1. Vicerrectorado académico
Universidad Fermín toro
Facultad de ciencias jurídicas
Escuela de derecho
Integrante:
Mirabal Mendoza; 29.873.486
Legislación penal especial
Docente: Dr. Andrés Valderrama.
SAIA A.
Barquisimeto, marzo 2021
LEY SOBRE EL DELITO DE
CONTRABANDO.
2. En el artículo 1. De la presente ley queda establecido el hecho de que, ésta tiene por objeto
sancionar las acciones y omisiones que constituyan un hecho ilícito penal o administrativo en
materia de contrabando.
Ésta ley es aplicable a todas las personas, tanto manuales como jurídicas, que se encuentren en
e territorio y espacios de la República bolivariana de Venezuela. (Art. 2 ley sobre el delito de
contrabando).
Se define como aquellos actos donde se el agua o se intente eludir, la intervención del Estado
con el objetivo de impedir el control, el la introducción, exportación o traslado de mercancías o
bienes… (art 3 ley sobre el delito de contrabando).
1. Las medidas aplicadas por el Estado, para combatir el contrabando.
2. Las políticas públicas diseñadas por el Ejecutivo Nacional.
3. La parti6del pueblo a través del poder popular organizado. (Art. 4)
Es el ministerio público, el órgano competente para ordenar y dirigir la investigación penal en
caso de un delito de contrabando… (art. 5 Ley sobre el delito de contrabando).
Quien por cualquier vía, Introduzca o extraiga, mercancía al territorio de la República, o haga
tránsito aduanero por rutas no autorizada, sin cumplir con los requisitos aduaneros ordenados
por las autoridades. Prision de 4 a 8 años (Art. 7 ley sobre el delito de contrabando)
Objeto de la ley.
Aplicación
Definición.
Principios
fundamentales.
Organos competentes.
Modalidades del
delito. (Contrabando
simple art 7.)
Ley sobre el delito de contrabando.
3. *Despacho o entrega de mercancías sin autorización (Art. 9).
Contrabando de mercancías incautadas (Art. 10). *Seguridad para el resgusrdo(Art. 11).
*Regímenes aduaneros especiales (Art. 12). *Mercancías extranjeras (Art. 13).
*Mercancía extranjera en vehículos de cabotaje(Art. 14).
*Transporte, depósito o tenencias (Art. 15). *Transporte o desembarque (Art 16).
*Transbordo (Art. 17). *Abandono de mercancías (Art. 18).
Implica la carga y descarga, Consumo y sustitución, De mercancías sin el cumplimiento de las
normas. Las declaración de soporte legal no emitidos por el proveedor, certificación falsa,
extracción o ingreso de algún bien del patrimonio cultural de otro país, además cualquier
especie de la flora fauna U objeto de arqueología, Introducción o extracción de petróleo o
minerales. Desde el artículo 19 al 22
Señala las siguientes aplicaciones (Art. 26). Cuando el autor o cómplice sea algún funcionario
público, El medio de transporte utilizado haya sido modificado en su estructura, se haga figurar
como consignatario personal natural o jurídica inexistente, la mercancía sea subsidiada por el
Estado o mantenga Derechos industriales de autor.
Señala las siguientes aplicaciones(Art. 27). Cuando Facilite el descubrimiento o la aprensión de
los efectos objetos del delito de contrabando; entregue voluntariamente No menos del 50% de
los objetos no aprendidos.
Contrabando simple.
Contrabando agravado.
Circunstancias
agravantes.
Circunstancias
atenuantes.