El documento presenta una introducción al derecho registral y notarial. Explica que estas actividades han estado presentes desde la antigüedad para registrar personas y bienes a medida que las sociedades se hicieron más complejas. Luego describe las características y funciones del derecho registral, así como su desarrollo histórico en culturas antiguas como la mesopotámica, hebrea y egipcia. También aborda el derecho notarial, incluyendo su importancia, desarrollo histórico y antecedentes en pueblos
1. Axel Pernalete C.I : 26.357.771
Materia: Derecho Registral y Notarial
Prof: Abg. Thania Giménez Szabowiez
SAIA”E”
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTEGRANTE:
2. INTRODUCCIÓN AL DERECHO
REGISTRAL Y NOTARIAL
La actividad registral y notarial ha estado y está presente en muchas de las
actividades del ser humano. Tradicionalmente la actividad registral ha estado
dedicada desde tiempos remotos y a medida que las organizaciones sociales
se hicieron más complejas, al Censo de personas y bienes, especialmente
inmuebles, en tanto que la notarial ha sufrido un proceso evolutivo hasta llegar
al Notario actual Esas culturas, Mesopotámica, Hebrea y Egipcia, y más tarde,
la Griega y la Romana, son en gran medida el pilar de la civilización
occidental, cuyo desarrollo económico fue el estimulo necesario para generar
un medio, la escritura, ante la necesidad perentoria de establecer controles y
guardar información vital. Es en este escenario que los Sacerdotes Scribas
empezaron a tener relevancia, tanto en la actividad pública como en la
privada. Los estudiosos del derecho registral identifican en estos personajes, a
los precursores de la actividad notarial y registral.
3. DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL
DERECHO REGISTRAL FUNCIONES
Es el conjunto de principios y normas
que tienen por objeto reglar los
organismos estatales, encargados de
registrar personas, hechos, actos,
documentos o derechos así como
también la forma de practicarse tales
registraciones y los efectos y
consecuencias jurídicas que derivan
de estos. En todo lo demás, el
Derecho Registral se atiene a reglar
procedimientos e indicar actos y
documentos que tienen que ser
registrados.
El Derecho Registral es una disciplina
independiente y como tal puede ubicarse
en una u otra rama del derecho, público
o privado, dada su naturaleza.
El Derecho Registral, por carecer de
autonomía, debe enmarcarse en el
Derecho Civil que es fuente en gran
medida del mismo.
El Derecho Registral es parte del
Derecho Público y forma parte del
Derecho Administrativo, pues es el
Estado que lo regula y lo controla.
4. El Derecho Registral se ha ido perfeccionando a lo largo del tiempo, atravesando por varias
etapas las cuales se han ido especializando, en su origen utilizaban una forma rudimentaria de
control, transformándose cada vez más en un proceso más ágil, pero sobre todo más complejo.
Debido a esta complejidad surge el Derecho Registral.
DESARROLLO HISTÓRICO DEL DERECHO REGISTRAL
ESTADO DE
PREEXISTENCIA: El
Registro de la propiedad
inmobiliaria debe ser
estudiada históricamente
a través de dos
Estadios: el Poseyente o
a priori, que se refiere a
la implementación de
“Registro” como sistema
de publicidad de la
transmisión de Derechos
Reales y el Consecuente
o a Posteriori.
DERECHO ROMANO: De
igual modo por ser la cuna
de nuestras instituciones
civiles el Derecho Romano,
es importante expresar en
este apartado la historia del
Derecho Registral en esta
etapa
DERECHO ALEMAN: En este
existen dos figuras
representativas de la transmisión
de la propiedad como son la Thinx
y la Auflassung. La Thinx.
Consistía en la celebración de un
acto solemne lleno de ritos y
simbolismos que obligatoriamente
debían ser efectuados ante la
Asamblea Popular (Mallus) o ante
el Concejo Comunal (Thinx);
Presidida por el Thinxmann o Jefe
de la Asamblea.
