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JUZGADO DE INSTRUCCION Nº UNO SABADELL

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 470/2010

                                      AUTO

                         En Sabadell, a 22 de enero del 2013

                                     HECHOS


UNICO.- El 16 de febrero del 2010 se incoaron las presentes diligencias previas, en
virtud de atestado nº 46074 de los Mossos d’Esquadra, según denuncia de Nicolás
Giner Salinas por un presunto delito contra la Administración Pública ( cohecho ).
      El 23 de noviembre del 2011 se dictó auto acordando diversas entradas y registro,
que tuvieron lugar el pasado 27 de noviembre del 2012, declaración de detenidos,
resolución sobre su situación personal, auto de 12 de diciembre del 2012 acordando el
desprecinto de diversa documentación así como clonación, extracción, vaciado,
análisis, en su caso, de los diversos equipos o soportes informáticos y/o electrónicos
aprehendidos en las diversas entradas y registro que tuvieron lugar el pasado 27 de
noviembre del 2012, para su posterior estudio y análisis.
       Por la Procuradora de los Tribunales Teresa Prat, en nombre y representación
de Dª María Elena Pérez García, según escrito con fecha de entrada en este Juzgado
el pasado 18 de diciembre del 2012, se interesó la formación de pieza separada en
relación con su defendida, resolviéndose, según providencia de fecha 8 de enero del
2013 que “ así se hará, no sólo en relación con ese concreto hecho sino en relación
con otros que se han advertido a lo largo de lo actuado, si bien para ello estamos
pendientes de una serie de requerimientos y diligencias ya acordadas “.
       En la presente resolución vamos a abordar esta cuestión.


                            FUNDAMENTOS JURÍDICOS



PRIMERO. - Dispone en art. 762.6 de la Lecrim, en el seno de las disposiciones
generales del Título dedicado al Procedimiento Abreviado, que “ para enjuiciar los
delitos conexos comprendidos en este Título, cuando existan elementos para hacerlo
con independencia, y para juzgar a cada uno de los imputados, cuando sean varios,
podrá acordar el Juez la formación de la piezas separadas que resulten convenientes
para simplificar y activar el procedimiento “.


                                                                                     1
Dicho precepto, como recuerdan las sentencias el Tribunal Supremo, Sala 2ª, de
5 de marzo de 1993 o 29 de julio del 2002, reconoce que hay casos en los que la regla
del enjuiciamiento conjunto de los delitos conexos consagrada en el art. 300 de la
Lecrim no es una regla imperativa y de orden público sino que, todo lo contrario, debe
ceder ante razones de simplificación o rapidez del proceso, distinguiéndose entre una
conexidad necesaria y otra de conveniencia, dando lugar esta última a la formación de
piezas separadas.
       En efecto, y esta causa es paradigmática al respecto, del conjunto de
intervenciones telefónicas judicialmente acordadas se han revelado conductas de
apariencia ilícito-penal de lo más variada ( hechos casi siempre relacionados, aunque
no de forma exclusiva, con los delitos contra la Administración Pública previstos y
castigados en el Título XlX, Libro ll del C.P. ) lo que convertiría la instrucción de esta
causa en un verdadero enredo de tramitarse de forma conjunta, al margen que, de
forma inevitable, no permitiría atender a conductas que de otra forma se diluirían en el
procedimiento pudiendo provocar, en su caso, la impunidad de las mismas.
       Este instructor es plenamente consciente que las partes en este procedimiento
carecen de un conocimiento pormenorizado de la causa, motivado, sin duda, del
secreto de las actuaciones judicialmente acordado, aunque se haya procedido a un
alzamiento parcial, pero ello no obsta a que se puedan formar las siguientes piezas ( al
margen de las ya formadas ) que tendrán por objeto la instrucción de los hechos de
apariencia delictiva que se dirán y que afectará a las personas que se relacionará, lo
que permitirá, entendemos, delimitar el objeto de la instrucción de cada pieza, la
proposición y práctica de las diligencias de instrucción sumarial que se acuerden ( sin
hacer preciso que comparezcan la totalidad de las partes personadas en esta causa,
sino únicamente las relacionadas con la pieza ), simplificar el procedimiento ( a día de
hoy esta causa cuenta con más de 13.000 folios y más de 30 imputados ) lo que
permitirá, así lo creemos y deseamos, agilizar la instrucción de la causa, facilitar el
ejercicio de los legítimos derechos de cada parte en la misma y en última instancia el
dictado de una resolución por el instructor, bien elevando la causa ante el órgano de
enjuiciamiento, bien acordando su archivo por los diversos motivos de sobreseimiento
legalmente previstos, bien cualquier otra, sin tener que esperar a que la totalidad de
este “ macroprocedimiento “ esté concluido, con el efecto negativo que ello puede
suponer, de forma singular para los imputados en la presente causa.
       Decir, por último, que vamos a formar las siguientes piezas pero que las mismas
no tienen la consideración de numerus clausus, sino que se pueden ampliar en función
de conductas que se describen en los atestados como irregulares, porque así se
presentan, pero que no tienen en este momento entidad penal como para formar una
pieza autónoma         lo que no excluye que así se haga de apreciarse indicios de
criminalidad una vez examinada y analizada la documentación o practicada diligencia
de cualquier tipo ( estamos pensando, por ejemplo, en las actas de infracción


2
efectuadas por la Policía Local de Sabadell al empresario de ocio González Cano, pago
del I.B.I. por parte de la Cambra de Comerç de Sabadell y otro tipo de ilícitos que se
enuncian en los atestados pero de los que por ahora se carece de información que
confirme las iniciales sospechas ).

        - La Pieza Principal de las Diligencias Previas 470/2010 o pieza nº 1 mantendrá
su inicial objeto motivado por la denuncia de NICOLÁS GINER en la que ponía de
manifiesto un presunto delito de cohecho del que sería principal responsable y
beneficiario Jordi SORIANO JOSÉ, recibiendo éste dádiva, siempre de forma
provisional e interina, de diversos empresarios para la obtención de diversas
adjudicaciones, cuales son JORDI y RAFAEL ROJAS MORATÓ, JOSÉ MANUEL
GONZÁLEZ PARRA ( será objeto de esta pieza todo lo relacionado con las obras de
remodelación y ampliación del Cementerio de Sabadell, obra adjudicada a
Constresnius por la Funeraria Torra, ALFONSO PEDRO IZARD y FRANCESC XAVIER
PONS TORRA ), JOSÉ RÍOS MARTÍN, EVA RÍOS MARTÍN, SANDRA ROIG GARAY,
GUILLEM USTRELL FELIUBADALÓ ( pagos a Jordi Soriano y todo lo relacionado con
la licencia de Mejora de la Finca de Ca n'Ustrell ), JORDI BALDO COROMINAS Y
JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNÁNDEZ ( todo lo relacionado con las obras en la Fira
de Sabadell y Centro Cívico de Can Llong ), ISIDORO ALVAREZ MORALES y XAVIER
CADEVALL SANCHEZ ( todo lo relacionado con la recalificación de terrenos en una
finca de Palau-Solità de Plegamans, “ Pau Palau Centre “ ), MIQUEL TRECU AYERBE,
EUSEBIO ROMERO FERNÁNDEZ y ANTONIO JIMÉNEZ GÓMEZ.
        - Pieza separada, que investigaba diversos delitos contra el patrimonio y que
afecta, entre otros, a Sandra Roig Garay, que pasará a ser la Pieza nº 2.
        - Pieza separada relativa a delito contra la salud pública que pasará a ser la
Pieza separada nº 3. Dicha pieza se formó según auto de 3 de noviembre del 2011 y
no practicándose en este momento diligencia de instrucción ninguna al respecto,
imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo
relación ninguna con la misma es por lo que no se hace mención a los implicados ya
que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a
fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas.
        - Pieza nº 4: En relación con esta pieza en este momento no se practica
diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están
relacionadas con la presente causa y no teniendo los hechos que aquí instruidos
relación ninguna con la misma, razones que justifican que no hagamos mención
ninguna a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente
hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas
piezas.
        Pieza nº 5: Presunto tráfico de influencias en relación con la contratación de Dª
Carmina Llumà Ras como Directora del Área Territorial del Ayuntamiento de Montcada i


