2. TIPO DE EMPLEADO: segúnloque investigue lastiendaspordepartamentocomoSagaque
vendenropaelectrodomésticos,alosempleadosenel áreade muebles,colchonesterrazasles
dan ladenominaciónde BIGTICKET.
CUSPP:es El Código Único de Identificación del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP) es un
carácter alfanumérico que distingue al trabajador dentro del Sistema Privado de Pensiones, y
que se mantendrá inalterable, aunque el trabajador cambie de AFP. Pero desde el 2013 no es
obligatorio este código ya que solo con el DNI es suficiente.
CL PlazoFijo Tipode contratolaboral(CL) eneste casoescontrato a plazofijopor
necesidadesde mercado. Sonaquelloscontratosque se danpor un periododeterminadoy
que se celebranenrazónde lasnecesidadesdelmercadooa la mayorproducciónde la
empresa,asícomo cuandolo exijalanaturalezatemporal oaccidental del servicioque se va
prestaro
SB CALCULADO:SOLO ES EL SUELDO BÁSICO
ENFERMEDAD: LICENCIA CON GOCE DE HABER CON PERMISO MÉDICO
DIA FERIADONOLABORABLE: DIA FERIADOQUE SE TRABAJOLAS HORASRESPECTIVAS
Essaludpatronal En cuanto a los aportes por Essalud, estos corresponden al empleador, y
es él quien tiene que asumirlo.
SEGURO INV.SOBRE: ES EL segurode invalidezysobrevivencia Es un beneficio otorgado por el
Sistema Privado de Pensiones,su finalidad,es otorgar cobertura para pagar pensión de Invalidezo
Sobrevivencia y Gastos de Sepelio en caso de fallecimiento del afiliado.Es financiado por cada trabajador
y forma parte de su Aporte Obligatorio.
Red anterior es el redondeo que se da sobre la remuneración del mes anterior,esto sirve para que en la
remuneración este redondeada a soles yno contenga centimos
Red mensual es el redondeo que se da sobre la remuneración del mes de pago actual,esto sirve para
que en la remuneración este redondeada a soles y no contenga centimos
FONDOPENSIONES Los fondos de pensiones son el ahorro de los afiliados, el cual está
compuesto por los aportes realizados por el empleador o por el trabajador y los
rendimientos que dichos recursos generan.
Comisiónafp% l sistema privado de pensiones (AFP), que varía sus porcentajes,
dependiendo de la administradora de fondos de pensiones que se elija.
3.
4. En este caso la boletamuestralos mismoscampos,aunque se trate de unpuestodiferente,
podemosobservardiferenciaencuantoa laspartidasque constituyenremuneracionesque se
detallaranacontinuación.
SOBRETIEMPO DOBLE: aquí se considerael pagoporlosdías de trabajodurante feriadosno
laborables.El cual corresponde aunasobretasadel 100% segúnloque se describe enel portal
del ministeriode trabajo comocorresponde acontinuación:
LA REMUNERACIÓN EN LOS DESCANSOSEN DÍAS FERIADOS
Los trabajadorestienenderechoapercibirpor el día feriadonolaborable laremuneración
ordinariacorrespondienteaun día de trabajo.Esta se abonará enformadirectamente
proporcional al númerode días efectivamentetrabajados,de lamismaformaque la
remuneraciónque corresponde al díade descansosemanal obligatorio,salvoel díadel trabajo
que se percibirásincondiciónalguna.
TRABAJOEN DÍA FERIADO
Adicionalmentealaremuneraciónestipuladaanteriormente,el trabajoefectuadoenlosdías
feriadosnolaborablessindescansosustitutorio darálugaral pago de la retribución
correspondiente porlalaborefectuadaconuna sobretasadel 100%. De otro ladono se
consideraque se hayatrabajadoen día feriadonolaborable,cuandoel turnode trabajose
inicie endíalaborable yconcluyaenel feriadonolaborable.
SOBRETIEMPO 1.25 Y 1.35 SIMPLE: aquí son consideradas lashoras extrastrabajadasenundía
particular
¿Qué esel trabajo ensobretiempouhorasextras?
Es el trabajo realizadomásalláde lajornadaordinariadiariao semanal ypuede realizarse
antesde la hora de ingresoo despuésde lahorade salidaestablecida.Esvoluntariotantoen
su otorgamientocomoensurealización;sóloesobligatorioencasosjustificadosporhecho
fortuitoode fuerzamayor,que ponganenpeligroalas personas,losbienesdel centrode
trabajoo la continuidadde laactividadproductiva.Lahora extrase entenderáotorgada
tácitamente,cuandoel trabajadoracredite haberlaboradoensobretiempo,aúnsin
autorizaciónexpresadel empleador.Cuandoel sobretiempoesanterioroposteriorala
jornadade trabajo enhorarionocturno,la hora extrase calculaen base al valorde la
remuneraciónordinariaparala jornadanocturna.
Referencia:Artículo9°del DecretoSupremoN°007-2002-TR y artículos 18°, 19°, 22° y 23° del
DecretoSupremoN°008- 2002-TR.
¿En qué oportunidadel empleadordebepagarlashoras extras?
Las horas extrasdebenserremuneradasenlamismaoportunidadde pagode las
remuneracionesysumontodebe sertambiénregistradoenlasplanillas electrónicas,asícomo
enla boletade pago.
5. Referencia:Artículo25°del DecretoSupremoN°008-2002-TR.
¿Cómose calculanlas horas extras?
Las horas extrasse pagan con unrecargo a convenirdel 25% adicional del valorhorapara las
dos primerashorasy un35% adicional del valorhoraa partir de la tercerahora enadelante.
