SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 2
Descargar para leer sin conexión
2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede JPL Puente Piedra
EXPEDIENTE : 09848-2018-0-0909-JP-FC-02
MATERIA : ALIMENTOS
ESPECIALISTA : CORREA GUZMAN, LINO AMERICO
DEMANDADO : TECCO MOZOMBITE, ERICK EDUARDO
DEMANDANTE : MAGIPO TELLO, ERIKA CRISTINA
RAZON
SEÑOR JUEZ:
En cumplimiento a mis funciones doy cuenta a Usted que se puede advertir del SIJ que existe pendiente un escrito
de fecha veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, el mismo que no fue proveído en su oportunidad en razón a
las recargadas labores de la secretaria a mi cargo, así como durante el mes de Febrero del presente año todo el
personal jurisdiccional se encontraban de vacaciones judiciales.
Doy cuenta a usted para los fines de ley.
Puente Piedra, 04 de Marzo del 2019.
RESOLUCIÓN NUMERO DOS
Puente Piedra, cuatro de Marzo
Del año dos mil diecinueve.-
DANDO CUENTA: Vista la razón que antecede, téngase presente, al escrito de fecha
veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, presentado por la parte demandante al principal: estando
a lo expuesto, y con los anexos que se adjunta, téngase por cumplido el mandato conferido, y AUTOS Y
VISTOS: Por presentada la demanda, con los documentos que se acompañan; Y CONSIDERANDO:
Primero: Conforme a los artículos 130°, 131°, 132°, 133°, 424°, 425°, 426° y 427° del Código Procesal Civil,
presentada una demanda, corresponde al Juzgado calificarla verificando la concurrencia de los presupuestos
procesales: competencia de éste Juzgado, capacidad procesal del actor y requisitos formales de la demanda;
y, las condiciones de la acción: voluntad de la ley, interés y legitimidad para obrar del demandante;
Segundo: El Principio 7 de la Declaración Universal de los Derechos del Niño precisa que el interés superior
del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; que en
la interpretación del Tribunal Constitucional se considera que tiene su fundamento en la dignidad del ser
humano, en el reconocimiento del niño como sujeto de derecho y por lo tanto, de protección atendiendo a sus
pocos años y a su estado de desarrollo, de esta manera el interés superior del niño puede ser definido como
“el conjunto de circunstancias que establecen las adecuadas condiciones de vida del niño y que, en casos
concretos, permiten determinar la mejor opción para la debida protección de sus derechos fundamentales.
Tercero: Que; aun cuando la Declaración de los Derechos del Niño esta constituye un hito, y no es menos
cierto que no tiene la misma fuerza de ejecutoriedad que un Convenio o un Pacto. Es por ello que tuvo una
mayor relevancia la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO que permitió expandir la
“ciudadanía” a la infancia. Es así que nivel de la Convención por lo tanto, el niño es definido según sus
atributos y sus derechos ante el Estado, la sociedad y la familia y se le reconoce al niño como sujeto de
derechos. Convención que fuera aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 25278, recogiendo en el
Artículo 3º el Interés Superior del Niño, indicando en conclusión que: En todas las medidas concernientes a
los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades
administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés
superior del niño., en donde los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el
cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres,
tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas
legislativas y administrativas adecuadas. En esa línea, es relevante recordar que corresponderá a los
Estados velar porque en cualquier medida adoptada por instituciones públicas o privadas relativas a
los niños, sea imperativo tener como premisa de acción y dar atención prioritaria al interés superior del
niño y del adolescente, por encima de cualquier otra cuestión.
Cuarto: En tal sentido, siendo el derecho alimentario para un menor irrenunciable, éste Órgano
Jurisdiccional remarca la importancia de que ambos padres contribuyan a prestar alimentos a sus
hijos, conforme se establece en el numeral 2 del artículo 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño
CISAJ - PUENTE PIEDRA MM-MZ L1 LT8 AAHH BELLA AURORA -
ZAP,
Juez:AZABACHE RONDAN CESAR /Servicio Digital - Poder Judicial del
Perú
Fecha: 21/03/2019 10:06:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial:
LIMA NORTE / PUENTE PIEDRA,FIRMA DIGITAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA NORTE -
Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE