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Reixach en el que estarían implicados MANUEL BUSTOS GARRIDO, FRANCISCO
BUSTOS GARRIDO y MARÍA ELENA PÉREZ GARCÍA. En relación con la persona de
DANIEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ si bien consta ficha policial de imputación, habida
cuenta que ostenta la condición de Diputat al Parlament de Catalunya en la X
legislatura y, en consecuencia, es aforado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya, no corresponde a este instructor pronunciarse sobre
su eventual imputación sino remitir, en su caso exposición razonada a dicha Sala, de
conformidad con el art. 73.3 a) de la L.O.P.J. en relación con el art. 57 del Estatuto de
Autonomía de Catalunya.
        − Pieza nº 6: Todo lo relacionado con el eventual vertido de tierras en la finca
de Ca'n Xupa y eventual permisividad o tolerancia de responsables municipales del
Ayuntamiento de Sabadell que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, JOAN MANAU
VALOR y RICARD ESTRADA ARIMON.
        − Pieza nº 7: Dádivas obtenidas para la adjudicación de la infografía del “
Catavins “ de la Fira de Sabadell y que implicaría a JORGE SORIANO JOSE,
MARISOL ROIG GARAY, RAFAEL ROJAS MORATO, JORDI ROJAS MORATÓ y
JOAN LOPEZ SUCARRATS.
        − Pieza nº 8: Todo lo relacionado con la contratación de BEGOÑA DE LA
MORA MARTÍ y gestiones para ello, cónyuge de José Manuel González Parra, (
finalmente contratada, según parece por la empresa SMATSA-GRUPO VENDEX ), y
que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y a MONTSERRAT COSTA SERRA.
        − Pieza nº 9: Denuncia falsa efectuada por ELENA SORIANO CORBELLA
puesta de común acuerdo con su padre JORGE SORIANO JOSÉ, en relación con las
diligencias policiales nº 284518/2011 de la Policía Local de Sant Quirze del Vallès; ( ID
3478921 ).
        − Pieza nº 10: Gestiones de JORGE SORIANO JOSÉ para no abonar una
multa de tráfico en relación con un recurso interpuesto y que implicaría a JORGE
SORIANO JOSÉ y JOAN MANAU VALOR. ( Expediente 2009045130, CPR 9052180,
referencia 009049250, recurso entrada, CEN 2010013895; ID 2058951 ).
        − Pieza nº 11: Eventuales irregularidades en la ejecución de las obras de
construcción de La Fira de Sabadell, irregularidades en contratación de personas en las
obras Centre Cívic Can Llong y falsificación de determinadas facturas en relación con
estas obras, y que implicaría a JORDI BALDÓ COROMINAS y RAMÓN PARCERISA
BATET
        − Pieza nº 12: Cambio de la documentación inicial de las obras de mejora de
La Fira y que permitiría incrementar ingresos hacia Construcciones Baldo ( ID 3433336
y 3433344 ) y que implicaría a JORDI BALDÓ y ELENA GALERA PUYAL.
        − Pieza nº 13: Estafa a una compañía de seguros en relación con un siniestro (
ID 2759257, 2917818, 2826759 ) que implicaría a JOSÉ RÍOS MARTÍN
        − Pieza nº 14: Hurto de material relacionado con la construcción ( ID 2806356


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) y falsedad de unos pagarés ( ID 3109637 ) y que implicaría a JOSÉ y EVA RÍOS
MARTÍN.
        − Pieza nº 15: Actuaciones llevadas a cabo por JOSÉ RÍOS MARTÍN para
evitar embargo de bienes y efectos relacionados con deudas de Excavallès.
        − Pieza nº 16: Todo lo relacionado con la adquisición de un bien privado y que
se carga al presupuesto de las obras de La Fira y, que implicaría a JOSÉ ENRIQUE
VELILLA FERNANDEZ.
        − Pieza nº 17: Todo lo relacionado con la instalación de la empresa Audi en el
conocido como Parque Empresarial Sant Pau de Riu Sec y gestiones para que
correspondiera a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ la construcción de las naves
que, en su caso, se efectuaran ( tanto de la empresa Audi como de cualquier otra que
se pudiera instalar en dicha zona ) y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO
MARTINEZ, MANUEL BUSTOS GARRIDO y MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 18: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en las
obras de la c/ Fernando Poo de Sabadell, y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO
MARTINEZ y MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 19: Todo lo relacionado con la falsificación de una factura a fin de
evitar que ésta fuera fiscalizada ya que no entraría en el período a auditar y que
implicaría a MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 20: Todo lo relacionado con las obras de la c/ Folch y Torras de
Sabadell y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y FRANCISCO
BUSTOS GARRIDO.
        − Pieza nº 21: Todo lo relacionado con la falsificación de facturas en relación
con el pago del I.A.E. al Ayuntamiento de Sabadell por parte de la mercantil Sitjas
Motor y que implicaría a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ, JOSEP ADROBAU
SANFELIU y ANTONI SITJAS RENOM.
        − Pieza nº 22: Todo lo relacionado con la concesión de subvenciones con
dinero público para cursos de formación por parte de la Fundación Laboral de la
Construcción en Catalunya al Gremio de Constructores de Sabadell y Comarca y que
implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y EMILIO GOMEZ VILLARDON.
        − Pieza nº 23: Todo lo relacionado con la confección de una factura falsa para
aumentar el valor de un inmueble propiedad de José García Duffour, y que implicaría a
MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ.
        − Pieza nº 24: Estafa a una compañía de seguros en relación con un hecho
cubierto por la póliza en relación con las diligencias policiales nº 146352/2011 y ue
implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ.
        − Pieza nº 25: Malversación de caudales públicos relacionado no sólo con la
contratación de la Presidenta de la Asociación de Latinoamericanos de Sabadell que
habría motivado la concesión de una subvención por importe de 25.000 € a la
Fundación Privada ACSAR por la parte de la Federación de Municipios de Cataluña