Ejemplo:Remuneraciónmensual:S/.1,000 nuevossoles.Días:30 días meslaboral.Jornadade
trabajo:8 horas
• 1,000/30/8 = 4.16 valorhora • 4.16 (valorhora) +1.04 (25% adicional primerahoraextra) =
S/.5.20
• 4.16 (valorhora) +1.04 (25% adicional segundahoraextra) =S/.5.20
• 4.16 (valorhora) +1.45 (35% adicional tercerahoraextra) = S/.5.61
Referencia:Artículo10°del DecretoSupremoN°007-2002-TR.
VACACIONES:Laremuneraciónvacacionalesequivalenteala que el trabajadorhubiera
percibidohabitualmente encasode continuarlaborando.Se consideraremuneración,para
este efecto,lacomputable paralaCompensaciónporTiempode Servicios.El pagode la
remuneraciónvacacional se abonaráantesdel iniciodeldescansodel trabajador.La
remuneraciónvacacional de loscomisionistasse establece de conformidadaloestablecidoen
el artículo 17° del DecretoSupremoN°001-97-TR.
Referencia:Artículos15°,16° y 17° del DecretoLegislativoN°713.
Spp sistemaprivadode pensiones
6. Bonif RS019: BonificaciónEspecial atrabajadoresde losMinisteriosde Salud
Club Deportivo del Cafae en La Campiña, en Socabaya.
DISTRIBUCIÓN DE LA ESTRUCTURA SALARIALPARA PERSONALCONTRATADOBAJOLOSREGÍ-
MENES 276 Y 728
En la Tabla 1, se observauna comparaciónglobal entre laestructuradel salarioanual en
funcióna lasremuneracionese incentivosentre lostrabajadoresdel Ministeriode Saludy
EsSaludenPerú,donde puede evidenciarsemarcadasdiferenciasentre estasdosentidades.En
el caso de EsSaludlosincentivosfijosanualesconsistenenunsalariobásicomáspor
escolaridad,fiestaspatrias,navidadyvacaciones;mientrasque enel MINSA enlostres
primerosesunacantidadvariable que dependedel GobiernoCentral yenel últimocasono
existe ese reconocimiento.Conello,losprofesionalesde EsSaludreciben16 salariosanuales.
Asimismo,esexclusivode laseguridadsocial el aporte poruniforme ybonoporproductividad.
Al respecto,nose ha encontradoevidenciasdocumentariasoficiales,respectoal rubrode
productividad,perocomoresultadode lasentrevistasefectuadasalosprofesionalesde los
diferentesniveles
RemuneraciónBásicaoPensiónBásicaDS.051-91-PCM + basica
BonificacionPersonal +personal
Asignaciónexcepcional D.L.25671 +ael25671
Desde el primerode agostode 1962 un asignaciónequivalentea60 nuevossoles
Bonificacion Familiar +familiar
Esta bonificaciónfamiliarestablecidaporDecretoLegislativo276 no establecióni el
montoni laforma de cálculo.Es con el DS N° 051-91-PCM cuando se establece la
cantidadde s/3,00 mensualesporcuatromiembrosde familiaacargo del trabajadory
s/.0,50 por cada miembroadicional.
Decretode Urgencia 080-94 +du080
Asignaciónexcepcional D.S.081-93-EF +aeds081
Otórgase,a partirdel 01 de mayode 1993, a los profesionalesde lasalud,docentesde
la carrera del magisterionacional,trabajadoresasistencialesyadministrativosde los
Ministeriosde SaludyEducacióny susinstitucionespúblicasdescentralizadasyde los
programasde saludy educaciónde losgobiernosregionales,unaBonificaciónEspecial
de acuerdoal siguiente detalle:CATEGORIA MONTOEN NUEVOSSOLES Docente con
Título 70.00 Docente sinTítulo 60.00 Profesionalesde laSalud70.00 Personal
AdministrativoyAsistencial de losMinisteriosde EducaciónySaludy susInstituciones
PúblicasDescentralizadasyProgramas de SaludyEducacióna cargo de losGobiernos
Regionales60.00
TransitoriaporHomologaciónDS154-91-PCM +tph
El presente DecretoSupremoestablece lasdisposicionesgeneralesycronogramasde
pagosde labonificaciónexcepcional yreajuste de remuneracionesque percibiránlos
trabajadoresdocentesynodocentesde losProgramasPresupuestalesintegrantesdel
7. PliegoMinisteriode Educación;yDireccionesDepartamentalesde Educacióny
Unidadesde ServiciosEducativosacargode losGobiernosRegionales.
RefrigerioyMovilidadRefrig.yMov. +Refmov
DS019-94-PCM +ds19
DecretoSupremoE.021-92-PCM +ds21
Bonificacionespecial 051-91-PCM +bonesp
RemuneracionReunificadaD.S.051-91-PCM+reunifica
DS261-91-EF IGV +igv
Una BonificaciónExcepcional del montooriginadode larecaudacióndel 1% del
ImpuestoGeneral alasVentas(IGV),tendráunimporte fijoportrabajadorde S/.17.25
Diferencial PensionableLeydel Profesorado +difpensi
DecretoLey26504- 3.3 % adicional +dl26504
D.U.073-97 + du073
Reintegromanual noafectoa descuentos +Rmannoaf
Rmannoaf con locual representalasumade la bonificacióndel 30% por preparación
de clases
D.U.011-99 +du011
DU 037-94 +du037]
El SNP es un sistema de reparto,el cual tiene como característica principal el otorgamiento de
prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportación
colectiva de los trabajadores financie el total de las pensiones.En la actualidad,este sistema es
administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
SUB-CAFAE/DREA esunainstitucionde lostrabajadoresdel ministeriode educaciony
que tiene porfinalidadgenerarinsentivosparael personal Docente yAdministtrativo
del sectoreducacion.