2. Constitución Política 1993
Ley 26626, Ley CONTRASIDA, y su
modificatoria
D.S. 004-97-SA, Reglamento de 26626
R.M. 235-96-SA/DM
Ley 27450, Exoneración de Impuestos al
Tratamiento antirretroviral
3. Desde el aspecto individual.-
“Es la facultad y ejercicio de hacer o exigir
todo aquello que la Ley o la autoridad
establezca a nuestro favor.”
¿Como se Ejerce o exige el cumplimiento a
estos derechos?
Instrumentos para hacer valer los derechos
respecto al VIH SIDA:
› Procedimientos Administrativos
› Procesos contenciosos administrativos
› Procesos civiles, penales y de familia
› Acciones de amparo
› Medidas cautelares
4. Derecho a la igualdad y a la no
discriminación
Derecho a la intimidad (derecho a la
autonomía, confidencialidad)
Derecho a la libertad
Derecho a la salud
Derecho a la información
Derecho al trabajo
5. Ser tratado igual que otros estando en
circunstancias iguales
Prohibición de ser tratado en forma
diferente por razones de sexo, opción
sexual, raza, etc.
SANCION: Art. 127, 128 y 323 Código
Penal, Ley 27270
6. › Derecho a mantener para sí la
información personal: estado de salud,
opción sexual. Excepto: orden judicial.
› Secreto profesional: la violación al
secreto profesional, es el acto de revelar
y divulgar aspectos íntimos y privados de
un paciente o persona que confió sus
secretos a otra en razón del servicio y/o
asistencia que ésta le brindó.
› Confidencialidad de historia clínica.
SANCION: Art. 132 (difamación), 154
(intimidad), 165 (secreto profesional) del
Código Penal.
7. Derecho a no ser obligado a hacer algo
que uno no quiere: exámenes obligatorios
para acceder a un trabajo o para recibir
una atención médica o quirúrgica (Art. 14
del Reglamento de la Ley 26626). Excepto:
donantes de sangre, madre gestante con
riesgo previsible de contagio y otros casos
que se deben establecer por Ley.
SANCION: Falta grave administrativa (para el
personal de salud), multas, suspensión
temporal (para sector privado).
8. Atención continua y permanente por parte del
Estado, a través de todos los establecimientos
públicos de salud.
Gratuidad progresiva en el TARGA, con prioridad a
personas en situaciones de vulnerabilidad y pobreza
extrema.
Incorporación en el petitorio nacional del MINSA de
los medicamentos para el tratamiento de las PVVS.
El MINSA gestionará recursos para el TARGA de
madres gestantes y sus niños, incluyendo lactancia
artificial.
SANCION: Art. 125, 127, 128 del Código Penal
(exposición al peligro) Falta grave administrativa
(para el personal de salud), multas, suspensión
temporal (para sector privado).
9. Acceso a la información completa sobre su
estado de salud, medios de prevención,
consejería, tratamientos disponibles
(consentimiento informado).
Las pruebas diagnósticas para VIH SIDA
necesitan consejería obligatoria.
SANCION: Falta grave administrativa (para el
personal de salud), multas, suspensión
temporal (para sector privado)
10. Las PVVS pueden seguir trabajando
mientras estén aptos para desempeñar
sus obligaciones.
Es nulo el despido laboral cuando la
causa es la discriminación por ser
portador del VIH/SIDA
SANCIÓN: penal, civil y
administrativa.
11. El MINSA será la única institución autorizada
en señalar las pautas de intervención en
salud, orientadas a la atención médica
periódica y de prevención de ETS/VIH en
miembros de grupos con alta frecuencia
de ETS. Ninguna autoridad administrativa,
policial, municipal o política tiene
competencia sobre esta materia, bajo
responsabilidad funcional (Reglamento de
Ley 26626)
12. Los establecimientos donde se realice
actividad sexual (prostíbulos), así como
los establecimientos de hospedaje tales
como hoteles, apart-hoteles, hostales,
albergues y similares tienen la obligación
de establecer puntos de venta de
condones.
Las autoridades de salud locales y
regionales promoverán la venta de
condones en centros nocturnos,
cabarets, discotecas y similares.
13. La protección de la sociedad puede
estar sobre un derecho individual.
Es posible revelar algún secreto
individual que por su importancia
pueda afectar a miembros de la
sociedad.
La ley protege (Art. 20, 289 Código
Penal).