CISAJ - PUENTE PIEDRA MM-MZ
L1 LT8 AAHH BELLA AURORA -
ZAP,
Secretario:CORREA GUZMAN
LINO AMERICO /Servicio Digital -
Poder Judicial del Perú
Fecha: 21/03/2019 15:23:05,Razón:
RESOLUCIÓN
JUDICIAL,D.Judicial: LIMA NORTE
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
LIMA NORTE - Sistema de
Notificaciones Electronicas SINOE
aprobada por Resolución Legislativa 25278, artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
aprobada por Resolución Legislativa 13282 y, artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes.
Quinto:De lo expuesto en el petitorio y de los medios probatorios que se adjuntan a la demanda se advierte el
aparente interés y legitimidad para obrar de la parte demandante, de conformidad con el Artículo Cuarto del
Título Preliminar del Código Procesal Civil. Asimismo, la demanda que antecede reúne los requisitos que
establecen los artículos 424º y 425º del Código Procesal Civil, no vislumbrándose dentro de los supuestos
generales de inadmisibilidad o improcedencia de los artículos 426º y 427º del Código acotado.
Sexto: La pretensión invocada por la accionante se encuentra enmarcada dentro de lo dispuesto en el primer
párrafo del artículo 96° del Código de los Niños y Adolescentes, concordado con el artículo 546º inciso 1) del
Código Procesal Civil, estableciéndose con los hechos expuestos la necesidad de su tramitación a través de
un debido proceso que resuelva el conflicto de intereses planteados, siendo de competencia de este Órgano
Jurisdiccional.
Sétimo: Es de tener en cuenta que de acuerdo a la naturaleza de la pretensión demandada, requiere un
trámite especial, puesto que, el Estado garantiza un sistema de administración de justicia especializada para
los niños y adolescentes, considerándose en toda decisión el Principio del Interés Superior del Niño y del
Adolescente de conformidad con lo dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar del Código del Niño y
Adolescente, en concordancia con la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú;
siendo así, es de aplicación a esta naturaleza de procesos los principios de economía, celeridad,
concentración y de flexibilidad previstos para procesos donde la controversia está referida a procesos de
familia, consecuentemente, corresponde señalar en la presente resolución, fecha para la audiencia única de
acuerdo al dietario judicial.
Por estos fundamentos, en aplicación de los artículos 96º, 164º y 168º del Código de los Niños y Adolescentes;
SE RESUELVE:
1) ADMITIR a trámite la demanda de ALIMENTOS interpuesta por ERIKA CRISTINA MAGIPO TELLO contra
ERICK EDUARDO TECCO MOZOMBITE sobre ALIMENTOS a favor de sus menores hijos, tramitándose en
la vía de PROCESO UNICO; en consecuencia TRASLADO de la demanda al demandado ERICK EDUARDO
TECCO MOZOMBITE por el plazo de CINCO DIAS HÁBILES, a fin de que comparezca al proceso
contestando la demanda con las formalidades de ley, bajo apercibimiento de declararse rebelde; debiendo
cumplir el demandado al contestar la demanda con adjuntar el anexo especial establecido en el artículo
565° del Código Procesal Civil, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios,las que se reservan su
admisión y actuación para su oportunidad y, a los autos los anexos que se adjuntan.
2) SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA UNICA para el día QUINCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE
A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, fecha que se señala de acuerdo al dietario judicial, debiendo
concurrir ambas partes procesales al local del Juzgado en la fecha y hora señalada (hora exacta), bajo
apercibimiento de que en caso de inconcurrencia de ambas partes se declarará concluido el proceso y se
procederá a archivar definitivamente la causa. Sin perjuicio de aperturar Cuenta en el Banco de la Nación a
favor de la demandante en representación de sus menores hijos, ofíciese para tal fin, debiendo concurrir sin
mayor trámite a la secretaria a recabar.
3) NOTIFÍQUESE al demandado mediante SERNOT en el domicilio señalado por la demandante, el mismo
que tiene carácter de declaración jurada y bajo su responsabilidad, así como en su domicilio laboral sito en
Av. Lurigancho N° 1349 Urb. Zarate – Distrito de San Juan de Lurigancho Al primer otrosí: Otórguese las
facultades generales de representación al letrado que se indica, de conformidad con lo que establece el
artículo 74° y 80° del Código Procesal Civil. Al segundo otrosí: tTéngase por autorizado a la persona que se
indica, sólo para los fines que se señala. Notificándose.-

