El documento argumenta que la educación es un derecho universal y de interés público de acuerdo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Aunque los estados tienen el deber de garantizar el acceso a la educación, millones de personas aún no tienen acceso a oportunidades educativas de calidad. El autor concluye que si bien los países en desarrollo están mejorando sus sistemas educativos, aún les queda trabajo por hacer para cumplir con este derecho fundamental.
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Derecho educación orden público
1. Ensayo sobre ´´La educación es un derecho universal de orden público e
interés nacional´´.
Presentado por:
Altagracia Aracena Tapia
09-0539
Maestría:
Ciencias de la Educación, Mención: Gestión de Centros Educativos
Modulo III:
Marco Legal de la Educación Dominicana
Facilitadora:
Dra. Ceferina Cabrera Félix
Santiago, de los Caballeros, Rep. Dom.
Julio 31, 2016.
2.
3. Redacción de un ensayo en el que explique por qué la educación es un
derecho universal de orden público e interés nacional. Ver rúbrica.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es el principal marco
referente como fuente de derecho, ya que los Estados democráticos que
conforman las naciones unidas se han puesto de acuerdo para respetar y
garantizar los derechos proclamados en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, pero ¿qué son los Derechos Humanos? Los derechos
humanos no son más son todas las reivindicaciones o facultades inherente a la
raza humana que han sido conquistada por las naciones en beneficio de sus
ciudadanos.
Según Capitant (1978), los derechos del hombre y del ciudadano son ´´ el
conjunto de las garantías que pertenecen, frente al poder público a toda
persona humana , cualesquiera sean su nacionalidad , edad y sexo, es decir ,
la igualdad y libertad civiles ´´.
En este ensayo, vamos a reflexionar sobre la educación es un derecho
universal de orden público e interés nacional. ¿Realmente los Estados miembro
de las Naciones Unidas comprometidos por velar por el cumplimento del
derecho a la educación en las naciones más desfavorecidas cumplen con dicho
cometido?
Decía Ernesto Sábato, ´´ que privar a un niño de su derecho a la educación es
amputarlo de esa primera comunidad donde los pueblos van madurando sus
utopías ´´. Ya que , la educación es un derecho fundamental de toda persona,
porque es indispensable para el desarrollo de la sociedad, lo cual lo hace
inherente a la raza humana de ahí que es un derecho universal consagrado el
artículo 26 de La Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El referido artículo reza de la siguiente manera ´´ Toda persona tiene derecho a
la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la
instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria.
La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los
4. estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos
´´. Sin embargo, millones de niños y adultos siguen privados de oportunidades
educativas.
El derecho a la educación es una reivindicación o facultad inherente a la raza
humado, donde todas las naciones pertenecientes a la mancomunidad de las
Naciones Unidades se han comprometido a velar por su cumplimiento, y para
ello ha establecido unos parámetros conocidos como indicadores de la
educación. Dichos parámetros deben ser tomados en cuenta en el futuro
inmediato por el Estado dominicano, ya que es de interés nacional mejorar
nuestros estándares de calidad.
El objeto de la educación es desarrollar la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades
fundamentales; favoreciendo la comprensión, la tolerancia y la amistad entre
todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos.
La Asamblea General de la ONU proclama como ideal común que todos los
pueblos deben esforzarse en garantizar el acceso a una educación de calidad
para todos sus ciudadanos en edad escolar, en vista que el derecho a la
educación no es solamente el fin en si mismo, sino que es un medio para lograr
otros objetivos globalmente consensuados.
En tal sentido, Muñoz, V. (2011), plantea que ´´ Los informes de seguimiento
de Educación para Todos, avizoran la terrible crisis en la cual está
inmersa la educación, caracterizada por la indiferencia, las políticas
nacionales de educación poco enérgicas y el escaso interés de las
agencias de cooperación y de la comunidad internacional en el momento
de transformar sus promesas en actos ´´. Por lo que es una utopia dicha
proclamación.
En síntesis, el derecho a la educación es un bien público que pertenece a toda
personar por su condición de ser humano es el deber del Estado garantizar
dicho derecho, en tal sentido los Estados perteneciente al tercer mundo están
dando los pasos necesarios para mejorar los parámetros de calidad de sus
sistemas educativos, pero aun les queda mucho camino por recorrer.
5. Bibliografía
Capitant, H. (1978). Vocabulario Jurídico. Buenos Aires, Argentina. Ediciones
Depalma. Pág. 71.
- Muñoz, V. (2011). El derecho a la educación: una mirada comparativa.
Santiago de Chile. Publicaciones de la UNESCO. Pág. 30
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1998). Santiago de
Chile. Publicaciones de la UNESCO. Pág.7
6. Bibliografía
Capitant, H. (1978). Vocabulario Jurídico. Buenos Aires, Argentina. Ediciones
Depalma. Pág. 71.
- Muñoz, V. (2011). El derecho a la educación: una mirada comparativa.
Santiago de Chile. Publicaciones de la UNESCO. Pág. 30
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1998). Santiago de
Chile. Publicaciones de la UNESCO. Pág.7