12 - Planetas Extrasolares - Seminario de las Aulas de la Experiencia UPV/EHU
Unidad 07 el derecho y su creación
1. 7 El Derecho y su creación
1. Concepto de Derecho y orígenes
2. El ordenamiento jurídico
3. La división de poderes
PRÁCTICA PROFESIONAL
Reconocer la normativa legal aplicable
MUNDO LABORAL
Juicio contra Pablo Soto, creador del
software P2P
vamos a conocer...
2. 7 El Derecho y su creación
CONCEPTO DE DERECHO
El Derecho puede definirse, a grandes rasgos, como un
conjunto de normas (escritas o no), que se dictan o
admiten por el Estado, para regular la vida colectiva.
El Estado asegura que estas normas van a ser cumplidas
por los ciudadanos por la posibilidad de coacción, o de
hacer que se cumplan por la fuerza.
¿Cómo impone el Estado? Pues a través de multas, de
penas de prisión, de prohibiciones de hacer algo...
3. 7 El Derecho y su creación
CLASES DE DERECHO
DERECHO PÚBLICO
Derecho Constitucional
Derecho Administrativo
Derecho Internacional Público
Derecho Penal
Derecho Procesal
Derecho Tributario
Derecho Presupuestario
DERECHO PRIVADO
Derecho Civil
Derecho Mercantil
Derecho Internacional Privado
4. 7 El Derecho y su creación
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
Podemos definir el ordenamiento jurídico como el conjunto de
normas existentes en una sociedad.
LA CONSTITUCIÓN
LOS TRATADOS INTERNACIONALES
LA LEY
LEYES ORGANICAS
LEYES ORDINARIAS
REGLAMENTOS
5. 7 El Derecho y su creación
ESPECIAL MENCIÓN AL DECRETO-LEY Y AL DECRETO
LEGISLATIVO
SON NORMAS CON RANGO DE LEY
PERO ELABORADAS POR EL GOBIERNO
DECRETO LEY
En determinados casos, el Gobierno está legitimado para crear una norma denominada
real decreto-ley, que tiene el mismo rango que una ley, aunque está sujeta a
convalidación por parte del Congreso de los Diputados, en un plazo de 30 días.
Se elabora en casos de extraordinaria y urgente necesidad.
DECRETO LEGISLATIVO
Existe otro supuesto en el que el Gobierno puede dictar normas con rango de ley,
previa autorización de las Cortes Generales para que así lo haga; estamos ante un
decreto legislativo, que a su vez puede aprobar un texto articulado, o bien un texto
refundido.
6. 7 El Derecho y su creación
Texto articulado:
Las Cortes elaboran una ley de bases, pero por una cuestión de tiempo, deciden
que sea el Gobierno el que la desarrolle. Es decir, las Cortes Generales sientan las
bases o temas a tratar y desarrollar y el Gobierno redacta los artículos de esas bases,
eso sí, sin salirse ni excederse de los contenidos y las directrices de esa ley de
bases, viniendo a terminar el «trabajo» comenzado por el Poder Legislativo.
Texto refundido:
Cuando existen varias leyes dispersas que se refieren a la misma materia, porque
se ha ido legislando sobre el mismo tema sucesivamente, las Cortes Generales
pueden autorizar al Gobierno a que las refunda en una sola ley; sería como hacer
un «resumen» de las leyes existentes y que regulan la misma materia.
7. 7 El Derecho y su creación
LA DIVISIÓN DE PODERES
En 1748, el gran pensador francés Charles Louis de Secondat, Barón de
Montesquieu, se adelanta a su tiempo con su teoría de la división de poderes.
Se trata de una teoría totalmente diferente de las teorías políticas anteriores.
Es un pensamiento nuevo y distinto que podía aplicarse a todos los Estados, no
solo a Francia, y en cualquier época histórica. Esta teoría de Montesquieu se
caracteriza por:
Atribuir de una manera clara y precisa el ejercicio de cada función del Estado
a un órgano específico, que por su composición y origen sea el más capacitado
para cumplirla.
El funcionamiento de los poderes estatales sería como una relación de fuerzas
que produciría un resultado: la libertad individual.
El valor político más importante es la libertad y el mayor enemigo de esta,
el poder, pues todo poder tiende a su abuso. De esta manera, el poder solo
puede ser detenido por el poder, por lo que es preciso neutralizar su abuso
dividiendo el ejercicio de tal poder en distintos órganos.
8. 7 El Derecho y su creación
En España los tres poderes existentes en la actualidad son:
El poder legislativo
Compuesto por el Congreso y el Senado, órganos de
expresión popular, lleva a cabo la función legislativa
El poder ejecutivo
Formado por el Presidente de Gobierno y sus ministros
El poder judicial
Básicamente, se podría definir como el poder del Estado que
se encarga de administrar justicia, mediante los Tribunales
de Justicia, compuestos por Jueces y Magistrados