2. ¿En qué consiste el Coaching? El Coach es un juez que tiene la misión de apoyar al aspirante en función de Juez suplente a superar las dificultades, que puedan surgir durante esta experiencia profesional. El Coach no es un evaluador ni un supervisor de su desempeño, por el contrario, es un orientador y un facilitador confidencial que contribuye con el desarrollo y la confianza del aspirante a través de la comunicación directa y personalizada para la solución de posibles dificultades y la valorización de sus funciones.
3. Antecedentes del Coaching En cumplimiento con la labor de formación integral a los aspirantes de jueces de paz, la Escuela Nacional de la Judicatura comprometida, además, con la solidaridad y la eficiencia de los aspirantes a jueces, asume también la labor de seguimiento, orientación y motivación en esta nueva experiencia como jueces en diferentes tribunales y durante todo el período de esta función, para lo cual ha formado un equipo de jueces experimentados que asumen este compromiso de orientación y de apoyo al aspirante.
4. Antecedentes del Coaching Se trata de jueces a disposición de jueces. Personas para personas con un mismo interés y una misma meta: contribuir al desarrollo de sus habilidades en pro del eficiente desempeño del aspirante en su rol de juez, brindándole el apoyo y la solidaridad necesarias para la optimización de la confianza en sí mismo al aplicar los conocimientos adquiridos y en el desenvolvimiento de las funciones para lo cual ya han sido capacitados. El Coach y el aspirante en función de juez caminan juntos hacia el cumplimiento eficiente de la misión y la visión del Poder Judicial.
5. Funciones del Coach El Coach debe acompañar al Aspirante en función de Suplencia durante el período en que el mismo se encuentre en los juzgados de Paz, brindando un seguimiento cercano y ayudarlos en las situaciones y dudas que se le presenten al aspirante.
6. Funciones del Coach Durante cada ciclo, el Coach debe sostener 4 reuniones con su aspirante. En la primera reunión deben establecer las reglas de este acompañamiento, además de calendarizar sus próximos encuentros. El primer encuentro debe realizarse dentro de las dos primeras semanas del aspirante llegar al juzgado de Paz asignado.
7. Reporte del Coach Finalizado cada ciclo, el Coach debe entregar, en un plazo de no menos 20 días, un reporte acerca del aspirante que estuvo acompañando. El mismo debe ser remitido a la Escuela Nacional de la Judicatura, a través del gerente a cargo de la Suplencia.