La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
Procedimiento de estabilidad
1.
2. Es un derecho que tenemos todos los trabajadores a
permanecer en un puesto de trabajo y que con esta ley
nos garantiza la estabilidad en el trabajo y dispone lo
conducente para limitar toda forma de un despido
injustificado
Conforme lo consagra la máxima autoridad que es la
constitución de la republica bolivariana de Venezuela
Art 85:
3. Los trabajadores tienen un derecho a la permanencia y
a la garantía de su trabajo, si no existe causa que
justifique su terminación en la relación de trabajo
De haber sido botado injustificadamente podrá solicitar
la reincorporación a su puesto de trabajo
Art 86:
4. Están amparado previo a esta ley:
Los trabajadores que estén por contrato deben cumplir
hasta el ultimo día del vencimiento del contrato
Son trabajadores aquellos que prestan servicios del
primer mes en adelante
Los trabajadores de dirección no lo ampara esta ley
Art 87
5. El procedimiento aplica para aquellos trabajadores que
haber pasado del primer mes de prestación de servicios
en materia de la estabilidad laboral será previsto en
esta ley y el a ley orgánica procesal del trabajo, y es
competente la sentencia emanada del tribunal superior
del trabajo que es definitivamente firme e irrecurrible
Art 88
6. Cuando una persona del alta jerarquía (patrono)
despide a uno o a mas trabajadores amparados por
estabilidad laboral, deben notificarlo a juez de
sustanciación, mediación, o ejecución de su jurisdicción
indica dentro de un lapso de (05) hábiles siguientes de
no hacerlo se le dará por confesó
Art 89:
7. Así mismo el trabajador podrá acudir al juez de
sustanciación mediación y ejecución cuando no esta
desacuerdo con la procedencia de la causa que alega
el despido a fin de que el juez ordene el reenganche
Art 89
8. Ellos como máxima autoridad en competencia de
acuerdo al tribunal de la materia de trabajo deberá
decidir de manera oral sobre el fondo de la causa y
declarar con o sin lugar la solicitud de reenganche y de
los pagos de salarios caídos
Art 90
9. Ya aun declarada la sentencia con lugar o
definitivamente firme deberán el patrono a proceder el
reenganche y cumplir con los salarios de los pagos
caído dentro de los tres días hábiles después de haber
sacado la publicación de la sentencia
Art 91
10. Son protegidos todos aquellos trabajadores que están
dentro de una entidad publica o privada que no podrán
ser despedido ni desmejorado sin una causa que lo
justifique
La protección de la garantía de la inamovilidad de los
trabajadores amparados por ella se realizan por un
procedimiento accesible, gratuito, trasparente, expedito
y sin formalidad .
Art 94
11. Se considera despido masivo cuando son a un numero
igual a diez o que afecten a un porcentaje de los
trabajadores de una entidad que tenga menos de
cincuenta se declara un estado critico haber pasado un
lapso de tres meses
Cuando existe un despido masivo quien es competente
para la materia de trabajo es el ministerio del poder
popular que por razones de interés social suspenderlo
mediante resolución especial