2. INTRODUCCIÓN
◦ En la empresa familiar conviven irremediablemente tres sistemas: familia, propiedad y
dirección; En el primero existen cuatro etapas que van desde la fundación de la
empresa y cómo, en esta etapa, los dueños avanzan.
3. 1.Dueño “controlador” El dueño es el accionista mayoritario y casi siempre posee la
totalidad de las acciones de la empresa. Normalmente no siempre en esta etapa va
avanzando solo, confiando en su conocimiento, su oficio, su experiencia, su intuición y
su instinto. Tampoco tiene un consejo formal al que tenga que rendir cuentas. Cuando
mucho tendrá un consejo consultivo que solo le hará sugerencias y le dará orientación.
2.Sociedad de hermanos: Aquí la propiedad ya no es sólo de una persona, el
fundador. En este momento, la empresa ya tiene accionistas a los que llamamos
segunda generación, formada por los hijos del dueño y quienes “poseen” ahora a la
empresa.
3.“Consorcio” de primos: Aquí la propiedad ya está en los primos, la tercera
generación de una empresa familiar. Las estadísticas indican que un número muy
pequeño de empresas llegan a esta etapa, ya que normalmente se venden o
desaparecen antes.
4. Empresa “parcialmente” pública: Esta es una etapa en la que el ingreso de
accionistas no es de miembros de la familia. Los dueños de la empresa deciden y
permiten que puede haber accionistas que no forman parte de la familia, y la empresa
se vuelve “parcialmente” pública.
4. En el sistema dirección o empresa a veces referido
también como negocio existen las siguientes etapas:
1.Arranque, estadio inicial: Es el momento en que se
“valida” el modelo de negocios y se prueba si el mercado
(el segmento, el cliente) acepta el producto. Éste es el
momento y habrá que ser muy ágil para ajustar y cambiar.
2.Expansión, crecimiento. (Formalización e
Institucionalización): En esta etapa, la idea ya fue
aceptada y, ahora, el reto es crecer eficaz y eficientemente.
El objetivo es alcanzar “volumen”, “escala” y “peso”; crecer
en tamaño y expandirse, pero ordenadamente.
3.Madurez: en esta etapa la empresa ya está consolidada,
tiene un producto bien posicionado en el mercado y
digamos que ha llegado a su máxima penetración posible.
Es un momento peligroso, pues si no se innova y
reconfiguran los modelos de negocios y se revisa y
rehacen la estrategia la empresa puede ponerse en la
peligrosa posición de entrar al declive.
5. 4.Declinación: Esta etapa la ponemos para
cubrirlas todas, sin embargo, es la que antecede a
la desaparición de la empresa, claramente se
aprecia que es una etapa a evitar.
la empresa familiar se enfrenta a problemas, conflictos, etapas y crisis que son
específicos de este tipo de organización.
Las empresas familiares creadas para perdurar y dar cobijo, encuentran su mayor
problema al abordar su continuidad y su futuro. Profesionalizar la conducción es el
proceso inevitable para la supervivencia y continuidad de la empresa familiar. La
eficiencia en este proceso determina la opción de crecer. Ignorar lo condena a la
desaparición.
6. PLANEAMIENTOS ESTRATÉGICOS
FAMILIA
◦ Fuentes de empleos.
◦ Derecho a trabajar en la empresa.
◦ Protección familiar.
◦ Todos ganan lo mismo en la misma
generación.
◦ Beneficios de la empresa para la
familia.
◦ Igualdad de cada rama familiar.
EMPRESA
◦ Trabajar con criterios.
◦ Evaluación profesional.
◦ Remuneración por puesto y resultado.
◦ Reinversión.
◦ Dirección extrafamiliar.
7. CARACTERISTICAS
◦ Son a largo plazo más rentable.
◦ Tienen una cultura propia y mejor definida que comparten empresa y familia.
◦ Capacidad de decisión más rápida.
◦ Su dirección a ser propietaria tiende a ser mas motivada, aunque no mejor formada.
◦ La superposición empresa familia mejora las labores de supervisión y control.
8. VENTAJAS
◦ Cultura propia manifestada en fuertes
lazos de unión, identificación, sacrificio y
compromiso.
◦ Pasión por continuar.
◦ Mayor orientación a largo plazo,
manifestada en la facilidad para
reinvertir beneficios.
◦ Una dirección mas independiente que
le confiere la mayor autonomía y
rapidez en la toma de decisiones y en
la ejecución de las mismas.
◦ Buenas y duraderas relaciones con el
personal, proveedores y clientes.
DESVENTAJAS
◦ Falta de sucesores, competentes y
calificados.
◦ Tendencia a la autofinanciación.
◦ Conflicto entre necesidades e
intereses.
◦ Conflictos familiares inciden en la
empresas.
◦ Mayor rigidez a los cambios.
