El documento describe cuatro tipos de lenguaje en el derecho: el lenguaje forense, que debe ser técnico y exacto para evitar ambigüedades; el lenguaje expresivo, relacionado con todas las formas de expresión individual; el lenguaje directo, más informal y coloquial sin tecnicismos; y el lenguaje informativo, que necesita una fuente de información para ser divulgado a un público.