La directiva establece normas para el funcionamiento de las aulas de innovación pedagógica de tecnologías educativas en instituciones educativas de la región Lambayeque durante el año 2009. Define objetivos, roles y responsabilidades de los especialistas en tecnología educativa, directores, docentes, coordinadores de red y comités involucrados. Además, establece pautas para la organización de reuniones, capacitaciones y el desarrollo de proyectos colaborativos entre las instituciones educativas de la región.
1. DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN
“AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA”
DIRECCIÓN DE GESTIÓN PEDAGÓGICA
DIRECTIVA Nº 2009 -G.R. LAMB/DREL- DGP-TE
NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y USO DE LAS TECNOLOGIAS
EDUCATIVAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE DURANTE EL
AÑO 2009
I. FINALIDAD.
La presente directivatiene porfinalidadexpedirlasnormascomplementarias para
la organización,funcionamientoydesarrollode lasactividades Pedagógicas de las
Instituciones Educativas que utilizan las Tecnologías Educativas, durante el año
2009, en el ámbito de la Dirección Regional de Educación de Lambayeque.
II. OBJETIVOS
2.1.Emitirlasnormas y procedimientosparalaimplementaciónyfuncionamiento
eficientede lasAulas de InnovaciónPedagógicade lasTecnologías Educativas,
en el ámbito de la DRE Lambayeque.
2.2.Impartirlasorientacionesparael mejorcumplimiento de las funciones de las
Aulas de Innovación Pedagógica de las Instituciones Educativas.
2.3.Reorientar el trabajo de los Docentes responsables de de las Aulas de
Innovación Pedagógica en las Instituciones Educativas.
2.4.Establecer las funciones y responsabilidades del Especialista de Tecnologías
Educativas de la Región Lambayeque y UGEL : FERREÑAFE y LAMBAYEQUE,
directores de Las Instituciones Educativas, equipo de Líderes Tecnológicos,
Docentes Formadores y Docentes Responsables de las Aulas de Innovación
Pedagógica.
2.5.Establecerfuncionesyresponsabilidades de los coordinadores de Red de las
Instituciones Educativas que cuentan con Aulas de Innovación Pedagógica.
2.6.Promovere institucionalizarel desarrollode Innovaciones Pedagógicas en las
Instituciones Educativas, así como socializar y difundir las experiencias
pedagógicas innovadoras mediante la creación y uso de las Páginas Web de
las Instituciones Educativas.
2.7.Asegurar el uso eficiente de las instalaciones, equipamiento tecnológico,
software educativo, material y otros bienes, asignados a las Instituciones
Educativas por la Dirección General de Tecnologías Educativas.
2.8.Conformar el Comité Tecnológico Regional.
III. BASE LEGAL
3.1.Ley Nº 28044 Ley General de Educación
2. 3.2.Ley Nº 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública.
3.3.Ley Nº 27867 Ley orgánica de los Gobiernos Regionales.
3.4.Ley Nº 27783 Ley de bases de la Descentralización.
3.5.Ley Nº 28119 “De prohibición del Acceso de Menores a Páginas Web,
consideradas prohibidas”.
3.6.Ley Nº 28628 Ley que regula la participación de las APAFAS.
3.7.D.S.Nº 016 – 2007 – ED “Creación de la Dirección General de Tecnologías
Educativas”.
3.8.D.S. Nº 09 – 2005 – ED Reglamento del Sistema de Gestión Educativa.
3.9.D.S. Nº 013 – 04 - ED Reglamento de Educación Básica Regular.
3.10. D.S.Nº 15-04-ED Reglamento de Educación Básica Alternativa.
3.11. D.S.Nº 06-2004-ED Reglamento de la Ley nº 28628.
3.12. R.M.Nº 364-2003-ED. “Asignación de Personal Docente a los Centros
Educativos Seleccionado por el Proyecto Huascarán y funciones de los
especialistas en Tecnologías de Información y Comunicación – TIC de los
Órganos Intermedios”.
3.13. R.M.Nº 441 – 2008 – ED “Directiva para el desarrollo del año escolar 2009
enlas Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico – Productiva”.
3.14. R.M. Nº 440- 2008- ED. “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica
Regular”.
