El documento presenta información sobre una ley de drogas, incluyendo artículos sobre prohibiciones de distribución de muestras medicinales que contengan sustancias controladas, venta de medicamentos a menores, tratamiento e internamiento para rehabilitación, privación de la patria potestad de padres en ciertos casos, deber de colaboración ciudadana y no discriminación a personas rehabilitadas que buscan empleo. También cubre procedimientos legales como derecho a abogado y competencia de jueces para menores, y penas por delitos como fabricación
1. Alumno
Jhon Rangel CI 22.856.494
Republica bolivariana de Venezuela
Universidad Bicentenaria de Aragua
Facultad de ciencias sociales y administrativas
Escuelas de psicología
San Joaquín de Turmero estado Aragua
Profesora
Nancy Urieta
4. Artículos generales de la ley
Articulo I
Disposiciones generales
Esta ley contiene las disposiciones que
deben aplicarse en materia de comercio,
expendio, industria, fabricación, refinación,
transformación… Articulo 22
Prohibición de distribución de muestras
medicas
Los laboratorios farmacopólicos, droguerías y casas
de representación no distribuirán muestras de
medicamentos que contengan las sustancias
estupefacientes y psicotrópicas a que se refiere esta
ley. ..
5. Artículos generales de la ley
ARTICULO 22
Prohibición de vender medicamentos a niños,
niñas y adolescentes.
Por ninguna circunstancia se les podrá vender
medicamentos que contengan las sustancias
estupefacientes y psicotrópicas a que se refiere esta
ley. La inobservancia de esta disposición será
sancionada con una multa de doscientas U.T.
ARTICULO 65
Competencia y procedimiento para el
niño, niña y adolescente
Quien incurra en cualesquiera de los
hechos punibles previsto en esta ley ,
siendo niño, niña o adolescente de
acuerdo con lo establecido en el articulo
2…
6. Artículos generales de la ley
ARTICULO 72
Internamiento, cura o Desintoxicación
El internamiento es un centro de rehabilitación o de
terapia especializada, consiste en hacer residir el
fármaco dependiente en un establecimiento
adecuado para su tratamiento a fin de reducir el
daño creado por estas sustancias..
Articulo 81
Privación de la patria potestad
El padre y la madre en sus casos, serán
privados de la patria potestad cuando:
1.
2.
3
7. Artículos generales de la ley
ARTICULO 88
obligación de colaborar
Es obligatorio para todo ciudadano, ciudadana y
persona jurídica colaborar en la prevención de los
delitos y consumos ilícitos de las sustancias a que
se refiere esta ley y en la prevención del abuso del
alcohol, tabaco y sus mezclas…
ARTICULO 90
Sujetos rehabilitados
Las instituciones del estado y las
empresas publicas y privadas no
podrán rechazar a los sujetos
rehabilitados y socialmente
reincorporados cuando procuren ante
ellos la ubicación laboral
8. Artículos generales de la ley
ARTICULO 106
Debido proceso
Desde el momento de su retención, al
consumidor se le impondrá del derecho
que tiene de estar asistido de un abogado
de su confianza o en caso contrario por
uno que le designe el tribunal. Las
actuaciones serán secretas menos para el
consumidor, el abogado asistente y el
representante del ministerio publico.
ARTICULO 108
Procedimiento para el niño, niña y
adolescente
Cuando el consumidor es menor de
dieciocho años de edad se le aplicara este
procedimiento y será competente para
conocer el juez de la jurisdicción de
acuerdo con lo señalado en la LOPNA y
se citara a los padres o representantes…
9. Misión
Ser el órgano de apoyo de la Oficina Nacional Antidrogas,
encargado de recaudar el aporte y la contribución especial
establecidos en la Ley Orgánica de Drogas, destinados al
financiamiento de proyectos de prevención del consumo y tráfico
ilícito de drogas; tratamiento, rehabilitación y reinserción de la
persona consumidora; así como de prestar servicios de
capacitación y adiestramiento en materia de prevención.
11. Visión
• Ser el servicio líder en la materia, enmarcado en una estrategia
soberana frente al problema de las drogas, reconocido nacional
e internacionalmente, por la excelencia, credibilidad, eficiencia,
honestidad, confianza y transparencia de su gestión; dotado
con tecnología adecuada y un capital humano altamente
especializado.
