artículo 4°. Los valores, políticas éticas y lineamientos de Buen Gobierno descritas en el presente Código, serán asumidos y cumplidos de manera consciente y responsable por todos los servidores públicos del Ministerio de Educación Nacional en sus actuaciones, y serán promovidos de manera especial por el equipo directivo del Ministerio y demás particulares que ejerzan funciones públicas o sean delegados para desarrollar las mismas, con el propósito de consolidarlos en nuestra cultura organizacional. EL DOCENTE INCURRIRA EN ESTAS FALTAS SI NO ACATA LO ESTABLECIDO EN ESTE ARICULO, LOS VALORES Y PRINCIPIOS QUE TIENE TODA PERSONA PARA EXPRESARSE HACIA LOS ALUMNOS EN ESTE CASO O HACIA LA SOCIEDAD
  • 3. Artículo 5°. En el marco de la Ética Pública, los servidores del Ministerio de Educación Nacional asumen que los siguientes Principios Éticos son sus creencias básicas sobre las formas correctas para desempeñar la función pública, que se constituyen en premisas de todas sus actuaciones; estos son: 1. El interés general prevalece sobre el interés particular. 2. Los bienes y recursos públicos están destinados exclusivamente para asuntos de interés general. 3. La finalidad del Ministerio de Educación Nacional es garantizar el derecho a la educación de todos los colombianos, a través del cumplimiento de su misión. 4. La función primordial del servidor público es servir a la ciudadanía. 5. Quien administra recursos públicos rinde cuentas a la sociedad sobre su utilización y los resultados de su gestión. 6. Los ciudadanos tienen derecho a participar en las decisiones públicas que los afecten. 8 | CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO MINISTERIO DE ED SON BIENES EDUCATICOS LO QUE HACE REFERENCIA A LA EDUCACION, MAS NOA QUE LOS DOCENES DEBEN DESACAR PROVECHO Y SER BENEFICIADOS EN CIEROS FINES QUE ESE LLEVANDO A CABO.DE TAL MANERA QUE EL DEBER ES SERVIR A LA COMUNIDAD PERO LLLEVANDOLES BENEFICIOS MAS NO APROVECHANDOSE DE ELLOS.
  • 4. Artículo 8°. La Ministra de Educación, su equipo directivo y demás servidores del Ministerio, hacen explícito su compromiso con el Buen Gobierno como medio para desarrollar su gestión diaria, alcanzar sus objetivos misionales, y, fomentar y desarrollar una cultura de eficiencia, transparencia e integridad basada en la responsabilidad personal, fortaleciendo campos específicos de la organización como lo son: la estrategia, el talento humano, los procesos de gestión, sus riesgos y controles, la auditoría y el aseguramiento. ES DEBER DE LA MINISTRA Y DE SUS FUNCIONARIOS VELAR POR EL BIENESTAR DE LOS ESTUDIANTES,POR SU INEGRIDADY BUEN DESARROLLO DE LO CONRARIO INCURRIRA EN FALTAS GRAVES QUE CAUSARAN SU DESPIDO Y POSTERIOR INVESTIGACION
  • 5. Artículo 10. El Ministerio de Educación Nacional, orientará todas sus actuaciones a garantizar el derecho a la educación de la población colombiana con criterios de equidad, calidad y efectividad; en el marco de los mandatos constitucionales y legales, y promoverá la participación ciudadana en la formulación de políticas educativas y en la veeduría sobre gestión. ES DEBER DEL MINISERIO DE EDUCACION VELAR POR EL DERECHO A LA EDUCACION DE LOSINTEGRANTES DE LACOMUNIDAD COLOMBIANA,DE LA CALIDAD QUE SE BRINDE,DE SUS VALORES Y DE PROMOVER UNA BUENA Y DIGNA EDUCACION YA QUE SI NO LO CUMPLE ACARREARA A SANCIONES ESTABECIDAS POR LA LEY.
  • 6. Artículo 21. La Ministra de Educación Nacional, su equipo directivo y demás servidores del Ministerio, rechazan, condenan y prohíben entre otras, cualquiera de las siguientes prácticas: a. Dar, ofrecer o aceptar, en forma directa o indirecta, regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos en desarrollo de los servicios y funciones que les compete que puedan influir en sus decisiones para facilitar contratos, nombramientos u operaciones en beneficio propio o de terceros. b. Otorgar compensaciones no autorizadas por las normas pertinentes. 20 | CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL c. Utilizar indebidamente información privilegiada o confidencial para obtener provecho o salvaguardar intereses individuales propios o de terceros. d. Realizar proselitismo político o religioso aprovechando su cargo, posición o relaciones con la entidad, no pudiendo comprometer recursos econó- micos para financiar campañas políticas; tampoco generar burocracia a favor de políticos o cualquier otra persona natural o jurídica. e. Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridad y la transparencia de la gestión del Ministerio y contra el buen uso de los recursos públicos. f. Todo tráfico de influencias para privilegiar trámites. ACARREARAN EN MULTAS Y SANCIONES SI CON LA PLATA QUE ESTA LLEGANDO A LA INSTIUCION LA MALGASTAN EN VIAJES,REGALOS U OROS QUE ATENTEN CONTRA EL BUEN NOMBRE DE LA INSTIUCION YA QUE PARA LAS DIFERENTESACTIVIDADES SE DEBE DE TENER EN CUENTA EL CURRICULO Y LA PLANEACION QUE SE LLEVO A CABO A PRINCIPIO DE AÑO.
