Los ciudadanos colombianos tienen tres instrumentos para proteger sus derechos humanos constitucionales: la acción de tutela para casos de vulneración o amenaza de derechos fundamentales, la acción popular para cuando los derechos de una comunidad son vulnerados, como la falta de servicios públicos, y la acción de grupo cuando más de 20 personas sufren daños por las mismas causas y buscan una indemnización.
2. Los instrumentos que tienen los ciudadanos para hacer valer sus derechos constitucionales son:
La acción de tutela: este es el instrumento más revolucionario del derecho constitucional, el cual se
procede cuando sean vulnerados o amenazados los derechos humanos constitucionales fundamentales.
Esta fue instaurada como una acción, no como un recurso y el ciudadano podrá montar una acción de tutela
tanto verbal como escrita y esta
3. •La acción popular: un ejemplo de la acción popular es cuando a una comunidad le sea
vulnerado alguno de sus derechos fundamentales podrá interponer la acción popular,
ejemplo de ello es cuando existiendo una comunidad en un sector residencial legalmente
construido y no se le haya conectado algún servicio público como alcantarillado, el
servicio de aseo o energía eléctrica, podrá la comunidad recurrir a la acción popular para
que las entidades encargadas garanticen la conexión de dichos servicios públicos.
4. •La acción de grupo: la principal característica de esta acción es que debe ser presentada
por una pluralidad o conjunto de personas a las cuales se les haya causado un daño estas
deben de ser mayor a 20 personas, es decir, que los perjuicios causados a cada uno de
los integrantes del grupo debieron ser generados por las mismas causas. Así que esta
acción está diseñada para interponerla cuando una acción ya ha causado un perjuicio
que se busca resarcir y del que se pretende una indemnización.