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Res 2018136140175145000184619
Res 2018136140175145000184619Res 2018136140175145000184619
Res 2018136140175145000184619Richard Urban
 
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicional
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicionalResolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicional
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicionalJose Luis Santacruz
 
Clases presenciales: fallo de la Corte
Clases presenciales: fallo de la CorteClases presenciales: fallo de la Corte
Clases presenciales: fallo de la CorteSantiago Montiveros
 
Demanda de nulidad documental
Demanda de nulidad documentalDemanda de nulidad documental
Demanda de nulidad documentalMarcela Ruiz
 
Modelo demanda prorrateo alimentos
Modelo demanda prorrateo alimentosModelo demanda prorrateo alimentos
Modelo demanda prorrateo alimentosQuique Otárola
 
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014vidasindical
 
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosa
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosaCasacion responsabilidad civil por denuncia calumniosa
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosaAlex Chavez Romero
 
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos Flores
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos FloresModelo de demanda con sus partes. Jose Ramos Flores
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos FloresJose Ramos Flores
 
Absolucion de-contradiccion
Absolucion de-contradiccionAbsolucion de-contradiccion
Absolucion de-contradiccionAngel Diaz
 
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)MaricruzCarolinaReye
 
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentosRichard Zuñiga Tahua
 
Sentencia causa vestits
Sentencia causa vestitsSentencia causa vestits
Sentencia causa vestitslInformatiu
 
Ejecución de acta de conciliación extrajudicial
Ejecución de acta de conciliación extrajudicialEjecución de acta de conciliación extrajudicial
Ejecución de acta de conciliación extrajudicialElizabeth Pacheco
 
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-20165. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016Jose Ramos Flores
 

La actualidad más candente (20)

Res 2018136140175145000184619
Res 2018136140175145000184619Res 2018136140175145000184619
Res 2018136140175145000184619
 
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicional
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicionalResolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicional
Resolucion admision demanda de alimentos y asignacion provicional
 
Clases presenciales: fallo de la Corte
Clases presenciales: fallo de la CorteClases presenciales: fallo de la Corte
Clases presenciales: fallo de la Corte
 
88 13122-2013- casacion
88 13122-2013- casacion88 13122-2013- casacion
88 13122-2013- casacion
 
153276145 contencioso-reposicion-pnp-1 (1)
153276145 contencioso-reposicion-pnp-1 (1)153276145 contencioso-reposicion-pnp-1 (1)
153276145 contencioso-reposicion-pnp-1 (1)
 
Demanda de nulidad documental
Demanda de nulidad documentalDemanda de nulidad documental
Demanda de nulidad documental
 
Modelo demanda prorrateo alimentos
Modelo demanda prorrateo alimentosModelo demanda prorrateo alimentos
Modelo demanda prorrateo alimentos
 
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014
Acta de la sentencia juicio laboral indh rit o 1935-2014
 
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosa
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosaCasacion responsabilidad civil por denuncia calumniosa
Casacion responsabilidad civil por denuncia calumniosa
 
Audiencia unica
Audiencia unicaAudiencia unica
Audiencia unica
 
Modelo de descargo a indecopi
Modelo de descargo a  indecopiModelo de descargo a  indecopi
Modelo de descargo a indecopi
 
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos Flores
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos FloresModelo de demanda con sus partes. Jose Ramos Flores
Modelo de demanda con sus partes. Jose Ramos Flores
 
Absolucion de-contradiccion
Absolucion de-contradiccionAbsolucion de-contradiccion
Absolucion de-contradiccion
 
Modelos de demandas ujcm
Modelos de demandas ujcmModelos de demandas ujcm
Modelos de demandas ujcm
 
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)
Exp. 05160 2018-0-3204-jr-ci-02 - anexo - 67281-2021 (1)
 
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos
339226468 modelo-escrito-ejecucion-de-acta-de-conciliacion-sobre-alimentos
 
Sentencia causa vestits
Sentencia causa vestitsSentencia causa vestits
Sentencia causa vestits
 
