1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Profesor: Marolyn Montilla
Nombre: Luis Rodríguez
Cedula: 23.811.794
Sección: SAIA-E
2. Artículo 374. El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social,
mantendrá en funcionamiento un Registro Nacional de Organizaciones Sindicales, con sede en todos los
estados del país que tendrá carácter público, en el cual se hará constar lo referente a las organizaciones
sindicales.
Según la LOTTT. Art.382. Se debe solicitar por escrito ante el Registro Nacional de Organizaciones
Sindicales, de acuerdo al ámbito territorial de la organización sindical que se proyecta, el registro del
sindicato que debe ir acompañado de los siguientes requisitos:
• Copia del acta constitutiva (Art. 383 LOTTT).
• Copia de los estatutos (Art. 384 LOTTT).
• Copia de los miembros fundadores (Art. 385 LOTTT) Estos deberán ir firmados por la junta directiva
como prueba de su autenticidad.
• El funcionario o funcionaria recibirá la solicitud para registro del sindicato acompañada de los otros
requisitos y dentro de 30 días siguientes ordenará el registro si no se encuentra deficiencias. Si hay
deficiencia se le comunicará a los solicitantes para que sea corregido dentro de mismo plazo de 30 días.
Subsanado la deficiencia el funcionario o funcionaria continuara con el registro de la organización sindical y
se entregará a los y las solicitantes la boleta donde consta el registro. (Art.386 LOTTT)
Artículo 386. Los interesados e interesadas en el registro de una organización sindical presentarán los
documentos indicados ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de acuerdo al ámbito
territorial de la organización sindical que se proyecta.
Si la documentación presenta deficiencias u omisiones en lo que se refiere a lo establecido en los artículos
precedentes, el funcionario o funcionaria de registro lo comunicará a los y las solicitantes dentro de los
treinta días siguientes a la solicitud, orientándolos en la forma de subsanar las deficiencias, siendo ésta la
única oportunidad de hacer observaciones sobre deficiencias u omisiones. Los y las solicitantes tienen un
lapso de treinta días para corregir las deficiencias indicadas.
Si la documentación no tiene deficiencias o éstas son subsanadas correctamente dentro del lapso
establecido, se procederá al registro de la organización sindical dentro de los treinta días siguientes y se
entregará a los y las solicitantes la boleta donde consta el registro.
3. Normativa
•Integradas por cláusulas de
carácter económico y social
* Cláusulas de mayor
importancia en todo el
contrato.
•* Imprime carácter de
fuente de derecho. (Art. 60
L.O.T.).
Obligaciones
•Conjunto de obligaciones
que ambas partes
contratantes asumen
directamente.
•Generan derechos y
obligaciones contrapuestos
De envoltura
•Aseguran la ejecución de la
Convención Colectiva.
• Relativas a la duración,
procedimientos para la
denuncia, reglas para la
conciliación y el arbitraje de
las controversias, etc.
Eventuales o Accesorias
* Ocupan ocasionalmente la
atención o el interés de las
partes: Ej. Pago de salario
durante una huelga habida.
4. Convención Colectiva de
Trabajo
*Presentación del proyecto.
*Revisión del proyecto.
*Inamovilidad.
*Porcentaje mínimo
reglamentario de trabajadores.
*Excepciones del patrono.
Acuerdo Colectivo de
Trabajo
+La Acuerdo colectivos de
trabajo, no puede desmejorar las
condiciones de trabajo de los
prestatarios del servicio.
+Se debe señalar en el texto del
acuerdo colectivo de trabajo
cuáles son los beneficios
canjeados y los motivos
del cambio.
+El sindicato es responsable
frente a los trabajadores de que
sean cumplidos de buena fe los
deberes y obligaciones en ella
establecidos durante su vigencia.
5. Convención Colectiva de Trabajo
Tenemos que es aquella que se celebra
entre uno o varios sindicatos o federaciones
o confederaciones sindicales de
trabajadores, de una parte, y uno o varios
patronos o sindicatos o asociaciones de
patronos, de la otra, para establecer las
condiciones conforme a las cuales se debe
prestar el trabajo y los derechos y
obligaciones que correspondan a cada una
de las partes.
La convención colectiva tiene por finalidad la
regulación de las condiciones de trabajo en
sentido amplio y demás aspectos vinculados
con las relaciones laborales, el
establecimiento de medios para la solución
de los conflictos y, en general, la protección
de los trabajadores y sus familias, en función
del interés colectivo y del desarrollo
económico y social de la nación.
Acuerdo Colectivo de Trabajo
Tenemos que se diferencia del Convenio
Colectivo de Trabajo, ya que es un acuerdo
escrito relativo a las condiciones de trabajo y
de empleo, celebrado, por una parte, entre
un empleador, un grupo de empleadores, o
una o varias organizaciones de empleadores,
y, por otra, una o varias organizaciones
representativas de trabajadores y, en
ausencia de tales organizaciones,
representantes de los trabajadores
interesados, debidamente elegidos y
autorizados por estos últimos, de
acuerdo con la legislación nacional.
6. Importancia de los sindicatos: El sindicato es una de las instituciones más
relevantes del espacio público y social debido a la tarea que cumple y con la que
ha sido diseñado. En todos los países existen en mayor o menor medida
sindicatos de diferentes tipos que tienen como objetivo velar por los derechos de
los trabajadores.
Importancia de la libertad sindical: la importancia de la libertad sindical tiene que ver
directamente con la problemática de los derechos colectivos de los trabajadores
chilenos, cuyos pilares centrales son la negociación colectiva, la huelga y el derecho
a sindicalización. La no participación sindical está directamente relacionada con las
prácticas antisindicales, desarrolladas en forma sistemática por los patrones y está
especialmente orientada a obstaculizar la afiliación sindical, lo que implica una
erosión del ejercicio del derecho fundamental de la libertad sindical.
Importancia de la estabilidad laboral: La estabilidad laboral es algo que todos buscamos en
un empleo, suponemos que se trata de una sensación de seguridad que nos será provisto
por el empleador, pero, a decir verdad, en la creación de esta seguridad o certeza se
conjugan muchos otros factores; algunos de ellos dependen exclusivamente del empleado.
Así, podríamos arriesgar que la estabilidad laboral consiste en el derecho que un trabajador
tiene a conservar su puesto de trabajo, pero todo derecho conlleva, intrínseco, una
obligación, y en este caso a muy grandes rasgos, se trataría de no incurrir en faltas graves
o no admitidas por el empleador.
7. Decimos que es importante ya que persigue dos objetivos.
Por una parte, sirve para determinar las remuneraciones y las
condiciones de trabajo de aquellos trabajadores a los cuales
se aplica un acuerdo que se ha alcanzado mediante
negociaciones entre dos partes que han actuado libre,
voluntaria e independientemente. Por otra parte, hace posible
que empleadores y trabajadores definan, mediante acuerdo,
las normas que regirán sus relaciones recíprocas.