3.15. R.M.Nº 0129 – 2008- ED “Normas para la Distribución de Equipos y
materiales Educativos para las Instituciones Educativas Públicas. Aprueba la
Directiva Ministerial Nº 018 -2008.
3.16. Ordenanza Regional Nº 013- 2006 – G.R. LAMB/CR aprueba el Proyecto
Educativo Regional PER LAMB 2021.
3.17. Directiva Nº 090-07-DIGETE.
3.18. Oficio múltiple nº 89-2008/ME7VMGP7DIGETE Instructivo para el uso,
mantenimiento, activación y almacenamiento de las Laptop XO.
IV. ALCANCES.
4.1.Dirección de Gestión Pedagógicas de la Dirección Regional de Educación de
Lambayeque.
4.2.Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local.
4.3.Directores de las Instituciones Educativas Públicas involucradas.
4.4.Coordinadores de Red de las Instituciones Educativas que cuentan con AIP.
4.5.Equipo de Docentes de Apoyo Técnico.
4.6.Responsables de las Aulas de Innovación Pedagógica de Tecnologías
Educativas.
4.7.Docentes Productores de las Aulas de Innovación pedagógica.
4.8.Docentes Formadores.
V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1.Las acciones de Tecnologías Educativas – DREL el presente año, en
concordanciacon losobjetivoseducativosdel ProyectoEducativoRegional se
orientaran al logro de aprendizajes de calidad, buscando contribuir a elevar
3. los niveles de logro suficiente de los estudiantes en las diferentes áreas del
DCN.
5.2.La DirecciónRegional de Educación formará el Comité Tecnológico Regional.
5.3.La InstituciónEducativainmersaenel usode lasTecnologías Educativas,debe
contar con el Proyecto de Integración de las Tecnologías de Información y
Comunicación, el mismo que debe formar parte de su Proyecto Educativo
Institucional (PEI, PCI, PAT, Instrumentos de Monitoreo y Supervisión).
5.4.Las InstitucionesEducativasque requieranincorporarsecomobeneficiariosde
Tecnologías Educativas , deberán reunir las siguientes condiciones:
Contar con un ambiente adecuado de material noble, construido
preferentemente en segundo nivel.
Tener como mínimo cinco (5) computadoras operativas.
Acreditarque lainstituciónEducativayel Aulade innovacionescuentencon
la seguridad del caso. Seguridad (Guardianía y protectores, extintores de
incendio, póliza de seguro de los bienes, alianzas estratégicas con la
comisaria más cercana a la institución, etc.).
Compromiso de la Institución Educativa y del CONEI de asumir las
sostenibilidad y mantenimiento del Aula de Innovación Pedagógica.
5.5. El proceso de asignación de Personal Docente a la Institución Educativa
incorporada a las Tecnologías Educativas, se efectuará de acuerdo a las
instrucciones específicas y procedimientos normados por la Dirección
Regional de Educación.
5.6.En el presente año se realizarán las siguientes reuniones de trabajo:
Con Directores de Instituciones Educativas
Tercera semanas de marzo
Cuarta semana de mayo
Cuarta semana de octubre
Con Docentes responsables de Aulas de Innovación Pedagógica:
Tercera semana de marzo
Primera semana de junio
Primera semana de noviembre
Con Coordinadores de Red
Cuarta semana de marzo
Segunda semana de mayo
Tercera semana de junio
Primera semana de setiembre
Tercera semana de noviembre
Con el fin de evaluar el avance de los logros y dificultades en el proyecto y
proponer alternativas de mejoramiento.
VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
6.1.Las funciones de la Especialista de la Dirección General de Tecnologías
Educativas- Región Lambayeque son las siguientes:
Difundir los alcances y normatividad de la DIGETE, en el ámbito de su
jurisdicción.
4. Coordinar con las áreas correspondientes la asignación oportuna de los
docentes para las aulas de innovación Pedagógicas de cada Institución
Educativa.
Desarrollar y/o coordinar las acciones de sensibilización, capacitación,
acompañamiento, monitoreo, evaluación y otras acciones inherentes.
Preparar los informes sobre los avances de las actividades programadas,
relacionas con el uso y aplicación de las Tecnologías de Información y
Comunicación en las instituciones Educativas para ser remitidos a la
Dirección General de Tecnologías educativas del MED.