12. Valores
• Dirigimos nuestras actividades con la perspectiva de cumplir nuestra
misión y alcanzar la visión fundamentados en los siguientes valores:
• HONESTIDAD.
• DEDICACIÓN.
• CONSTANCIA.
• VOCACION DE SERVICIO.
• EFICIENCIA.
• RESPONSABILIDAD SOCIAL COMPARTIDA.
• EFICACIA.
13. El 23 de Enero del 2.006 se hizo pública la
creación de la Oficina Nacional Antidrogas
Fortalecer las medidas de control para combatir
Expandir y consolidar los programas de prevención
de consumo de drogas.
Fortalecer la cooperación internacional en materia
antidroga a través de los instrumentos suscritos y
ratificados por la R.B.V
Mejorar continuamente las capacidades del recurso
humano y la plataforma tecnológica de la ONA.
14. ONA
Visión
Diseñar, Implementar
y Evaluar las políticas
y programas del
ejecutivo nacional.
Misión
Ser reconocido como
el organismo rector
de las políticas
públicas en materia
de drogas
¿Que es?
15. Nivel superior
• Ministerios
• Jefes de despacho
• Sub jefaturas
Nivel sustantivos
• Dirección de la Reducción de la
oferta D. de la reducción de la
demanda Relaciones
internacionales, D. contra la
legitimación de capitales, D. de
`programas de formación.
Desconcentración
Funcional
Dirección de la Reducción de
la oferta D. de la reducción de
la demanda , Relaciones
internacionales, D. contra la
legitimación de capitales, D.
de `programas de formación.
Estructura
16. Consecuencias sociales y legales del consumo
de drogas
El consumo de drogas, legales e ilegales, constituye un
problema de salud pública muy importante. Los riesgos y
daños asociados al consumo varían para cada sustancia.
17. Sociales
Los adictos a drogas, con frecuencia se ven
envueltos en agresiones, desorden público,
conflictos raciales, marginación...
18. Consecuencias Legales
Abusar de las drogas es contra la ley. Los
ofensores (tanto los que experimentan como los
que se dedican al consumo de drogas) corren el
riesgo de tener que pagar multas y/o ser
encarcelados.
19. TRAFICO DE DROGAS: comprende una penalidad de 15 a 25 años de prisión en la
cual el sujeto activo es indiferente. la doctrina, por otra parte, denomina al trafico de
drogas como pequeños comerciantes de drogas.
Se considera que existe pequeño
trafico de drogas, si la cantidad de
droga no excediera los:
5.000 gr. de marihuana
1.000 gr. de marihuana
genéticamente modificada
1.000 gr de cocaína
500 unidades de droga sintética
60 gr. de amapola
MICRO COMERCIANTES DE DROGAS: si la
cantidad de drogas no supera:
500 gr. de marihuana
200 gr. de marihuana genèticamente modificada
50 gr. de cocaína
10 gr. de amapola
100 unidades de droga sintética
20. POSESIÓN DE DROGAS: la penalidad es de 1 a 2
años de prisión, esta puede ser hasta:
20 gr. de marihuana
2 gr. de cocaína
5 gr. de marihuana genéticamente modificada
1 gr. de amapola
EL CONSUMO: en el caso del consumidor se
considera un enfermo, y en cuanto a el niño (a),
éste puede cometer delitos a partir de los 12 años
de edad por su minoridad, pudiendo cometer un
delito o una falta.
TÍTULO VI DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS
Capítulo I De los Delitos cometidos por la Delincuencia
Organizada y de las Penas
21. Fabricación y producción ilícita
Él o la que ilícitamente fabrique, elabore, refine,
transforme, extraiga, prepare, mezcle o produzca
las sustancias o químicos a que se refiere esta Ley,
será penado o penada con prisión de quince a
veinte años.
Incitación e inducción al consumo
Él o la que con amenaza, engaño o violencia, logre
que alguna persona consuma estupefacientes o
sustancias psicotrópicas, será penado o penada con
prisión de seis a ocho años.