6. CAPACIDAD PARA
CONTRATAR
Cualquier Empresario puede decidir libremente
contratar a un trabajador a través de:
Las oficinas de empleo o Servicios públicos de
empleo.
Las agencias privadas de colocación.
Las empresas de selección de personal.
Las empresas de trabajo temporal.
Los propios medios del empresario.
9. Obligaciones del Empresario
Comunicación del contrato y sus prórrogas en 10
días.
Comunicación de la finalización del contrato de
trabajo.
10. Obligaciones del Empresario
Comunicación del contrato y sus prórrogas en 10
días.
Comunicación de la finalización del contrato de
trabajo. Bajo infracción leve sancionable con
multa de 30,05 a 300,51 €uros
11. Obligaciones del Empresario
Comunicación del contrato y sus prórrogas en 10
días.
Comunicación de la finalización del contrato de
trabajo. Bajo infracción leve sancionable con
multa de 30,05 a 300,51 €uros
Facilitar a los servicios de empleo los datos de
colocación que les sean solicitados.
16. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
17. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
18. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Vacaciones anuales= 30 días naturales al año.
19. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
20. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Duración jornada laboral= 9 horas/día (mayores
edad) y 8 horas (menores de 18 años).
21. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
22. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Descansos laborales= 15 min. mayores de edad si
la jornada exede de 6 horas, y los menores de 18
años 30 min. si excede de 4,5 h.
23. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
24. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Duración máxima en jornada ordinaria= 40 horas
semanales.
25. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
26. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Horas extraordinarias= no excederá de 80 h. al
año.
27. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
28. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Descanso semanal= 1 día y medio para los mayores
de edad y 2 días para los menores de 18 años.
29. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
30. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Fiestas laborales retribuidas= 14 días al año
31. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
32. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
Permisos laborales retribuidos= 15 días por
matrimonio, tiempo necesarios para examenes y
técnicas preparatorias al parto, 16 días por
maternidad...
33. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
34. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
1 h. diaria por lactancia, 2 días por fallecimiento
de familiar, 1 día por traslado de domicilio, y el
necesario para el cumplimiento de un deber de
carácter público.
35. Derechos del trabajador
Derecho a afiliarse libremente a un Sindicato.
Derecho a la Huelga.
Derecho de reunión.
Derecho a una formación y readaptación profesional y
económica
Derecho al descanso necesario.
38. Obligaciones del trabajador
Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección
de su representante
Ejecutar el trabajo con eficiencia y en la forma,
tiempo y lugar convenido.
39. Obligaciones del trabajador
Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección
de su representante
Ejecutar el trabajo con eficiencia y en la forma,
tiempo y lugar convenido.
Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestros o
riesgo inminente.
40. Obligaciones del trabajador
Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección
de su representante
Ejecutar el trabajo con eficiencia y en la forma,
tiempo y lugar convenido.
Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestros o
riesgo inminente.
Guardar los secretos técnicos, comerciales o de
fabricación.
41. Obligaciones del trabajador
Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección
de su representante
Ejecutar el trabajo con eficiencia y en la forma,
tiempo y lugar convenido.
Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestros o
riesgo inminente.
Guardar los secretos técnicos, comerciales o de
fabricación.
Observar rigurosamente las medidas preventivas.
42. Obligaciones del trabajador
Ejecutar el trabajo con eficiencia y en la forma,
tiempo y lugar convenido.
Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestros o
riesgo inminente.
Guardar los secretos técnicos, comerciales o de
fabricación.
Observar rigurosamente las medidas preventivas.
43. Obligaciones del trabajador
Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestros o
riesgo inminente.
Guardar los secretos técnicos, comerciales o de
fabricación.
Observar rigurosamente las medidas preventivas.