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sino cargos no justificables efectuadas a dicha federación; hechos que implicarían a
MANUEL BUSTOS GARRIDO y ADOLFO MORENO SANSANO.
       − Pieza nº 26: Malversación de caudales públicos para la justificación de un
viaje a Almería y gastos con un Juez, y que implicarían a MANUEL BUSTOS
GARRIDO y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 27: Todo lo relacionado con la regularidad o no de las cantidades
satisfechas a LLUIS PASCUAL BACARDIT por la empresa CASSA y si se corresponde
a conceptos efectivamente realizados; de reputarse la naturaleza delictiva de dicho
proceder, omisión de MANUEL BUSTOS GARRIDO de denunciarlos, implicando dicha
pieza tanto a LLUIS PASCUAL BACARDIT como a MANUEL BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 28: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en la
adjudicación del servicio de recogida y tratamiento de basuras de Sabadell finalmente
adjudicadas a Smatsa-Grupo Vendex y que implicarían a XAVIER IZQUIERDO
VILAVELLA y MANUEL BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 29: Todo lo relacionado con las gestiones efectuadas ante el
Consorci Audiovisual de Catalunya por parte de MANUEL BUSTOS GARRIDO en
relación con el Canal Català TV. Asimismo gestiones en relación con Metropolitan TV.
       − Pieza nº 30: Gestiones de MANUEL BUSTOS GARRIDO para la retirada de
denuncias de tráfico a su cónyuge ( 28 de marzo del 2012 ) e hijo de éste ( 22 de junio
del 2012 ) y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO Y JOSEP MIQUEL
DURAN MACHO.
       − Pieza nº 31: Todo lo relacionado con la regularidad o no de la contratación de
diversas personas en el CONSELL D'OCUPACIÓ I PROMOCIÓ ECONÒMICA DEL
VALLÈS OCCIDENTAL y en el CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS DEL
VALLÈS OCCIDENTAL y que implicaría a MANUEL BUSTOS GARRIDO.

       SEGUNDO.- Habida cuenta de la naturaleza mediática de esta causa y que la
información contenida en la presente resolución tiene un indudable interés público, sin
que los datos aquí consignados supongan un obstáculo o perjudiquen el curso de la
instrucción, toda vez que se limita a formar piezas sobre cuestiones en relación con las
cuales los imputados ya fueron interrogados o que se limitan a enunciar su objeto, es
por lo que acordamos de forma expresa que la presente resolución no está afectada y
queda excluida del secreto de las actuaciones, por lo que procede su notificación
íntegra a las partes personadas y al Ministerio Fiscal.
       Así y con el único ánimo de lograr que la información que, en su caso, se pueda
ofrecer sobre esta causa y relacionada con el dictado de la presente resolución sea
veraz, evitando manipulaciones sobre su contenido o filtraciones interesadas no
ajustadas a la realidad, democratizando el acceso a la información, es por lo que
acordamos remitir copia de la presente resolución al Gabinete de Prensa del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, una vez se haya procedido a la notificación de la


6
misma a las partes personadas y Ministerio Fiscal, lo que es conforme con el Protocolo
de Comunicación de la Justicia, Texto Aprobado por la Comisión de Comunicación del
Consejo General del Poder Judicial el 30 de junio del 2004, con el Visto Bueno del
Pleno del Consejo General del Poder Judicial del día 7 de julio del mismo año y con el
Protocolo de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña aprobado por
Acuerdo de la Sala de Gobierno del T.S.J. de Cataluña en fecha 15 de enero del 2013.


      Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación

                              PARTE DISPOSITIVA:

ACUERDO que las Diligencias Previas nº 470/2010 en cuanto causa principal o pieza
nº 1 mantendrá su inicial objeto motivado por la denuncia de NICOLÁS GINER en la
que ponía de manifiesto un presunto delito de cohecho del que sería principal
responsable y beneficiario Jordi SORIANO JOSÉ, recibiendo éste dádiva, siempre de
forma provisional e interina, de diversos empresarios para la obtención de diversas
adjudicaciones, cuales son JORDI y RAFAEL ROJAS MORATÓ, JOSÉ MANUEL
GONZÁLEZ PARRA ( será objeto de esta pieza todo lo relacionado con las obras de
remodelación y ampliación del Cementerio de Sabadell, obra adjudicada a
Constresnius por la Funeraria Torra, ALFONSO PEDRO IZARD y FRANCESC XAVIER
PONS TORRA ), JOSÉ RÍOS MARTÍN, EVA RÍOS MARTÍN, SANDRA ROIG GARAY,
GUILLEM USTRELL FELIUBADALÓ ( pagos a Jordi Soriano y todo lo relacionado con
la licencia de Mejora de la Finca de Ca n'Ustrell ), JORDI BALDO COROMINAS Y
JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNÁNDEZ ( todo lo relacionado con las obras en la Fira
de Sabadell y Centro Cívico de Can Llong ), ISIDORO ALVAREZ MORALES y XAVIER
CADEVALL SANCHEZ ( todo lo relacionado con la recalificación de terrenos en una
finca de Palau-Solità de Plegamans, “ Pau Palau Centre “ ), MIQUEL TRECU AYERBE,
EUSEBIO ROMERO FERNÁNDEZ y ANTONIO JIMÉNEZ GÓMEZ y la formación de
las siguientes piezas, sin perjuicio de las que se puedan formar más adelante:
        - Pieza separada, que investigaba diversos delitos contra el patrimonio y que
afecta, entre otros, a Sandra Roig Garay, que pasará a ser la Pieza nº 2.
        - Pieza separada relativa a delito contra la salud pública que pasará a ser la
Pieza separada nº 3. Dicha pieza se formó según auto de 3 de noviembre del 2011 y
no practicándose en este momento diligencia de instrucción ninguna al respecto,
imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo
relación ninguna con la misma es por lo que no se hace mención a los implicados ya
que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a
fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas.
        - Pieza nº 4: En relación con esta pieza en este momento no se practica


                                                                                    7
diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están
relacionadas con la presente causa y no teniendo los hechos que aquí instruidos
relación ninguna con la misma, razones que justifican que no hagamos mención
ninguna a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente
hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas
piezas.
        Pieza nº 5: Presunto tráfico de influencias en relación con la contratación de Dª
Carmina Llumà Ras como Directora del Área Territorial del Ayuntamiento de Montcada i
Reixach en el que estarían implicados MANUEL BUSTOS GARRIDO, FRANCISCO
BUSTOS GARRIDO y MARÍA ELENA PÉREZ GARCÍA. En relación con la persona de
DANIEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ si bien consta ficha policial de imputación, habida
cuenta que ostenta la condición de Diputat al Parlament de Catalunya en la X
legislatura y, en consecuencia, es aforado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya, no corresponde a este instructor pronunciarse sobre
su eventual imputación sino remitir, en su caso exposición razonada a dicha Sala, de
conformidad con el art. 73.3 a) de la L.O.P.J. en relación con el art. 57 del Estatuto de
Autonomía de Catalunya.
        − Pieza nº 6: Todo lo relacionado con el eventual vertido de tierras en la finca
de Ca'n Xupa y eventual permisividad o tolerancia de responsables municipales del
Ayuntamiento de Sabadell que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, JOAN MANAU
VALOR y RICARD ESTRADA ARIMON.
        − Pieza nº 7: Dádivas obtenidas para la adjudicación de la infografía del “
Catavins “ de la Fira de Sabadell y que implicaría a JORGE SORIANO JOSE,
MARISOL ROIG GARAY, RAFAEL ROJAS MORATO, JORDI ROJAS MORATÓ y
JOAN LOPEZ SUCARRATS.
        − Pieza nº 8: Todo lo relacionado con la contratación de BEGOÑA DE LA
MORA MARTÍ y gestiones para ello, cónyuge de José Manuel González Parra, (
finalmente contratada, según parece por la empresa SMATSA-GRUPO VENDEX ), y
que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y a MONTSERRAT COSTA SERRA.
        − Pieza nº 9: Denuncia falsa efectuada por ELENA SORIANO CORBELLA
puesta de común acuerdo con su padre JORGE SORIANO JOSÉ, en relación con las
diligencias policiales nº 284518/2011 de la Policía Local de Sant Quirze del Vallès; ( ID
3478921 ).
        − Pieza nº 10: Gestiones de JORGE SORIANO JOSÉ para no abonar una
multa de tráfico en relación con un recurso interpuesto y que implicaría a JORGE
SORIANO JOSÉ y JOAN MANAU VALOR. ( Expediente 2009045130, CPR 9052180,
referencia 009049250, recurso entrada, CEN 2010013895; ID 2058951 ).
        − Pieza nº 11: Eventuales irregularidades en la ejecución de las obras de
construcción de La Fira de Sabadell, irregularidades en contratación de personas en las
obras Centre Cívic Can Llong y falsificación de determinadas facturas en relación con