Facilitar la labor de los consultores de la sede central de la DIGETE- MED
en toda gestión, dentro de su jurisdicción
Distribuir los documentos normativos de Tecnologías Educativas.
Recepcionar las solicitudes de las Instituciones Educativas para su
evaluación por la Dirección Regional de Educación y canalizar a la DIGETE
para su incorporación y atención por la DIGETE-MED.
Orientar la integración de las actividades relacionadas con el uso de las
TIC.
Monitorear y acompañar el desarrollo de las actividades de la
incorporación del uso de las TIC.
Aplicar instrumentos de seguimiento en las Instituciones Educativas
respecto a la gestión del director, la acción de los docentes y de los
responsablesde Aula de Innovación pedagógica, según las disposiciones
dadas.
Organizara las institucioneseducativasincorporadasmediante el sistema
de Redes y desarrollar proyectos colaborativos con el uso de las TIC.
Velar por el cumplimiento de las funciones de cada agente educativo:
Director, Coordinador de Red, Docente Responsable del Aula de
Innovación pedagógica, Docente de Aula.
Difundir los alcances y objetivos de la Dirección General de Tecnologías
educativas en la comunidad.
Promover la capacitación, organización y ejecución de actividades de
promoción de las Tecnologías de Información y Comunicación.
6.2.Los Directores de las Instituciones Educativas involucradas en Tecnologías
Educativas tienen las siguientes responsabilidades:
Los directoresde lasInstitucionesEducativasinvolucradas en Tecnologías
Educativas y responsables del Aula de Innovación Pedagógica, son los
responsables directos del uso adecuado de los equipos, materiales y
servicios, en especial del buen uso del internet.
Los Directores de las Instituciones Educativas por función son los
responsablesde ejecutarlasupervisióndel cumplimientode funcionesdel
Docente Responsable del Aula de Innovación Pedagógica, debiendo
reportar trimestralmente en forma documentada los resultados, con las
alternativas o medidas correctivas sugeridas para su aplicación.
Velar por la seguridad mantenimiento y buen uso de los equipos,
software, y materiales educativos.
5. Velarporel cumplimiento de las funciones establecidas del coordinador
del Aula de innovación Pedagógica.
Realizar la supervisión y emitir los informes mensuales del servicio de
conectividad IP, brindado por la Dirección General de Tecnologías
Educativas,de lasinstitucionesinvolucradasenel oficio múltiple Nº 099 –
2008/ME/VMGP/DIGETE.
Brindar las facilidades a los líderes tecnológicos que les permita cumplir
sus funciones de soporte fuera de la Institución Educativa cuando la
Dirección Regional de Educación lo solicite.
Brindar las facilidades a los líderes tecnológicos que les permita cumplir
sus funciones de soporte en la Institución Educativa que se asigne.
En consenso con el personal jerárquico, docente deberán elegir para el
año próximo el personal que asumirá las funciones de AIP.
6.3.Organización y funciones de los Coordinadores de Red son las siguientes:
LAS REDES ESTARÁN ORGANIZADAS POR ZONAS TENIENDO EN CUENTA:
Espacio Geográfico.
Problemática situacional común.
DE LA COORDINADOR(A) TIENE COMO FUNCIONES:
Organizar la funcionalidad de su Red.
Fomentar el trabajo en equipo
Establecer su plan de trabajo anual
Apoyar a las I.E. que tiene bajo su responsabilidad.
Realizar reuniones de Inter- Aprendizaje.
Desarrollar la capacitación a los miembros de su Red
Coordinar el desarrollo del proyecto colaborativo en Red, si así lo
acordaran en conjunto para el presente año.
Desarrollar acciones de monitoreo y acompañamiento a las I.E. a su
cargo.
Elevar el informe a la DRE – Especialista de Tecnologías Educativas,
cuando así se le solicite.
DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN RED:
Capacitación.
Desarrollo de proyecto colaborativo
Participar en las actividades programadas por la DRE/UGEL a la que
pertenece.
Participar y desarrollar producción de material educativo siguiendo los
lineamientos pedagógicos.
