4. Características de las
contribuciones por
mejoras:
· Personal: La obligación
tributaria es personalísima.
· Beneficios derivados de
la obra: Se basa el monto a
pagar en el valor del
inmueble al fin de la obra con
el que tenia antes de ella.
· Proporción razonable
entre el presunto beneficio
obtenido y la contribución
exigida: Debe fijarse un
limite para escoger los
inmuebles valorizados,
igualmente debe
especificarse que el costo de
la obra debe ser financiado
por los beneficiarios.
5. TASAS TRIBUTO CONTIBUCION
ESPECIAL
Actividad directa e
inmediata es decir una
contraprestación a largo
plazo
Actividad mediata e
indirecta por parte del
Estado a largo plazo
Actividad por parte del
estado que es inmediata
El sujeto pasivo paga la
tasa sin saber el resultado
de la prestación,
El sujeto pasivo paga
según su capacidad
económica.
El sujeto pasivo obtiene un
beneficio o ventaja
patrimonial.
El hecho que lo genera es
el goce de un servicio
publico.
El hecho que lo genera es
el acto o negocio
económico, donde nace la
obligación tributaria.
El hecho que lo genera es
el beneficio social.
Su destino es para el
mantenimiento de los
servicios otorgados en
contraprestación.
Su destino es para la
financiamiento del gasto
publico para el bienestar
social.
Su destino es para
financiar la actividad social
y recuperar los gastos en
la obra o servicio.