  • 7. Artículo 23. Sin perjuicio de la ampliación de estas prohibiciones, los servidores del Ministerio de Educación Nacional se abstendrán de utilizar las siguientes prácticas en su accionar diario: a. Utilizar indebidamente información privilegiada y confidencial en contra de los intereses de la administración. b. Realizar actividades que atenten contra los intereses de la administración. c. Entregar dádivas a otros servidores públicos a cambio de cualquier tipo de beneficios. d. Utilizar los recursos del Ministerio para labores distintas de las relacionadas con su actividad, ni encausarlos en provecho personal o de terceros. e. Aceptar, para sí o para terceros, donaciones en dinero o especie por parte de proveedores, contratistas o cualquier persona relacionada o no con la administración, o de personas o entidades con las que el Ministerio sostenga relaciones en razón de su actividad, que conlleve a generar cualquier clase de compromiso no autorizado. LOS DOCENES POR NINGUN MOTIVO DEBERAN DE ACCEDER A INFORMACION CONFIDENCIAL, ENTREGAR INFORMACION INDEBIDA A ORAS PERSONAS AJENAS A LA INSTIUCION
  • 8. Artículo 24. Con el fin de garantizar la eficacia, eficiencia, efectividad y transparencia en el logro de los objetivos institucionales y fines sociales, y asegurar la satisfacción de los clientes y partes interesadas, la Ministra de Educación Nacional, su equipo directivo y demás servidores del Ministerio, se comprometen a establecer, implementar y mejorar continuamente el Sistema Integrado de Gestion (SIG), articulando en sus procesos y servicios de manera armónica y complementaria, el cumplimiento de los requisitos legales y los componentes de gestión de calidad, gestión ambiental, control interno y desarrollo administrativo, con un especial énfasis en el establecimiento de controles a los riesgos en la gestión, basado en los lineamientos estratégicos que defina. EN CASO DE QUE LA MINISTRA DE EDUCACION INCURRA EN LO QUE ELLA Y SUS DIRECTIVOS ESTABLECIERON PARA PROMOVER LA EDUCACION INTEGRAL A LOS NIÑOS Y NIÑAS ESTARA COMEIENDO UNA FALTA MUY GRAVE ANTE EL MINISERIO DE EDUCACION.
  • 9. Artículo 26. La Ministra de Educación Nacional, su equipo directivo y demás servidores del Ministerio, desarrollarán una comunicación al interior de la entidad orientada al fomento de una cultura organizacional, basada en principios de servicio, calidad en la gestión, valores y compromisos éticos y otras iniciativas encaminadas a fortalecer el modelo de gestión del Ministerio. Así mismo, la comunicación se constituirá como un mecanismo para construir y fortalecer las relaciones entre los servidores con el objetivo de generar visiones comunes y ambientes de comunicación propicios para el desarrollo de proyectos y tareas que respondan a los objetivos misionales. INCURRIRAN EN CASO DE NO FOMENTAR UNA CULTURA SANA Y ORIENTADA EN LOS PRINCIPIOS Y VALORESQUE CADA PERSONA TIENE EN SI MISMO. SI NO HAY COMUNICACIÓN ENTRE SI ESTO DIFICULTARA LAS TAREAS PROPUESTAS.
  • 10. Artículo 28. La Ministra de Educación Nacional, su equipo directivo y demás servidores del Ministerio, aplicarán mecanismos para que la información de la entidad llegue a la comunidad educativa, a los demás grupos de interés y a la sociedad en general de manera oportuna, actualizada, clara, veraz y confiable, bajo políticas efectivas de producción, manejo y circulación de la información, para lo cual se adoptarán procesos de información y se utilizarán los medios de comunicación y gestión participativa virtuales y presenciales a los cuales haya lugar, de acuerdo con las condiciones de la comunidad a la que va dirigida. SI NO SE LLEVA A CABO LA RESPECTIVA CONFIDENCIALIDAD ENTRE LOS MISMOS DOCENTES A TAL CASO QUE SE LLEGARAN A PRESENTAR DISCORDIAS ESTARIAN ATENTANDO CONTRA EL PLANTEL EDUCATIVO AL CUAL HACEN PARTE.
  • 11. Artículo 30. Los estados e informes económicos, financieros, contables y de gestión presentados por el Ministerio de Educación Nacional, a los respectivos entes de regulación y control, así como cualquier otra información sustancial, deben ser dados a conocer y estar disponibles para la comunidad, la cual tiene derecho a informarse permanentemente de todos los hechos que ocurran dentro del Ministerio y que no sean materia de reserva. De igual manera se publicarán los informes y recomendaciones que los órganos de regulación y control presenten al Ministerio respecto a su gestión y mejoramiento continuo. Los medios de información que podrán utilizarse son, entre otros, la Unidad de Atención al Ciudadano, boletines, folletos o circulares, periódicos, líneas telefónicas gratuitas, correos electrónicos y página web. TODO SE DEBE DE LLEVAR A CABO DE UNA MANERA LEGAL PARA LO CUAL EXISTIRA UNA SECRETARIA LA CUAL SERA LA ENCARGADA DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS DE LA INSTIUCION DE LO CONTRARIO HABRAN SANCIONES PARA DICHO PLANTEL EDUCATIVO.