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                REGISTRO DE CONTRIBUYENTES ANTE EL FISCO v.1

¿A dónde deben inscribirse las personas naturales y jurídicas que ejercen el
comercio o prestan servicios gravados con el IVA?

1- Ante el Registro de Comercio, (Para obtener la matrícula de comercio);

2-Ante la Alcaldía de la localidad; (para obtener el permiso de iniciar operaciones y
pagar los tributos locales); y

3- Ante el Ministerio de Hacienda, (para inscribirse como contribuyente y pagar el
IVA que reciben de los consumidores en las ventas o prestaciones de servicios
que realicen).

Los requisitos de inscripción ante el Registro de Comercio y la Alcaldía de su
localidad deben ser proporcionados por estas instituciones, pues no competen a
este Ministerio establecerlas.

¿Entonces, quienes pueden inscribirse ante el Fisco? las personas naturales, las
personas jurídicas, las sucesiones, los fideicomisos, las uniones de personas,
entre otras.

    -    Las personas jurídicas son aquellas que nacen de un asocio de personas,
         quienes deciden unirse para realizar una actividad, por tiempo indefinido,
         (para el caso transferir bienes muebles y/o prestar servicios). A diferencia
         de la persona natural, para que la persona jurídica tenga existencia y sea
         reconocida como tal, debe crearse la sociedad por medio de una escritura
         pública de constitución notariada, la cual debe ser a su vez inscrita en el
         Registro de Comercio, sino se cumplen éstos y otros requisitos estamos en
         presencia de asocios sin personalidad jurídica.


    -    Las sucesiones son aquel o aquellos sujetos a quienes el Código Civil da tal
         calidad de poder suceder los bienes del fallecido. No obstante desde el
         momento de la muerte hasta el momento en que el juez dicta sentencia
         sobre quienes serán los herederos definitivos, al grupo de sujetos que

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         pueden heredar según la ley, se le conoce como y a manera de ejemplo
         “sucesión de Pablo López”: Pudiendo darse el caso que ese grupo de
         posibles herederos, denominado sucesión, realice diversidad de hechos
         generadores como sucesores de los derechos y deberes de Pablo López”
         antes de ser declarados de manera definitiva como herederos por el juez,
         Por tal razón el Código Tributario reconoce a las sucesiones como sujeto
         pasivos de tributos.


    -    Los Fideicomisos, son contratos en virtud del cual una o más personas,
         llamada fideicomitente o también fiduciante, transmite bienes, cantidades
         de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona
         llamada fiduciaria, para que ésta administre o invierta los bienes en
         beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario. Ej:
         Pedro Lopez (fideicomitente o fiduciante) decide que ninguno de sus hijos
         es digno de heredar y administrar sus bienes después de su muerte, por lo
         que decide dejar a su mejor amigo Paco (fiduciario) que administre sus
         bienes presentes y futuros en favor de sus nietos (fideicomisarios) hasta
         que el primero de ellos logre la mayoría de edad.


    -    Las Uniones de personas al igual que las sociedades son asocios de
         personas, pero a diferencia de las primeras se caracterizan por no ser
         asocios por tiempo indefinido, sino por el contrario solamente son uniones
         temporales para desarrollar un acto en específico, por lo que una vez
         finalizado el acto que las unió, también se da por terminada la Unión de
         Personas.


    -    Las personas naturales por su parte, son aquellos sujetos, individuos o
         personas que ejercen comercio o prestan servicios de manera individual.



Ahora bien, es de aclarar que no todas las personas naturales están obligadas a
inscribirse como contribuyentes del IVA ante el Ministerio de Hacienda.
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Para el caso que nos ocupa, procederemos a estudiar entonces los requisitos que
deben cumplir las personas naturales para estar obligadas a inscribirse como
contribuyente del IVA ante el Ministerio de Hacienda.

Requisitos para Inscribirse como contribuyente IVA (Artículo 28 LIVA)

Persona Natural

Primeramente es de hacer la salvedad, que el artículo 28 de la Ley de IVA se
encuentra redactado en sentido negativo, es decir dicho artículo nos establece los
requisitos que deben cumplir aquellas personas naturales que No están obligadas
a inscribirse como contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de Servicios, cuando señala:

         1- Aquellas que han poseído ventas en el año inmediato anterior por un
             monto inferior a ¢50,000 (equivalente a $5,714.28); y
         2- Aquellas que poseen un activo inferior a ¢20,000 (equivalentes a
             $2,285.71).

Es decir, de conformidad al citado artículo, para estar excluido de la obligación de
inscribirse como contribuyente del impuesto, es necesario cumplir ambos
requisitos, debido a que si uno de esos dos requisitos no se cumple, entonces esa
persona natural, está obligada a inscribirse como contribuyente del IVA ante el
Ministerio de Hacienda.

