1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA
“ANTONIO JÓSE DE SUCRE”
AMPLIACIÓN GUARENAS
RELACIONES INDUSTRIALES
SEMESTRE V
GUARENAS, JULIO 2016
AUTOR:
JOSNELYS PARRA
TUTOR:
MAGDA GARCIA
2. El permiso laboral se puede definir como aquella
situación de cese temporal del trabajo con un carácter
no periódico.
Debido a una serie de causas de índole
personal en su mayoría y que por norma
general el empresario tiene la obligación de
remunerar.
Acto administrativo, cuya
autorización esta a cargo del
gerente y/o Jefe de
Recursos Humanos,
mediante el cual se le
concede al colaborador, para
ausentarse justificadamente
por horas del centro laboral
durante la jornada legal de
trabajo
El uso del permiso se da a
solicitud del interesado y
está condicionado a las
necesidades de la empresa.
El permiso se formaliza
mediante la “Papeleta de
Permiso” correspondiente.
Su
autorización
depende de la
urgencia de la
acción y no
perjudicando
el normal
desarrollo de
las
actividades
de la
empresa.
3. Tiene por objeto la
realización de
actividades de
temporada o trabajos
de duración limitada
como por ejemplo, el
montaje, la
reparación o revisión
de maquinaria,
instalaciones y
equipos..etc.
Las autoridades pueden
limitar su validez a un
solo empresario, contrato
de trabajo y / o a un
ámbito geográfico
determinado.
Permite trabajar en
una profesión,
actividad y ámbito
geográfico
determinado. La
autoridad laboral, al
concederlo, puede
limitarlo a una
empresa
determinada.
Su vigencia viene
establecida en el
contrato de trabajo sin
que ésta pueda superar
un año.
Posteriormente podrá
solicitarse un permiso
“B” renovado.
Se concede a los
que han sido titulares
de un permiso de
trabajo “b” inicial
cuando éste se
termina. Este tipo de
permiso permite al
trabajador extranjero
desarrollar varias
profesiones o
actividades durante
un período de 2
años.
Como en los casos
anteriores, la autoridad
laboral puede limitarlo a
un ámbito geográfico
determinado o a una
actividad concreta.
4. Se concede a los titulares de un permiso «B»
(renovado) al término de su vigencia.
Este tipo de permiso autoriza al extranjero a realizar
cualquier tipo de actividad en todo el territorio
nacional.
Tiene una validez
de 3 años.
Se concede para el ejercicio de una actividad concreta y su validez es
de un año.
La autoridad laboral pueden limitar su vigencia a un ámbito
geográfico determinado.
Pueden obtener este permiso los titulares de un permiso
de trabajo «d» inicial cuando se termine su vigencia.
Permite desarrollar varias actividades durante un
periodo de dos años.
La autoridad laboral
puede limitarlo a un
ámbito geográfico
determinado y / o a
una actividad
concreta.
5. Permite desarrollar cualquier tipo de
actividad empresarial o profesional sin
ningún tipo de limitación geográfica.
Su validez es de tres años.
Permisos de trabajo
para realizar
actividades por
cuenta propia o
ajena.
Para trabajadores fronterizos
Se concede para el desarrollo de actividades lucrativas,
laborales o profesionales por cuenta propia o ajena en las
zonas fronterizas del territorio español siempre que los
trabajadores regresen diariamente a la zona fronteriza de
un país vecino en el que residen de forma habitual.
6. Permite ejercer
cualquier tipo de
actividad, tanto por
cuenta propia como
ajena, sin más
limitaciones que las
derivadas de la
titulación o habilitación
que sea necesaria para
el ejercicio de la
actividad de que se
trate.
Su validez es
indefinida pero el
titular estará
obligado a
renovar la tarjeta
cada cinco años,
como ocurre por
ejemplo con el
DNI.
Se concede a aquellos ciudadanos extranjeros
que han contribuido de forma notoria al progreso
económico o cultural de España.
Este permiso es válido en todo el territorio
nacional y permite al beneficiario el ejercicio de
cualquier actividad por cuenta ajena o propia,
siempre que posea la titulación o habilitación
necesarias.
Su validez es indefinida
pero la tarjeta debe
renovarse cada cinco
años.
7. Es una medida un valor que nos indicara cuantitativamente las
ausencias del personal a su puesto de trabajo (o a su
obligaciones ya que se puede medir ausentismo en cualquier
área).
También nos permitirá
tener una apreciación
mas clara de las causas
de este ausentismo y nos
servirá como material de
referencia a la hora de
idear una manera de
reducir este índice.
La forma mas básica o
sencilla de calcular el
índice de ausentismo es
dividiendo la cantidad de
días que faltó el
empleado entre la
cantidad de días de
trabajo efectivos y
multiplicarlo por 100
(Cien).
10 Dias
IA = ---------------- X 100 = IA
= 3.571%
260 Dias