◦ Dificultad de atraer y mantener buenos
directivos no familiares.
9. LEY 1014 DE 2006
EMPRENDIMIENTO DISPOSICIONES GENERALES
ART. 1 DEFINICIONES
CULTURA: Conjunto de valores,
creencias normas, hábitos y
costumbres.
EMPRENDEDOR: Es una
persona con capacidad de
innovar.
EMPRESARIALIDAD: Capacidad
creativa de la persona sobre la
realidad que lo rodea.
PLANES DE NEGOCIO:
Documentos escritos que definen
los objetivos claros de un
negocio.
ART. 2 OBJETO DE LA LEY
• Promover el espirito emprendedor en
todos los estamentos educativos del
país.
• Fomentar y desarrollar la cultura del
emprendimiento y la creación de
empresas.
• Fortalecer los procesos
empresariales que contribuyan al
desarrollo local, regional y territorial.
• Buscar a través de las redes para el
emprendimiento el acompañamiento
y sostenibilidad de las nuevas
empresas.
10. ART. 3 PRINCIPIOS GENERALES
Los principales son:
• Fortalecimiento de procesos de
trabajo asociativo y en equipo en
torno a proyectos educativos.
• Apoyo a procesos de
emprendimientos sostenible desde la
perspectiva social, cultural, ambiental
y regional.
• Formación integral en aspectos y el
desarrollo del ser humano y de su
comunidad.
ART. 4 OBLIGACIONES
Las obligaciones del estado.
• Buscar la asignación de recursos
públicos para el apoyo de redes
de emprendimiento.
• Establecer acuerdos con las
entidades financieras para hacer
que los planes de negocio de los
nuevos empresarios sirvan de
garantía para el otorgamiento del
crédito.
• Buscar acuerdos con la
entidades financieras para los
nuevos otorgamientos de
créditos.
11. MARCO INSTITUCIONAL II
ART. 5 RED NACIONAL E.
• para el emprendimiento,
adscrita al ministerio de
comercio, industria y
turismo.
• Ministerio de comercio,
industria y turismo quien lo
presidirá.
• Ministerio de educación
nacional.
• Ministerio de protección
social.
• Asociación colombiana de
pequeñas y mediana
empresas.
ART. 6 RED REGIONAL E.
• Para el emprendimiento
adscrita a la gobernación
departamental o haga sus
veces.
• Gobernación departamental
quien lo presidirá.
• Dirección regional de servicio
nacional de aprendizaje
SENA.
• Cámara de comercio dela
ciudad.
• Un representante dela banca
de desarrollo y microcrédito
con presencia en la región.
ART. 7 OBJETO REDES E.
Las redes de emprendimiento
se crean con el objeto de.
• Formular un plan
estratégico nacional para el
desarrollo integral de la
cultural.
• Establecer políticas y
directrices orientadas al
fomento de la cultura.
• Conformar las mesas de
trabajo.
• Ser articuladoras de
organizaciones y
generadoras de empleos.
12. ART. 8 FUNCIONES REDES E.
Las redes para el
emprendimiento tendrán las
siguientes funciones.
• Proponer la inclusión de
planes, programas y
proyectos de desarrollo.
• Propiciar la creación de redes
de contacto entre
inversionista, emprendedores
e instituciones con el fin de
desarrollar proyectos.
• Estandarizar criterios de
calidad para el desarrollo de
procesos y procedimientos en
todas las fases del
emprendimiento.
ART. 9 SECRETARIA
TÉCNICA
Encargada de coordinar todas
las acciones de tipo
administrativo y deberá cumplir
las siguientes funciones.
• Impulsar el desarrollo de las
funciones asignadas a la
red.
• Promover el desarrollo de
diagnostico y estudio.
• Planear y acompañar la
implementación de las
estrategias.
• Presentar informes
mensuales a los integrantes
de la red
ART. 10 MESAS DE
TRABAJO E.
Son un espacio de
discusión y análisis para
que todas las
instituciones que
conforman la red, se
sientan participes y
logren desarrollar
acciones con base en los
lineamientos
contemplados por las
mismas.
13. ART. 11 OBJETO MESA DE TRABAJO E.
Tendrían el siguiente objeto.
• SENSIBILIZACIÓN: Trabajaren el diseño y ejecución de un discurso
unificado, orientado a motivar a la gente para que se involucre en el
emprendimiento.
• FORMACIÓN: Unificar criterios de formación. Formar formadores,
extender la formación a colegios públicos y privados.
• PRE INCUBACIÓN: Identificar oportunidades de negocio y proponer
una metodología de plan de negocio orientada a simplificar procesos en
la región y adecuarlos a toma de decisiones de inversionistas.
• CREACIÓN DE EMPRESAS: La iniciación de operaciones de las
empresas para que alcance su maduración en el corto plazo y se
garantice su auto sostenibilidad. Buscar mecanismos para resolver
problemas de comercialización e incentivar la investigación de nuevos
mercados.