Un error de interpretación de la ley que comenten algunas personas, es considerar
que la redacción de la ley pone ambos requisitos como aquellos a cumplir para
inscribirse al IVA en sentido positivo; por ejemplo, algunos dicen erróneamente: Yo
vendí en el año inmediato anterior más de ¢50,000 equivalentes a $5,714.28, pero
como mi activo no sobrepasa los ¢20,000 equivalentes a $2,285.71, solamente
cumplo uno de los dos requisitos que establece el artículo 28 de la Ley de IVA y
por ende interpretan incorrectamente que no están obligados a inscribirse como
contribuyente de ese impuesto ante el Ministerio de Hacienda.



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En conclusión, para que una persona natural esté excluida de la obligación de
inscribirse como contribuyente del IVA debe cumplir con ambos requisitos,
señalados en el artículo 28, si cualquiera de los dos falta existe la obligación de la
persona natural que vende bienes o presta servicios de inscribirse.

Salvedades en las personas naturales

Existe una excepción a la regla anterior para las personas naturales que deben
inscribirse al IVA, en cuanto a los requisitos establecidos en el artículo 28 de la
LIVA, respecto de los ingresos y los activos, cuando el mismo artículo establece
que no le son aplicables los requisitos anteriores a las personas naturales que se
dedican a la importación. Así pues toda persona natural que se dedique a ser
importador debe inscribirse como contribuyente del IVA sin tomar en cuenta si
cumple ambos requisitos establecidos en el citado artículo.

Requisitos para Inscripción al IVA de personas naturales

Una persona natural puede inscribirse al IVA para ejercer diversidad de
actividades económicas identificables, como por ejemplo: comercio, servicios
varios, servicios profesionales, encomienda, transporte, ganadería, agrícola, entre
otros.

Para ello debe presentarse al Ministerio de Hacienda con la siguiente
documentación:

    1- Dui y NIT en original y fotocopia de la persona natural (y de apoderado o
         apoderados, si aplica), carnet de residente en original y fotocopia en el caso
         de ser un no nacido en el país. (Este requisito aplica para todos los
         sectores).
    2- Formulario de inscripción como contribuyente (F-210) debidamente
         completado y firmado. Si comparece personalmente o por medio de su
         apoderado no necesita presentar el formulario F-210 ya que el mismo le
         será elaborado de forma automatizada por el empleado del Ministerio de
         Hacienda que lo atienda

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    3- En caso que no comparezca el contribuyente, o apoderado, y la
         documentación se mande por medio de persona autorizada, el formulario F-
         210 deberá venir firmado por el contribuyente, o apoderado y se deberá
         traer anexa una autorización autenticada en donde se indique el número de
         folio del formulario (si aplica), el nombre y número de Dui del autorizado y la
         gestión clara que se autoriza realizar ante el Ministerio de Hacienda.

Si la persona natural solicita Inscripción al IVA para dedicarse al sector comercio
deberá traer además:

    -    1- Original y fotocopia de contrato de arrendamiento de local, en el que
         realizará la actividad comercial, en el caso de que el local en el cual tendrá
         establecido el comercio no sea propio.
    -    2- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono, que
         confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que
         proporcione el contribuyente en el formulario respectivo.
    -    3- Balance Inicial con un activo mínimo de $2,286 elaborado acorde al art.
         437 del Código de Comercio. Si el balance inicial presenta un activo menor
         a $12,000 bastará que sea firmado solamente por el contribuyente, si es
         igual o mayor a $12,001 deberá ser firmado por el contribuyente y su
         contador.

Requisitos adicionales de Inscripción de persona natural al sector ganadero

    -    Presentar original y fotocopia de carta de compraventa de Reses, emitida
         por la Alcaldía Municipal de la localidad.

Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Agrícola

    -    Original y fotocopia de contrato de compraventa de cosechas.

Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector servicios
varios




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    -    1- Original y fotocopia de contrato de arrendamiento de local en el cual
         prestará los servicios, si el local no es propio.
    -    2- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que
         confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que
         proporcione el contribuyente en el formulario respectivo.
    -    3- Original y fotocopia de contrato de trabajo, constancia o carta de clientes
         que solicitan el servicio, especificando clase de servicios que solicita, NIT y
         NRC de la empresa que solicita el servicio y el monto mensual a pagar.
         Las cartas que solicitan sus servicios deberán ser firmadas por el
         propietario del negocio si es persona natural o por el representante legal si
         es una persona jurídica.

En el caso que desee inscribirse al sector servicios, pero no cuenta con clientes
que soliciten sus servicios por medio de una carta o contrato, deberá traer:

    -    1-Balance Inicial con un activo mínimo de $2,286 elaborado acorde al art.
         437 del código de Comercio
    -    2- Si el balance inicial presenta un activo menor a $12,000 bastará que sea
         firmado por el contribuyente, si es igual o mayor a $12,001 deberá ser
         firmado por el contribuyente y su contador.

Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector de Servicios
Profesionales

    -    1-Original y fotocopia de título universitario, si fue obtenido en el extranjero
         debe venir convalidado por el Ministerio de Educación.
    -    2- La actividad económica a colocar en el formulario de inscripción debe ser
         relacionada con el grado académico obtenido en el título universitario.
    -    3- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que
         confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que
         proporcione el contribuyente en el formulario respectivo.




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Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Encomiendas

    -    1-Original y fotocopia de fianza de cumplimiento entre la aseguradora y el
         gestor de encomiendas
    -    2- Visa Vigente.
    -    3- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que
         confirmen las direcciones de la casa matriz y recibir notificaciones.
    -    4- Si aplica, (no indispensable) original y fotocopia de tarjeta de circulación
         o contrato de arrendamiento de vehículo utilizado para la entrega de las
         encomiendas.

Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Servicios de
Transporte Privado

    -    1-Original y fotocopia de tarjeta de circulación o contrato de arrendamiento
         de vehículo si el o los vehículos no están a su nombre.
    -    2-Original y fotocopia de contrato de trabajo, constancia o carta de clientes
         que solicitan el servicio de transporte, especificando clase de servicios que
         solicita, NIT y NRC de la empresa que solicita el servicio y el monto
         mensual a pagar.
    -    3- La cartas deberán ser firmadas por el propietario del negocio si es
         persona natural o el representante legal si es persona jurídica.

Requisitos para Inscripción al IVA de Personas Jurídicas, sucesiones y
fideicomiso

A diferencia de las personas naturales, todas las personas jurídicas deben
inscribirse como contribuyentes del IVA sin importar los montos de activos o
ventas que éstos tengan, debido a que en la gran mayoría de ocasiones las
mismas son creadas ya sea para transferir bienes muebles corporales o prestar
servicios.




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Es por ello que el artículo 28 de la Ley de IVA establece que los requisitos de
ventas y activos señalados para las personas naturales no le son aplicables a las
personas jurídicas.

Ante tal situación las personas jurídicas deben inscribirse como contribuyentes del
IVA siempre, para lo cual deberán presentar la documentación siguiente al
Ministerio de Hacienda:

    1- Dui y NIT en original y fotocopia del representante legal y de sus
         apoderados o ambos si aplica, o pasaporte o carnet de residente en original
         y fotocopia en el caso de ser no nacidos en el país.
    2- Formulario de inscripción como contribuyente del IVA (F-210) debidamente
         completado y firmado. Si comparece personalmente el representante legal
         o por medio de su apoderado no necesita presentar el formulario F-210 ya
         que el mismo le será elaborado de forma automatizada por el empleado
         que lo atienda
    3- En caso que no comparezca el contribuyente, o apoderado, y la
         documentación se mande por medio de persona autorizada, el formulario F-
         210 deberá venir firmado por el representante legal o apoderado y se
         deberá traer anexa una autorización autenticada en donde se indique el
         número de folio del formulario (si aplica), el nombre y número de Dui del
         autorizado y la gestión clara que se autoriza realizar ante el Ministerio de
         Hacienda.
    4- Fotocopia y original para confrontarse de la Escritura de Constitución de l
         sociedad con sus respectivas modificaciones (si aplica) debidamente
         inscritas en el Registro de Comercio.
    5- Fotocopia y Original para confrontar de la credencial vigente debidamente
         inscrita en el Registro de Comercio.
    6- Fotocopia y original para confrontar de poder especial, general, , judicial o
         administrativo según corresponda, en el que debe señalarse el trámite
         específico a efectuar en el Ministerio de Hacienda debidamente inscrito en
         el Registro de Comercio, con excepción del poder especial.

        8   El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
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    7- Fotocopias simple y legible de NIT de cada uno de los socios.
    8- Comprobante de pago que autorice la emisión del nuevo NIT para la
         sociedad a inscribir.

Obligaciones de los sujetos pasivos inscritos en el IVA

Las obligaciones que adquieren los sujetos inscritos en el IVA pueden clasificarse
en obligaciones sustantivas y formales. Las primeras se refieren al pago del
impuesto como por ejemplo el que reciben de los consumidores finales en
concepto de IVA. Las obligaciones formales son por el contrario aquellas que se
relacionan de manera directa con el pago de los impuestos, como por ejemplo,
presentar la declaración del impuesto en el plazo establecido, llevar contabilidad,
emitir y entregar facturas o documento equivalente por cada operación, entre
otras.