6.4.Las funciones de los docentes responsables del Aula de Innovación
Pedagógica son las siguientes:
Proponera laDirecciónde la InstituciónEducativael Plande trabajode
incorporación de las TIC en las acciones educativas, así como de
implementar sus instrumentos de trabajo:
Catálogo de recursos
Inventario e bienes
Reglamento interno del AIP
6. Registro de ingreso al aula
Registro de sucesos
Sesiones de aprendizaje
Normas de convivencia
Horario de atención
Archivos
Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el currículo.
Promover la participación de la comunidad educativa en el
aprovechamiento de las TIC
Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos
informáticos y de comunicación.
Reportar el estado de los recursos TIC a la Dirección de la Institución
Educativa.
Llevarel inventariode losrecursosdel Aula de Innovación Pedagógica
a su cargo.
Programar encoordinaciónconel directory losdocentes,el horariode
uso del Aula de innovación Pedagógica.
Incentivarenlosdocentesde laInstituciónEducativalaformulaciónde
propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento
educativo de las TIC.
Propiciarlaintegraciónde losrecursosTicque ofrece el Proyecto en la
práctica docente
El docente de Aula de Innovación pedagógica , bajo responsabilidad
deberá permanecer en el Aula de Innovación Pedagógica mientras se
lleve a cabo las sesiones de aprendizaje usando los equipos, medios
informáticos y materiales educativos por los docentes de aula y los
estudiantes, a fin brindar asesoría permanente y oportuna.
Permitirlacomunicaciónpermanente de docentes y alumnos a través
de los recursos TIC que facilita el Proyecto Huascarán.
Informar de las actividades desarrolladas al órgano intermedio de su
jurisdicción.
Los coordinadores de Aula de Innovación Pedagógicas ofrecerán
servicios de soporte de comunicación virtual tanto a la Institución
Educativa como a la UGEL o DREL respectiva.
El docente Responsable del Aula de Innovación Pedagógica deberá
formularel ReglamentoInternodel usode Innovación, de los recursos
y materiales; el mismo que debe ser aprobado mediante Resolución
del Directorde la Institucióneducativa.En él deben consignarse entre
otros aspectos: condiciones de uso, espacios a ser utilizados,
responsable del aula, aulas disponibles, organización, horarios,
criteriosde uso, regulación de estos espacios fuera de las actividades
del periodo lectivo.
6.5.Las funciones de los Docentes de Apoyo Técnico son las siguientes:
Apoyarlascapacitaciones de los Coordinadores de Aula de Innovación
Pedagógica y de los docentes de las Instituciones Educativas
7. Participar activamente en la organización, planificación,
implementaciónyejecuciónyevaluaciónde actividades y eventos que
realice laDirecciónRegional de Educaciónoel Ministeriode Educación.
Verificarque lasconexiones aInternet dadas por el MED son de uso de
carácter pedagógico.
Prestar el soporte tecnológico en la instalación como en el
mantenimiento de los equipos de las Instituciones Educativas de
Tecnologías Educativas.
Otras funciones que se les asigne y que sean afines a su cargo.
6.6.Las Funciones los Docentes Productores son las siguientes:
Elaborar materiales educativos que intensifiquen la enseñanza de
aprendizaje en las diferentes áreas.
Asesorar a los docentes en el desarrollo de Materiales Educativos
Multimedia.
PromoverenlasRedesde Lambayeque el uso de las herramientas TIC
y la producción de materiales educativos digitalizados.
HomogeneizarconocimientosbásicosenInformática Educativa para la
producción de material multimedia, haciendo uso de los recusos TIC.
Seleccionar y publicar en la Plataforma material multimedia
digitalizado, elaborado por docentes de las diferentes Instituciones
Educativas.
Organizar en la Región eventos pedagógicos que contribuyan a
fortalecer la Producción en Docentes de Material Multimedia
Digitalizado.
6.7.Las Funciones del Docente Formador:
Apoyar la capacitación organizada por el Med , la DRE y/o las
Coordinaciones de Red que lo solicite.
6.8.Los equipos, software educativo y materiales podrán ser utilizados para la
capacitación de los docentes y padres de familia de la Institución Educativa.
VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
7.1.Los asuntos no contemplados en la presente Directiva serán resueltos por la
Dirección de Gestión Pedagógica de la Dirección Regional de Educación de
Lambayeque.
Chiclayo, 5 de marzo de 2009