Ejecución de acta de conciliación extrajudicial
Ejecución de acta de conciliación extrajudicialEjecución de acta de conciliación extrajudicial
Ejecución de acta de conciliación extrajudicial
 
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-20165. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016
5. modelo de demanda con sus partes. 02 01-2016
 
Demanda de alimentos estudio
Demanda de alimentos estudioDemanda de alimentos estudio
Demanda de alimentos estudio
 

Similar a Alimentos a favor de menores

Proyecto integrador de saberes
Proyecto integrador de saberesProyecto integrador de saberes
Proyecto integrador de saberesAndrsMarn14
 
Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Milton Revilla Soto
 
El derecho internacional de los ddhh infancia y familia
El derecho internacional de los ddhh infancia y familiaEl derecho internacional de los ddhh infancia y familia
El derecho internacional de los ddhh infancia y familiaFrancisco J. Estrada Vásquez
 
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdf
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdfpresentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdf
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdfJennyPerez222814
 
res_2019023060094912000692961 (1).pdf
res_2019023060094912000692961 (1).pdfres_2019023060094912000692961 (1).pdf
res_2019023060094912000692961 (1).pdfAnaliAranaTorres
 
Revista digital.tipos de procedimientos lonna
Revista digital.tipos de procedimientos lonnaRevista digital.tipos de procedimientos lonna
Revista digital.tipos de procedimientos lonnaTania Martin
 
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
000020170006815147440000020171237300000 r
000020170006815147440000020171237300000 r000020170006815147440000020171237300000 r
000020170006815147440000020171237300000 rJULIOMIGUELREZAHUAROC
 
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdf
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdfAlegato-en-Tenencia-de-Menor.pdf
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdfYVANB2
 
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...JorgeEnriqueDvalos
 
res_2020002300162453000213819.pdf
res_2020002300162453000213819.pdfres_2020002300162453000213819.pdf
res_2020002300162453000213819.pdfAnaAngulo18
 
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionGENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionmichakevin
 
Tenencia provisional
Tenencia provisionalTenencia provisional
Tenencia provisionalyaquesita21
 
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)Enrique Laos, Etica Cal
 

Similar a Alimentos a favor de menores (20)

Proyecto integrador de saberes
Proyecto integrador de saberesProyecto integrador de saberes
Proyecto integrador de saberes
 
Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1Procedimiento administrativo lopnna 1
Procedimiento administrativo lopnna 1
 
1.pdf
1.pdf1.pdf
1.pdf
 
El derecho internacional de los ddhh infancia y familia
El derecho internacional de los ddhh infancia y familiaEl derecho internacional de los ddhh infancia y familia
El derecho internacional de los ddhh infancia y familia
 
Libertad de opinion
Libertad de opinionLibertad de opinion
Libertad de opinion
 
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdf
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdfpresentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdf
presentación JHON FREDY QUINTERO LASERNA.pdf
 
res_2019023060094912000692961 (1).pdf
res_2019023060094912000692961 (1).pdfres_2019023060094912000692961 (1).pdf
res_2019023060094912000692961 (1).pdf
 
Revista digital.tipos de procedimientos lonna
Revista digital.tipos de procedimientos lonnaRevista digital.tipos de procedimientos lonna
Revista digital.tipos de procedimientos lonna
 
Nulidad de notificacion max huarca
Nulidad de notificacion max huarcaNulidad de notificacion max huarca
Nulidad de notificacion max huarca
 
apelacion de sentencia.docx
apelacion de sentencia.docxapelacion de sentencia.docx
apelacion de sentencia.docx
 
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
Exp. n.° 05938-2022-0-1801-JR-CA-18; 04 AGO 2022, 13_14_21 Hrs. DEMANDA c MIN...
 