Obligaciones tributarias formales de las personas naturales inscritas en el IVA:

    1- Solicitar la autorización de la impresión de documentos legales, por medio
         de una imprenta autorizada por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a las
         necesidades de su operación y con los requisitos establecidos en los
         artículos 107, 114, 115 y 115-A del Código Tributario.
    2- Emitir y entregar facturas o documentos equivalentes autorizados, por cada
         operación que realicen independientemente del monto de la operación.
    3- Registrar a diario sus operaciones en los libros correspondientes (de
         compras, y de ventas a consumidor final y a contribuyentes de conformidad
         a lo establecido en el artículo 141 del Código Tributario.
    4- Elaborar las declaraciones de IVA ya sea por medio manuales o
         magnéticos de cada período tributario, con base a los saldos de los libros,
         la cual deberá presentarse durante los primeros diez días hábiles del mes
         siguiente al período a declarar, de conformidad a lo establecido en los
         artículos 93 y 94 de la LIVA.
    5- Presentar el Informe mensual de retención, percepción o anticipo a cuenta
         del IVA que efectúe o le hayan efectuado (F-930) ya sea por medios

         9   El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
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         manuales o magnéticos, durante los primeros 15 días hábiles siguientes al
         período tributario en que se efectuaron las mismas de conformidad al
         artículo 123 del Código Tributario.
    6- Informar al Ministerio de Hacienda todo cambio en los datos básicos del
         registro señalados en el artículo 87 del Código Tributario.
    7- Conservar en orden y buen estado durante un plazo de 10 años contados a
         partir de su emisión, los documentos, información y pruebas, de
         conformidad a los literales e), f), y g) del artículo 147 del Código Tributario.
    8- Retener o percibir IVA cuando sea designado por ley o por resolución para
         ello, debiendo en estos casos entregar el respectivo comprobante de
         retención si fue agente de retención o solicitarlo si fue sujeto de la misma.
    9- Enterar sin deducción alguna las retenciones o percepciones efectuadas a
         nombre de los sujetos de retención.
    10- Aquellas otras que se establezcan en las diversas leyes tributarias.

Obligaciones tributarias formales de las personas Jurídicas inscritas en el IVA:

    1- Las establecidas en los numerales 1 al 9 para las personas naturales.
    2- Las personas jurídicas, fideicomisos, sociedades de hecho, Uniones de
         personas, están obligadas a constituir y mantener en todo tiempo ante la
         administración tributaria, al menos un representante o apoderado                              con
         facultades suficientes y con presencia física en el país, para todos los
         efectos del código y demás leyes tributarias.
    3- Aquellas otras que se establezcan en las diversas leyes tributarias.

Desincripción como contribuyente del IVA

Es de aclarar que un contribuyente del IVA una vez inscrito está obligado a cumplir
las obligaciones formales y sustantivas hasta que se emita la resolución en la que
se autoriza la desincripción como contribuyente del impuesto.

Cuando un sujeto inscrito como contribuyente del IVA, por cualquier razón decide
dar por finalizadas las actividades por las cuales se inscribió al registro del citado
impuesto, debe solicitar por escrito al Ministerio de Hacienda dar por finalizado su

      10    El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
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registro como contribuyente, de lo contrario deberá seguir cumpliendo con todas
las obligaciones de los contribuyentes del impuesto como si aún estuviera
ejerciendo las actividades.

Dos errores muy comunes de los contribuyentes inscritos en el IVA cuando
finalizan las actividades por las cuales se inscribieron, son:

    1- Finalizar las actividades y no informar de ello por escrito al Ministerio de
         Hacienda.
    2- Informar por escrito al Ministerio de Hacienda el cese de actividades, pero
         dejar     de     cumplir      las    obligaciones         formales       y    sustantivas    como
         contribuyentes desde la fecha que se informó.

Ambos casos son errores de interpretación, debido a que así como el Ministerio de
Hacienda solicita ciertos requisitos para inscribirse como contribuyente del IVA
para verificar si procede la inscripción o no, del mismo modo el fisco verifica si
procede o no la solicitud de desincripción del impuesto en los casos que se
informa el cese de actividades, por ello es un error considerar que con solo el acto
de informar tal situación, las obligaciones formales y sustantivas ante el fisco
finalizan.

Todo contribuyente de IVA debe seguir presentando sus declaraciones del
Impuesto aún con cero valores hasta que se emita la resolución en donde se
indique que es procedente la desincripción del sujeto pasivo como contribuyente
del impuesto.

Restitución de contribuyentes al IVA

Cuando se habla de restitución de contribuyentes al IVA estamos frente al caso de
sujetos pasivos que estuvieron inscritos como contribuyentes del impuesto y que a
solicitud del mismo fueron desinscritos por el Ministerio de Hacienda, pero que por
diversas razones solicitan nuevamente su reinscripción o restitución como
contribuyente del IVA.



      11    El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
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Para solicitar la restitución como contribuyente del impuesto, se debe presentar un
escrito informando las causas por las cuales solicita la restitución.

Además deberá presentar fotocopia del acta o la resolución de la anulación de
libros y destrucción de documentos emitida por el departamento de Ampliación
Base Tributaria, o secciones jurídicas de oriente, occidente. Si extravió el acta en
comento, deberá solicitar certificación de la misma a la Sección control
documentario en San Salvador, o solicitarla por escrito en los Centros Express de
Santa Ana y San Miguel.