8
estas obras, y que implicaría a JORDI BALDÓ COROMINAS y RAMÓN PARCERISA
BATET
        − Pieza nº 12: Cambio de la documentación inicial de las obras de mejora de
La Fira y que permitiría incrementar ingresos hacia Construcciones Baldo ( ID 3433336
y 3433344 ) y que implicaría a JORDI BALDÓ y ELENA GALERA PUYAL.
        − Pieza nº 13: Estafa a una compañía de seguros en relación con un siniestro (
ID 2759257, 2917818, 2826759 ) que implicaría a JOSÉ RÍOS MARTÍN
        − Pieza nº 14: Hurto de material relacionado con la construcción ( ID 2806356
) y falsedad de unos pagarés ( ID 3109637 ) y que implicaría a JOSÉ y EVA RÍOS
MARTÍN.
        − Pieza nº 15: Actuaciones llevadas a cabo por JOSÉ RÍOS MARTÍN para
evitar embargo de bienes y efectos relacionados con deudas de Excavallès.
        − Pieza nº 16: Todo lo relacionado con la adquisición de un bien privado y que
se carga al presupuesto de las obras de La Fira y, que implicaría a JOSÉ ENRIQUE
VELILLA FERNANDEZ.
        − Pieza nº 17: Todo lo relacionado con la instalación de la empresa Audi en el
conocido como Parque Empresarial Sant Pau de Riu Sec y gestiones para que
correspondiera a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ la construcción de las naves
que, en su caso, se efectuaran ( tanto de la empresa Audi como de cualquier otra que
se pudiera instalar en dicha zona ) y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO
MARTINEZ, MANUEL BUSTOS GARRIDO y MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 18: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en las
obras de la c/ Fernando Poo de Sabadell, y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO
MARTINEZ y MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 19: Todo lo relacionado con la falsificación de una factura a fin de
evitar que ésta fuera fiscalizada ya que no entraría en el período a auditar y que
implicaría a MANUEL SOMOZA BARREIRO.
        − Pieza nº 20: Todo lo relacionado con las obras de la c/ Folch y Torras de
Sabadell y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y FRANCISCO
BUSTOS GARRIDO.
        − Pieza nº 21: Todo lo relacionado con la falsificación de facturas en relación
con el pago del I.A.E. al Ayuntamiento de Sabadell por parte de la mercantil Sitjas
Motor y que implicaría a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ, JOSEP ADROBAU
SANFELIU y ANTONI SITJAS RENOM.
        − Pieza nº 22: Todo lo relacionado con la concesión de subvenciones con
dinero público para cursos de formación por parte de la Fundación Laboral de la
Construcción en Catalunya al Gremio de Constructores de Sabadell y Comarca y que
implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y EMILIO GOMEZ VILLARDON.
        − Pieza nº 23: Todo lo relacionado con la confección de una factura falsa para
aumentar el valor de un inmueble propiedad de José García Duffour, y que implicaría a


                                                                                     9
MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ.
       − Pieza nº 24: Estafa a una compañía de seguros en relación con un hecho
cubierto por la póliza en relación con las diligencias policiales nº 146352/2011 y ue
implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ.
       − Pieza nº 25: Malversación de caudales públicos relacionado no sólo con la
contratación de la Presidenta de la Asociación de Latinoamericanos de Sabadell que
habría motivado la concesión de una subvención por importe de 25.000 € a la
Fundación Privada ACSAR por la parte de la Federación de Municipios de Cataluña
sino cargos no justificables efectuadas a dicha federación; hechos que implicarían a
MANUEL BUSTOS GARRIDO y ADOLFO MORENO SANSANO
       − Pieza nº 26: Malversación de caudales públicos para la justificación de un
viaje a Almería y gastos con un Juez, y que implicarían a MANUEL BUSTOS
GARRIDO y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 27: Todo lo relacionado con la regularidad o no de las cantidades
satisfechas a LLUIS PASCUAL BACARDIT por la empresa CASSA y si se corresponde
a conceptos efectivamente realizados; de reputarse la naturaleza delictiva de dicho
proceder, omisión de MANUEL BUSTOS GARRIDO de denunciarlos, implicando dicha
pieza tanto a LLUIS PASCUAL BACARDIT como a MANUEL BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 28: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en la
adjudicación del servicio de recogida y tratamiento de basuras de Sabadell finalmente
adjudicadas a Smatsa-Grupo Vendex y que implicarían a XAVIER IZQUIERDO
VILAVELLA y MANUEL BUSTOS GARRIDO.
       − Pieza nº 29: Todo lo relacionado con las gestiones efectuadas ante el
Consorci Audiovisual de Catalunya por parte de MANUEL BUSTOS GARRIDO en
relación con el Canal Català TV. Asimismo gestiones en relación con Metropolitan TV.
       − Pieza nº 30: Gestiones de MANUEL BUSTOS GARRIDO para la retirada de
denuncias de tráfico a su cónyuge ( 28 de marzo del 2012 ) e hijo de éste ( 22 de junio
del 2012 ) y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO Y JOSEP MIQUEL
DURAN MACHO.
       − Pieza nº 31: Todo lo relacionado con la regularidad o no de la contratación de
diversas personas en el CONSELL D'OCUPACIÓ I PROMOCIÓ ECONÒMICA DEL
VALLÈS OCCIDENTAL y en el CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS DEL
VALLÈS OCCIDENTAL y que implicaría a MANUEL BUSTOS GARRIDO.

       Las piezas se formarán de la siguiente forma: remitir desde el inicio hasta la
presente resolución incluida CD’s/pen drive con la causa escaneada a cada pieza que se
formará físicamente con testimonio de las fichas policiales de imputación en relación con
cada hecho concreto y cada persona o cualquier otro documento que tenga relación con
lo investigado, incorporándose las conversaciones registradas, sin perjuicio que en cada
pieza se pueda acordar la unión de determinada documentación; extendiéndose el


10
secreto de las actuaciones judicialmente acordado y prorrogado el 16 de enero del 2013
a cada pieza, sin perjuicio de las resoluciones que se puedan acordar de forma
individualizada sobre el particular una vez estén ya formadas.
       De forma expresa acordamos que la presente resolución no está afectada y
queda excluida del secreto de las actuaciones, por lo que procede su notificación
íntegra a las partes personadas y al Ministerio Fiscal.
       Remítase copia de la presente resolución al Gabinete de Prensa del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, una vez se haya procedido a la notificación de la
misma a las partes personadas y Ministerio Fiscal.

        Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reforma y/o
apelación, subsidiariamente con el de reforma o por separado, en el plazo de 3 o 5
días, respectivamente.

       Así lo acuerda, manda y firma RAMÓN GONZÁLEZ GARCÍA, Magistrado-Juez
del Juzgado de Instrucción nº 1 de Sabadell y su Partido.




Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.




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Auto sabadell. formació peces separades cas mercuri

  • 1. JUZGADO DE INSTRUCCION Nº UNO SABADELL DILIGENCIAS PREVIAS Nº 470/2010 AUTO En Sabadell, a 22 de enero del 2013 HECHOS UNICO.- El 16 de febrero del 2010 se incoaron las presentes diligencias previas, en virtud de atestado nº 46074 de los Mossos d’Esquadra, según denuncia de Nicolás Giner Salinas por un presunto delito contra la Administración Pública ( cohecho ). El 23 de noviembre del 2011 se dictó auto acordando diversas entradas y registro, que tuvieron lugar el pasado 27 de noviembre del 2012, declaración de detenidos, resolución sobre su situación personal, auto de 12 de diciembre del 2012 acordando el desprecinto de diversa documentación así como clonación, extracción, vaciado, análisis, en su caso, de los diversos equipos o soportes informáticos y/o electrónicos aprehendidos en las diversas entradas y registro que tuvieron lugar el pasado 27 de noviembre del 2012, para su posterior estudio y análisis. Por la Procuradora de los Tribunales Teresa Prat, en nombre y representación de Dª María Elena Pérez García, según escrito con fecha de entrada en este Juzgado el pasado 18 de diciembre del 2012, se interesó la formación de pieza separada en relación con su defendida, resolviéndose, según providencia de fecha 8 de enero del 2013 que “ así se hará, no sólo en relación con ese concreto hecho sino en relación con otros que se han advertido a lo largo de lo actuado, si bien para ello estamos pendientes de una serie de requerimientos y diligencias ya acordadas “. En la presente resolución vamos a abordar esta cuestión. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO. - Dispone en art. 762.6 de la Lecrim, en el seno de las disposiciones generales del Título dedicado al Procedimiento Abreviado, que “ para enjuiciar los delitos conexos comprendidos en este Título, cuando existan elementos para hacerlo con independencia, y para juzgar a cada uno de los imputados, cuando sean varios, podrá acordar el Juez la formación de la piezas separadas que resulten convenientes para simplificar y activar el procedimiento “. 1
  • 2. Dicho precepto, como recuerdan las sentencias el Tribunal Supremo, Sala 2ª, de 5 de marzo de 1993 o 29 de julio del 2002, reconoce que hay casos en los que la regla del enjuiciamiento conjunto de los delitos conexos consagrada en el art. 300 de la Lecrim no es una regla imperativa y de orden público sino que, todo lo contrario, debe ceder ante razones de simplificación o rapidez del proceso, distinguiéndose entre una conexidad necesaria y otra de conveniencia, dando lugar esta última a la formación de piezas separadas. En efecto, y esta causa es paradigmática al respecto, del conjunto de intervenciones telefónicas judicialmente acordadas se han revelado conductas de apariencia ilícito-penal de lo más variada ( hechos casi siempre relacionados, aunque no de forma exclusiva, con los delitos contra la Administración Pública previstos y castigados en el Título XlX, Libro ll del C.P. ) lo que convertiría la instrucción de esta causa en un verdadero enredo de tramitarse de forma conjunta, al margen que, de forma inevitable, no permitiría atender a conductas que de otra forma se diluirían en el procedimiento pudiendo provocar, en su caso, la impunidad de las mismas. Este instructor es plenamente consciente que las partes en este procedimiento carecen de un conocimiento pormenorizado de la causa, motivado, sin duda, del secreto de las actuaciones judicialmente acordado, aunque se haya procedido a un alzamiento parcial, pero ello no obsta a que se puedan formar las siguientes piezas ( al margen de las ya formadas ) que tendrán por objeto la instrucción de los hechos de apariencia delictiva que se dirán y que afectará a las personas que se relacionará, lo que permitirá, entendemos, delimitar el objeto de la instrucción de cada pieza, la proposición y práctica de las diligencias de instrucción sumarial que se acuerden ( sin hacer preciso que comparezcan la totalidad de las partes personadas en esta causa, sino únicamente las relacionadas con la pieza ), simplificar el procedimiento ( a día de hoy esta causa cuenta con más de 13.000 folios y más de 30 imputados ) lo que permitirá, así lo creemos y deseamos, agilizar la instrucción de la causa, facilitar el ejercicio de los legítimos derechos de cada parte en la misma y en última instancia el dictado de una resolución por el instructor, bien elevando la causa ante el órgano de enjuiciamiento, bien acordando su archivo por los diversos motivos de sobreseimiento legalmente previstos, bien cualquier otra, sin tener que esperar a que la totalidad de este “ macroprocedimiento “ esté concluido, con el efecto negativo que ello puede suponer, de forma singular para los imputados en la presente causa. Decir, por último, que vamos a formar las siguientes piezas pero que las mismas no tienen la consideración de numerus clausus, sino que se pueden ampliar en función de conductas que se describen en los atestados como irregulares, porque así se presentan, pero que no tienen en este momento entidad penal como para formar una pieza autónoma lo que no excluye que así se haga de apreciarse indicios de criminalidad una vez examinada y analizada la documentación o practicada diligencia de cualquier tipo ( estamos pensando, por ejemplo, en las actas de infracción 2
  • 3. efectuadas por la Policía Local de Sabadell al empresario de ocio González Cano, pago del I.B.I. por parte de la Cambra de Comerç de Sabadell y otro tipo de ilícitos que se enuncian en los atestados pero de los que por ahora se carece de información que confirme las iniciales sospechas ). - La Pieza Principal de las Diligencias Previas 470/2010 o pieza nº 1 mantendrá su inicial objeto motivado por la denuncia de NICOLÁS GINER en la que ponía de manifiesto un presunto delito de cohecho del que sería principal responsable y beneficiario Jordi SORIANO JOSÉ, recibiendo éste dádiva, siempre de forma provisional e interina, de diversos empresarios para la obtención de diversas adjudicaciones, cuales son JORDI y RAFAEL ROJAS MORATÓ, JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ PARRA ( será objeto de esta pieza todo lo relacionado con las obras de remodelación y ampliación del Cementerio de Sabadell, obra adjudicada a Constresnius por la Funeraria Torra, ALFONSO PEDRO IZARD y FRANCESC XAVIER PONS TORRA ), JOSÉ RÍOS MARTÍN, EVA RÍOS MARTÍN, SANDRA ROIG GARAY, GUILLEM USTRELL FELIUBADALÓ ( pagos a Jordi Soriano y todo lo relacionado con la licencia de Mejora de la Finca de Ca n'Ustrell ), JORDI BALDO COROMINAS Y JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNÁNDEZ ( todo lo relacionado con las obras en la Fira de Sabadell y Centro Cívico de Can Llong ), ISIDORO ALVAREZ MORALES y XAVIER CADEVALL SANCHEZ ( todo lo relacionado con la recalificación de