000020170006815147440000020171237300000 r
000020170006815147440000020171237300000 r000020170006815147440000020171237300000 r
000020170006815147440000020171237300000 r
 
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
 
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdf
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdfAlegato-en-Tenencia-de-Menor.pdf
Alegato-en-Tenencia-de-Menor.pdf
 
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...
Admisión de demanda en vía procedimental incorrecta no constituye perjuicio c...
 
res_2020002300162453000213819.pdf
res_2020002300162453000213819.pdfres_2020002300162453000213819.pdf
res_2020002300162453000213819.pdf
 
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencionGENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
GENESIS VALLENILLAS KATERYN CHAVIER.- Procedimiento manutencion
 
APELACION.pdf
APELACION.pdfAPELACION.pdf
APELACION.pdf
 
Tenencia provisional
Tenencia provisionalTenencia provisional
Tenencia provisional
 
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)
Exp. 00724 2017-0-1408-jp-fc-01 - resolución - 01993-2018 (2)
 

Último

Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 

Último (20)

Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 

Alimentos a favor de menores

  • 1. 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede JPL Puente Piedra EXPEDIENTE : 09848-2018-0-0909-JP-FC-02 MATERIA : ALIMENTOS ESPECIALISTA : CORREA GUZMAN, LINO AMERICO DEMANDADO : TECCO MOZOMBITE, ERICK EDUARDO DEMANDANTE : MAGIPO TELLO, ERIKA CRISTINA RAZON SEÑOR JUEZ: En cumplimiento a mis funciones doy cuenta a Usted que se puede advertir del SIJ que existe pendiente un escrito de fecha veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, el mismo que no fue proveído en su oportunidad en razón a las recargadas labores de la secretaria a mi cargo, así como durante el mes de Febrero del presente año todo el personal jurisdiccional se encontraban de vacaciones judiciales. Doy cuenta a usted para los fines de ley. Puente Piedra, 04 de Marzo del 2019. RESOLUCIÓN NUMERO DOS Puente Piedra, cuatro de Marzo Del año dos mil diecinueve.- DANDO CUENTA: Vista la razón que antecede, téngase presente, al escrito de fecha veinte de Diciembre del año dos mil dieciocho, presentado por la parte demandante al principal: estando a lo expuesto, y con los anexos que se adjunta, téngase por cumplido el mandato conferido, y AUTOS Y VISTOS: Por presentada la demanda, con los documentos que se acompañan; Y CONSIDERANDO: Primero: Conforme a los artículos 130°, 131°, 132°, 133°, 424°, 425°, 426° y 427° del Código Procesal Civil, presentada una demanda, corresponde al Juzgado calificarla verificando la concurrencia de los presupuestos procesales: competencia de éste Juzgado, capacidad procesal del actor y requisitos formales de la demanda; y, las condiciones de la acción: voluntad de la ley, interés y legitimidad para obrar del demandante; Segundo: El Principio 7 de la Declaración Universal de los Derechos del Niño precisa que el interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; que en la interpretación del Tribunal Constitucional se considera que tiene su fundamento en la dignidad del ser humano, en el reconocimiento del niño como sujeto de derecho y por lo tanto, de protección atendiendo a sus pocos años y a su estado de desarrollo, de esta manera el interés superior del niño puede ser definido como “el conjunto de circunstancias que establecen las adecuadas condiciones de vida del niño y que, en casos concretos, permiten determinar la mejor opción para la debida protección de sus derechos fundamentales. Tercero: Que; aun cuando la Declaración de los Derechos del Niño esta constituye un hito, y no es menos cierto que no tiene la misma fuerza de ejecutoriedad que un Convenio o un Pacto. Es por ello que tuvo una mayor relevancia la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO que permitió expandir la “ciudadanía” a la infancia. Es así que nivel de la Convención por lo tanto, el niño es definido según sus atributos y sus derechos ante el Estado, la sociedad y la familia y se le reconoce al niño como sujeto de derechos. Convención que fuera aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 25278, recogiendo en el Artículo 3º el Interés Superior del Niño, indicando en conclusión que: En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño., en donde los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. En esa línea, es relevante recordar que corresponderá a los Estados velar porque en cualquier medida adoptada por instituciones públicas o privadas relativas a los niños, sea imperativo tener como premisa de acción y dar atención prioritaria al interés superior del niño y del adolescente, por encima de cualquier otra cuestión. Cuarto: En tal sentido, siendo el derecho alimentario para un menor irrenunciable, éste Órgano Jurisdiccional remarca la importancia de que ambos padres contribuyan a prestar alimentos