2. AUTONOMÍA UNIVERSITARIA
“La autonomía de la Universidad es el derecho de esta Corporación a dictar su
propio régimen interno y a regular exclusivamente sobre él; es el poder de la
Universidad de organizarse y de administrarse a sí misma. Dicha autonomía es
consustancial a su propia existencia y no a una merced que le sea otorgada –y
debe ser asegurada– como una de las garantías constitucionales”.
Unión de Universidades de América Latina (UDUAL) - 1953
3. ¿Qué es AUTONOMÍA UNIVERSITARIA?
Es la independencia política y administrativa de una universidad
pública respecto de factores externos.
El principio de autonomía universitaria sostiene que la universidad debe ser
autónoma y auto-gobernada, y que debe elegir sus propias autoridades sin
injerencia del poder político, decidiendo sus propios estatutos y programas
de estudio.
La finalidad de la Autonomía Universitaria es la de evitar que el Estado, a
través de sus distintos poderes, intervenga de manera ilegítima en el
proceso de creación y difusión del conocimiento garantizando así que el
saber y la investigación científica se pongan al servicio del pluralismo y no
de visiones dogmáticas impuestas por el poder público que impedirían la
plena realización intelectual.
4. Debate sobre la Universidad Peruana
Actualmente hay una crisis de autonomía universitaria que no solo
afecta a la pública, si no también a la privada, por una causa central: el
abandono del Estado que ha permitido un exceso de universidades sin
proyecto y sin recursos.
Los actores en este proceso, los políticos irresponsables que han
creado universidades públicas para mantener contenta a su clientela
electoral y los amantes del negocio rápido que han encontrado en esta
actividad un filón más para hacer plata.
5. Universidad – Empresa
La crisis de la autonomía universitaria en las universidades privadas se
agrava con el decreto legislativo que en los 90 permitió la creación de
las universidades-empresa.
Ahora, nos seguimos enfrentando a la necesidad de reformar la
Universidad para que vuelva a servir a sus fines de enseñanza,
investigación y proyección social. En este empeño, un punto primordial
es la autonomía universitaria para que la institución pueda,
efectivamente cumplir sus fines antedichos.
6. La Asamblea Nacional de Rectores (ANR)
La ANR no ha podido impedir que en los últimos años, se desarrollen en
las universidades públicas mafias expertas que usufructúan las pobrezas
universitarias y que en las universidades privadas proliferen las
“universidades garajes” que lo que hacen es proteger y guardar la
educación del estudiante que les permite tener un título profesional, de lo
que sea y cómo sea.
Se busca la idea de un organismo supra universitario, por encima de las
universidades individuales pero como parte del conjunto, que se
constituyera como autoridad del sistema que un origen universitario y
profesional y contara con una ratificación democrática.
7. La Asamblea Nacional de Rectores (ANR)
Hay necesidad de una nueva ley universitaria que acometa la tarea de la
reforma en los tiempos actuales.
Hay necesidad también de una autoridad del sistema universitario, pero
que sea universitaria, sin injerencia –más allá de la ratificación democrática
del Congreso– de poderes externos a la universidad que quieren terminar
de devorarla para avanzar sus fines subalternos