terrenos en una finca de Palau-Solità de Plegamans, “ Pau Palau Centre “ ), MIQUEL TRECU AYERBE, EUSEBIO ROMERO FERNÁNDEZ y ANTONIO JIMÉNEZ GÓMEZ. - Pieza separada, que investigaba diversos delitos contra el patrimonio y que afecta, entre otros, a Sandra Roig Garay, que pasará a ser la Pieza nº 2. - Pieza separada relativa a delito contra la salud pública que pasará a ser la Pieza separada nº 3. Dicha pieza se formó según auto de 3 de noviembre del 2011 y no practicándose en este momento diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo relación ninguna con la misma es por lo que no se hace mención a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas. - Pieza nº 4: En relación con esta pieza en este momento no se practica diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo los hechos que aquí instruidos relación ninguna con la misma, razones que justifican que no hagamos mención ninguna a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas. Pieza nº 5: Presunto tráfico de influencias en relación con la contratación de Dª Carmina Llumà Ras como Directora del Área Territorial del Ayuntamiento de Montcada i 3
  • 4. Reixach en el que estarían implicados MANUEL BUSTOS GARRIDO, FRANCISCO BUSTOS GARRIDO y MARÍA ELENA PÉREZ GARCÍA. En relación con la persona de DANIEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ si bien consta ficha policial de imputación, habida cuenta que ostenta la condición de Diputat al Parlament de Catalunya en la X legislatura y, en consecuencia, es aforado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, no corresponde a este instructor pronunciarse sobre su eventual imputación sino remitir, en su caso exposición razonada a dicha Sala, de conformidad con el art. 73.3 a) de la L.O.P.J. en relación con el art. 57 del Estatuto de Autonomía de Catalunya. − Pieza nº 6: Todo lo relacionado con el eventual vertido de tierras en la finca de Ca'n Xupa y eventual permisividad o tolerancia de responsables municipales del Ayuntamiento de Sabadell que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, JOAN MANAU VALOR y RICARD ESTRADA ARIMON. − Pieza nº 7: Dádivas obtenidas para la adjudicación de la infografía del “ Catavins “ de la Fira de Sabadell y que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, MARISOL ROIG GARAY, RAFAEL ROJAS MORATO, JORDI ROJAS MORATÓ y JOAN LOPEZ SUCARRATS. − Pieza nº 8: Todo lo relacionado con la contratación de BEGOÑA DE LA MORA MARTÍ y gestiones para ello, cónyuge de José Manuel González Parra, ( finalmente contratada, según parece por la empresa SMATSA-GRUPO VENDEX ), y que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y a MONTSERRAT COSTA SERRA. − Pieza nº 9: Denuncia falsa efectuada por ELENA SORIANO CORBELLA puesta de común acuerdo con su padre JORGE SORIANO JOSÉ, en relación con las diligencias policiales nº 284518/2011 de la Policía Local de Sant Quirze del Vallès; ( ID 3478921 ). − Pieza nº 10: Gestiones de JORGE SORIANO JOSÉ para no abonar una multa de tráfico en relación con un recurso interpuesto y que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y JOAN MANAU VALOR. ( Expediente 2009045130, CPR 9052180, referencia 009049250, recurso entrada, CEN 2010013895; ID 2058951 ). − Pieza nº 11: Eventuales irregularidades en la ejecución de las obras de construcción de La Fira de Sabadell, irregularidades en contratación de personas en las obras Centre Cívic Can Llong y falsificación de determinadas facturas en relación con estas obras, y que implicaría a JORDI BALDÓ COROMINAS y RAMÓN PARCERISA BATET − Pieza nº 12: Cambio de la documentación inicial de las obras de mejora de La Fira y que permitiría incrementar ingresos hacia Construcciones Baldo ( ID 3433336 y 3433344 ) y que implicaría a JORDI BALDÓ y ELENA GALERA PUYAL. − Pieza nº 13: Estafa a una compañía de seguros en relación con un siniestro ( ID 2759257, 2917818, 2826759 ) que implicaría a JOSÉ RÍOS MARTÍN − Pieza nº 14: Hurto de material relacionado con la construcción ( ID 2806356 4
  • 5. ) y falsedad de unos pagarés ( ID 3109637 ) y que implicaría a JOSÉ y EVA RÍOS MARTÍN. − Pieza nº 15: Actuaciones llevadas a cabo por JOSÉ RÍOS MARTÍN para evitar embargo de bienes y efectos relacionados con deudas de Excavallès. − Pieza nº 16: Todo lo relacionado con la adquisición de un bien privado y que se carga al presupuesto de las obras de La Fira y, que implicaría a JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNANDEZ. − Pieza nº 17: Todo lo relacionado con la instalación de la empresa Audi en el conocido como Parque Empresarial Sant Pau de Riu Sec y gestiones para que correspondiera a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ la construcción de las naves que, en su caso, se efectuaran ( tanto de la empresa Audi como de cualquier otra que se pudiera instalar en dicha zona ) y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ, MANUEL BUSTOS GARRIDO y MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 18: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en las obras de la c/ Fernando Poo de Sabadell, y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 19: Todo lo relacionado con la falsificación de una factura a fin de evitar que ésta fuera fiscalizada ya que no entraría en el período a auditar y que implicaría a MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 20: Todo lo relacionado con las obras de la c/ Folch y Torras de Sabadell y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 21: Todo lo relacionado con la falsificación de facturas en relación con el pago del I.A.E. al Ayuntamiento de Sabadell por parte de la mercantil Sitjas Motor y que implicaría a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ, JOSEP ADROBAU SANFELIU y ANTONI SITJAS RENOM. − Pieza nº 22: Todo lo relacionado con la concesión de subvenciones con dinero público para cursos de formación por parte de la Fundación Laboral de la Construcción en Catalunya al Gremio de Constructores de Sabadell y Comarca y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y EMILIO GOMEZ VILLARDON. − Pieza nº 23: Todo lo relacionado con la confección de una factura falsa para aumentar el valor de un inmueble propiedad de José García Duffour, y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ. − Pieza nº 24: Estafa a una compañía de seguros en relación con un hecho cubierto por la póliza en relación con las diligencias policiales nº 146352/2011 y ue implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ. − Pieza nº 25: Malversación de caudales públicos relacionado no sólo con la contratación de la Presidenta de la Asociación de Latinoamericanos de Sabadell que habría motivado la concesión de una subvención por importe de 25.000 € a la Fundación Privada ACSAR por la parte de la Federación de Municipios de Cataluña 5
