2. Los instrumentos que tienen los ciudadanos para hacer valer sus derechos constitucionales son:
La acción de tutela: este es el instrumento más revolucionario del derecho constitucional, el cual se
procede cuando sean vulnerados o amenazados los derechos humanos constitucionales fundamentales.
Esta fue instaurada como una acción, no como un recurso y el ciudadano podrá montar una acción de tutela
tanto verbal como escrita y esta
3. •La acción popular: un ejemplo de la acción popular es cuando a una comunidad le sea
vulnerado alguno de sus derechos fundamentales podrá interponer la acción popular,
ejemplo de ello es cuando existiendo una comunidad en un sector residencial legalmente
construido y no se le haya conectado algún servicio público como alcantarillado, el
servicio de aseo o energía eléctrica, podrá la comunidad recurrir a la acción popular para
que las entidades encargadas garanticen la conexión de dichos servicios públicos.
4. •La acción de grupo: la principal característica de esta acción es que debe ser presentada
por una pluralidad o conjunto de personas a las cuales se les haya causado un daño estas
deben de ser mayor a 20 personas, es decir, que los perjuicios causados a cada uno de
los integrantes del grupo debieron ser generados por las mismas causas. Así que esta
acción está diseñada para interponerla cuando una acción ya ha causado un perjuicio
que se busca resarcir y del que se pretende una indemnización.
5. • La acción de cumplimiento: Este mecanismo es similar a la tutela, sin embargo, la
diferencia radica en que la acción de cumplimiento se utiliza para hacer efectivas las leyes y
la tutela para proteger los derechos fundamentales de una persona.
La acción de cumplimiento Es un mecanismo mediante el cual toda persona podrá acudir
ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza
material de ley o actos administrativos
• la acción contencioso administrativo: Es el mecanismo mediante el cual una persona
puede reclamar ante un juez especial (Justicia Contencioso Administrativa) por un acto o
circunstancia que nace de las Entidades públicas o privadas que cumplen funciones
administrativas.