A su vez deberá presentar nuevamente todos aquellos requisitos solicitados para
inscribirse en el sector o actividad económica para la cual necesita la restitución.




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Registro de contribuyentes ante el fisco El Salvador

  • 1. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 REGISTRO DE CONTRIBUYENTES ANTE EL FISCO v.1 ¿A dónde deben inscribirse las personas naturales y jurídicas que ejercen el comercio o prestan servicios gravados con el IVA? 1- Ante el Registro de Comercio, (Para obtener la matrícula de comercio); 2-Ante la Alcaldía de la localidad; (para obtener el permiso de iniciar operaciones y pagar los tributos locales); y 3- Ante el Ministerio de Hacienda, (para inscribirse como contribuyente y pagar el IVA que reciben de los consumidores en las ventas o prestaciones de servicios que realicen). Los requisitos de inscripción ante el Registro de Comercio y la Alcaldía de su localidad deben ser proporcionados por estas instituciones, pues no competen a este Ministerio establecerlas. ¿Entonces, quienes pueden inscribirse ante el Fisco? las personas naturales, las personas jurídicas, las sucesiones, los fideicomisos, las uniones de personas, entre otras. - Las personas jurídicas son aquellas que nacen de un asocio de personas, quienes deciden unirse para realizar una actividad, por tiempo indefinido, (para el caso transferir bienes muebles y/o prestar servicios). A diferencia de la persona natural, para que la persona jurídica tenga existencia y sea reconocida como tal, debe crearse la sociedad por medio de una escritura pública de constitución notariada, la cual debe ser a su vez inscrita en el Registro de Comercio, sino se cumplen éstos y otros requisitos estamos en presencia de asocios sin personalidad jurídica. - Las sucesiones son aquel o aquellos sujetos a quienes el Código Civil da tal calidad de poder suceder los bienes del fallecido. No obstante desde el momento de la muerte hasta el momento en que el juez dicta sentencia sobre quienes serán los herederos definitivos, al grupo de sujetos que 1 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 2. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 pueden heredar según la ley, se le conoce como y a manera de ejemplo “sucesión de Pablo López”: Pudiendo darse el caso que ese grupo de posibles herederos, denominado sucesión, realice diversidad de hechos generadores como sucesores de los derechos y deberes de Pablo López” antes de ser declarados de manera definitiva como herederos por el juez, Por tal razón el Código Tributario reconoce a las sucesiones como sujeto pasivos de tributos. - Los Fideicomisos, son contratos en virtud del cual una o más personas, llamada fideicomitente o también fiduciante, transmite bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona llamada fiduciaria, para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario. Ej: Pedro Lopez (fideicomitente o fiduciante) decide que ninguno de sus hijos es digno de heredar y administrar sus bienes después de su muerte, por lo que decide dejar a su mejor amigo Paco (fiduciario) que administre sus bienes presentes y futuros en favor de sus nietos (fideicomisarios) hasta que el primero de ellos logre la mayoría de edad. - Las Uniones de personas al igual que las sociedades son asocios de personas, pero a diferencia de las primeras se caracterizan por no ser asocios por tiempo indefinido, sino por el contrario solamente son uniones temporales para desarrollar un acto en específico, por lo que una vez finalizado el acto que las unió, también se da por terminada la Unión de Personas. - Las personas naturales por su parte, son aquellos sujetos, individuos o personas que ejercen comercio o prestan servicios de manera individual. Ahora bien, es de aclarar que no todas las personas naturales están obligadas a inscribirse como contribuyentes del IVA ante el Ministerio de Hacienda. 2 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 3. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 Para el caso que nos ocupa, procederemos a estudiar entonces los requisitos que deben cumplir las personas naturales para estar obligadas a inscribirse como contribuyente del IVA ante el Ministerio de Hacienda. Requisitos para Inscribirse como contribuyente IVA (Artículo 28 LIVA) Persona Natural Primeramente es de hacer la salvedad, que el artículo 28 de la Ley de IVA se encuentra redactado en sentido negativo, es decir dicho artículo nos establece los requisitos que deben cumplir aquellas personas naturales que No están obligadas a inscribirse como contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, cuando señala: 1- Aquellas que han poseído ventas en el año inmediato anterior por un monto inferior a ¢50,000 (equivalente a $5,714.28); y 2- Aquellas que poseen un activo inferior a ¢20,000 (equivalentes a $2,285.71). Es decir, de conformidad al citado artículo, para estar excluido de la obligación de inscribirse como contribuyente del impuesto, es necesario cumplir ambos requisitos, debido a que si uno de esos dos requisitos no se cumple, entonces esa persona natural, está obligada a inscribirse como contribuyente del IVA ante el Ministerio de Hacienda. Un error de interpretación de la ley que comenten algunas personas, es considerar que la redacción de la ley pone ambos requisitos como aquellos a cumplir para inscribirse al IVA en sentido positivo; por ejemplo, algunos dicen erróneamente: Yo vendí en el año inmediato anterior más de ¢50,000 equivalentes a $5,714.28, pero como mi activo no sobrepasa los ¢20,000 equivalentes a $2,285.71, solamente cumplo uno de los dos requisitos que establece el artículo 28 de la Ley de IVA y por ende interpretan incorrectamente que no están obligados a inscribirse como contribuyente de ese impuesto ante el Ministerio de Hacienda. 