  • 6. sino cargos no justificables efectuadas a dicha federación; hechos que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO y ADOLFO MORENO SANSANO. − Pieza nº 26: Malversación de caudales públicos para la justificación de un viaje a Almería y gastos con un Juez, y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 27: Todo lo relacionado con la regularidad o no de las cantidades satisfechas a LLUIS PASCUAL BACARDIT por la empresa CASSA y si se corresponde a conceptos efectivamente realizados; de reputarse la naturaleza delictiva de dicho proceder, omisión de MANUEL BUSTOS GARRIDO de denunciarlos, implicando dicha pieza tanto a LLUIS PASCUAL BACARDIT como a MANUEL BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 28: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en la adjudicación del servicio de recogida y tratamiento de basuras de Sabadell finalmente adjudicadas a Smatsa-Grupo Vendex y que implicarían a XAVIER IZQUIERDO VILAVELLA y MANUEL BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 29: Todo lo relacionado con las gestiones efectuadas ante el Consorci Audiovisual de Catalunya por parte de MANUEL BUSTOS GARRIDO en relación con el Canal Català TV. Asimismo gestiones en relación con Metropolitan TV. − Pieza nº 30: Gestiones de MANUEL BUSTOS GARRIDO para la retirada de denuncias de tráfico a su cónyuge ( 28 de marzo del 2012 ) e hijo de éste ( 22 de junio del 2012 ) y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO Y JOSEP MIQUEL DURAN MACHO. − Pieza nº 31: Todo lo relacionado con la regularidad o no de la contratación de diversas personas en el CONSELL D'OCUPACIÓ I PROMOCIÓ ECONÒMICA DEL VALLÈS OCCIDENTAL y en el CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VALLÈS OCCIDENTAL y que implicaría a MANUEL BUSTOS GARRIDO. SEGUNDO.- Habida cuenta de la naturaleza mediática de esta causa y que la información contenida en la presente resolución tiene un indudable interés público, sin que los datos aquí consignados supongan un obstáculo o perjudiquen el curso de la instrucción, toda vez que se limita a formar piezas sobre cuestiones en relación con las cuales los imputados ya fueron interrogados o que se limitan a enunciar su objeto, es por lo que acordamos de forma expresa que la presente resolución no está afectada y queda excluida del secreto de las actuaciones, por lo que procede su notificación íntegra a las partes personadas y al Ministerio Fiscal. Así y con el único ánimo de lograr que la información que, en su caso, se pueda ofrecer sobre esta causa y relacionada con el dictado de la presente resolución sea veraz, evitando manipulaciones sobre su contenido o filtraciones interesadas no ajustadas a la realidad, democratizando el acceso a la información, es por lo que acordamos remitir copia de la presente resolución al Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, una vez se haya procedido a la notificación de la 6
  • 7. misma a las partes personadas y Ministerio Fiscal, lo que es conforme con el Protocolo de Comunicación de la Justicia, Texto Aprobado por la Comisión de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial el 30 de junio del 2004, con el Visto Bueno del Pleno del Consejo General del Poder Judicial del día 7 de julio del mismo año y con el Protocolo de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña aprobado por Acuerdo de la Sala de Gobierno del T.S.J. de Cataluña en fecha 15 de enero del 2013. Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación PARTE DISPOSITIVA: ACUERDO que las Diligencias Previas nº 470/2010 en cuanto causa principal o pieza nº 1 mantendrá su inicial objeto motivado por la denuncia de NICOLÁS GINER en la que ponía de manifiesto un presunto delito de cohecho del que sería principal responsable y beneficiario Jordi SORIANO JOSÉ, recibiendo éste dádiva, siempre de forma provisional e interina, de diversos empresarios para la obtención de diversas adjudicaciones, cuales son JORDI y RAFAEL ROJAS MORATÓ, JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ PARRA ( será objeto de esta pieza todo lo relacionado con las obras de remodelación y ampliación del Cementerio de Sabadell, obra adjudicada a Constresnius por la Funeraria Torra, ALFONSO PEDRO IZARD y FRANCESC XAVIER PONS TORRA ), JOSÉ RÍOS MARTÍN, EVA RÍOS MARTÍN, SANDRA ROIG GARAY, GUILLEM USTRELL FELIUBADALÓ ( pagos a Jordi Soriano y todo lo relacionado con la licencia de Mejora de la Finca de Ca n'Ustrell ), JORDI BALDO COROMINAS Y JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNÁNDEZ ( todo lo relacionado con las obras en la Fira de Sabadell y Centro Cívico de Can Llong ), ISIDORO ALVAREZ MORALES y XAVIER CADEVALL SANCHEZ ( todo lo relacionado con la recalificación de terrenos en una finca de Palau-Solità de Plegamans, “ Pau Palau Centre “ ), MIQUEL TRECU AYERBE, EUSEBIO ROMERO FERNÁNDEZ y ANTONIO JIMÉNEZ GÓMEZ y la formación de las siguientes piezas, sin perjuicio de las que se puedan formar más adelante: - Pieza separada, que investigaba diversos delitos contra el patrimonio y que afecta, entre otros, a Sandra Roig Garay, que pasará a ser la Pieza nº 2. - Pieza separada relativa a delito contra la salud pública que pasará a ser la Pieza separada nº 3. Dicha pieza se formó según auto de 3 de noviembre del 2011 y no practicándose en este momento diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo relación ninguna con la misma es por lo que no se hace mención a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas. - Pieza nº 4: En relación con esta pieza en este momento no se practica 7
  • 8. diligencia de instrucción ninguna al respecto, imputando a personas que no están relacionadas con la presente causa y no teniendo los hechos que aquí instruidos relación ninguna con la misma, razones que justifican que no hagamos mención ninguna a los implicados ya que nada aporta a las partes sí personadas; simplemente hacemos mención de ello a fin de facilitar la ordenación y numeración de las diversas piezas. Pieza nº 5: Presunto tráfico de influencias en relación con la contratación de Dª Carmina Llumà Ras como Directora del Área Territorial del Ayuntamiento de Montcada i Reixach en el que estarían implicados MANUEL BUSTOS GARRIDO, FRANCISCO BUSTOS GARRIDO y MARÍA ELENA PÉREZ GARCÍA. En relación con la persona de DANIEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ si bien consta ficha policial de imputación, habida cuenta que ostenta la condición de Diputat al Parlament de Catalunya en la X legislatura y, en consecuencia, es aforado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, no corresponde a este instructor pronunciarse sobre su eventual imputación sino remitir, en su caso exposición razonada a dicha Sala, de conformidad con el art. 73.3 a) de la L.O.P.J. en relación con el art. 57 del Estatuto de Autonomía de Catalunya. − Pieza nº 6: Todo lo relacionado con el eventual vertido de tierras en la finca de Ca'n Xupa y eventual permisividad o tolerancia de responsables municipales del Ayuntamiento de Sabadell que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, JOAN MANAU VALOR y RICARD ESTRADA ARIMON. − Pieza nº 7: Dádivas obtenidas para la adjudicación de la infografía del “ Catavins “ de la Fira de Sabadell y que implicaría a JORGE SORIANO JOSE, MARISOL ROIG GARAY, RAFAEL ROJAS MORATO, JORDI ROJAS MORATÓ y JOAN LOPEZ SUCARRATS. − Pieza nº 8: Todo lo relacionado con la contratación de BEGOÑA DE LA MORA MARTÍ y gestiones para ello, cónyuge de José Manuel González Parra, ( finalmente contratada, según parece por la empresa SMATSA-GRUPO VENDEX ), y que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y a MONTSERRAT COSTA SERRA. − Pieza nº 9: Denuncia falsa efectuada por ELENA SORIANO CORBELLA puesta de común acuerdo con su padre JORGE SORIANO JOSÉ, en relación con las diligencias policiales nº 284518/2011 de la Policía Local de Sant Quirze del Vallès; ( ID 3478921 ). − Pieza nº 10: Gestiones de JORGE SORIANO JOSÉ para no abonar una multa de tráfico en relación con un recurso interpuesto y que implicaría a JORGE SORIANO JOSÉ y JOAN MANAU VALOR. ( Expediente 2009045130, CPR 9052180, referencia 009049250, recurso entrada, CEN 2010013895; ID 2058951 ). − Pieza nº 11: Eventuales irregularidades en la ejecución de las obras de construcción de La Fira de Sabadell, irregularidades en contratación de personas en las obras Centre Cívic Can Llong y falsificación de determinadas facturas en relación con 8