14. FOMENTO DE CULTURA Y EMPRENDIMIENTO II
ART. 12 OBJETIVOS F. E.
Son objetivos específicos de
la formación para el
emprendimiento.
• Promover alternativas que
permiten el acercamiento
de las instituciones
educativas al mundo
productivo.
• Lograr el desarrollo de
personas integrales en sus
aspectos personales,
cívicos, sociales y como
seres productivos.
• Fomentar la cultura de
la cooperación y el
ahorro así como
orientar sobre las
distintas formas de
asociatividad.
• Contribuir al
mejoramiento de las
capacidades,
habilidades y
destrezas en las
personas.
ART. 13 ENSEÑANZAS O.
En todos los establecimientos
oficiales o privadas que ofrezcan
educación formal es obligatorio en
los niveles de la educación pre
escolar, educación básica, primaria
y secundaria deberá cumplir con:
• Transmitir en todos los niveles
escolares conocimientos, formar
actitud favorable al
emprendimiento, innovación y la
creatividad y desarrollar
competencias para generar
empresas.
15. definiciones un área
especifica deformación
para el emprendimiento
y la generación de
empresas, la cual debe
incorporarse al currículo
y desarrollarse a través
de todo el plana de
estudios.
ART. 14 SISTEMA F. P.
El ministerio de educación
nacional en coordinación con
el instituto colombiano para el
fomento de la educación
superior, icfes, Sena, el
instituto colombiano para el
desarrollo de la ciencia y la
tecnología, colciencia y el
sector productivo, establecerá
en un plazo mínimo de 1 año.
Un sistema de formación y
orientación profesional,
ocupacional e investigativa
que contribuya a la
racionalización en la formación
de recurso humano según el
requerimiento del desarrollo.
ART. 15 FORMACIÓN
El Sena coordinara a través de
las redes para el emprendimiento
y el fondo emprender y sus
entidades adscritas, planes y
programas para la formación de
formador es orientados al
desarrollo de la cultura para el
emprendimiento, de acuerdo con
los principios establecidos en
esta ley.
16. FOMENTO CULTURA Y EMPRENDIMIENTO III
ART. 16 OPCIÓN TRABAJO
GRADO.
Las universidades públicas y
privadas y los centro de
formación técnicas y
tecnológico oficialmente
reconocidas, podrán establecer
sin perjuicios de su régimen de
autonomía, la alternativa del
desarrollo de planes de
negocio en la conformidad con
los principios establecidos en
esta ley.
ART. 17 VOLUNTARIADO E.
Las cámaras de comercio y
los gremios empresariales
podrán generar espacios para
construir el voluntariado
empresarial con sus
asociados con el objeto que
sean mentores y realicen
acompañamientos en
procesos de creación de
empresas.
ART. 18 ACTIVIDADES P.
• Con el fin de promover la
cultura del
emprendimiento y las
nuevas iniciativas de
negocio, el gobierno
nacional a través del
ministerio de comercio,
industria y turismo.
• Macro ruedas de
negocios para nuevos
empresarios.
• Feria de trabajo juvenil.
17. ART. 19 BENEFICIOS REDES
E.
El Sena coordinara a través de
las redes para el
emprendimiento y el fondo
emprender y sus entidades
adscritas, planes y programas
para la formación de formador
es orientados al desarrollo de
la cultura para el
emprendimiento, de acuerdo
con los principios establecidos
en esta ley.
ART. 20 PROGRAMAS P.
Con el fin de promover el
emprendimiento y la creación
de empresas en las regiones ,
las cámaras de comercio, las
incubadoras de las empresas
desarrollaran programas de
programación de formación de
la empresabilidad desde
temprana edad.
ART. 21 DIFUSIÓN
CULTURA T.
la comisión nacional de
televisión o quien haga
sus veces deberá
conceder espacios en la
televisión publica para
que se transmita
programas que
fomenten cultura para el
emprendimiento.
18. ART. 22 CONSTITUCIÓN E.
Las nuevas sociedades que se
constituyen a partir de la
vigencia de esta ley, cualquiera
que fuese su especie o tipo, que
de conformidad a lo establecido
en art. 2 de la ley 905 de 2004
tengan una planta de personal
no superior a 10 trabajadores o
activos totales por valor de 500
salarios mínimos mensuales
legales vigentes, se constituirán
con conservancia de las normas
propias de la empresa
unipersonal.
ART. 23 REGLAMENTACIÓN
Se exhorta el gobierno nacional para
que a través de los ministerios
respectivo, reglamenten todo lo
concerniente al funcionamiento de las
redes para el emprendimiento
durante los tres meses siguientes de
esta ley.
ART. 24
VIGENCIA.
La presente ley
entrara a regir a
partir de su
promulgacion.