3 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 4. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 En conclusión, para que una persona natural esté excluida de la obligación de inscribirse como contribuyente del IVA debe cumplir con ambos requisitos, señalados en el artículo 28, si cualquiera de los dos falta existe la obligación de la persona natural que vende bienes o presta servicios de inscribirse. Salvedades en las personas naturales Existe una excepción a la regla anterior para las personas naturales que deben inscribirse al IVA, en cuanto a los requisitos establecidos en el artículo 28 de la LIVA, respecto de los ingresos y los activos, cuando el mismo artículo establece que no le son aplicables los requisitos anteriores a las personas naturales que se dedican a la importación. Así pues toda persona natural que se dedique a ser importador debe inscribirse como contribuyente del IVA sin tomar en cuenta si cumple ambos requisitos establecidos en el citado artículo. Requisitos para Inscripción al IVA de personas naturales Una persona natural puede inscribirse al IVA para ejercer diversidad de actividades económicas identificables, como por ejemplo: comercio, servicios varios, servicios profesionales, encomienda, transporte, ganadería, agrícola, entre otros. Para ello debe presentarse al Ministerio de Hacienda con la siguiente documentación: 1- Dui y NIT en original y fotocopia de la persona natural (y de apoderado o apoderados, si aplica), carnet de residente en original y fotocopia en el caso de ser un no nacido en el país. (Este requisito aplica para todos los sectores). 2- Formulario de inscripción como contribuyente (F-210) debidamente completado y firmado. Si comparece personalmente o por medio de su apoderado no necesita presentar el formulario F-210 ya que el mismo le será elaborado de forma automatizada por el empleado del Ministerio de Hacienda que lo atienda 4 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 5. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 3- En caso que no comparezca el contribuyente, o apoderado, y la documentación se mande por medio de persona autorizada, el formulario F- 210 deberá venir firmado por el contribuyente, o apoderado y se deberá traer anexa una autorización autenticada en donde se indique el número de folio del formulario (si aplica), el nombre y número de Dui del autorizado y la gestión clara que se autoriza realizar ante el Ministerio de Hacienda. Si la persona natural solicita Inscripción al IVA para dedicarse al sector comercio deberá traer además: - 1- Original y fotocopia de contrato de arrendamiento de local, en el que realizará la actividad comercial, en el caso de que el local en el cual tendrá establecido el comercio no sea propio. - 2- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono, que confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que proporcione el contribuyente en el formulario respectivo. - 3- Balance Inicial con un activo mínimo de $2,286 elaborado acorde al art. 437 del Código de Comercio. Si el balance inicial presenta un activo menor a $12,000 bastará que sea firmado solamente por el contribuyente, si es igual o mayor a $12,001 deberá ser firmado por el contribuyente y su contador. Requisitos adicionales de Inscripción de persona natural al sector ganadero - Presentar original y fotocopia de carta de compraventa de Reses, emitida por la Alcaldía Municipal de la localidad. Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Agrícola - Original y fotocopia de contrato de compraventa de cosechas. Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector servicios varios 5 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 6. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 - 1- Original y fotocopia de contrato de arrendamiento de local en el cual prestará los servicios, si el local no es propio. - 2- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que proporcione el contribuyente en el formulario respectivo. - 3- Original y fotocopia de contrato de trabajo, constancia o carta de clientes que solicitan el servicio, especificando clase de servicios que solicita, NIT y NRC de la empresa que solicita el servicio y el monto mensual a pagar. Las cartas que solicitan sus servicios deberán ser firmadas por el propietario del negocio si es persona natural o por el representante legal si es una persona jurídica. En el caso que desee inscribirse al sector servicios, pero no cuenta con clientes que soliciten sus servicios por medio de una carta o contrato, deberá traer: - 1-Balance Inicial con un activo mínimo de $2,286 elaborado acorde al art. 437 del código de Comercio - 2- Si el balance inicial presenta un activo menor a $12,000 bastará que sea firmado por el contribuyente, si es igual o mayor a $12,001 deberá ser firmado por el contribuyente y su contador. Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector de Servicios Profesionales - 1-Original y fotocopia de título universitario, si fue obtenido en el extranjero debe venir convalidado por el Ministerio de Educación. - 2- La actividad económica a colocar en el formulario de inscripción debe ser relacionada con el grado académico obtenido en el título universitario. - 3- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que confirmen las direcciones de la casa matriz y para recibir notificaciones que proporcione el contribuyente en el formulario respectivo. 6 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 7. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Encomiendas - 1-Original y fotocopia de fianza de cumplimiento entre la aseguradora y el gestor de encomiendas - 2- Visa Vigente. - 3- Original y fotocopia de recibos ya sean de agua luz o teléfono que confirmen las direcciones de la casa matriz y recibir notificaciones. - 4- Si aplica, (no indispensable) original y fotocopia de tarjeta de circulación o contrato de arrendamiento de vehículo utilizado para la entrega de las encomiendas. Requisitos adicionales de Inscripción para persona natural al sector Servicios de Transporte Privado - 1-Original y fotocopia de tarjeta de circulación o contrato de arrendamiento de vehículo si el o los vehículos no están a su nombre. - 2-Original y fotocopia de contrato de trabajo, constancia o carta de clientes que solicitan el servicio de transporte, especificando clase de servicios que solicita, NIT y NRC de la empresa que solicita el servicio y el monto mensual a pagar. - 3- La cartas deberán ser firmadas por el propietario del negocio si es persona natural o el representante legal si es persona jurídica. Requisitos para Inscripción al IVA de Personas Jurídicas, sucesiones y fideicomiso A diferencia de las personas naturales, todas las personas jurídicas deben inscribirse como contribuyentes del IVA sin importar los montos de activos o ventas que éstos tengan, debido a que en la gran mayoría de ocasiones las mismas son creadas ya sea para transferir bienes muebles corporales o prestar servicios. 7 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 8. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 Es por ello que el artículo 28 de la Ley de IVA establece que los requisitos de ventas y activos señalados para las personas naturales no le son aplicables a las personas jurídicas. Ante tal situación las personas jurídicas deben inscribirse como contribuyentes del IVA siempre, para lo cual deberán presentar la documentación siguiente al Ministerio de Hacienda: 1- Dui y NIT en original y fotocopia del representante legal y de sus apoderados o ambos si aplica, o pasaporte o carnet de residente en original y fotocopia en el caso de ser no nacidos en el país. 2- Formulario de inscripción como contribuyente del IVA (F-210) debidamente completado y firmado. Si comparece personalmente el representante legal o por medio de su apoderado no necesita presentar el formulario F-210 ya que el mismo le será elaborado de forma automatizada por el empleado que lo atienda 3- En caso que no comparezca el contribuyente, o apoderado, y la documentación se mande por medio de persona autorizada, el formulario F- 210 deberá venir firmado por el representante legal o apoderado y se deberá traer anexa una autorización autenticada en donde se indique el número de folio del formulario (si aplica), el nombre y número de Dui del autorizado y la gestión clara que se autoriza realizar ante el Ministerio de Hacienda. 4- Fotocopia y original para confrontarse de la Escritura de Constitución de l sociedad con sus respectivas modificaciones (si aplica) debidamente inscritas en el Registro de Comercio. 5- Fotocopia y Original para confrontar de la credencial vigente debidamente inscrita en el Registro de Comercio. 6- Fotocopia y original para confrontar de poder especial, general, , judicial o administrativo según corresponda, en el que debe señalarse el trámite específico a efectuar en el Ministerio de Hacienda debidamente inscrito en el Registro de Comercio, con excepción del poder especial. 8 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 9. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 7- Fotocopias simple y legible de NIT de cada uno de los socios. 8- Comprobante de pago que autorice la emisión del nuevo NIT para la sociedad a inscribir. Obligaciones de los sujetos pasivos inscritos en el IVA Las obligaciones que adquieren los sujetos inscritos en el IVA pueden clasificarse en obligaciones sustantivas y formales. Las primeras se refieren al pago del impuesto como por ejemplo el que reciben de los consumidores finales en concepto de IVA. Las obligaciones formales son por el contrario aquellas que se relacionan de manera directa con el pago de los impuestos, como por ejemplo, presentar la declaración del impuesto en el plazo establecido, llevar contabilidad, emitir y entregar facturas o documento equivalente por cada operación, entre otras. Obligaciones tributarias formales de las personas naturales inscritas en el IVA: 1- Solicitar la autorización de la impresión de documentos legales, por medio de una imprenta autorizada por el Ministerio de Hacienda, de acuerdo a las necesidades de su operación y con los requisitos establecidos en los artículos 107, 114, 115 y 115-A del Código Tributario. 2- Emitir y entregar facturas o documentos equivalentes autorizados, por cada operación que realicen independientemente del monto de la operación. 3- Registrar a diario sus operaciones en los libros correspondientes (de compras, y de ventas a consumidor final y a contribuyentes de conformidad a lo establecido en el artículo 141 del Código Tributario. 