a sus hijos, conforme se establece en el numeral 2 del artículo 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño CISAJ - PUENTE PIEDRA MM-MZ L1 LT8 AAHH BELLA AURORA - ZAP, Juez:AZABACHE RONDAN CESAR /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 21/03/2019 10:06:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA NORTE / PUENTE PIEDRA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA NORTE - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE CISAJ - PUENTE PIEDRA MM-MZ L1 LT8 AAHH BELLA AURORA - ZAP, Secretario:CORREA GUZMAN LINO AMERICO /Servicio Digital - Poder Judicial del Perú Fecha: 21/03/2019 15:23:05,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LIMA NORTE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LIMA NORTE - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE
  • 2. aprobada por Resolución Legislativa 25278, artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por Resolución Legislativa 13282 y, artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes. Quinto:De lo expuesto en el petitorio y de los medios probatorios que se adjuntan a la demanda se advierte el aparente interés y legitimidad para obrar de la parte demandante, de conformidad con el Artículo Cuarto del Título Preliminar del Código Procesal Civil. Asimismo, la demanda que antecede reúne los requisitos que establecen los artículos 424º y 425º del Código Procesal Civil, no vislumbrándose dentro de los supuestos generales de inadmisibilidad o improcedencia de los artículos 426º y 427º del Código acotado. Sexto: La pretensión invocada por la accionante se encuentra enmarcada dentro de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 96° del Código de los Niños y Adolescentes, concordado con el artículo 546º inciso 1) del Código Procesal Civil, estableciéndose con los hechos expuestos la necesidad de su tramitación a través de un debido proceso que resuelva el conflicto de intereses planteados, siendo de competencia de este Órgano Jurisdiccional. Sétimo: Es de tener en cuenta que de acuerdo a la naturaleza de la pretensión demandada, requiere un trámite especial, puesto que, el Estado garantiza un sistema de administración de justicia especializada para los niños y adolescentes, considerándose en toda decisión el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente de conformidad con lo dispuesto en el artículo IX del Título Preliminar del Código del Niño y Adolescente, en concordancia con la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú; siendo así, es de aplicación a esta naturaleza de procesos los principios de economía, celeridad, concentración y de flexibilidad previstos para procesos donde la controversia está referida a procesos de familia, consecuentemente, corresponde señalar en la presente resolución, fecha para la audiencia única de acuerdo al dietario judicial. Por estos fundamentos, en aplicación de los artículos 96º, 164º y 168º del Código de los Niños y Adolescentes; SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite la demanda de ALIMENTOS interpuesta por ERIKA CRISTINA MAGIPO TELLO contra ERICK EDUARDO TECCO MOZOMBITE sobre ALIMENTOS a favor de sus menores hijos, tramitándose en la vía de PROCESO UNICO; en consecuencia TRASLADO de la demanda al demandado ERICK EDUARDO TECCO MOZOMBITE por el plazo de CINCO DIAS HÁBILES, a fin de que comparezca al proceso contestando la demanda con las formalidades de ley, bajo apercibimiento de declararse rebelde; debiendo cumplir el demandado al contestar la demanda con adjuntar el anexo especial establecido en el artículo 565° del Código Procesal Civil, teniéndose por ofrecidos los medios probatorios,las que se reservan su admisión y actuación para su oportunidad y, a los autos los anexos que se adjuntan. 2) SEÑÁLESE fecha para la AUDIENCIA UNICA para el día QUINCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, fecha que se señala de acuerdo al dietario judicial, debiendo concurrir ambas partes procesales al local del Juzgado en la fecha y hora señalada (hora exacta), bajo apercibimiento de que en caso de inconcurrencia de ambas partes se declarará concluido el proceso y se procederá a archivar definitivamente la causa. Sin perjuicio de aperturar Cuenta en el Banco de la Nación a favor de la demandante en representación de sus menores hijos, ofíciese para tal fin, debiendo concurrir sin mayor trámite a la secretaria a recabar. 3) NOTIFÍQUESE al demandado mediante SERNOT en el domicilio señalado por la demandante, el mismo que tiene carácter de declaración jurada y bajo su responsabilidad, así como en su domicilio laboral sito en Av. Lurigancho N° 1349 Urb. Zarate – Distrito de San Juan de Lurigancho Al primer otrosí: Otórguese las facultades generales de representación al letrado que se indica, de conformidad con lo que establece el artículo 74° y 80° del Código Procesal Civil. Al segundo otrosí: tTéngase por autorizado a la persona que se indica, sólo para los fines que se señala. Notificándose.-