DERECHO ESPAÑOL: En España la
constitución del Registro de la
Propiedad Inmobiliaria se estableció
en cuatro períodos los cuales son el
llamado REGISTRO DE LA
PUBLICIDAD PRIMITIVA el cual
estaba lleno de formalidades y
solemnidades externas,
siendo la figura principal de
esta época la llamada
ROBRACIÓN
5. CARACTERÍSTICAS DEL
DERECHO REGISTRAL
• Constituye una especialidad dentro del derecho civil, en cuyo marco
legal pueden encuadrarse sus normas, aunque tiende a la autonomía;
• Es un Derecho particularmente heterogéneo: parte de sus normas,
referidas a la organización del registro de la propiedad, se enmarcan en
principios de orden público, mientras aquellas que se ocupan de la
publicidad de los derechos personales o de bienes (reales) constituyen
principalmente reglas de derecho privado;
• Es un derecho que tiende a garantizar la publicidad de las relaciones
jurídicas de acuerdo a los hechos jurídicos objeto de la publicidad
registral sobre la base de dos principio registrales fundamentales, la Fe
Publica y la Legitimación
6. El derecho notarial es la rama del derecho empresarial.
corporativo y público que estudia y regula la actuación notarial al
igual que los instrumentos notariales, los cuales por cierto son
protocolares y extra protocolares, al igual que
los procesos notariales. En cuanto a su ubicación existen pocos
autores que han estudiado la del derecho notarial, sin embargo,
de acuerdo a nuestras incesantes investigaciones es en el
derecho público. Por lo cual es claro que los requisitos de los
instrumentos notariales no pueden ser acordados o modificados
por acuerdo de partes, sino que son los que establecen las
correspondientes normas notariales, y de otras ramas del
derecho como por ejemplo del derecho civil.
DERECHO NOTARIAL
7. DESARROLLO HISTÓRICO DEL DERECHO
NOTARIAL
El Derecho Notarial surge de una manera tan rotunda, contribuyendo con el progreso
del Derecho Privado, al respecto los civilistas franceses Colín y Capitant, afirman que
éste es "una de las más útiles de las instituciones jurídicas y de la vida económica de
la mayoría de los países". Al Notario le corresponden tradicionalmente dos cometidos
desempeñados con un esmero que ha sido la razón de su prestigio; uno comprobar la
realidad de los hechos, y el otro, legitimar el negocio jurídico, dejando todo ello
acreditado en el documento notarial, especie característica e irreductible
La historia de Egipto afirma
Pondé- "atrae singularmente
a los notarios en lo que
concierne a los ancestrales
orígenes que pudiere tener
su profesión por la
existencia de un personaje
de muy marcados
caracteres como de
trascendente importancia
dentro de la sociedad
egipcia.
En Babilonia la actividad de
tipo civil como las
manifestaciones religiosas
estaban íntimamente unidas, y
la administración de justicia la
impartían los jueces con la
colaboración de los escribas.
En Roma hubo una serie de
personas que redactaban
documentos, y según
Fernández Casado, fueron
conocidos come Notarii.
scribal, tabelione, tabularii.
8. IMPORTANCIA DEL DERECHO NOTARIAL
Su importancia viene de regular toda la actividad de la
sociedad relacionada con los negocios jurídicos que
tienen necesariamente que encontrar la forma en el
Derecho Notarial. En mejores expresiones, el valor es
por la necesidad social de la constatación de hechos y
deber de conservarlos.
9. •Dada las crecientes necesidades de la seguridad jurídica, el Notario se halla en
relación con un funcionario que e algunas ocasiones le aventaja y otras veces le
supedita, que es el Registrador.
•Egipto prevalece el Registrador sobre el Notario, mientras que en el pueblo Hebreo
es el Notario quien se impone decisivamente, lo cual ocurre por las respectivas
concepciones del Derecho en Egipto como pueblo sedentario y en Israel como pueblo
nómada.
•El Escriba hebreo fue un Notario notable para la Historia y para el Derecho, fue el
representante más cabal de una civilización de raza y de negocios contractuales.
•Haciendo referencia a otros pueblos clásicos, tenemos a Grecia y roma.
•En el primero predomina la función notarial sobre la registradora. A los griegos el
Notariado le pareció natural, llevados por una orientación naturalista más o menos
expresa a partir de una Justicia Necesidad.
•En Grecia los Notarios fueron llamados Apographos o Singraphos, Mnemones o
Promnemones, quienes asumieron directa o subsidiariamente la función registradora.
ANTECEDENTES DEL DERECHO
REGISTRAL Y NOTARIAL