4- Elaborar las declaraciones de IVA ya sea por medio manuales o magnéticos de cada período tributario, con base a los saldos de los libros, la cual deberá presentarse durante los primeros diez días hábiles del mes siguiente al período a declarar, de conformidad a lo establecido en los artículos 93 y 94 de la LIVA. 5- Presentar el Informe mensual de retención, percepción o anticipo a cuenta del IVA que efectúe o le hayan efectuado (F-930) ya sea por medios 9 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 10. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 manuales o magnéticos, durante los primeros 15 días hábiles siguientes al período tributario en que se efectuaron las mismas de conformidad al artículo 123 del Código Tributario. 6- Informar al Ministerio de Hacienda todo cambio en los datos básicos del registro señalados en el artículo 87 del Código Tributario. 7- Conservar en orden y buen estado durante un plazo de 10 años contados a partir de su emisión, los documentos, información y pruebas, de conformidad a los literales e), f), y g) del artículo 147 del Código Tributario. 8- Retener o percibir IVA cuando sea designado por ley o por resolución para ello, debiendo en estos casos entregar el respectivo comprobante de retención si fue agente de retención o solicitarlo si fue sujeto de la misma. 9- Enterar sin deducción alguna las retenciones o percepciones efectuadas a nombre de los sujetos de retención. 10- Aquellas otras que se establezcan en las diversas leyes tributarias. Obligaciones tributarias formales de las personas Jurídicas inscritas en el IVA: 1- Las establecidas en los numerales 1 al 9 para las personas naturales. 2- Las personas jurídicas, fideicomisos, sociedades de hecho, Uniones de personas, están obligadas a constituir y mantener en todo tiempo ante la administración tributaria, al menos un representante o apoderado con facultades suficientes y con presencia física en el país, para todos los efectos del código y demás leyes tributarias. 3- Aquellas otras que se establezcan en las diversas leyes tributarias. Desincripción como contribuyente del IVA Es de aclarar que un contribuyente del IVA una vez inscrito está obligado a cumplir las obligaciones formales y sustantivas hasta que se emita la resolución en la que se autoriza la desincripción como contribuyente del impuesto. Cuando un sujeto inscrito como contribuyente del IVA, por cualquier razón decide dar por finalizadas las actividades por las cuales se inscribió al registro del citado impuesto, debe solicitar por escrito al Ministerio de Hacienda dar por finalizado su 10 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 11. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 registro como contribuyente, de lo contrario deberá seguir cumpliendo con todas las obligaciones de los contribuyentes del impuesto como si aún estuviera ejerciendo las actividades. Dos errores muy comunes de los contribuyentes inscritos en el IVA cuando finalizan las actividades por las cuales se inscribieron, son: 1- Finalizar las actividades y no informar de ello por escrito al Ministerio de Hacienda. 2- Informar por escrito al Ministerio de Hacienda el cese de actividades, pero dejar de cumplir las obligaciones formales y sustantivas como contribuyentes desde la fecha que se informó. Ambos casos son errores de interpretación, debido a que así como el Ministerio de Hacienda solicita ciertos requisitos para inscribirse como contribuyente del IVA para verificar si procede la inscripción o no, del mismo modo el fisco verifica si procede o no la solicitud de desincripción del impuesto en los casos que se informa el cese de actividades, por ello es un error considerar que con solo el acto de informar tal situación, las obligaciones formales y sustantivas ante el fisco finalizan. Todo contribuyente de IVA debe seguir presentando sus declaraciones del Impuesto aún con cero valores hasta que se emita la resolución en donde se indique que es procedente la desincripción del sujeto pasivo como contribuyente del impuesto. Restitución de contribuyentes al IVA Cuando se habla de restitución de contribuyentes al IVA estamos frente al caso de sujetos pasivos que estuvieron inscritos como contribuyentes del impuesto y que a solicitud del mismo fueron desinscritos por el Ministerio de Hacienda, pero que por diversas razones solicitan nuevamente su reinscripción o restitución como contribuyente del IVA. 11 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio
  • 12. Educación Fiscal. Ministerio de Hacienda El Salvador Registro de Contribuyentes ante el Fisco v1. 2012 Para solicitar la restitución como contribuyente del impuesto, se debe presentar un escrito informando las causas por las cuales solicita la restitución. Además deberá presentar fotocopia del acta o la resolución de la anulación de libros y destrucción de documentos emitida por el departamento de Ampliación Base Tributaria, o secciones jurídicas de oriente, occidente. Si extravió el acta en comento, deberá solicitar certificación de la misma a la Sección control documentario en San Salvador, o solicitarla por escrito en los Centros Express de Santa Ana y San Miguel. A su vez deberá presentar nuevamente todos aquellos requisitos solicitados para inscribirse en el sector o actividad económica para la cual necesita la restitución. 12 El presente documento busca crear el deseo de investigar y formar su propio criterio