  • 9. estas obras, y que implicaría a JORDI BALDÓ COROMINAS y RAMÓN PARCERISA BATET − Pieza nº 12: Cambio de la documentación inicial de las obras de mejora de La Fira y que permitiría incrementar ingresos hacia Construcciones Baldo ( ID 3433336 y 3433344 ) y que implicaría a JORDI BALDÓ y ELENA GALERA PUYAL. − Pieza nº 13: Estafa a una compañía de seguros en relación con un siniestro ( ID 2759257, 2917818, 2826759 ) que implicaría a JOSÉ RÍOS MARTÍN − Pieza nº 14: Hurto de material relacionado con la construcción ( ID 2806356 ) y falsedad de unos pagarés ( ID 3109637 ) y que implicaría a JOSÉ y EVA RÍOS MARTÍN. − Pieza nº 15: Actuaciones llevadas a cabo por JOSÉ RÍOS MARTÍN para evitar embargo de bienes y efectos relacionados con deudas de Excavallès. − Pieza nº 16: Todo lo relacionado con la adquisición de un bien privado y que se carga al presupuesto de las obras de La Fira y, que implicaría a JOSÉ ENRIQUE VELILLA FERNANDEZ. − Pieza nº 17: Todo lo relacionado con la instalación de la empresa Audi en el conocido como Parque Empresarial Sant Pau de Riu Sec y gestiones para que correspondiera a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ la construcción de las naves que, en su caso, se efectuaran ( tanto de la empresa Audi como de cualquier otra que se pudiera instalar en dicha zona ) y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ, MANUEL BUSTOS GARRIDO y MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 18: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en las obras de la c/ Fernando Poo de Sabadell, y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 19: Todo lo relacionado con la falsificación de una factura a fin de evitar que ésta fuera fiscalizada ya que no entraría en el período a auditar y que implicaría a MANUEL SOMOZA BARREIRO. − Pieza nº 20: Todo lo relacionado con las obras de la c/ Folch y Torras de Sabadell y que implicarían a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 21: Todo lo relacionado con la falsificación de facturas en relación con el pago del I.A.E. al Ayuntamiento de Sabadell por parte de la mercantil Sitjas Motor y que implicaría a MELQUÍADES GARRIDO MARTÍNEZ, JOSEP ADROBAU SANFELIU y ANTONI SITJAS RENOM. − Pieza nº 22: Todo lo relacionado con la concesión de subvenciones con dinero público para cursos de formación por parte de la Fundación Laboral de la Construcción en Catalunya al Gremio de Constructores de Sabadell y Comarca y que implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ y EMILIO GOMEZ VILLARDON. − Pieza nº 23: Todo lo relacionado con la confección de una factura falsa para aumentar el valor de un inmueble propiedad de José García Duffour, y que implicaría a 9
  • 10. MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ. − Pieza nº 24: Estafa a una compañía de seguros en relación con un hecho cubierto por la póliza en relación con las diligencias policiales nº 146352/2011 y ue implicaría a MELQUIADES GARRIDO MARTINEZ. − Pieza nº 25: Malversación de caudales públicos relacionado no sólo con la contratación de la Presidenta de la Asociación de Latinoamericanos de Sabadell que habría motivado la concesión de una subvención por importe de 25.000 € a la Fundación Privada ACSAR por la parte de la Federación de Municipios de Cataluña sino cargos no justificables efectuadas a dicha federación; hechos que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO y ADOLFO MORENO SANSANO − Pieza nº 26: Malversación de caudales públicos para la justificación de un viaje a Almería y gastos con un Juez, y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO y FRANCISCO BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 27: Todo lo relacionado con la regularidad o no de las cantidades satisfechas a LLUIS PASCUAL BACARDIT por la empresa CASSA y si se corresponde a conceptos efectivamente realizados; de reputarse la naturaleza delictiva de dicho proceder, omisión de MANUEL BUSTOS GARRIDO de denunciarlos, implicando dicha pieza tanto a LLUIS PASCUAL BACARDIT como a MANUEL BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 28: Todo lo relacionado con las eventuales irregularidades en la adjudicación del servicio de recogida y tratamiento de basuras de Sabadell finalmente adjudicadas a Smatsa-Grupo Vendex y que implicarían a XAVIER IZQUIERDO VILAVELLA y MANUEL BUSTOS GARRIDO. − Pieza nº 29: Todo lo relacionado con las gestiones efectuadas ante el Consorci Audiovisual de Catalunya por parte de MANUEL BUSTOS GARRIDO en relación con el Canal Català TV. Asimismo gestiones en relación con Metropolitan TV. − Pieza nº 30: Gestiones de MANUEL BUSTOS GARRIDO para la retirada de denuncias de tráfico a su cónyuge ( 28 de marzo del 2012 ) e hijo de éste ( 22 de junio del 2012 ) y que implicarían a MANUEL BUSTOS GARRIDO Y JOSEP MIQUEL DURAN MACHO. − Pieza nº 31: Todo lo relacionado con la regularidad o no de la contratación de diversas personas en el CONSELL D'OCUPACIÓ I PROMOCIÓ ECONÒMICA DEL VALLÈS OCCIDENTAL y en el CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS DEL VALLÈS OCCIDENTAL y que implicaría a MANUEL BUSTOS GARRIDO. Las piezas se formarán de la siguiente forma: remitir desde el inicio hasta la presente resolución incluida CD’s/pen drive con la causa escaneada a cada pieza que se formará físicamente con testimonio de las fichas policiales de imputación en relación con cada hecho concreto y cada persona o cualquier otro documento que tenga relación con lo investigado, incorporándose las conversaciones registradas, sin perjuicio que en cada pieza se pueda acordar la unión de determinada documentación; extendiéndose el 10
  • 11. secreto de las actuaciones judicialmente acordado y prorrogado el 16 de enero del 2013 a cada pieza, sin perjuicio de las resoluciones que se puedan acordar de forma individualizada sobre el particular una vez estén ya formadas. De forma expresa acordamos que la presente resolución no está afectada y queda excluida del secreto de las actuaciones, por lo que procede su notificación íntegra a las partes personadas y al Ministerio Fiscal. Remítase copia de la presente resolución al Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, una vez se haya procedido a la notificación de la misma a las partes personadas y Ministerio Fiscal. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reforma y/o apelación, subsidiariamente con el de reforma o por separado, en el plazo de 3 o 5 días, respectivamente. Así lo acuerda, manda y firma RAMÓN GONZÁLEZ GARCÍA, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Sabadell y su Partido. Diligencia.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe. 11